Exp. CM Nº OAyF-021/11-0 - Resolución OAyF Nº 03/2011

Autorizar el gasto para el servicio de retiro de un automóvil atascado en el monta coches y de otros siete alojados en los distintos subsuelos del edificio, reparación de ese elevador, instalado en el edificio de la Avda. Leandro N. Alem 684 en la suma de diecisiete mil quinientos noventa y nueve con 45/100 ($ 17.599,45), I.V.A. incluido, con la firma “Seleva S.R.L.” (Clave Única de Identificación Tributaria Nº 30-71112022-6), Permiso de Conservador expedido por el G.C.B.A. Nº 1.111, en los términos de la propuesta económica presentada a fs. 13 y vta.

Autorizar el gasto para el servicio de retiro de un automóvil atascado en el monta coches y de otros siete alojados en los distintos subsuelos del edificio, reparación de ese elevador, instalado en el edificio de la Avda. Leandro N. Alem 684 en la suma de diecisiete mil quinientos noventa y nueve con 45/100 ($ 17.599,45), I.V.A. incluido, con la firma “Seleva S.R.L.” (Clave Única de Identificación Tributaria Nº 30-71112022-6), Permiso de Conservador expedido por el G.C.B.A. Nº 1.111, en los términos de la propuesta económica presentada a fs. 13 y vta.

Autorizar el gasto para el servicio de retiro de un automóvil atascado en el monta coches y de otros siete alojados en los distintos subsuelos del edificio, reparación de ese elevador, instalado en el edificio de la Avda. Leandro N. Alem 684 en la suma de diecisiete mil quinientos noventa y nueve con 45/100 ($ 17.599,45), I.V.A. incluido, con la firma “Seleva S.R.L.” (Clave Única de Identificación Tributaria Nº 30-71112022-6), Permiso de Conservador expedido por el G.C.B.A. Nº 1.111, en los términos de la propuesta económica presentada a fs. 13 y vta.

Buenos Aires, 28 de febrero de 2011.

 

RES. OAyF (R.E.) Nº 03 /2011

VISTO:

el Expediente O.A.yF. Nº 021/11-0, caratulado: “O.A.yF. s/contratación del servicio de mantenimiento de ascensores, monta coches y bombas del edificio de la Avda. Alem 684 s/caja chica especial”; y

CONSIDERANDO:

Que por Res. OAyF Nº 031/2011 se dispuso: “(d)eclarar rescindida por culpa del contratante (dos supuestos; 1º y 2º párrafo del Pliego de Condiciones Particulares, aprobado por Res. OAyF Nº 099/2008), la prórroga de la contratación del servicio de mantenimiento de ascensores, montacoches, platos giratorios, bombas y portones para el edificio del inmueble de la Avda. Leandro N. Alem 684, comprensivo del renglón dos (2) de la Licitación Pública Nº 21/2008, autorizada por Res. OAyF Nº 088/2010; en los términos del art. 129 de la ley 2.095” (confr. copias de fs. 1/5).

Que con fecha 24 de febrero del corriente año, impuesto de las alternativas verificadas en el monta coches instalado en el edificio de cita y ante la inminente rescisión referida precedentemente, el Plenario de Consejeros autorizó la contratación de un servicio en substitución del aquél, por intermedio de las previsiones del “régimen de caja chica especial” autorizado por Res. CM Nº 969/2010, por sobre el máximo del monto previsto por el art. 2º de dicho régimen, de acuerdo a lo que se desprende del art. 1º de la Res. CM Nº 48/2011, por el que se autoriza: “al Administrador General del Poder Judicial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a superar el límite del art- 3 del Anexo I de la Res. CM Nº 969/2010, para la contratación de una empresa que realice la reparación del monta coches, retiro del vehículo atascado en al cabina y de otros siete alojados en los distintos subsuelos del edificio, servicio de conservación, mantenimiento técnico y reparación de dos ascensores principales, de un ascensor de servicio, dos bombas de elevación de agua y dos bombas cloacales del edificio del Poder Judicial con sede en la Av. Alem 684 (confr. fs. 17/8).

