Contratación Directa Nº 03/2015- Expediente CM Nº DCC 005/15-1- Resolución OAyF Nº 47/2015

                                             Buenos Aires, 20 de febrero de 2015

 

RES. OAyF Nº 47/2015

 

VISTO:

El Expediente DCC N° 005/15-1 caratulado “D.C.C. s/ Contratación Seguro Vehículo Automotor”; y

 

CONSIDERANDO:

Que mediante Resolución OAyF Nº 339/2014 se autorizó el llamado a Licitación Pública Nº 26/2014 de etapa única, bajo la modalidad de compra unificada que tiene por objeto la contratación de Seguros contra Riesgos de Incendio Edificio y Contenido, Responsabilidad Civil Comprensiva, Cristales, Robo a Primer Riesgo Absoluto y Relativo, Incendio, Robo y Daños de computadoras portátiles, All in One y tablets, y Flota Automotor para el Poder Judicial (áreas jurisdiccional y administrativa) y del Ministerio Público de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en la forma, características, y demás condiciones descriptas en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares que como Anexo I integra esa resolución.

Que en particular, y en lo que aquí respecta, se llamó a contratar el Seguro de Vehículo Automotor Flota (Renglón 6).

Que luego, mediante Resolución OAyF Nº 373/2014 se adjudicó, en lo que aquí interesa, el Renglón 6 de la Licitación Pública N° 26/2014 a la firma Nación Seguros S.A.  

Que en esta oportunidad, el Ministerio Público Fiscal solicitó la contratación del seguro para los vehículos automotores que fueron recientemente adquiridos y le han de ser próximamente entregados a ese Organismo y adjuntó los certificados de no rodamientos de los autos en cuestión  (v. fs. 5/8).

Que entonces, la Dirección de Compras y Contrataciones puso de resalto que los autos en cuestión “(…) no pudieron ser incluidos oportunamente en la Licitación Pública Nº 26/2014, referida a la contratación de seguros, que tramitó por el expediente CM Nº DCC 229/14-0, por no encontrarse los mismos adjudicados al momento de aprobarse el llamado del citado procedimiento. Luego, entendió que “(…) resulta condición esencial para proceder a la recepción de los bienes a entregar contar con una póliza de seguro automotor que cubra los riesgos que puedan sufrir los automotores en cuestión, como asimismo dar cumplimiento al requisito legal de aseguramiento” y agregó que “la prestación consistente en la cobertura solicitada para los citados vehículos del Ministerio Público Fiscal resulta complementaria a la contemplada en el Renglón 6 de la Licitación Pública Nº 26/2014 (seguro automotor para los vehículos del Poder Judicial y del Ministerio Público de la C.A.B.A.), que fuera adjudicado a la firma Nación Seguros S.A., la cual conforme surge de las constancias obrantes a fojas 12 se encuentra debidamente inscripta en el RIUPP”. En tal sentido, entendió que correspondería proceder a la contratación de los seguro en cuestión a través del procedimiento de Contratación Directa por Complementariedad mediante la modalidad de adjudicación simple, conforme lo dispuesto en el inciso 6 del artículo 28 del Anexo I de la Resolución CM Nº 01/2014, reglamentaria de la Ley Nº 2095 y su modificatoria la Ley Nº 4764 (v. fs. 13).

Que entonces, la citada Dirección incorporó el Anexo III -Pliego de Bases y Condiciones Generales- de la Resolución CM N° 01/2014 con la modificación introducida por Resolución de Presidencia N° 554/2014 (fs. 14/21) y la Invitación a Cotizar en la Contratación Directa N° 03/2015 que contempla el seguro de vehículo automotor flota para seis (6.-) vehículos que se encuentran allí especificados (fs. 22/28), los cuales fueron cursados mediante correo electrónico a la firma Nación Seguros S.A. (fs. 29).

Que conforme surge del Acta de Recepción de Propuesta Económica glosada a fojas 31, la firma Nación Seguros S.A. presentó una oferta -obrante a fojas 32/37- por un monto total que asciende a la suma de ciento sesenta y cinco mil novecientos setenta y cuatro pesos con 57/100 ($ 165.974,57).

Que a fojas 39 lucen incorporada las constancia de afectación presupuestaria realizada por el Ministerio Público Fiscal.

Que luego, se adjuntó a fojas 42/46 cierta documentación faltante en la propuesta originalmente presentada por la firma Nación Seguros S.A.

