Licitación Pública N° 13/2017 - Resolución CAGyMJ Nº 151/2017 - Expediente CM Nº DGCC 084/17-0 s/Mantenimiento de Infraestructu

Buenos Aires,  18  de octubre de 2017

 

RESOLUCIÓN CAGyMJ N°   151      /2017

 

VISTO:

 

El expediente DGCC CM Nº 084/17-0 s/ mantenimiento de Infraestructura Tecnológica; y

 

 

CONSIDERANDO:

 

                                   Que por Res. CAGyMJ N° 114/2017 se autorizó el llamado a Licitación Pública Nº  13/2017 de etapa única, para la contratación del servicio de soporte técnico y mantenimiento correctivo para la infraestructura tecnológica del Poder Judicial de la CABA, con un presupuesto oficial de Dólares Estadounidenses Dos Millones (u$s 2.000.000) IVA incluido, fijándose como fecha de apertura pública de ofertas el día 6 de septiembre del año en curso (fs. 87/89).

 

Que por Resolución Presidencia CAGyMJ N° 16/2017 modificó el art. 3 del PCP desdoblando el presupuesto oficial en dos ítems: licencias por un valor de Dólares Estadounidenses Un Millón Cuatrocientos Mil (U$S 1.400.000.-) y, por otro lado, Soporte Técnico y Mantenimiento: Pesos Diez Millones Ochocientos Mil ( $ 10.800.000.-); también el art. 10, en lo atinente a la forma de cotización pactándose que las licencias se deberán cotizar en Dólares Estadounidenses y en  el Servicio Técnico y Mantenimiento, en Pesos, contemplando un plazo total de veinticuatro (24) meses; por último, se modificó  el art. 18 relativo a la forma de pago, estableciendo un 20% durante el año 2017 y el 80% restante durante el período 2018, estipulando además que todos los pagos se efectuarán en pesos.

 

Que el llamado se publicó en la página de internet del Poder Judicial de la Ciudad según constancia obrante a fs. 323, en el Boletín Oficial (fs. 120/121 y 132).  También se enviaron invitaciones por correo electrónico a la Cámara Argentina de Comercio (fs. 115), a la UAPE (fs. 114) y a distintas empresas del rubro (fs. 116/119, 129/131).   Asimismo, el día 23 de agosto de 2017 se realizó la reunión informativa, conforme surge de fs. 133.

 

Que a fs. 134, se agregó el listado de entrega de Pliegos de Bases y Condiciones y las constancias de depósitos realizados por los interesados en retirar los pliegos, del cual surge que dos (2) empresas resultaron interesadas. 

 

Que también se agregan los Acuerdos de Confidencialidad (Anexo I), suscriptos por las oferentes, así como constancias de pago de los pliegos de la contratación, y poderes de administración y representación (fs. 136/142 y 144/154)

 

Que a fs. 181/182 obra el Acta de Apertura Pública de Ofertas N° 15/2017, dejando constancia de la presentación de dos ofertas: Trans Industrias Electrónicas SA (fs. 183/333), por la suma de Pesos Diez Millones Veinticinco Mil Setecientos Ocho con 73/00 ( $ 10.025.708,73) y Dólares Estadounidenses Un Millón Seiscientos Treinta Mil Quinientos Cincuenta y Cuatro con 83/100 ( U$S 1.630.554,83); y Conectia Wireless SA (fs. 334/391), por la cantidad de Pesos Once Millones Novecientos Cuarenta y Cuatro Mil Ochocientos ( $ 11.944.800.-) y Dólares Un Millón Seiscientos Cincuenta y Nueve Mil ( U$S 1.659.000.-).

 

Que a fs. 392 consta el Memo de la Comisión Evaluadora de Ofertas (CEO) remitiendo a sobre cerrado la póliza de seguro de caución para su resguardo en la Dirección General de Compras y Contrataciones (DGCC).

 

Que a fs. 396/404 consta las constancias del BAC (Sistema de Compras Públicas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires) de las cuales surge que Conectia Wireless SA cuenta con un estado “desactualizado por documentos vencidos” y a fs. 405/411 el resultado de las constancias del Registro de Deudores Alimentarios Morosos, de las cuales no surge observación alguna.