Que consecuentemente, y ante la urgencia del caso, se requirió por intermedio de esta Oficina de Administración y Financiera, a las firmas: “Ascensores Sitver S.A.”; “Ascensores del Sur S.A.”; “Ascensores Seleva S.RL.” y “Ascensores Mini Lift S.R.L.”, para que con carácter de muy urgente, remitan por correo electrónico, sendas cotizaciones, mediante el siguiente texto: “Pedido de cotización: Renglón 1: Servicios en el inmueble sito en Av. Leandro N. Alem 684 de esta Ciudad. Subrenglón 1.1: Servicio de conservación, mantenimiento técnico y reparación de dos (2) ascensores instalados en el inmueble sito en Av. Leandro N. Alem 684 de esta Ciudad, con las siguientes características: Paradas: 16; Capacidad: 5 personas; Maniobra: Dúplex; Puertas: Cabina/exteriores Automáticas; Máquina: Marca Servas; Control: Electrónico Marca Automac, con variador de velocidad; Potencia Motor 13/3.2 HP RPM: 1500/375; Subrenglón 1.2: Servicio de conservación, mantenimiento técnico y reparación de un (1) ascensor de servicio instalado en el inmueble sito en Av. Leandro N. Alem 684 de esta Ciudad, con las siguientes características: Paradas: 19; Capacidad: 3 personas; Maniobra: Colectivo descendente; Puertas: Cabina/exteriores Automáticas/manuales; Máquina: Marca Servas; Control: Electrónico Marca Automac, con variador de velocidad; Potencia Motor 12/3 HP; RPM: 1000/250; Subrenglón 1.3: Servicio de reparación de un (1) monta coches instalado en el inmueble sito en Av. Leandro N. Alem 684 de esta Ciudad, retiro de un (1) vehículo atascado en la cabina y de otros cinco (5) alojados en los distintos niveles del estacionamiento del inmueble. Nota: se considerará válida la oferta que establezca que el monto requerido para la reparación del monta coches se encontrará sujeto al resultado de las pruebas que se realicen sobre el elevador una vez desalojado el vehículo atascado. Subrenglón 1.4: Servicio de conservación, mantenimiento técnico y reparación de dos (2) bombas de elevación de agua instaladas en el inmueble sito en Av. Leandro N. Alem 684 de esta Ciudad. Marca: Pedrollo; Potencia: 5.5 HP; Tensión: 380V; Marca: DAB; Potencia: 5.5 HP; Tensión: 380V; Subrenglón 1.5: Servicio de conservación, mantenimiento técnico y reparación de dos (2) bombas cloacales instaladas en el inmueble sito en Av. Leandro N. Alem 684 de esta Ciudad, con las siguientes características:Marca: CLO SRL; Potencia: 1 CV; Marca: Sin identificar; Potencia: Sin identificar; Subrenglón 1.6: Servicio de conservación, mantenimiento técnico y reparación de un (1) portón automático instalado en el inmueble sito en Av. Leandro N. Alem 684 de esta Ciudad. Las características de los equipos a mantener son a título informativo, con la realización de la visita obligatoria, cada oferente podrá obtener la información necesaria de cada uno de los equipos así como su estado actual.” (confr. fs. 6 y vta.).

Que a fs. 9 glosa constancia del cumplimiento de la exigencia requerida por el art. 5º del “régimen de caja chica especial”, aprobado Por Res. CM Nº 969/2010.

Que a fs. 10/1, la empresa: “Ascensores MINI LIFT”, propone en concepto de “servicio simple” un canon mensual de dos mil doscientos pesos ($ 2.200) comprensivo –según se infiere- de todos los conceptos por los cuales se les consultó; sin expresar propuesta alguna con relación a la recomposición del monta coches instalado en el edificio; a fs. 12 y vta. la empresa “Ascensores SITVER S.A.” presupuesta: para el mantenimiento de los dos (2) ascensores principales del edificio, cinco mil quinientos pesos ($ 5.500); para el de servicio, dos mil setecientos cincuenta pesos ($ 2.750); respecto del montacargas, dos mil pesos ($ 2.000); veintiséis mil seiscientos cincuenta pesos ($ 26.650), en concepto de reparación del monta coches, retiro de un (1) vehículo atascado en la cabina y de otros cinco (5) alojados en distintos niveles del estacionamiento del inmueble; por el servicio de conservación de dos (2) bombas de agua, quinientos pesos ($ 500); respecto del correspondiente a dos (2) bombas cloacales, quinientos pesos ($ 500); y por el servicio de mantenimiento de un (1) portón automático, doscientos cincuenta pesos, I.V.A. incluido; en tanto que a fs. 13 y vta., “Ascensores SELEVA S.R.L.”, propone respecto de la reparación del monta vehículos: “el mismo se encuentra acuñado hacia arriba por su limitador de velocidad, habiéndose doblado sus guías de extremo superior. Rompiéndose sus guiadores de extremo superior. Rompiéndose el portón del primer subsuelo (el automóvil se encuentra incrustado ahí). Rompiéndose sus límites eléctricos. Rompiéndose los cabezales de lecturas. Rompiéndose, además, la placa de re nivelación del cuadro de maniobras (cuarto de máquinas). Reparación detalle: desacuñar monta vehículos. Reponer limitador de velocidad y cable de acero. Cambiar y alinear guías (enfrentamiento y distancia). Reponer portón del primer subsuelo. Quitar vehículo del interior del monta coches. Enderezar y reparar chasis del monta coches. Poner límites (finales de carrera nuevos). Reponer cabezales de lectura de hueco (nuevos). Reponer placa de re nivelación en cuadro de maniobras. Alinear y ajustar y poner en marcha”, proponiendo un precio de la reparación con mano de obra incluida por catorce mil quinientos cuarenta y cinco pesos ($ 14.545), sin la alícuota del I.V.A. y por el mantenimiento mensual de: “Tres ascensores; un monta coches y bombas de agua”: la suma de un mil novecientos pesos ($ 1.900).

