Licitación Pública Nº 16/2015- Expediente CM Nº DCC 136/14-0- Resolución CAGyMJ Nº 27/2015

Buenos Aires, 28  de mayo de 2015

 

RESOLUCIÓN CAGyMJ N°     27      /2015

 

VISTO:

 

El Expediente CM. Nº DCC-136/14-0 s/ Adquisición de Servidores Blades y Storage; y

 

 

CONSIDERANDO:

 

Que por Res. CAGyMJ Nº 51/2014 se autorizó el llamado de la Licitación Pública Nº 16/2014, de etapa única, para la adquisición de equipamiento y contratación de soluciones para servidores Blade y Storage, y adquisición de unidades para el Upgrade de los sistemas Netapp del Poder Judicial de esta ciudad, con un presupuesto oficial de Pesos Cinco Millones Trescientos Catorce Mil ($5.314.000) IVA incluido, estableciéndose como fecha de apertura publica de ofertas el día 4 de septiembre de 2014.

 

Que mediante la Res. Pres. CAGyMJ Nº 106/2014 se aprobó lo actuado en la Licitación Pública Nº 16/2014 y se adjudicó a Datastar Argentina SA los renglones 1, 3, 4 y 5 por la suma total de Dólares Estadounidenses Quinientos Cuarenta y Seis Mil Seiscientos Noventa y Cinco con 50/100 (U$S 546.695,50).

 

Que a fs. 953 obra la orden de compra n° 749, retirada por la adjudicataria el 12 de noviembre de 2014.

 

Que según surge de los requerimientos de fs. 1071 y 1078 la Dirección General de Informática y Tecnología solicitó la ampliación del Reglón 1 de la Licitación Pública Nº 16/2014 por la cantidad de 8 (ocho) hojas de Servidor incluyendo memoria, controladora, discos rígidos y adaptadores de comunicación por un monto de Dólares Estadounidenses Setenta y Dos Mil (U$S 72.000), y 2 (dos) chasis de blade por un monto de Dólares Estadounidenses Ciento Cuarenta y Cinco Mil Setecientos Cincuenta  (U$S 145.750.)

 

Que a fs.1080/1081 el Departamento de Tecnología y Comunicaciones del Ministerio Público Tutelar de la CABA solicitó la ampliación del Reglón 1 de la Licitación Pública Nº 16/2014 por la cantidad de 2 (dos) servidores departamentales HP Proliant DL385 G8.

Que a fs. 1082 la Dirección de Compras y Contrataciones estimó el monto de la ampliación mencionada precedentemente en la suma total de Dólares Estadounidenses Veinticinco Mil Cuatrocientos  (U$S 25.400), e informó la cotización utilizada a los efectos de la afectación presupuestaria que debía practicar dicho Ministerio, cuya constancia obra a fs. 1084.

 

Que a fs. 1086  la adjudicataria prestó conformidad con la ampliación solicitada por el Departamento de Tecnología y Comunicaciones del Ministerio Público Tutelar y a fs. 1088 sobre la ampliación solicitada por la Dirección General de Informática y Tecnología del Consejo de la Magistratura.

 

                                   Que la Dirección de Programación y Administración Contable realizó la afectación presupuestaria correspondiente a éste organismo por la suma total de Dólares Estadounidenses Doscientos Diecisiete Mil Setecientos Cincuenta (U$S 217.750) bajo el registro nro. 1306/04-2015 (fs. 1089/1090).

 

Que a fs. 1091/1092 intervino la Dirección de Compras y Contrataciones manifestándose sobre las gestiones expuestas y detalló los precios unitarios de los bienes que serán adquiridos. Asimismo, indico que el monto total es de Dólares Estadounidenses Doscientos Cuarenta y Tres Mil Ciento Cincuenta (U$S 243.150).

 

Que el servicio de asesoramiento jurídico permanente dictaminó a fs. 1096/197: “Consecuentemente con todas las consideraciones preapuntadas, teniendo en cuenta las constancias de las presentes actuaciones así como la normativa legal citada, esta Dirección General de Asuntos Jurídicos no tiene nada que objetar, desde el punto de vista jurídico, para que se proceda a la ampliación sugerida por la Dirección de Compras y Contrataciones mediante Nota 347-DCC-15 con la firma adjudicataria  Datastar Argentina S.A.”

 

Que en tal estado llega la cuestión a la Comisión de Administración, Gestión y Modernización Judicial.

 

Que la Ley 4890 modificó la redacción de la Ley 31, manteniendo en su art. 38 la competencia de la Comisión de ejecutar el presupuesto anual del Poder Judicial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y toda otra función que le encomiende el Plenario o que se le atribuya por ley o reglamento.  

 

 

Que el art. 38 inc. 4 de dicha norma dispone que le compete a la Comisión: “ejecutar los procedimientos de licitación, concurso y demás procedimientos de selección de cocontratante, de montos superiores a los establecidos en esta ley con relación a la Oficina de Administración y Financiera del Poder Judicial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, de conformidad con lo dispuesto por el Plenario en el Plan de Compras y Plan de Acción para la Jurisdicción, disponiendo la adjudicación correspondiente.”

 

Que la cuestión en debate involucra un acto de disposición de recursos presupuestarios y la ampliación de una contratación cuyo llamado y adjudicación aprobó la Comisión, por lo tanto, ésta resulta competente.

