Contratación Directa Nº 93/2015- Expediente CM Nº DCC 231/15-0- Resolución OAyF Nº 373/2015

Buenos Aires,    11      de diciembre de 2015

 

RES. OAyF Nº   373    /2015

                                                                    

VISTO:

El Expediente DCC N° 231/15-0 caratulado “D.C.C. s/ Constitución C.A.B.A. Edición de Lujo”, y

 

CONSIDERANDO:

Que mediante Memo N° 238/2015 la Editorial Jusbaires solicitó la impresión de mil (1000.-) ejemplares del libro “Constitución C.A.B.A. edición de lujo” con los mil (1.000.-) contenedores correspondientes, según las características técnicas que allí señala (fs. 3/5).

Que entonces, la Dirección General de Compras y Contrataciones adjuntó el presupuesto presentado por Eudeba S.E.M. de donde surge que el monto por la impresión y los contenedores requeridos asciende a la  suma de setecientos sesenta y dos mil trescientos setenta y cinco pesos ($762.375,00), de los cuales cuatrocientos cincuenta y tres mil seiscientos quince pesos ($453.615,00) corresponden a las impresiones y trescientos ocho mil setecientos sesenta pesos ($308.760,00) a los contenedores (fs. 12/13).

Que en cumplimiento con lo dispuesto por la Ley 70, la Dirección General de Programación y Administración Contable tomó conocimiento del compromiso adquirido para el ejercicio 2016 (fs. 14/15).

Que luego, mediante Memo Nº 356/2015 la Editorial Jusbaires informó que desistía de adquirir los contenedores y, en consecuencia, solicitó un nuevo presupuesto a Eudeba S.E.M. que adjuntó y del que se desprende que el monto por la impresión de las constituciones en cuestión asciende a la suma de cuatrocientos cincuenta y tres mil seiscientos quince pesos ($453.615,00). De lo expuesto en esa oportunidad por la Editorial Jusbaires, en calidad de área requirente y técnica competente, se desprende su conformidad al presupuesto elaborado por la firma Eudeba S.E.M. (fs. 18/19).

Que luego, la Dirección General de Compras y Contrataciones puso de resalto que la firma Eudeba S.E.M. es una sociedad de economía mixta y que la conformación de su capital social reúne capitales públicos pertenecientes en este caso a un ente administrativo autárquico como lo es la Universidad de Buenos Aires. En razón de ello, manifestó que correspondía encuadrar la presente contratación en el inciso 11 del artículo 28° de la Ley 2095, modificado por la Ley 4764 (fs. 21 y 25).

Que en cumplimiento con lo dispuesto por la Ley 70, la Dirección General de Programación y Administración Contable realizó la adecuación de la afectación presupuestaria oportunamente realizada (fs. 22/24).

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos tomó la intervención que le compete y emitió el Dictamen Nº 6664/2015. Allí, luego de realizar la reseña de lo actuado y el análisis jurídico correspondiente, destacó que “(…) la ley 4764 (reglamentada a través de la Res. CM Nº 1/2014) modificó parcialmente la Ley de Compras y Contrataciones, habiendo incluido dentro del artículo 28 de la ley 2095, referido a la contratación directa, el inciso 11) que expresamente dice: 11. Los contratos para la adquisición de bienes o prestación de servicios que celebren las jurisdicciones y entidades del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires entre sí o con organismos provinciales, municipales o del Estado Nacional, como así también con las Universidades Nacionales y otras Universidades con sede en la Ciudad, siempre que la contratación tenga relación directa con el objeto del organismo que se trate”  y concluyó que “no encuentra obstáculo alguno, desde el punto de vista jurídico, para la continuidad del trámite del presente expediente” (fs. 31/32).

Que en consecuencia, puesto a resolver, de acuerdo a los antecedentes antes expuestos, no resta más que autorizar el llamado a Contratación Directa N° 93/2015 con la firma Eudeba S.E.M. para la impresión de mil (1000.-) ejemplares del libro “Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (Edición de Lujo)” por la suma total de cuatrocientos cincuenta y tres mil seiscientos quince pesos ($453.615,00) IVA incluido, conforme las características técnicas y cotización obrante a fojas 19.

Que a tales efectos, deberá darse intervención a la Editorial Jusbaires para que provea a la firma Eudeba S.E.M. del material necesario para la impresión de los referidos ejemplares.

Que finalmente, corresponderá instruir a la Dirección General de Compras y Contrataciones a efectos de que por su intermedio se realicen las tareas necesarias para el perfeccionamiento de la presente contratación y a realizar las publicaciones y notificaciones de este acto conforme lo establecido en la Ley 2095, su modificatoria Ley 4764, su reglamentación y en la Ley de Procedimientos Administrativos – Decreto 1.510/97.

Por lo expuesto y en el ejercicio de las atribuciones conferidas por la Ley 31 y sus modificatorias, por la Resolución Pres. Nº 1203/2015 y por la Resolución CM Nº 222/2015;

 

EL ADMINISTRADOR GENERAL

DEL PODER JUDICIAL DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES

RESUELVE:

 

Artículo 1°: Apruébese el procedimiento llevado a cabo en la Contratación Directa N° 93/2015 con la firma Eudeba S.E.M. tendiente a la impresión de mil (1000.-) ejemplares del libro “Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (Edición de Lujo)”.

 

Artículo 2º: Autorícese el gasto de cuatrocientos cincuenta y tres mil seiscientos quince pesos ($453.615,00) IVA incluido, para la impresión de mil (1000.-) ejemplares del libro “Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (Edición de Lujo)”, conforme las características técnicas y propuesta económica obrante a fojas 19.

 

Artículo 3º: Dese intervención a la Editorial Jusbaires para que provea a la firma Eudeba S.E.M. del material necesario para la impresión referida en el artículo 2º de la presente.

 

Artículo 4º: Instrúyase a la Dirección General de Compras y Contrataciones a efectos de que por su intermedio se realicen las tareas necesarias para el perfeccionamiento de la presente contratación y a realizar las publicaciones y notificaciones de este acto conforme lo establecido en la Ley 2095, su modificatoria Ley 4764, su reglamentación y en la Ley de Procedimientos Administrativos – Decreto 1.510/97.

 

Artículo 5º: Regístrese y publíquese como se ordena. Comuníquese a la Editorial Jusbaires y a la Dirección General de Programación y Administración Contable. Pase a la Dirección General de Compras y Contrataciones, cúmplase y, oportunamente, archívese.

 

 

 

Res. OAyF Nº   373     /2015