Que se requirió a esta última precisara: si el precio cotizado por el “mantenimiento mensual de tres ascensores, un monta coches y bombas de agua” por un monto de un mil novecientos pesos ($ 1.900) incluye la alícuota del I.V.A.; acerca de si el concepto “bombas de agua” comprensiva de las bombas cloacales instaladas en el edificio y el número de “permiso de conservador” expedido por el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (fs. 14); respondiendo por correo electrónico Héctor BESSIA del Depto. Comercial de la firma que, en el canon mensual propuesto los precios efectivamente incluían la alícuota del I.V.A.; que el concepto “bombas de agua” comprendía las bombas cloacales y que a la empresa se le había extendido el permiso de conservador por el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Nº 1111 (confr. fs. 15).

Que en la fecha, mediante Presupuesto Nº ADS-7307 la firma “Ascensores del Sur S.A.” propuso para el mantenimiento mensual de los tres (3) ascensores instalados en el inmueble la suma de tres mil ochocientos cuarenta pesos ($ 3.840), y de un mil ochocientos pesos ($ 1.800), respecto del monta coches, en ambos casos, IVA incluido y en concepto del retiro del vehículo atascado en la cabina de ese montacargas, detalla la cotización, las siguientes tareas: “por el armado de estructura de apuntalamiento y andamios, liberación de mecanismo del monta-coches, extracción del vehículo y verificación de todos los elementos constructivos del monta vehículos para cotizar su reparación. Tiempo estimado para la realización de las tareas una vez aprobado el presupuesto, 12 (doce) días de trabajo. ADSUR S.A. realizará el trabajo definido en las especificaciones generales detalladas anteriormente por el precio básico de $ 41.076.- (son Pesos: cuarenta y un mil setenta y seis con 00/100)”, precio que no incluye la alícuota del IVA. (confr. fs. 16).

Que puesto a resolver, haciendo uso de la autorización acordada por el Plenario de Consejeros con fecha 24 de febrero del corriente año, por el cual se autorizó la contratación de los servicios en cuestión por sobre los montos establecidos por el art. 2º del régimen aprobado por la Res. CM Nº 969/2010; evaluadas que fueran las ofertas presentadas, resulta más conveniente la propuesta de “Ascensores SELEVA S.R.L.”, por lo que se autorizará el gasto para la contratación de esa firma por los conceptos por los cuales cotizara, por el término que coincide con el que restapara la conclusión de la prórroga autorizada por Res. OAyF Nº 088/2010, cuya rescisión se dispuso por Res. OAyF Nº 031/2011.

Que siendo que la presente contratación se autoriza en los márgenes del régimen especial de cita, para un mejor cumplimiento del servicio que se acuerda, la expedición de la orden de servicio respectiva quedará supeditada a la suscripción por parte de la empresa, de las condiciones previstas en el anexo Nº I de la presente

Que consecuentemente, se dará intervención a la Dirección de Servicios Generales y Obras Menores para que observe el cumplimiento de tales previsiones, debiendo informar semanalmente a esta Administración General al respecto.

Que asimismo, se dará intervención a la Dirección de Compras y Contrataciones para que por ese conducto, la empresa adjudicataria dé cumplimiento con las previsiones del régimen especial de trato para que en el menor lapso posible la empresa en cuestión se haga cargo formalmente del mantenimiento de los elevadores instalados en el edificio de la Avda. Leandro N. Alem 684 y comience con los trabajos de retiro del automóvil que obtura el monta coches y su consecuente reparación.

