Caja Chica Especial s/ Insumos de CCTV- Exp. CM Nº OAyF 176/10-0- Res. OAyF RE Nº 069/2010

Autoriza el gasto para la adquisición de materiales para los sistemas de CCTV.

Autoriza el gasto para la adquisición de materiales para los sistemas de CCTV.

Autoriza el gasto para la adquisición de materiales para los sistemas de CCTV.

Buenos Aires, septiembre de 2010.

RES. OAyF (R.E.) Nº /2010

VISTO:

El expediente OAyF Nº 176/10-0, caratulado “O.A.yF. s/Adquisición de insumos relativos al Circuito Cerrado de Televisión de los Inmuebles del Poder Judicial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires s/ caja chica especial”, la Resolución CM Nº 236/2009 y la Resolución CM Nº 369/2010; y

CONSIDERANDO:

Que de conformidad con lo estipulado en la Resolución OAyF (RE) 067/10, cuya copia glosa a fs. 42/43, se dispuso la autorización del gasto para la adquisición de cámaras para los sistemas de circuito Cerrado de Televisión correspondientes a los edificios del Poder Judicial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, bajo el régimen de “caja chica especial”.

Que en este orden de ideas y de acuerdo con la constancia de la reunión celebrada en el ámbito de esta Oficina de administración y Financiera, obrante en autos a fs. 20, el Sr. Director de Informática y Tecnología, Lic. Gustavo ROLDAN OLIVERA, manifestó la necesidad de la adquisición de herramientas para el mantenimiento de ese sistema de circuito cerrado, ya impetrada en el marco del Expte. DCC Nº 095/09-0, cuestión sobre la que se volverá.

Que de conformidad con lo dispuesto a fs. 44, se procedió a solicitar presupuestos exigidos por el citado régimen de “caja chica especial”, de acuerdo con el detalle de insumos de fs. 15/19, a las firmas: “Lorenzo Tools” (conf. fs. 48); “Matertel S.A.” (conf. fs. 49); “Provetel SRL” (conf. fs. 50); “CR Medición” (conf. fs. 51).

Que la firma “CR. Medición” no ha cotizado (confr. fs. 52) “Matertel S.A.” lo realizó sólo parcialmente (confr. fs. 54), en tanto que “Provetel SRL” realizó una propuesta económica expresada en dólares estadounidenses (confr. fs. 56). En cambio, de acuerdo con lo presupuestado a fs. 57/58, la firma “Lorenzo Tools”, ofertó por la totalidad de los renglones previstos en el detalle de fs. 15/19, en la suma total de seis mil trescientos noventa y siete pesos ($6.397) IVA incluido.

Que puesto a resolver, y en vista de las propuestas económicas presentadas aparece como más conveniente la realizada por la firma “Lorenzo Tools”, por lo tanto y a efectos de cubrir la contingencia planteada es menester autorizar el gasto para la adquisición de las herramientas e insumos detallados a fs. 15/9, por la suma total requerida por la oferente.

Que a su vez, y en atención al trámite del Expte. DCC Nº 095/09-0, se agregará copia de lo actuado en la presente, a partir del decreto de fs. 44, proveyéndose allí lo que corresponda.

Que se remitirán las actuaciones a la Dirección de Compras y Contrataciones para que proceda a realizar todo lo conducente a la formalización de la adquisición que se ordena, dándose noticia a la Dirección de Informática y Tecnología, para que se informe acerca de las condiciones para la recepción del material cuya adquisición se dispone.

Por ello, y en ejercicio de las atribuciones conferidas por el artículo 4to, inciso f) de la Ley 1988 (modificado por Ley 3389), por las Res. CM Nº 819/2006, Res. CM Nº 236/2009 y Res. CM Nº 369/2010;

 

EL ADMINISTRADOR GENERAL

DEL PODER JUDICIAL DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES

RESUELVE:

Artículo 1º: Autorizar el gasto por la contratación con la firma “Lorenzo Tools.”, Clave Única de Identificación Tributaria Nº 20-17636496-4, para la adquisiciónde dos (2) crimpeadoras para conectores RG58-59-6 (·3C, 4C, 5C), F, BNC y RCA, por la suma de seiscientos noventa pesos ($690); Dos (2) pelacable UTP, por la suma de cincuenta y siete pesos con 98/100 ($57,98); Dos (2) pinzas pico de loro 32 mm, por la suma de ciento noventa y ocho pesos ($198); Dos (2) remachadoras Pop, por la suma de setenta y dos pesos ($72); Dos (2) juegos de 6 destornilladores Phillips y Planos, por la suma de ciento setenta y ocho pesos con 0,2/100 ($178,02); Cuatro (4) juegos de 8 destornilladores, por la suma de cuatrocientos treinta y uno pesos con 36/100 ($431,31); Dos (2) cutters con alma metálica, por la suma de sesenta y dos pesos ($ 62); Dos linternas de Led tipo vincha, por la suma de noventa pesos ($90); Cuatro (4) destornilladores a bateria de 3 posiciones y control de torque, por la suma de setecientos pesos ($700); Dos (2) alicates de corte diagonal de 4 1/2”, por la suma de treinta y ocho pesos ($38); Dos (2) soldadores normalizados de 60W, por la suma de ochenta y cinco pesos con 40/100 centavos ($85,40); Dos (2) pinceles para limpieza de 1”, por la suma de trece pesos con 98/100 centavos ($13,98); Dos (2) soldadores de estaño, por la suma de veintiocho pesos ($28); Cuatro (4) gaveteros plásticos de 6 divisiones, por la suma de cuarenta y ocho pesos con 40/100 ($48,40); Cuatro (4) alicates de corte diagonal 6” 1/2, por la suma de ciento veintiocho pesos ($128); Dos (2) pinzas universales de 6”, por la suma de sesenta y cuatro pesos ($64); Cuatro generadores de tonos Viru Viru rastreador de cables, por la suma de mil ochocientos cincuenta y tres pesos ($1.853); Dos (2) rotuladoras para cinta de mano, por la suma de trescientos dieciocho pesos ($318); Dos (2) kits de herramientas para instalador de redes, por la suma de setecientos noventa y ocho pesos con 04/100 centavos ($798,04); Dos (2) carreteles de estaño, por la suma de ciento diez pesos con 02/100 ($110,02); Tres (3) carreteles de cable coaxial RG-59/U, por la suma de doscientos veintiocho pesos con 81/100 ($228,81); Cincuenta conectores BNC macho crimpeables, por la suma de ciento cincuenta y nueve pesos ($159); Cincuenta conectores RJ-45 5e macho, por la suma de cuarenta y cinco pesos ($45), ascendiendo la autorización que se dispone a un valor total de seis mil trescientos noventa y siete pesos con 01/100 ($6.397,01), IVA incluido, de acuerdo en todos sus términos, con la propuesta económica de fs. 57/8.

Artículo 2º: Comunicar lo decidido a la Dirección de Compras y Contrataciones, para que se proceda a su ejecución, delegando en el Sr. Director la firma de la orden de compra pertinente.

Articulo 3º: egístrese, publíquese en la página de internet del Poder Judicial www.jusbaires.gov.ar y comuníquese a la Dirección de Tecnología e Informática y a la Dirección de Programación y Administración Contable. Pase a la Dirección de Compras y Contrataciones a los fines previstos y, oportunamente, archívese.