De acuerdo al artículo 116 de la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires, la Comisión tiene la función de ejercer facultades disciplinarias respecto de los magistrados, recibir denuncias contra los jueces y los integrantes del Ministerio Público y decidir la apertura del procedimiento de remoción de magistrados, formulando la acusación correspondiente ante el Jurado de Enjuiciamiento.