Que se dará intervención a la Oficina de Seguridad e Higiene para que intervenga en todas las tareas relacionadas con el retiro del automóvil del monta coches instalado en el edificio de Avda. Leandro N. Alem 684.

Por lo expuesto y en ejercicio de las atribuciones conferidas por el artículo 4º, inciso f) de la Ley 1988 (modificado por Ley 3389), de conformidad con la autorización acordada a esta Administración General por la Res. CM Nº 48/2011 de fecha 24 de febrero del corriente año y conforme las previsiones de la Res. CM Nº 969/2010;

EL ADMINISTRADOR GENERAL

DEL PODER JUDICIAL DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES

RESUELVE:

Artículo 1º: Autorizar el gasto para el servicio de retiro de un automóvil atascado en el monta coches y de otros siete alojados en los distintos subsuelos del edificio, reparación de ese elevador, instalado en el edificio de la Avda. Leandro N. Alem 684 en la suma de diecisiete mil quinientos noventa y nueve con 45/100 ($ 17.599,45), I.V.A. incluido, con la firma “Seleva S.R.L.” (Clave Única de Identificación Tributaria Nº 30-71112022-6), Permiso de Conservador expedido por el G.C.B.A. Nº 1.111, en los términos de la propuesta económica presentada a fs. 13 y vta.

Artículo 2º: Autorizar el gasto para el servicio de conservación, mantenimiento técnico y reparación de los tres (3) elevadores instalados y un (1) monta coches; de dos (2) bombas de elevación de agua; de dos (2) bombas cloacales y de un (1) portón automático, todos instalados en el edificio de la Avda. Leandro N. Alem 684, en la suma de un mil novecientos pesos ($ 1.900.-) mensuales, I.V.A. incluido, por el lapso que restaba cumplir de la contratación rescindida por Res. OAyF Nº 031/2011, con la firma “Seleva S.R.L.” (Clave Única de Identificación Tributaria Nº 30-71112022-6), Permiso de Conservador expedido por el G.C.B.A. Nº 1.111, en los términos de la propuesta económica presentada a fs. 13 y vta. y la aclaración de fs. 15.

Artículo 3º: Aprobar el texto que acompaña el presente como Anexo I, para la suscripción de un contrato con la empresa adjudicataria para un mejor cumplimiento del servicio que se acuerda, previo a la expedición de la orden de servicio respectiva que quedará supeditada a su suscripción.

Artículo 4º: Dar intervención a la Dirección de Servicios Generales y Obras Menores para que observe el cumplimiento de tales previsiones, debiendo informar semanalmente a esta Administración General al respecto.

Artículo 5º: Dar intervención Dirección de Compras y Contrataciones para que por ese conducto, la empresa adjudicataria dé cumplimiento con las previsiones del régimen especial de trato para que en el menor lapso posible la empresa en cuestión se haga cargo formalmente del mantenimiento de los elevadores instalados en el edificio de la Avda. Leandro N. Alem 684 y comience con los trabajos de retiro del automóvil que obtura el monta coches y su consecuente reparación.

Artículo 6º: Dar intervención a la Oficina de Seguridad e Higiene para que intervenga en todas las tareas relacionadas con el retiro del automóvil del monta coches instalado en el edificio de Avda. Leandro N. Alem 684.

Artículo 7º: Regístrese, publíquese en la página de internet del Poder Judicial www.jusbaires.gov.ar, comuníquese a la Dirección de Programación y Administración Contable, pase a la Dirección de Compras y Contrataciones, una vez suscripto el anexo Nº 1 y, oportunamente, archívese.

 

RES. OAyF Nº /2011

ANEXO I RES. OAyF (RE) Nº /2011

CONVENIO PARA EL SERVICIO DE MANTENIMIENTO DE ASCENSORES, MONTA COCHES, Y BOMBAS DEL EDIFICIO DE LA AVDA. LEANDRO N. ALEM 684

En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los días del mes de marzo de dos mil once, en cumplimiento de lo dispuesto mediante Res. OAyF Nº /2011, el Dr. Pablo Cruz CASAS (D.N.I. 23.412.667), en su calidad de Administrador General del Poder Judicial de la C.A.B.A. y el Sr. José Manuel PREMARÍES (D.N.I. 22.295.295), en su calidad de socio-gerente de la empresa “Seleva S.R.L.” (Clave Única de Identificación Tributaria Nº 30-71112022-6), Permiso de Conservador expedido por el G.C.B.A. Nº 1.111, (de ahora en más “la adjudicataria”) acuerdan las siguientes condiciones para el cumplimiento de los servicios y trabajos acordados en la Resolución de cita.-------------- 1. OBJETO DE LA CONTRATACIÓN.------------------------------------------------------

