Contratación Directa Nº 29/2017- Resolución OAyF Nº 220/2017- Expediente CM Nº DGCC 105/17-0 "Renovación Licencia FTK"

                                         Buenos Aires,    29       de agosto de 2017

 

RES. OAyF Nº   220       /2017

 

VISTO:

El Expediente DGCC N° 105/17-0 caratulado “D.G.C.C. s/ Renovación Licencia FTK”; y

 

CONSIDERANDO:

Que mediante Nota D.G.C.C. N° 22/2017 la Dirección General de Compras y Contrataciones informó que el 30 de junio de 2017 operó el vencimiento del servicio de mantenimiento y soporte del software para análisis de computadoras e investigaciones digitales y solicitó intervención de las dependencias técnicas competentes (fs. 3).

Que al respecto, el Departamento de Informática Forense por intermedio de la Dirección de Auxiliares de Justicia manifestó que considera necesaria la renovación de la contratación del servicio “para el mejor cumplimiento de sus objetivos”. A su vez, solicitó que “al momento de la renovación, la empresa Security Team Network S.A. provea su última versión actualizada, previéndose asimismo las capacitaciones correspondientes” (fs. 10/11).

Que entonces, la Dirección General de Compras y Contrataciones entendió viable iniciar una contratación directa por adjudicación simple, en el marco de lo establecido en el artículo 28 del anexo I de la Resolución CM N° 1/2014, reglamentario del inciso 5º del artículo 28º de la Ley 2095 y sus modificatorias (fs. 21).

Que en consecuencia, esa Dirección General confeccionó y remitió una (1.-) Invitación a Cotizar a la firma Security Team Network S.A. en la Contratación Directa N° 29/2017 comprensiva de un (1.-) renglón tendiente a la actualización, renovación y mantenimiento de herramientas FTK desarrollada por la firma Acces Data, conjuntamente con el Anexo III -Pliego de Bases y Condiciones Generales- de la Resolución CM Nº 01/2014 con la modificación introducida por Resolución Pres. N° 554/2014 (22/34). Asimismo en el punto G de la aludida invitación se contempló la opción de pago anticipado mediante seguro de caución por el total adjudicado.

Que tal como se desprende del Acta de Ofertas Recibidas obrante a fojas 35, la firma Security Team Network S.A. presentó una oferta -incorporada a fojas 36/81- por un monto total de ciento treinta y cinco mil setecientos pesos ($135.700,00) IVA incluido, y requirió como condición de pago el cien por ciento (100%) adelantado contra seguro de caución.

Que asimismo la oferente adjuntó la Declaración Jurada de Aptitud para Contratar (fs. 70/72), Certificado Fiscal para Contratar expedido por la Administración Federal de Ingresos Públicos –AFIP- (fs. 74 y 93), constancia de inscripción en el Registro Informatizado Único y Permanente de Proveedores (fs. 76/77), declaración jurada del domicilio constituido (fs. 81) y la declaración jurada por la que afirma que es distribuidor y proveedor exclusivo de los bienes y servicios requeridos en la contratación de marras (fs. 94).

Que luego, el Departamento de Informática Forense, por intermedio de la Secretaría de Apoyo Administrativo Jurisdiccional, prestó la conformidad de rigor a la oferta presentada por la firma Security Team Network S.A. (fs. 86).

Que con el fin de dar cumplimiento a lo dispuesto por la Ley 70, la Dirección de Programación y Administración Contable anejó la Constancia de Registración Nº 175/08 2017, confirmando de este modo la existencia de las partidas presupuestarias necesarias para afrontar la contratación de marras (fs. 99/100).

Que requerida que fuera al efecto, mediante Dictamen Nº 7793/2017 la Dirección General de Asuntos Jurídicos tomó la intervención que le compete y, luego de realizar la reseña de lo actuado y el correspondiente análisis jurídico, concluyó que “ (…) nada obsta, desde el punto de vista jurídico, para la prosecución del trámite del presente expediente” (fs. 105/107).

Que a fojas 111/112 esta Oficina de Administración y Financiera agregó la constancia actualizada de inscripción en el Buenos Aires Compra –BAC- de la firma oferente donde consta el estado “No Deudor” en el Registro de Deudores Alimentarios Morosos de los integrantes o miembros del directorio.