Que cabe poner de resalto que la contratación en cuestión fue propiciada por la Dirección de Compras y Contrataciones (v. Nota N° 121-DCC-15 de fs. 52/53).

Que mediante Dictamen Nº 6213/2015 la Dirección General de Asuntos Jurídicos tomó la intervención que le compete y luego de realizar un breve relato de lo actuado y citar la normativa aplicable al caso en cuestión, concluyó: “teniendo en cuenta lo manifestado por la Dirección de Compras y Contrataciones a fs. 52/53 y la normativa legal vigente, esta Dirección General no encuentra obstáculos jurídicos para la continuidad del trámite del presente expediente” (fs. 57).

Que oportunamente -en el marco de la Licitación Pública N° 26/2014- tomó intervención la Dirección de Servicios Generales y Obras Menores que dio su aval técnico para la contratación con la firma Provincia Seguros S.A.  

Que en este estado, de conformidad con lo informado por la Dirección de Compras y Contrataciones, lo expuesto por el área de asesoramiento jurídico permanente de este Consejo de la Magistratura, y en atención al estado de tramitación en que los presentes llegan a tratamiento de quien suscribe, esta Oficina de Administración y Financiera entiende que excepcionalmente y dada la urgencia manifiesta y por aplicación de los principios de eficiencia y eficacia, economía y razonabilidad estipulados en el artículo 7° de la Ley 2095 y su modificatoria la Ley 4764, resulta adecuado el encuadre bajo el procedimiento de Contratación Directa por Adjudicación Simple, de acuerdo a lo normado en el artículo 28 de la Ley 2095, modificada por la Ley 4764, reglamentada por la Resolución CM N° 01/2014. 

Que así las cosas, corresponderá aprobar lo actuado y adjudicar la Contratación Directa Nº 03/2015 cuyo objeto es la contratación del seguro de vehículo automotor flota para seis (6.-) vehículos que se encuentran especificados en la Invitación a Cotizar obrante a fojas 22/28 a la firma Nación Seguros S.A., por un monto total de ciento sesenta y cinco mil novecientos setenta y cuatro pesos con 57/100 ($ 165.974,57) IVA incluido, de acuerdo con la Invitación a Cotizar de fojas 22/28 y la propuesta económica agregada a fojas 32/37 y 42/46.

Que en tal sentido, se instruirá a la Dirección de Compras y Contrataciones a efectos de que por su intermedio se realicen las tareas necesarias para el perfeccionamiento de la presente contratación y se realicen las publicaciones y notificaciones de este acto conforme lo establecido en la Ley 2095, su modificatoria la Ley 4764, su reglamentaria la Resolución CM N° 1/2014 y en la Ley de Procedimientos Administrativos -Decreto 1.510/97-.

Por lo expuesto y en el ejercicio de las atribuciones conferidas por la Ley 31, sus modificatorias y la Resolución de Presidencia N° 391/2013;

 

EL ADMINISTRADOR GENERAL

DEL PODER JUDICIAL DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES

RESUELVE:

 

Artículo 1º: Apruébese el procedimiento llevado a cabo en la Contratación Directa Nº 03/2015 cuyo objeto es la contratación del seguro de vehículo automotor flota para seis (6.-) vehículos que se encuentran especificados en la Invitación a Cotizar obrante a fojas 22/28.

 

Artículo 2º: Adjudíquese la Contratación Directa Nº 03/2015 a la firma Nación Seguros S.A. por un monto total de ciento sesenta y cinco mil novecientos setenta y cuatro pesos con 57/100 ($ 165.974,57) IVA incluido, de acuerdo con la Invitación a Cotizar de fojas 22/28 y la propuesta económica agregada a fojas 32/37 y 42/46.

 

Artículo 3º: Instrúyase a la Dirección de Compras y Contrataciones a efectos de que por su intermedio se realicen las tareas necesarias para el perfeccionamiento de la presente contratación y se realicen las publicaciones y notificaciones de este acto conforme lo establecido en la Ley 2095, su modificatoria la Ley 4764, su reglamentaria la Resolución CM N° 1/2014 y en la Ley de Procedimientos Administrativos -Decreto 1.510/97-.

 

Artículo 4º: Regístrese, comuníquese a la Dirección de Programación y Administración Contable, publíquese y notifíquese como se ordenara. A tal efecto, pase a la Dirección de Compras y Contrataciones y cúmplase. Oportunamente, archívese.

 

 

RES. OAyF Nº 47/2015