La presente contrata tiene por objeto el Servicio de Mantenimiento de ascensores, monta coches, bombas y portones de edificios del inmueble ubicado en la Av. Leandro N. Alem 684 y el servicio de retiro de un automóvil atascado en el monta coches y reparación de ese elevador, instalado en el inmueble.-----------------------------------------

2. SERVICIOS A PRESTAR.--------------------------------------------------------------------

a. Servicios en el inmueble sito en Av. Leandro N. Alem 684 de esta Ciudad.-------------

a.1: Servicio de conservación, mantenimiento técnico y reparación de dos (2) ascensores instalados en el inmueble sito en Av. Leandro N. Alem 684 de esta Ciudad, con las siguientes características: Paradas: 16; Capacidad: 5 personas; Maniobra: Dúplex; Puertas: Cabina/exteriores Automáticas; Máquina: Marca Servas; Control: Electrónico Marca Automac, con variador de velocidad; Potencia Motor 13/3.2 HPRPM: 1500/375.-------------------------------------------------------------------------------------

a.2: Servicio de conservación, mantenimiento técnico y reparación de un (1) ascensor de servicio instalado en el inmueble sito en Av. Leandro N. Alem 684 de esta Ciudad, con las siguientes características: Paradas: 19; Capacidad: 3 personas; Maniobra: Colectivo descendente; Puertas: Cabina/exteriores Automáticas/manuales; Máquina: Marca Servas; Control: Electrónico Marca Automac, con variador de velocidad; Potencia Motor 12/3 HP RPM: 1000/250.----------------------------------------------------

a.3: Servicio de conservación, mantenimiento técnico y reparación de un (1) monta coches instalado en el inmueble sito en Av. Leandro N. Alem 684 de esta Ciudad.-------

a.4: Servicio de conservación, mantenimiento técnico y reparación de dos (2) bombas de elevación de agua instaladas en el inmueble sito en Av. Leandro N. Alem 684 de esta Ciudad. Marca: Pedrollo; Potencia: 5.5 HP; Tensión: 380V; Marca: DAB; Potencia: 5.5; HP Tensión: 380V.-----------------------------------------------------------------------------

a.5: Servicio de conservación, mantenimiento técnico y reparación de dos (2) bombas cloacales instaladas en el inmueble sito en Av. Leandro N. Alem 684 de esta Ciudad, con las siguientes características:Marca: CLO SRL; Potencia: 1 CV; Marca: Sin identificar; Potencia: Sin identificar.--------------------------------------------------------------

a.6: Servicio de conservación, mantenimiento técnico y reparación de un (1) portón automático instalado en el inmueble sito en Av. Leandro N. Alem 684 de esta Ciudad. Las características de los equipos a mantener son a título informativo, con la realización de la visita obligatoria, cada oferente podrá obtener la información necesaria de cada uno de los equipos así como su estado actual.---------------------------------------------------

a.7: servicio de retiro de un automóvil atascado en el monta coches y reparación en el monta coches instalado en el inmueble sito en Av. Leandro N. Alem 684.-----------------

3. FORMA DE PRESTACIÓN DEL SERVICIO.-------------------------------------------

3.1El servicio para ascensores y monta coches: Se realizará conforme los aspectos que enumera la Ordenanza 49.308/95 y sus Decretos Reglamentarios Nº 220, Nº 578 y sus modificacatorios que establecen las siguientes características del servicio a prestar por parte de la adjudicataria.----------------------------------------------------------------------------

a) Servicios a demanda: Deberán atenderse los días lunes a viernes dentro del horario de 08.00 a 20.00 horas y el día sábado de 08.00 a 13.00 horas, debiendo acudir dentro de las dos (2) horas de formulado el reclamo por fallas, por inconvenientes y/o irregularidades en el funcionamiento o el rendimiento de los equipos y/o las instalaciones. El adjudicatario deberá atender durante las 24 horas del día, incluyendo sábados, domingos y feriados los reclamos en caso de personas encerradas y/o peligro de accidente. El adjudicatario deberá tener un servicio de auxilio de emergencia permanente y urgente. A tal efecto deberá disponer de números telefónicos, quedando dichos números a disposición de la Dirección de Servicios Generales y Obras Menores. Ante una llamada de emergencia, por personas atrapadas en cabina y/o peligro de accidente, el servicio de auxilio se operará dentro de los treinta (30) minutos de recibido el llamado. En todos los casos el adjudicatario informará las causas del desperfecto verificado y las tareas de corrección efectuadas o a efectuar para la puesta en servicio del coche afectado.-----------------------

