Licitación Pública Nº 05/2012- Expediente CM Nº DCC 097/12-0- Resolución OAyF Nº 171/2012

 

Buenos Aires,  19   de julio de 2012

Res. OAyF Nº 171 /2012

 

VISTO:

            el Expediente DCC-097/12-0 caratulado “D.C.C. s/ Adquisición de Equipos de Aire Acondicionado” y;

 

CONSIDERANDO:

Que a fojas 77/78 luce la Resolución OAyF Nº 101/2012 mediante la cual se autoriza el llamado a Licitación Pública de Etapa Única Nº 05/2012 tendiente a la adquisición e instalación de equipos de aire acondicionado para dependencias del Poder Judicial y del Consejo de la Magistratura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en la cantidad, características y demás condiciones descriptas en el Pliego de Condiciones Particulares agregado a fojas 79/82, con un presupuesto oficial de sesenta y ocho mil seiscientos cincuenta y seis pesos ($68.656,00), IVA incluido.

Que conforme lo establecido en el Pliego de Condiciones Particulares aprobado por la aludida Resolución, se llamó a cotizar por la provisión e instalación de dos (2) equipos Split frío solo de seis mil (6.000) fs/hora con instalación en el edificio sito en Beazley 3860 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (Renglón 1), la provisión para stock de seis (6) equipos Split frío-calor de tres mil (3.000) fs/hora (Renglón 2) y la provisión para stock de cuatro (4) equipos Split frío-calor de seis mil (6.000) fs/hora (Renglón 3).

Que en tal estado, se llevó a cabo la correspondiente publicación de la Resolución OAyF Nº 101/2012 en la página web del Poder Judicial de la Ciudad (www.jusbaires.gov.ar) (fs. 89), se invitó a participar de la Licitación Pública de Etapa Única Nº 05/2012 mediante correos electrónicos a la Cámara Argentina de Comercio (fs. 90), a la Guía General de Licitaciones y Presupuestos (fs. 92), a la Unión Argentina de Proveedores del Estado (fs. 94) y a diversas empresas del rubro (fs. 95/117), y se efectuó la publicación de la Resolución OAyF Nº 201/2012 en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (cfr. constancia de fs. 118/119) y en la cartelera de la unidad operativa de adquisiciones (cfr. constancia de fs. 120).

            Que con fecha 31 de mayo de 2012, se realizó el acto de apertura de ofertas y se labró el Acta de Apertura Nº 12/2012, en la cual se deja constancia que se presentaron tres (3) sobres conteniendo ofertas ante la Mesa de Entradas de este Consejo de la Magistratura (fs. 130). Las mismas fueron individualizadas como pertenecientes a Fricon Aire Acondicionado SACIISA, Olivera Piris Carlos Oscar, Consultora Integral de Producción y Servicios S.A. (fs. 131).

            Que en lo que aquí interesa, el 21 de junio de 2012 se dictó la Resolución CM Nº 345/2012 en el marco de lo actuado en el Expediente Nº 13/10-0 “s/ Readecuación de los sectores del edificio de Beazley 3860” (fs. 336/339). Por la misma, se aprobó la ampliación de la obra objeto de la Licitación Pública Nº 27/2010 que fuera adjudicada por Resolución CM Nº 961/2010 (cfr. fs. 1260/1262 del Expediente Nº 13/10-0). Dicha ampliación prevé la instalación y provisión de dos (2) aires acondicionados. En consecuencia, en el artículo 7º de la misma se ordenó “Instruir al Administrador General a dejar sin efecto la adquisición de dos equipos de aire acondicionados para el centro de cómputos que tramita en el expediente nro. 97/12-0”.

            Que en cumplimiento de lo ordenado por el Plenario de Consejeros a través de la Resolución CM Nº 345/2012, la Sra. Jefa del Departamento Legal de esta Oficina solicitó al Departamento de Coordinación y Preadjudicaciones la remisión del presente y se dio intervención a la Dirección General de Asuntos Jurídicos para que emita dictamen al respecto.

            Que mediante Dictamen 4641 (fs. 346/347), la Dirección General de Asuntos Jurídicos opina que “En atención a la normativa legal vigente aplicable al caso que nos ocupa, esta Dirección General entiende que resulta procedente dejar sin efecto el Renglón 1 de la Licitación Pública Nº 05/2012”.

            Que corresponde señalar que conforme lo establecido en el artículo 82 de la Ley 2095 “Los organismos contratantes pueden dejar sin efecto el procedimiento de contratación en cualquier momento anterior al perfeccionamiento del contrato, sin por ello dar lugar a indemnización alguna a favor de los interesados u oferentes”.

            Que puesto a resolver, corresponderá dejar sin efecto el procedimiento de contratación llevado a cabo respecto del Renglón 1 del Pliego de Bases y Condiciones de la Licitación Pública de Etapa Única Nº 05/2012 e instruir a la Dirección de Compras y Contrataciones a realizar las publicaciones en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en la cartelera de la Unidad Operativa de Adquisiciones y en la página de Internet del Poder Judicial, como así también las comunicaciones a las firmas invitadas y/o adquirentes de los pliegos, a las cámaras y guías pertinentes.

            Que asimismo, deberá remitirse el presente al Departamento de Coordinación y Preadjudicaciones para la continuación del procedimiento de la Licitación Pública en cuestión.

            Por lo expuesto y en ejercicio de las atribuciones conferidas por los artículos 4º, inciso f) y 10º de la Ley 1988 (modificado por Ley 3389),

 

EL ADMINISTRADOR GENERAL

DEL PODER JUDICIAL DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES

RESUELVE:

 

Artículo 1º: Dejar sin efecto el procedimiento de contratación respecto al Renglón 1 “provisión e instalación de dos (2) equipos Split frío solo de seis mil (6.000) fs/hora con instalación en el edificio sito en Beazley 3860 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires” correspondiente a la Licitación Pública de Etapa Única Nº 05/2012, por los fundamentos vertidos en los considerandos de la presente.

 

Artículo 2º: Instruir a la Dirección de Compras y Contrataciones a realizar las publicaciones en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en la cartelera de la Unidad Operativa de Adquisiciones y en la página de Internet del Poder Judicial, como así también las comunicaciones a las firmas invitadas y/o adquirentes de los pliegos, a las cámaras y guías pertinentes.

 

Artículo 3º: Remitir el Expediente DCC-097/12-0 al Departamento de Coordinación y Preadjudicaciones para la continuación del procedimiento de la Licitación Pública de Etapa Única Nº 05/2012.

 

Artículo 4º: Regístrese, publíquese como se ordena, pase al Departamento de Coordinación y Preadjudicaciones, cúmplase y oportunamente, archívese.

 

Res. OAyF Nº 171/2012

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