Caja Chica Especial- Expediente CM Nº 147/10-0- Resolución O.A. y F. Nº 57/2010

Autoriza el gasto por la contratación con la firma Fuegomat S.R.L. para el tratamiento, descarga y disposición final del material halon 1301 existente en la instalación fija de incendios del edificio ubicado en la calle Libertad 1042 de esta Ciudad.

Autoriza el gasto por la contratación con la firma Fuegomat S.R.L. para el tratamiento, descarga y disposición final del material halon 1301 existente en la instalación fija de incendios del edificio ubicado en la calle Libertad 1042 de esta Ciudad.

Autoriza el gasto por la contratación con la firma Fuegomat S.R.L. para el tratamiento, descarga y disposición final del material halon 1301 existente en la instalación fija de incendios del edificio ubicado en la calle Libertad 1042 de esta Ciudad.

Buenos Aires, 24 de agosto de 2010.

 

RES. OAyF (R.E.) Nº 57/2010

VISTO:

El expediente OAyF Nº 147/10-0, caratulado “O.A.yF. s/Caja Chica Especial: Contratación de un Operador del Banco Nacional de Halones”; la Resolución CM Nº 236/2009 y la Resolución CM Nº 369/2010; y

CONSIDERANDO:

Que mediante Memorando DGIO Nº 257/2010 el Señor Director General de Infraestructura y Obras, Ing. Emilio Ribera, advierte la necesidad de contratar un operador especial del Banco Nacional de Halones, a fin de que el mismo realice el análisis de carga y disposición final del halon 1301 en la Sede sita en Libertad 1042, conforme lo establecido por Ley 24.040 y la Resolución conjunta de las Secretarías de Industria, Comercio y de la Pequeña y Mediana Empresa y de Ambiente y Desarrollo Sustentable Nº 349/2004 y 954/2004 (conf. fs. 1). Asimismo, adjunta dichas normas como también presupuesto estimativo realizado por un operador habilitado y listado de operadores (conf. fs. 2/18).

Que, cabe destacar que el Sr. Especialista en Seguridad e Higiene en el Trabajo, Ing. Daniel D´elia, informa en su visita realizada al edificio Libertad 1042, que:“... se trata de una instalación fija de incendio ubicada en el 2º piso contrafrente del edificio en el área de cómputos constituída por dos tubos que contienen en su interior HALOM 1301 como agente extintor. En la actualidad este agente extintor se encuentra prohibido para usos comunes según Ley Nacional Nº 24040 (Control de sustancias agotadoras de la capa de ozono) por la Resolución Nº 620/02 de la Secretaría de Ambiente y Desarrollo sustentable. En tal sentido no puede ser utilizada en la actualidad por los peligros que el agente extintor ocasiona a los seres vivos. Además se ha observado en uno de los cabezales de descarga de los tubos un estado avanzando de corrosión, lo que demuestra una pequeña perdida en el sistema.”

Que en ese sentido, el Sr. Responsable de Seguridad e Higiene finaliza su informe recomendando, medidas de seguridad e higiene y de cumplimiento a las leyes vigentes:“...el retiro inmediato de dicha instalación, dándole de baja a la misma por personal idóneo y habilitado para dicha tarea” (conf. fs. 30/31). En igual razón se expidió el nombrado mediante memorando cuya copia luce a fs. 23/24.

Que a resultas de ello y toda vez que la necesidad evidenciada demanda una respuesta urgente, en el entendimiento que resulta indispensable realizar las tareas de descarga y disposición final del Halon 1301 de los tubos instalados en el edificio sito en Libertad 1042, como así también garantizar la seguridad del personal y dar cumplimiento a la normativa vigente al respecto, se dispuso encauzar el presente trámite dentro del procedimiento de excepción instrumentado por la Res. CM. Nº 236/2009, por encontrarse reunidos lo supuestos previstos en el apartado “2)” del Art. 1º del Anexo I de la misma.