b) Servicios a realizar una vez por mes como mínimo: Efectuar la limpieza del soldado de cuarto de máquinas, selector de paradas de pisos, regulador de velocidad, grupo generador y otros elementos instalados, controles de maniobra, techo de cabina, fondo de hueco, guiadores, poleas inferiores tensoras, de desvío y/o reenvío y guía superiores de puertas. Efectuar lubricación de todos los mecanismos expuestos a rotación, deslizamiento y/o articulaciones componentes del equipo, como máquina de tracción, poleas de envío y/o reenvío, guías de coche y contrapeso, guías superiores de puertas, polea del regulador de velocidad, etc. Verificar el correcto funcionamiento de los contactos eléctricos en general y muy especialmente de cerraduras de puertas, interruptores de seguridad, sistemas de alarma, parada de emergencia, sistema de freno, regulador de velocidad, poleas y guiadores de cabina y contrapeso. Constatar el estado de tensión de los cables de tracción o accionamiento así como de sus amarres, control de maniobra y de sus elementos componentes, paragolpes y operadores de puertas. Constatar la existencia de la conexión de la puesta a tierra de protección en las partes metálicas de la instalación, no sometidas a tensión eléctrica. Controlar que las cerraduras de las puertas exteriores, operando en el primer gancho de seguridad, no permitan la apertura de la puerta no hallándose la cabina en el piso y que no se abra el circuito eléctrico.-------------------------------------------------------------------------------------

c) Servicios a realizar una vez por semestre como mínimo: Constatar el estado de desgaste de los cables de tracción y accionamiento, del cable del regulador de velocidad, del cable o cinta del selector o registrador de las paradas en los pisos y del cable de maniobra, particularmente su aislación y amarre. Limpieza de guías. Controlar el accionamiento de las llaves de límites finales que interrumpe el circuito de fuerza motriz, y que el mismo se produzca a la distancia correspondiente en cada caso, cuando la cabina rebasa los niveles de los pisos externos. Efectuar las pruebas correspondientes y verificar el estado de todo el sistema de seguridad, regulador, cuñas, varillaje de cabina y contrapeso cuando este lo posea.-------------------------------------------------------

NOTA: Al iniciarse el servicio de mantenimiento se deberán ejecutar todas las prestaciones consignadas en los puntos b y c.---------------------------------------------------

La prestación a brindar incluye la provisión e instalación de materiales de reposición menores; entre ellos pueden citarse los siguientes: aceite especial para máquina de tracción, aceite para bujes, elementos de limpieza (Kerosene, contamatic, WD 40, estopa), grasa para rodamientos, grasa especial para guía de cabinas y contrapeso, patines inferiores de puertas, cuchillas de puertas cabina, colgadores de puertas exteriores y de cabinas, correas de operador de puertas, componentes internos de botoneras exteriores y de cabinas, lámparas de indicadores de dirección, indicadores de posición, llaves de accionamiento de sub-panel, ferodos de frenos, caja de manual sobre cabina, cerraduras de puertas exteriores, contactos eléctricos de puertas de cabina y sistema de paracaídas, límites de seguridad inferiores y superiores, sensor de lectura de posición sobre cabinas, patín retráctil, colizas de guías de cabina y contrapeso, fusibles, etc. -----------------------------------------------------------------------------------------------------

3.2 Servicio de mantenimiento de las bombas: a) Servicios a demanda: Deberán atenderse de lunes a viernes dentro del horario de 08.00 a 20.00 horas, sábados de 08.00 a 13.00 horas, y con servicio de guardias permanentes las 24 horas del día incluyendo inhábiles y feriados en caso de falta de agua o no funcionamiento de las mismas.---------

b) Servicios a realizar una vez por mes como mínimo: Ajuste de empaquetaduras. Control de juntas y manchones antivibratorios. Control del sistema de automáticos de comandos de las bombas de agua.-----------------------------------------------------------------

3.3. Servicio para el retiro del automóvil atascado en la cabina y reparación del monta coches. a) Informar a la Dirección de Servicios Generales y Obras Menores o en su defecto a la Oficina de Administración y Financiera en un término improrrogable de las veinticuatro (24) horas de la suscripción del presente un diagnóstico del estado del monta coches, detalle de los trabajos que deben realizarse para retirar el automóvil atascado en el cabina, previsión del lapso que insumirá ese trabajo, como el retiro de cinco (5) vehículos alojados en diversos niveles del estacionamiento del inmueble; b) comunicar el plan de trabajos a la Oficina de Seguridad e Higiene de este Consejo de la Magistratura; c) informar respecto de los avances de las tareas atinentes al servicio diariamente a la Dirección de Servicios Generales y Obras Menores.-----------------------

