Contratación Menor Nº 18/2015- Expediente CM Nº DCC 162/15-0- Resolución OAyF Nº 237/2015

Buenos Aires,       22   de julio de 2015

 

RES. OAyF N°  237        /2015

 

VISTO:

el Expediente DCC N° 162/15-0, caratulado “D. C. C. s/ Adquisición de Auriculares para la 25º Feria del Libro Infantil y Juvenil” y;

 

CONSIDERANDO:

Que mediante Nota N° 62/2015 (fs. 3), y en el marco de la participación de este Consejo de la Magistratura de la Ciudad en la 25° Feria del Libro Infantil y Juvenil de Buenos Aires, la Presidencia de la Comisión de Fortalecimiento Institucional y Planificación Estratégica requirió la adquisición de dos mil cien (2100.-) auriculares, de acuerdo a las características que se detallan en la precitada Nota.

Que cabe destacar que a través del dictado de las Resoluciones CM N° 161/2014 y Presidencia N° 233/2015 se aprobó la participación de este Consejo de la Magistratura en la 25° Feria del Libro Infantil y Juvenil de Buenos Aires, mediante la instalación de un stand institucional y la realización de diferentes actividades de difusión. Al mismo tiempo, se encomendó a la Presidencia de la Comisión de Fortalecimiento Institucional y Planificación Estratégica la coordinación y organización de las acciones derivadas de ese evento y se aprobaron los gastos que demande esa participación, con la intervención de la Comisión de Administración, Gestión y Modernización Judicial.

Que a su vez, resulta pertinente poner de resalto que la 25° Feria del Libro Infantil y Juvenil de Buenos Aires se llevará a cabo entre el 13 de julio y el 1° de agosto de 2015.

Que en consecuencia, por Resolución OAyF N° 220/2015 (fs. 34/39) se autorizó el llamado a la Contratación Menor Nº 18/2015 que tiene por objeto la adquisición de dos mil cien (2.100.-) auriculares en la forma, características, y demás condiciones descriptas en el Pliego de Bases y Condiciones que como Anexo I integra esa Resolución, con un presupuesto oficial de trescientos cuarenta y seis mil quinientos pesos ($ 346.500,00) IVA incluido.

Que en particular, la Contratación Menor Nº 18/2015 contempla un único renglón (Renglón 1) referido a la provisión de dos mil cien  (2.100.-) auriculares constituidos en plástico y símil cuero, plegables, sujeción regulable, vincha acolchonada, control de volumen, conexión mini plug, sistema de sujeción con regulación de ambos lados y sonido estéreo.

Que la Dirección de Compras y Contrataciones dio cumplimiento a la publicación de la presente convocatoria en la página web del Poder Judicial (fs. 43) y puso en conocimiento del dictado de la Resolución OAyF N° 220/2015 a la Dirección General de Control de Gestión y Auditoría Interna (fs. 41/42). Luego, remitió comunicaciones electrónicas a la Cámara Argentina de Comercio (fs. 44/45), a la Unión Argentina de Proveedores del Estado (fs. 46/47) y a diferentes firmas del rubro invitándolas a cotizar en la presente contratación (fs. 48/53). 

Que conforme se desprende del Acta de Ofertas Recibidas que luce a fojas 54 y conforme fuera previsto en la Resolución OAyF N° 220/2015, el 8 de julio de 2015 se realizó el acto de apertura de ofertas. Allí se hizo constar la recepción de una (1.-) oferta en la Dirección de Compras y Contrataciones, remitida por la firma Foti Sergio y Foti Salvador S.H. -agregada a fojas 55/56- por un monto total de trescientos cuarenta y tres mil treinta y cinco pesos ($ 343.035,00) IVA incluido.

Que posteriormente, la Dirección de Compras y Contrataciones le solicitó a la firma Foti Sergio y Foti Salvador S.H. que adjuntara la constancia de inscripción en el Registro Informático Único y Permanente de Proveedores del Estado (RIUPP), la constitución de domicilio, el certificado emitido por el Registro de Deudores Alimentarios Morosos, la Declaración Jurada de Aptitud para Contratar y el Certificado Fiscal de Aptitud para Contratar emitido por la AFIP, información requerida en el Pliego de Bases y Condiciones de la contratación de marras y faltante en la oferta presentada (fs. 57/54).

Que por otra parte, la Dirección de Compras y Contrataciones dio intervención a la Presidencia de la Comisión de Fortalecimiento Institucional y Planificación Estratégica -en su carácter de área requirente y técnica competente- y ésta prestó su conformidad a la propuesta económica recibida (v. fs. 63).