 

Que por correo electrónico (fs. 412), la CEO requirió a Conectia Wireless SA, la presentación de la inscripción en el RIUPP, certificados de deudores alimentarios morosos, DDJJ aptitud para contratar y firma del representante legal, de acuerdo a lo previsto en los arts. 5, 7, 10 y 11 del PCG. A fs. 414/456, por Actuación N° 21322/17, dicha oferente contestó el  requerimiento.

 

Que a fs. 459, la CEO solicitó el informe técnico.

 

Que a fs. 459, mediante Nota N° 467, la Dirección General de Informática y Tecnología, informó que “no tiene objeciones que formular sobre las ofertas presentadas por las empresas, Trans Industrias Electrónicas y Conectia Wireless SA, informando que cumplen con lo requerido en el Pliego correspondiente”.                      

 

Que a fs. 463/467 se adjuntó la Actuación N° 21486/17, por la cual Conectia Wireless SA acompaña solicitud de pedido de turno ante el RIUPP para la actualización en el registro de proveedores. A fs. 468/471, obra la consulta al BAC, dando cuenta que dicha oferente se encuentra inscripta.

 

Que a fs. 474/482 se agrega el dictamen de la CEO, quien luego de analizar las ofertas presentadas entiende que las ofertas presentadas por “TRANS INDUSTRIAS ELECTRONICAS SA y CONECTIA WIRELESS SA deben ser consideras ofertas admisibles” y entiende que corresponde preadjudicar la presente Licitación Pública N° 13/2017 a Trans Industrias Electrónicas SA de acuerdo al siguiente detalle: “Licencias: Dólares Estadounidenses Un Millón Seiscientos Treinta Mil Quinientos Cincuenta y Cuatro con 83/100 ( U$S 1.630.554,83), el precio expresado incluye IVA. Servicio Técnico y Mantenimiento: Pesos Diez Millones Veinticinco Mil Setecientos Ocho con 73/00 ( $ 10.025.708,73), total por 24 meses. El valor Mensual es de Pesos Cuatrocientos Diecisiete Mil Setecientos Treinta y Siete con 86/100 ( $ 417.737,86), los precios expresados incluyen IVA.”.

 

Que a través de correos electrónicos, tal como consta a fs. 483, se comunicó a las oferentes lo resuelto por la CEO, cuya recepción consta a fs. 487 y confirmación de recepción a fs. 485 y 488.

 

Que el dictamen fue anunciado en la página de internet del Poder Judicial (fs.486) y publicado en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (fs. 493/500).

 

                                   Que mediante Dictamen Nro. 7928 obrante a fs. 501/503  la Dirección General de Asuntos Jurídicos (DGAJ) expresó que: “Esta Dirección General opina que, nada obsta, desde el punto de vista jurídico, a fin que se  prosiga con el trámite de las presente actuaciones”.

 

Que con relación a los montos preadjudicados por la CEO se observa que superan los presupuestos oficiales. Consecuentemente, la Dirección General de Programación y Administración Contable, realizó la afectación presupuestaria complementaria.

 

Que en tal estado llega el expediente a la Comisión de Administración, Gestión y Modernización Judicial.

 

Que la Ley 4890 modificó la redacción de la Ley 31, manteniendo en su art. 38 la competencia de la Comisión de ejecutar el presupuesto anual del Poder Judicial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Además, por el inc. 4 le compete ejecutar los procedimientos de licitación, concurso y demás procedimientos de selección del cocontratante, de montos superiores a los establecidos en esta ley con relación a la Oficina de Administración y Financiera del Poder Judicial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, de conformidad con lo dispuesto por el Plenario en el Plan de Compras y Plan de Acción para la Jurisdicción, disponiendo la adjudicación correspondiente.