Que, consecuentemente y en cumplimiento de lo dispuesto en el último párrafo del Art. 5º de la Resolución de cita, se dio noticia de lo actuado a la Dirección General de Control de Gestión y Auditoría Interna.

Que, asimismo y conforme lo instruido a fs. 32, se dio intervención a la Dirección de Compras y Contrataciones, en los términos del artículo 6º del citado Régimen, para que recabara presupuestos.

Que a fs. 34/38 glosan sendas invitaciones a las firmas individualizadas a fs. 18, a saber: “Giacomino S.A.”, “LPS S.A.” y “Fuegomat S.R.L.”, estableciendo como plazo límite para la presentación de ofertas el día 18 de agosto de 2010 a las 16.00 horas para la respectiva recepción de las ofertas.

Que vencido el plazo estipulado por la mentada Dirección, tan sólo la firma Fuegomat S.R.L. presentó cotización, ratificando la oportunamente realizada en el mes de junio de 2010, que luce a fs. 17. En tal sentido, y conforme luce a fs. 42/46, se detallan en el presupuesto los trabajos a realizar, compuestos por: “una toma de muestra inicial y cromatografía, para el análisis de la pureza del Halon existente en los cilindros de vuestra propiedad, luego del análisis y determinado que el mismo tiene una pureza mayor al 95% se procederá al retiro de los cilindros dejando inhabilitada a instalación, a posterior se citará a personal del INTI ... . El ente mencionado realizará la correspondiente cromatografía, (para determinación de pureza) y extensión del certificado de disposición final. A posterior el producto se stokeará en el Banco de Halones a tal fin y se realizará la disposición final, y en esas circunstancias se extenderá a vuestra entidad el correspondiente certificado, quedando por vuestra parte cumplimentada la Ley 24.040, de productos que atacan la capa de Ozono” por un monto total de tres mil novecientos sesenta pesos ($3.960), IVA incluido y el correspondiente certificado del INTI.

Puesto a resolver, y en vista de la premura que el caso reviste a fin de dar oportuna respuesta a la necesidad invocada, toda vez que es responsabilidad de este Consejo de la Magistratura garantizar la seguridad edilicia y del personal, y asimismo dar cumplimiento a la normativa vigente (ya citada), habida cuenta la compulsa realizada a más de tres oferentes de acuerdo con la norma aplicable y habiendo agotado el procedimiento regulado en el Capítulo II del Anexo I de la Res. CM Nº 236/2009, corresponde autorizar la contratación propiciada a la firma Fuegomat S.R.L., en los términos ya indicados.

Por ello, y en ejercicio de las atribuciones conferidas por el artículo 4to, inciso f) de la Ley 1988 (modificado por Ley 3389), por las Res. CM Nº 819/2006, Res. CM Nº 236/2009 y Res. CM Nº 369/2010;

 

EL ADMINISTRADOR GENERAL

DEL PODER JUDICIAL DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES

RESUELVE:

Artículo 1º: Autorizar el gasto por la contratación con la firma Fuegomat S.R.L., para el tratamiento, descarga y disposición final del Halon 1301 de los tubos instalados en el edificio sito en Libertad 1042, por la suma de tres mil novecientos sesenta pesos ($3.960), IVA incluido, conforme la propuesta presentada a fs. 42/46.

Artículo 2º: Instruir a la Dirección de Compras y Contrataciones para que por su intermedio se cumplan todos los trámites relativos con lo dispuesto en el capítulo III del “Régimen de Caja Chica Especial”.

Artículo 3º: Regístrese, publíquese en la página de internet del Poder Judicial www.jusbaires.gov.ar y comuníquese a la Dirección General de Infraestructura y Obras, a la Dirección General de Control de Gestión y Auditoría Interna, a la Dirección de Programación y Administración Contable y al Sr. Especialista en Seguridad e Higiene en el Trabajo. Pase a la Dirección de Compras y Contrataciones a los fines previstos y, oportunamente, archívese.

RES. OAyF (R.E.) Nº /2010