Que a fojas 64/67 lucen incorporadas las constancias obtenidas del Registro de Deudores Alimentarios y del Buenos Aires Compras (BAC) y la firma oferente remitió el resto de la documentación requerida (fs. 68/71).   

Que a continuación, la Dirección de Compras y Contrataciones elaboró el Cuadro Comparativo de Precios, con su respectivo Anexo, correspondiente a la única oferta presentada (fs. 72/73).

Que requerida que fuera al efecto, tomó intervención la Dirección General de Asuntos Jurídicos y emitió el Dictamen Nº 6399/2015. Allí, realizó una breve reseña de lo actuado, concluyó: “(…) teniendo en cuenta las constancias de las presentes actuaciones, lo manifestado por la Dirección de Compras y Contrataciones, la conformidad obrante a fs. 63, y la normativa aplicable, esta Dirección General no encuentra obstáculo, desde el punto de vista jurídico, a fin que se prosiga con el trámite de las presentes actuaciones (…)” (fs. 78/79).

Que en atención a lo ut supra expuesto y puesto a resolver, en línea con lo actuado por la Dirección de Compras y Contrataciones y lo dictaminado por el área de asesoramiento jurídico y permanente de este Consejo de la Magistratura corresponderá aprobar lo actuado en la Contratación Menor N° 18/2015. A su vez y en razón de la conformidad prestada por la Presidencia de la Comisión de Fortalecimiento Institucional y Planificación Estratégica en su calidad de área requirente y técnica competente, no se encuentra óbice para adjudicar el Renglón 1 de la Contratación Menor N° 18/2015 a la firma Foti Sergio y Foti Salvador S.H. por el monto total de trescientos cuarenta y tres mil treinta y cinco pesos ($343.035,00) IVA incluido, de acuerdo con la propuesta presentada a fojas 55/56 y el Pliego de Bases y Condiciones correspondiente.

Que a tales efectos, deberá darse intervención a la Presidencia de la Comisión de Fortalecimiento Institucional y Planificación Estratégica para que provea a la firma que resulte adjudicataria en el presente acto del material necesario para la producción de los auriculares en cuestión.

Que finalmente, corresponderá instruir a la Dirección de Compras y Contrataciones para se instrumenten las medidas correspondientes para que realice las publicaciones y notificaciones de este acto conforme lo establecido en la Ley 2095, su modificatoria la Ley 4764, su reglamentaria Resolución CM N° 1/2014 y en la Ley de Procedimientos Administrativos -Decreto 1.510/97. Asimismo, deberá notificar a la firma que resulte adjudicataria.

Por lo expuesto, y en el ejercicio de las atribuciones conferidas por la Ley N° 31 y sus modificatorias y la Resolución de Presidencia N° 391/2013;

 

EL ADMINISTRADOR GENERAL

DEL PODER JUDICIAL DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES

RESUELVE:

 

Artículo 1º: Apruébese el procedimiento llevado a cabo en la Contratación Menor Nº 18/2015 que tiene por objeto la adquisición de dos mil cien (2.100.-) auriculares en la forma, características, y demás condiciones descriptas en el Pliego de Bases y Condiciones que como Anexo I integra la Resolución OAyF N° 220/2015.

 

Artículo 2°: Adjudíquese el Renglón 1 de la Contratación Menor N° 18/2015 a la firma Foti Sergio y Foti Salvador S.H. por el monto total de trescientos cuarenta y tres mil treinta y cinco pesos ($ 343.035,00) IVA incluido, de acuerdo con la propuesta presentada a fojas 55/56 y el Pliego de Bases y Condiciones de la Contratación Menor N° 18/2015.

 

Artículo 3º: Dése intervención a la Presidencia de la Comisión de Fortalecimiento Institucional y Planificación Estratégica para que provea a la firma Foti Sergio y Foti Salvador S.H. del material necesario para la producción de los auriculares en cuestión.

 

Artículo 4º: Instrúyase a la Dirección de Compras y Contrataciones a efectos de que por su intermedio se realicen las publicaciones y notificaciones de este acto conforme lo establecido en la Ley 2095, su modificatoria la Ley 4764, su reglamentaria Resolución CM N° 1/2014 y en la Ley de Procedimientos Administrativos -Decreto 1.510/97-.

 

Artículo 5º: Regístrese, publíquese en la página de Internet del Poder Judicial. Comuníquese a la Presidencia de la Comisión de Fortalecimiento Institucional y Planificación Estratégica y a la Dirección de Programación y Administración Contable. Pase a la Dirección de Compras y Contrataciones, cúmplase y, oportunamente, archívese.

 

 

 

 

RES. OAyF Nº 237 /2015