 

Que por el art. 38 inc. 8 y 9 a la Comisión también le compete diseñar la política de informática y telecomunicaciones, organizar y mantener un sistema informático que permita el acceso a todos los usuarios y agentes del servicio de Justicia a información precisa, permanente y actualizada de acuerdo a sus competencias, y organizar y mantener la necesidad de infraestructura de los organismos que integran el servicio de Justicia de la Ciudad.

 

Que por lo expuesto, implicando la cuestión en debate un acto de disposición de recursos presupuestarios en una contratación que pretende satisfacer una necesidad de infraestructura tecnológica, éste órgano resulta competente.

                                  

Que a conforme el acta de apertura de ofertas N° 15/2017 (fs. 371/373)  se presentaron dos ofertas.

 

Que la CEO, al analizar las ofertas presentadas entendió  que ambas son admisibles y propuso la preadjudicación de Trans Industrias Electrónicas SA por ser la oferta económicamente más conveniente, de acuerdo al cuadro comparativo confeccionado en el dictamen respectivo.

 

Que conforme el presupuesto oficial aprobado por Res. CAGyJM N° 16/2017 es para las licencias de Dólares Estadounidenses Un Millón Cuatrocientos Mil (u$s 1.400.000) y para el soporte técnico de mantenimiento de Pesos Diez Millones Ochocientos Mil ($10.800.000). Por lo tanto, la oferente preadjudicada supera el presupuesto oficial.

 

Que el art. 106 reglamentario del art. 160 de ley 2095 (aprobado por Res. CM N° 1/2014), dispone en su inciso a) 2: “Serán declaradas inconvenientes aquellas ofertas que superen el presupuesto oficial en  más de un veinte por ciento (20%)”.

 

Que conforme lo expuesto, la oferta preadjudicada no supera el límite previsto en la normativa mencionada precedentemente. Por lo tanto, existiendo recursos presupuestarios conforme surge a fs.  510/515, nada impide la adjudicación.

 

                                   Que en virtud de lo expuesto, en el presente procedimiento intervino el área técnica para fundar la necesidad de la adquisición y verificar el cumplimiento de los requisitos específicos de la contratación, la Unidad Operativa de Adquisiciones propuso el encuadre del procedimiento, la Comisión Evaluadora de Ofertas verificó el cumplimiento de los recaudos documentales dispuestos para la adquisición, mientras que el servicio de asesoramiento jurídico permanente no planteó observación alguna al procedimiento ni al dictamen de preadjudicación. Por todo ello, corresponde dar curso favorable al presente trámite.

 

Por ello, en ejercicio de las atribuciones conferidas por la Ley 31 y su modificatoria 4890;

 

LA COMISIÓN DE ADMINISTRACIÓN, GESTIÓN

Y MODERNIZACIÓN JUDICIAL

RESUELVE:

 

Artículo 1º: Aprobar lo actuado en la Licitación Pública N° 13/2017.

 

Artículo 2°: Adjudicar la Licitación Pública N° 17/2017 a Trans Industrias Electrónicas SA por un monto de Dólares Estadounidenses Un Millón Seiscientos Treinta Mil Quinientos Cincuenta y Cuatro con 83/100 (u$s 1.630.554,83) incluido IVA para el renglón 3.1, y Pesos Diez Millones Veinticinco Mil Setecientos Ocho con 73/00 ( $ 10.025.708,73) incluido IVA por el renglón 3.2, conforme la prepuesta económica de fs. 325.

 

Artículo 3°: Instruir a la Dirección General de Compras y Contrataciones a notificar a todos los oferentes la presente resolución, y a efectuar la publicación en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

 

Artículo 4º: Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, anúnciese en la página de internet del Poder Judicial www.jusbaires.gov.ar; notifíquese a los oferentes, comuníquese a la Oficina de Administración y Financiera, a la Dirección General de Informática y Tecnología, a la Dirección General de Compras y Contrataciones y a la Dirección General de Programación y Administración Contable, y oportunamente, archívese.

 

RESOLUCION  CAGyMJ N°     151       /2017

 

 

 

 

 

 

 

Alejandro Fernández          Marcelo Vázquez          Juan Pablo Godoy Vélez