Licitación Pública Nº 09/2014- Expediente CM Nº DCC107/14-0- Resolución CAGyMJ Nº 52/2014

Buenos Aires,  5  de agosto de 2014

 

 

RESOLUCIÓN CAGyMJ N°    52       /2014

 

VISTO:

El Expediente CM. Nº DCC-107/14-0 s/ Adquisición de equipos para escritorio All in One; y

 

CONSIDERANDO:

 

Que por Res. CAGyMJ Nº 42/2014 se autorizó el llamado de la Licitación Pública Nº 09/2014, de etapa única, para la adquisición de computadoras “all in one” para el Poder Judicial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, con un presupuesto oficial de Pesos Siete Millones Doscientos Noventa y Un Mil ($ 7.291.000) IVA incluido, estableciendo como fecha de apertura pública de ofertas el día 3 de julio de 2014. (fs. 113/128).

 

Que mediante Res. Pres. CAGyMJ N° 35/2014 se modificó la fecha de apertura para el 14 de julio del mismo año, a efectos de garantizar la debida publicidad del acto (133/134).

 

Que a fs. 138/150 obran agregadas los correos electrónicos cursados a las empresas invitadas, a fs. 175/176 la publicación del llamado en el Boletín Oficial, a fs. 131 el anuncio en la página de Internet del Poder Judicial de la CABA y a fs. 177/178 el respectivo en el diario Ámbito Financiero. A fs. 137 se anunció la postergación del llamado en la página web del Consejo.

 

Que a fs. 180 se designaron los integrantes de la Comisión Evaluadora de Ofertas y como responsable técnico al Director de Informática y Tecnología.

 

Que a fs. 186/188 se acompaña el listado de entrega del Pliego de Bases y Condiciones y constancia del pago correspondiente. A fs. 191 obra el Acta de Apertura constatándose la presentación de un (1) sobre conteniendo la oferta realizada por PC-ARTS Arg. SA, que se incorporó a fs. 193/247.

 

Que a fs. 253, la Dirección de Informática y Tecnología informó que la oferta presentada por la empresa, cumple con los requisitos del pliego correspondiente.

Que la Comisión Evaluadora de Ofertas se expidió considerando admisible la oferta presentada (fs. 258) y propuso “preadjudicar la presente Licitación Pública de Etapa Única N° 9/2014, a la empresa PC-ARTS Arg. SA. por la suma total de pesos ocho millones seiscientos cincuenta y siete mil cuatrocientos noventa y ocho con 40/100 ($8.657.498,40)”.

 

Que el Dictamen fue notificado a la preadjudica (fs. 259 y 262), publicado en el Boletín Oficial, (fs. 268/269) y en la página de Internet del Consejo de la Magistratura (Fs. 261).

 

Que consultada a fs. 270 la Dirección General de Asuntos Jurídicos, se expide mediante Dictamen N° 5808/2014, destacando “que no encuentra obstáculo alguno, desde el punto de vista jurídico, a fin que se prosiga el trámite de las presentes actuaciones”. También resaltó “Sin perjuicio de ello, se advierte que el presente proceso licitatorio fue preadjudicado por dicha Comisión por la suma total de ocho millones seiscientos cincuenta y siete mil cuatrocientos noventa y ocho pesos con 40/100 ($ 8.657.498,40), importe que excede el 18,74% el presupuesto oficial que fuera aprobado en la suma de siete millones doscientos noventa y un mil doscientos pesos ($ 7.291.200).

 

Que en tal estado llega la cuestión a la Comisión de Administración, Gestión y Modernización Judicial.

 

Que la Ley 4890 modificó la redacción de la Ley 31, manteniendo en su art. 38 la competencia de la Comisión de ejecutar el presupuesto anual del Poder Judicial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y toda otra función que le encomiende el Plenario o que se le atribuya por ley o reglamento.  

 

Que el art. 38 inc. 4 de dicha norma dispone que el compete a la Comisión: “ejecutar los procedimientos de licitación, concurso y demás procedimientos de selección de cocontratante, de montos superiores a os establecidos en esta ley con relación a la Oficina de Administración y Financiera del Poder Judicial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, de conformidad con lo dispuesto por el Plenario en el Plan de Compras y Plan de Acción para la Jurisdicción, disponiendo la adjudicación correspondiente.”

 

Que la cuestión en debate involucra un acto de disposición de recursos presupuestarios, y de adjudicación de una contratación, por lo tanto, la Comisión resulta competente.

 

Que conforme ha dictaminado el área técnica a fs. 253 la oferta presentada cumple con lo especificado en el pliego de la licitación.

 

Que el encuadre legal de la contratación, el procedimiento implementado para la adquisición, y el dictamen de preadjudicación fueron supervisados por la Dirección General de Asuntos Jurídicos sin recibir observación alguna, sin perjuicio de resaltar que la única oferta recibida supera en un 18% el presupuesto oficial.

 

Que al respecto, el art. 106 del Reglamento de la Ley de Compras aprobado por la Res. CM N° 1/2014, dispone “Serán declaradas inconvenientes aquellas ofertas que superen el presupuesto oficial en  más de un veinte por ciento (20%). La comparación entre el presupuesto oficial y las ofertas presentadas, en los casos en los que la adjudicación sea por renglones, se realizará por renglón completo.”