4. PLAZO DE CONTRATACIÓN.-------------------------------------------------------------

El servicio requerido tendrá una duración correspondiente al lapso que restaba cumplir de la contratación rescindida por Res. OAyF Nº 031/2011.-----------------------------------

5. CLÁUSULA DE RESCISIÓN.---------------------------------------------------------------

En cualquier momento el Consejo de la Magistratura podrá rescindir sin causa la prórroga del contrato y no generará derecho a indemnización a favor del adjudicatario. Dicha circunstancia le será notificada fehacientemente al prestador, con una anticipación de 15 días.-----------------------------------------------------------------------------

6. REQUISITOS QUE DEBE CUMPLIMENTAR EL ADJUDICATARIO.----------

Cumplimentar todas y cada una de las cláusulas establecidas en la Ordenanza Nº 49.308, el Decreto 578/CABA/01, el Código de Edificación de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires: Sección 8, Capítulo 10, Art. 8.10.3 y toda otra norma de aplicación en este ámbito.-------------------------------------------------------------------------------------------

Deberá contar con un representante técnico con título de Ingeniero Electricista, Ingeniero Mecánico, Ingeniero Electromecánico, Civil o Industrial, debidamente matriculado en el Consejo Profesional respectivo, habilitado por el organismo pertinente. --------------------------------------------------------------------------------------------

La adjudicataria actuará como “CONSERVADOR” de la instalación y su función será el cumplimiento de las normas técnicas de conservación que se establecen en la Ordenanza 49.308. ----------------------------------------------------------------------------------

7. CONDICIONES DE TRABAJO.------------------------------------------------------------

El adjudicatario empleará únicamente personal propio capacitado e idóneo para ejecutar cada una de las tareas objeto de la presente contratación.--------------------------------------

El número de operarios que se empleen para la ejecución de las tareas será proporcional a la extensión, a la naturaleza y al plazo de ejecución que demanden los mismos.---------

8. NOMINA DEL PERSONAL.-----------------------------------------------------------------

Previo a iniciar los servicios, el adjudicatario deberá presentar en la Dirección de Servicios Generales y Obras Menores la nómina del personal que efectuará la prestación. En la información a brindar se consignarán los siguientes datos: nombre y apellido, DNI, domicilio actualizado, función que desempeña.-------------------------------

9. PERSONAL DE LA ADJUDICATARIA.--------------------------------------------------

Obligaciones y Responsabilidades.---------------------------------------------------------------

La adjudicataria, asumirá ante el Consejo de la Magistratura, la responsabilidad total en relación con la conducta y antecedentes de las personas que afecte al servicio.-----------

Estarán a cargo del adjudicatario todas las erogaciones originadas por el empleo de su personal, tales como jornales, aportes jubilatorios, licencias, indemnizaciones, beneficios sociales, otras erogaciones que surjan de las disposiciones legales, convenios colectivos individuales vigentes o a dictarse o convenirse en el futuro y seguros.---------

El adjudicatario tomará a su cargo la obligación de reponer elementos o reparar daños y perjuicios que ocasionen al Consejo de la Magistratura por delitos o cuasidelitos, sean éstos propios o producidos por las personas bajo su dependencia, o los que pudieron valerse por la prestación de los servicios que establece el presente. El incumplimiento de lo establecido en esta cláusula dará motivo a la rescisión del contrato.------------------

El adjudicatario, se hará responsable de los daños y/o perjuicios que se originen por culpa, dolo o negligencia, actos u omisiones de deberes propios o de las personas bajo su dependencia o aquellas de las que se valga para la prestación de los servicios. --------

El adjudicatario adoptará todas las medidas y precauciones necesarias para evitar daños al personal que depende de él, al personal del Consejo de la Magistratura, del Poder Judicial y del Ministerio Público, a terceros vinculados o no con la prestación del servicio, a las propiedades, equipos e instalaciones de esta Institución o de terceros, así puedan provenir esos daños de la acción o inacción de su personal o elementos instalados o por causas eventuales.---------------------------------------------------------------