 

Que el art. 117 inc. i) de la ley 2095 dice: “una vez perfeccionado el contrato el organismo contratante podrá: aumentar o disminuir el total adjudicado hasta el veinte por ciento (20%) de su valor original en uno y otro caso, en las condiciones y precios pactados y con adecuación de los plazos respectivos. El aumento o la disminución pude incidir sobre uno, varios o el total de los renglones de la orden de compra. En los casos que resulte imprescindible para el organismo contratante el aumento o la disminución podrá exceder el veinte por ciento (20%), y se deberá requerir la conformidad del cocontratante. Si ésta no fuera aceptada, no generará ningún tipo de responsabilidad al proveedor ni serpa pasible de ningún tipo de penalidad o sanción. En ningún caso las ampliaciones o disminuciones podrán exceder del cincuenta por ciento (50%)  del monto total del contrato, aún con consentimiento del cocontratante.”

 

Que la ampliación requerida por la Dirección General de Informática y Tecnología a fs. 1071/1078, involucra 8 (ocho) hojas de Servidor incluyendo memoria, controladora, discos rígidos y adaptadores de comunicación por un monto de Dólares Estadounidenses Setenta y Dos Mil (U$S 72.000) y la ampliación de 2 (dos) chasis de blade existentes por un monto de Dólares Estadounidenses Ciento Cuarenta y Cinco Mil Setecientos Cincuenta  (U$S 145.750.), resultando un total de Dólares Estadounidenses Doscientos Diecisiete Mil Setecientos Cincuenta (U$S 217.750.).

 

Que la ampliación requerida por el Departamento de Tecnología y Comunicaciones del Ministerio Público Tutelar involucra 2 (dos) servidores departamentales HP Proliant DL385 G8 por un monto de Dólares Estadounidenses veinticinco Mil Cuatrocientos  (U$S 25.400.)

 

 

 

Que el monto total del presente procedimiento es de Dólares Estadounidenses Doscientos Cuarenta y Tres Mil Ciento Cincuenta (U$S 243.150).

 

Que el monto del contrato es de Dólares Estadounidenses Quinientos Cuarenta y Seis Mil Seiscientos Noventa y Cinco con 50/100 (U$S 546.695,50), por lo tanto se encuentra superado el 20% pero no excede el límite del 50% establecido en el art. 117 inc. i) de la ley 2095. Por lo tanto, dado que el contratista expresó su conformidad con la ampliación del contrato, el presente trámite se encuentra dentro de los parámetros normativos.

 

Que contándose con la conformidad de la contratista y existiendo recursos presupuestarios suficientes, se cumplen los recaudos legales exigibles para la operación en cuestión.

 

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos avaló el encuadre legal descripto precedentemente y no formuló observaciones a la ampliación.

 

Que la ampliación solicitada por la DGIT permitirá mantener las mejoras tecnológicas, acordes con el crecimiento del almacenamiento de datos experimentado por el Consejo (que hoy cuenta con dos centros de cómputos), lo cual impacta en una mayor disponibilidad de los sistemas.  Asimismo, los insumos cuya adquisición se promueve asegurarán el alto nivel obtenido en materia de seguridad informática, siguiendo las recomendaciones efectuadas por la auditoría practicada por la Universidad Tecnológica Nacional sobre el parque tecnológico del Consejo.

 

Que por lo tanto, no existen razones de hecho ni de derecho que impidan aprobar el presente trámite en los términos solicitados por la Dirección General de Informática y Tecnología y por el Ministerio Público Tutelar.

 

Por ello, en ejercicio de las atribuciones conferidas por la Ley 31 y su modificatoria 4890;

 

 

LA COMISIÓN DE ADMINISTRACIÓN, GESTIÓN

Y MODERNIZACIÓN JUDICIAL

RESUELVE:

 

 

Artículo 1º: Ampliar el contrato de Datastar SA en la Licitación Pública N° 16/2014 en 8 (ocho) hojas de Servidor incluyendo memoria, controladora, discos rígidos y adaptadores de comunicación por un monto de Dólares Estadounidenses Setenta y Dos Mil (U$S 72.000); 2 (dos) ampliaciones de chasis de blade existentes por un monto de Dólares Estadounidenses Ciento Cuarenta y Cinco Mil Setecientos Cincuenta  (U$S 145.750.) y 2 (dos) servidores departamentales HP Proliant DL385 G8 por un monto de Dólares Estadounidenses veinticinco Mil Cuatrocientos  (U$S 25.400.) resultando un total de Dólares Estadounidenses Doscientos Cuarenta y Tres Mil Ciento Cincuenta (U$S 243.150).

 

Artículo 2°: Instruir a la Dirección de Compras y Contrataciones a notificar a Datastar SA la presente resolución, a gestionar la ampliación de la garantía de ejecución de contrato en el caso que corresponda y a efectuar la publicación en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

 

Artículo 3°: Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, anúnciese en la página de internet del Poder Judicial www.jusbaires.gov.ar; notifíquese Datastar SA, comuníquese a la Oficina de Administración y Financiera, a la Dirección General de Informática y Tecnología, al Departamento de Tecnología y Comunicaciones del Ministerio Público Tutelar, a la Dirección de Compras y Contrataciones y a la Dirección de Programación y Administración Contable, y oportunamente, archívese.

 

RESOLUCIÓN CAGyMJ N°     27       /2015

 

 

 

 

 

 

Ricardo Baldomar   Juan Pablo Godoy Vélez    Juan Sebastián De Stefano