Licitación Pública Nº 29/2015- Expediente CM Nº DCC 232/15-0- Resolución CAGyMJ Nº 53/2016

Buenos Aires, 30  de junio de 2016

 

RESOLUCIÓN CAGyMJ N°   53        /2016

 

VISTO:

 

El Expediente CM. Nº DCC-232/15-0 s/ Contratación del Servicio de Mantenimiento de Equipos de Aire Acondicionado; y

 

 

CONSIDERANDO:

 

Que por Res. CAGyMJ Nº 107/2015 (fs. 832/837) se aprobó lo actuado en la Licitación Pública Nº 29/2015 para la contratación del servicio de mantenimiento de equipos de aire acondicionado en edificios del Poder Judicial, adjudicando a BRV Instalaciones Termomecánicas  SRL, por la suma total de Pesos Once Millones Cuatrocientos Mil ($ 11.400.000).

 

Que a fs. 853 obra la orden de compra N° 933, retirada por la contratista el día 29 de diciembre de 2015, por un monto total de Pesos Diez Millones Setecientos Veintitrés Mil Doscientos ($10.723.200) IVA incluido. Téngase presente, que los subrenglones 1.7, 1.11, 1.13, 1.14 y 1.19 fueron excluidos de dicha orden, conforme lo sugerido por el área técnica a fs. 840.

 

Que a fs. 901 la Secretaría General de Administración del Ministerio Público de la Defensa solicitó el servicio de mantenimiento de los equipos de aire acondicionado existentes en Avda. de Mayo 654, Piso 11º.

 

Que a fs. 903 la Dirección General de Compras y Contrataciones (DGCC) informó al Ministerio Público que para que se contemple la ampliación contractual solicitada  resulta necesario que se efectúe la afectación preventiva de las partidas presupuestarias correspondientes y se remita la respectiva constancia. Asimismo, aclaró que la prestación del servicio se hará por veinte (20) meses desde mayo de 2016 hasta diciembre de 2017 inclusive, con un costo mensual de Pesos Dieciséis Mil Trescientos Sesenta y Cuatro ($16.364) IVA incluido, lo cual totaliza la suma de Pesos Trescientos Veintisiete Mil Doscientos Ochenta ($327.280) IVA incluido.

 

                                    Que por último, la DGCC manifestó que conforme surge del Criterio de Afectación Presupuestaria elaborado por la Dirección General de Programación y Administración Contable, en función del Criterio de Superficie Ocupada en el inmueble de Av. De Mayo 654, la citada afectación deberá ser efectuada por la suma total de Pesos Ciento Once Mil Doscientos Setenta y Cinco con 20/100 ($ 111.275,20) IVA incluido, de acuerdo con el porcentaje de participación correspondiente al Ministerio Público de la Defensa en dicha sede.

 

                                   Que a fs. 905/909 obra la afectación presupuestaria realizada por el Ministerio Público de la Defensa para el presente ejercicio presupuestario por la suma de Pesos Cuarenta y Cuatro Mil Quinientos Diez con 08/100 ($44.510,08), la afectación presupuestaria realizada por la Dirección General de Programación y Administración Contable en Pesos Ochenta y Seis Mil Cuatrocientos Uno con 92/100 ($86.401,92)  - bajo el registro nro. 226/05-2016- , como también, la constancia del Compromiso Preventivo para el ejercicio 2017 (12 meses) por Pesos Ciento Veintinueve Mil Seiscientos Dos con 88/100 ($129.602,88).

 

Que el servicio de asesoramiento jurídico permanente, mediante Dictamen 7008/2016 observó que conforme las constancias de fs. 905/906 el Ministerio Público de la Defensa no formuló manifestación respecto del compromiso presupuestario para el año 2017, sin perjuicio de lo cual “puede continuarse con la tramitación de las presentes actuaciones” (fs. 917/918).

 

Que a fs. 922 la Secretaría de la Comisión de Administración, Gestión y Modernización Judicial remitió lo actuado a la Dirección General de Compras y Contrataciones para que se gestione la subsanación de la observación formulada por la Dirección General de Asuntos Jurídicos en el dictamen mencionado en el párrafo anterior, respecto de los recursos presupuestarios necesarios para el ejercicio 2017.

 

Que a fs. 926 el Ministerio Público de la Defensa informó que “se ha tomado debida nota del impacto presupuestario de $66.765,12 para el año 2017”.

 

Que en tal estado llega la cuestión a la Comisión de Administración, Gestión y Modernización Judicial.