 

Que conforme lo expuesto, la oferta preadjudicada no supera el límite recomendado por la reglamentación, y habiéndose solicitado la afectación preventiva de los recursos presupuestarios por el monto que excede el presupuesto oficial ($ 1.366.398,40), se cumplen con los recaudos presupuestarios de la ley 70.

 

Que asimismo, existen numerosos antecedentes en los que se adjudicaron ofertas superiores a la previsión presupuestaria. Entre otros se pueden enumerar los siguientes casos: Expediente CM N° ST 096/04-0  s/ adquisición de mobiliario (17% sobre el presupuesto), Expediente Nº 75/04-3 s/ Adquisición de telas e hilos para la confección de banderas (excedía en un 10% el presupuesto oficial), Expediente Nº 78/04-0 s/ Adquisición de Hardware. (excedió en un 30,50% el presupuesto oficial), Expediente Nº 89/04-2 s/ Adquisición de Hardware, Expediente CM N° DCC 021/05-0 para la adquisición de lámparas de escritorio (60% por encima del presupuesto), Expediente Nº 21/05-0 s/ Adquisición de lámparas de escritorio (excede en un 60,90% el presupuesto oficial), Expediente Nº 83/06-0 s/ Readecuación de Roque S. Peña 636 (excede en un 8,60% el presupuesto oficial), Expediente DCC 152/07-0 s/ Adquisición de Hardware, Expediente DCC Nº 064/09-0 s/ Adquisición de Hardware (en el renglón 2  la oferta adjudicada superó en un 17% el presupuesto oficial, Expediente “DCC N° 046/10-0 s/ Antecedentes para la Obra de Readecuación de Av. de Mayo 654” (18% por encima del presupuesto),   Expediente DCC Nº 152/12-0 s/ Contratación del Servicio de Control de Ausentismo y Exámenes Preocupacionales, se excedió el presupuesto oficial en un 13%.

 

Que en los trámites referidos precedentemente, previa verificación de la existencia de recursos presupuestarios, el Consejo privilegió aprovechar un procedimiento licitatorio, antes que dilapidar la actividad administrativa desarrollada para impulsarlo.

 

Que el presupuesto oficial de cada contratación es una estimación del precio a pagar por el servicio o bien licitado, útil, fundamentalmente a los fines de la organización del gasto, pero que no limita, a priori, a la administración al momento de decidir sobre la adjudicación. Debe estar contenido dentro del llamado a contratación y es una estimación de lo que se gastaría en caso de culminar exitosamente la contratación.

 

Que desde el punto de vista contable se observan dos momentos respecto de dicha estimación, la registración preventiva que coincide con la estimación fijada en el presupuesto oficial y la afectación definitiva, una vez que se conozca el monto por el cual se hará la contratación.  Por ello, a fin de asegurar la existencia de los créditos presupuestarios suficientes en caso de adjudicarse la única oferta admisible presentada en la licitación, se solicitó a la Dirección de Programación y Administración Contable que tome conocimiento del compromiso que eventualmente se asumiría.

 

Que la Comisión Evaluadora de Ofertas controló el cumplimiento de los recaudos documentales (fs. 255/258).

 

Que conforme lo expuesto precedentemente, el llamado de la contratación tuvo la debida publicidad, intervino el área técnica para fundar la necesidad y el cumplimiento de los requisitos técnicos de la oferta, la observancia de los requisitos generales de la contratación fue controlado por la Comisión Evaluadora de Ofertas, y el servicio de asesoramiento jurídico permanente no planteó observación alguna.  Por todo ello, existiendo recursos presupuestarios suficientes, corresponde dar curso favorable al presente trámite.

 

Por ello, en ejercicio de las atribuciones conferidas por la Ley 31 y su modificatoria 4890;

 

 

LA COMISIÓN DE ADMINISTRACIÓN, GESTIÓN

Y MODERNIZACIÓN JUDICIAL

RESUELVE:

 

 

Artículo 1º: Adjudicar a PC-ARTS Argentina SA la Licitación Pública N° 9/2014 de Etapa Única, para la adquisición de computadoras “all in One” para el Poder Judicial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en la suma de Pesos Ocho Millones Seiscientos Cincuenta y Siete Mil Cuatrocientos Noventa y Ocho con 40/100 ($8.657.498,40).

 

Artículo 2°: Instruir a la Dirección de Compras y Contrataciones a notificar a PC-ARTS Argentina  SA la presente resolución y a efectuar la publicación en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

 

Artículo 3º: Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, anúnciese en la cartelera de la Unidad de Operativa de Adquisiciones y anúnciese en la página de internet del Poder Judicial www.jusbaires.gov.ar; comuníquese a la Oficina de Administración y Financiera, a la Dirección General de Informática y Tecnología, a la Dirección de Compras y Contrataciones y a la Dirección de Programación y Administración Contable, y oportunamente, archívese.

 

RESOLUCIÓN CAGyMJ N°     52   /2014

 

 

 

 

 

 

 

Ricardo Baldomar      Daniel A. Fábregas         Juan Sebastián De Stefano

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