Que en este estado, de acuerdo a los antecedentes obrantes en autos y verificados todos los pasos pertinentes, esta Oficina de Administración y Financiera entiende que se encuentra configurado el supuesto de exclusividad (exigido por el artículo 28 del anexo I de la Resolución CM N° 1/2014, reglamentario del inciso 5 del artículo 28° de la Ley 2095 y sus modificatorias) en la presente contratación tendiente a la actualización, renovación y mantenimiento de una (1.-) FTK – Herramienta Forense para análisis de computadoras e investigaciones digitales, FTK Standalone SMS por un (1.-) año.

Que a su vez, en línea con lo actuado por la Dirección General de Compras y Contrataciones, la conformidad del área técnica competente y lo dictaminado por el órgano de asesoramiento jurídico permanente de este organismo, corresponderá aprobar lo actuado y adjudicar la Contratación Directa N° 29/2017 a la firma Security Team Network S.A. por el monto de ciento treinta y cinco mil setecientos pesos ($135.700,00) de acuerdo a la oferta agregada a fojas 36/81 y la Invitación a Cotizar de fojas 23/26.

Que en consecuencia, corresponderá instruir a la Dirección General de Compras y Contrataciones a efectos de que por su intermedio se realicen las tareas necesarias para el perfeccionamiento de la presente contratación y a realizar las publicaciones y notificaciones de este acto conforme lo establecido en la Ley 2095, su modificatoria Ley 4764, su reglamentación y en la Ley de Procedimientos Administrativos – Decreto 1.510/97. Asimismo, deberá notificar lo que se resuelva en el presente acto a la firma que resulte adjudicataria y comunicarle que a los efectos de hacer efectivo el cobro el cien por ciento (100%) del monto de su oferta en concepto de anticipo, deberá presentar un seguro de caución por el importe que se le anticipe, de conformidad con lo dispuesto por el Punto G de la Invitación a Cotizar en la Contratación Directa Nº 29/2017.

Por ello, en ejercicio de las atribuciones conferidas por la Ley 31, sus modificatorias, y por la Resolución de Presidencia N° 391/2013;

 

EL ADMINISTRADOR GENERAL DEL

PODER JUDICIAL DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES

RESUELVE:

 

Artículo 1º: Apruébese el procedimiento llevado a cabo en la Contratación Directa Nº 29/2017 tendiente a la actualización, renovación y mantenimiento de una (1.-) FTK – Herramienta Forense para análisis de computadoras e investigaciones digitales, FTK Standalone SMS por un (1.-) año de acuerdo a las especificaciones detalladas en la Invitación a Cotizar obrante a fojas 23/26.

 

Artículo 2º: Adjudíquese la Contratación Directa Nº 29/2017 a la firma Security Team Network S.A. por la suma total de ciento treinta y cinco mil setecientos pesos ($135.700,00) IVA incluido, de acuerdo con la oferta agregada a fojas 36/81 y la Invitación a Cotizar de fojas 23/26. Ello, por los argumentos vertidos en la presente resolución

 

Artículo 3°: Instrúyase a la Dirección General de Compras y Contrataciones a efectos de que por su intermedio se realicen las tareas necesarias para el perfeccionamiento de la presente contratación y a realizar las publicaciones y notificaciones de este acto conforme lo establecido en la Ley 2095, su modificatoria Ley 4764, su reglamentación y en la Ley de Procedimientos Administrativos – Decreto 1.510/97. Asimismo, deberá notificar lo que se resuelva en el presente acto a la firma que resulte adjudicataria y comunicarle que a los efectos de hacer efectivo el cobro el cien por ciento (100%) del monto de su oferta en concepto de anticipo, deberá presentar un seguro de caución por el importe que se le anticipe, de conformidad con lo dispuesto por el Punto G de la Invitación a Cotizar en la Contratación Directa Nº 29/2017.

 

Artículo 4º: Regístrese, publíquese como se ordenara y comuníquese a la a la Secretaría de Apoyo Administrativo Jurisdiccional y por su intermedio a la Dirección de Auxiliares de Justicia y al Departamento de Informática Forense y a la Dirección General de Programación y Administración Contable. A tal efecto, pase a la Dirección General de Compras y Contrataciones y cúmplase. Oportunamente, archívese.

 

 

RES. OAyF Nº   220       /2017