10. PROGRAMA DE SEGURIDAD.----------------------------------------------------------

La adjudicataria deberá presentar en el plazo de tres (3) días de suscripto el presente, Programa de Seguridad (tareas no repetitivas de corta duración) rubricado por profesional en Seguridad e Higiene en el Trabajo (SHT) y presentado en la ART correspondiente, las constancias de capacitación de su personal y las constancias de entrega de Elementos de Protección Personal (EPP) para el personal que desarrollará las tareas.--------------------------------------------------------------------------------------------------

11. SEGUROS. La adjudicataria deberá, previo al inicio de las prestaciones:-------------

12.1. Presentar las pólizas de los seguros obligatorios de vida y por accidentes de trabajo de todo el personal que afecte a esta prestación, acreditándolos con la correspondiente inscripción en la aseguradora correspondiente (ART).---------------------

12.2. Contar con un seguro de responsabilidad civil frente daños a terceros y sus pertenencias, por hechos ocurridos como consecuencia de la ejecución de los trabajos contratados, no inferior a Pesos Quinientos Mil ($ 500.000,00), que permanecerá vigente durante el plazo contractual. -------------------------------------------------------------

En caso de que el monto del seguro contratado no alcanzare a cubrir los daños provocados, las diferencias resultantes deberán ser cubiertas exclusivamente por el adjudicatario. De igual manera, en caso de insolvencia o quiebra de la aseguradora, el adjudicatario deberá afrontar por su exclusiva cuenta y cargo todos los daños en cuestión, debiendo dejar liberado al Consejo de la Magistratura de cualquier responsabilidad al respecto. Si el adjudicatario dejase de contratar y mantener en vigor los seguros especificados, el Consejo de la Magistratura podrá en tales casos - al margen de cualquier otro derecho o recurso que pudiera ejercer - contratar y mantener en vigor dichos seguros y pagar las primas necesarias que fueran adeudadas por el adjudicatario. El Consejo de la Magistratura deducirá las primas así desembolsadas del primer certificado y/o factura presentado por el Adjudicatario.-------

Dado que este seguro cubre riesgos o responsabilidades respecto a los cuales el adjudicatario es responsable de acuerdo con estos documentos contractuales, será obligación del adjudicatario notificar a los aseguradores sobre cualquier cuestión o evento que requiera dicha notificación de acuerdo con las cláusulas aplicables de las pólizas correspondientes. El adjudicatario será responsable por todas las pérdidas, reclamaciones, demandas, acciones judiciales, costas, costos y gastos de cualquier índole originados o resultantes de cualquier incumplimiento de dichos requerimientos.--

Correrán por cuenta del adjudicatario los intereses y costos por pago fuera de término y las consecuencias económicas y contractuales por la no vigencia de la Póliza de Seguro.

El Consejo de la Magistratura podrá suspender los trabajos por falta de cobertura, no siendo ello causa de prórroga del programa de trabajo.----------------------------------------

Los seguros serán contratados con una aseguradora a satisfacción del Consejo de la Magistratura, e incluirá a éste como beneficiario de los mismos y considerándolo como tercero afectado.-------------------------------------------------------------------------------------

13. PENALIDADES.-------------------------------------------------------------------------------

a) El incumplimiento de las tareas previstas para el servicio de mantenimiento, dará lugar, en cada caso, a la aplicación de una multa equivalente al cinco por ciento (5%) del monto del abono mensual.---------------------------------------------------------------------

b) El incumplimiento del servicio de auxilio de emergencia (con personas atrapadas) en el plazo previsto para su cumplimiento, dará lugar, en cada caso, a la aplicación de una multa equivalente al cinco por ciento (5%) del monto de seis abonos mensuales.---------

La aplicación de multas será registrada y considerada como antecedente desfavorable para el adjudicatario en el caso de presentarse a nuevas licitaciones.------------------------

14. TRABAJOS IMPREVISTOS.---------------------------------------------------------------

La adjudicataria informará de inmediato a la Dirección de Servicios Generales y Obras Menores los recambios de repuestos o trabajos que resulte necesario efectuar con motivo de imponderables y/o imprevistos, fundamentando técnicamente su necesidad y urgencia. Una vez tomado conocimiento del mismo, el Consejo de la Magistratura efectuará las evaluaciones técnicas y económicas, reservándose la facultad de autorizar y aprobar los presupuestos que se le requieran al adjudicatario, o bien habilitando - sobre la base de los montos presupuestados - los procedimientos administrativos que imponen la normativa vigente. Éstos, sólo si no se trata de materiales de reposición menores, cuya provisión e instalación está incluida en el monto presupuestado del servicio de mantenimiento.-------------------------------------------------------------------------