 

Que la Ley 4890 modificó la redacción de la Ley 31, manteniendo en su art. 38 la competencia de la Comisión de ejecutar el presupuesto anual del Poder Judicial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y toda otra función que le encomiende el Plenario o que se le atribuya por ley o reglamento. Además, por el inc. 4 le compete ejecutar los procedimientos de licitación, concurso y demás procedimientos de selección del cocontratante de montos superiores a los establecidos con relación a la Oficina de Administración y Financiera del Poder Judicial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, de conformidad con lo dispuesto por el Plenario en el Plan de Compras y Plan de Acción para la Jurisdicción, disponiendo la adjudicación correspondiente.

 

Que por el art. 38 inc. 8 y 9 a la Comisión también le compete mantener la necesidad de infraestructura de los organismos que integran el servicio de Justicia de la Ciudad.

 

Que la cuestión en debate involucra un acto de disposición de recursos presupuestarios y la ampliación de una contratación cuyo llamado y adjudicación aprobó la Comisión, por lo tanto, ésta resulta competente.

 

Que el art. 117 inc. i) de la ley 2095 dice: “una vez perfeccionado el contrato el organismo contratante podrá: aumentar o disminuir el total adjudicado hasta el veinte por ciento (20%) de su valor original en uno y otro caso, en las condiciones y precios pactados y con adecuación de los plazos respectivos. El aumento o la disminución pude incidir sobre uno, varios o el total de los renglones de la orden de compra. En los casos que resulte imprescindible para el organismo contratante el aumento o la disminución podrá exceder el veinte por ciento (20%), y se deberá requerir la conformidad del cocontratante. Si ésta no fuera aceptada, no generará ningún tipo de responsabilidad al proveedor ni será pasible de ningún tipo de penalidad o sanción. En ningún caso las ampliaciones o disminuciones podrán exceder del cincuenta por ciento (50%) del monto total del contrato, aún con consentimiento del cocontratante.”.

 

                                   Que conforme la orden de compra Nº 933 de fs. 853, el monto total de la contratación asciende a Pesos Diez Millones Setecientos Veintitrés Mil Doscientos ($ 10.723.200,00) IVA incluido, por lo que la ampliación de la contratación, conforme lo dispuesto en la normativa mencionada precedentemente, podría llegar como máximo a la suma de Pesos Dos Millones Ciento Cuarenta y Cuatro Mil Seiscientos Cuarenta ($ 2.144.640).

 

                                   Que la ampliación requerida por el Ministerio Público de la Defensa, conforme lo informado por la Dirección General de Compras y Contrataciones, sería por la suma total de Pesos Trescientos Veintisiete Mil Doscientos Ochenta ($ 327.280) IVA incluido.

 

Que según los cálculos precedentes, el incremento requerido por el Ministerio Público se encuentra dentro de los parámetros normativos.

 

Que atento las constancias obrantes a fs. 905/909 y 926 existen recursos presupuestarios suficientes, además del compromiso asumido para el ejercicio 2017, quedando subsanada la observación realizada por la Dirección General de Asuntos Jurídicos en su respectivo dictamen.

 

Que por lo tanto, no existen razones de hecho ni de derecho que impidan aprobar el presente trámite en los términos solicitados por el Ministerio Público de la Defensa.

 

Por ello, en ejercicio de las atribuciones conferidas por la Ley 31 y su modificatoria 4890;

 

 

LA COMISIÓN DE ADMINISTRACIÓN, GESTIÓN

Y MODERNIZACIÓN JUDICIAL

RESUELVE:

 

 

Artículo 1º: Ampliar el contrato con BRV Instalaciones Termomecánicas  SRL para la contratación del servicio de mantenimiento de equipos de aire acondicionado existentes en las oficinas del Ministerio Público de la Defensa sitas en Avda. de Mayo 654, Piso 11º en el marco de la Licitación Pública N° 29/2015, por la suma total de Pesos Trescientos Veintisiete Mil Doscientos Ochenta ($327.280) IVA incluido.

 

Artículo 2°: Instruir a la Dirección General de Compras y Contrataciones a notificar a BRV Instalaciones Termomecánicas SRL la presente resolución, a gestionar la ampliación de la garantía de ejecución de contrato en el caso que corresponda y a efectuar la publicación en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

 

Artículo 3°: Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, anúnciese en la página de internet del Poder Judicial www.jusbaires.gov.ar; notifíquese BRV Instalaciones Termoeléctricas SRL, comuníquese a la Oficina de Administración y Financiera, al Ministerio Público de la Defensa, a la Dirección General de Compras y Contrataciones y a la Dirección General de Programación y Administración Contable, y oportunamente, archívese.

 

RESOLUCIÓN CAGyMJ N°    53 /2016

 

 

 

Alejandro Fernandez        Marcelo Vázquez      Juan Pablo Godoy Vélez