Contratación Directa Nº 20/2015- Expediente CM Nº DCC 201/14-0- Resolución OAyF Nº 216/2015

Buenos Aires,   29     de junio de 2015

Res. OAyF Nº  216 /2015

 

VISTO:

El Expediente DCC-201/14-0 caratulado “D.C.C. s/ Adquisición de Herramientas Ufed”; y

 

CONSIDERANDO:

Que por el artículo 2º de la Resolución OAyF Nº 211/2015 (fs. 158/159) se adjudicó la Contratación Directa Nº 20/2015 a la firma Security Team Network S.A -en tanto Distribuidor Unico Autorizado de la familia de productos de Extracción Forense Universal (UFED) de Cellebriti Mobile Synchronization Ltd- por la suma total de ciento ochenta y un mil seiscientos catorce pesos ($ 181.614,00) IVA incluido, de  acuerdo con la propuesta agregada a fojas 49/130 con la aclaración de fojas 154 y la Invitación a Cotizar de fojas 36/37.

Que sin perjuicio de ello, de una revisión del Expediente del Visto, se detecta un error aritmético en la suma de la propuesta económica de la adjudicataria obrante a fojas 72 siendo la suma consignada ciento ochenta y un mil seiscientos catorce pesos ($ 181.614,00) cuando en realidad el valor correcto es ciento ochenta y un mil ochocientos noventa y cuatro pesos ($181.894,00).

Que a mayor abundamiento, resulta atinado señalar que en el inciso a) del artículo 102 de la Resolución CM Nº 1/2014 se estipula que “De existir diferencias entre el monto unitario y el total, se tomará como válido el monto unitario”. Por ello, el monto total de la contratación de marras debiera ser ciento ochenta y un mil ochocientos noventa y cuatro pesos ($ 181.894,00), tal como surge de la suma de los montos unitarios de los bienes en cuestión, tal como se desprende de la propuesta económica glosada a fojas 72.  

Que por otra parte, cabe destacar que el artículo 120 de la Ley de Procedimientos Administrativos -Decreto 1.510/97- establece que “en cualquier momento podrán rectificarse los errores meramente materiales o de hecho y los aritméticos, siempre que la enmienda no altere lo sustancial del acto o decisión”, tal como sucede en este caso.

Que en consonancia con lo antes expuesto, corresponderá rectificar el texto del artículo 2° de la Resolución OAyF N° 211/2015 que deberá quedar redactado de la siguiente forma: “Adjudíquese la Contratación Directa Nº 20/2015 a la firma Security Team Network S.A -en tanto Distribuidor Unico Autorizado de la familia de productos de Extracción Forense Universal (UFED) de Cellebriti Mobile Synchronization Ltd- por la suma total de ciento ochenta y un mil ochocientos noventa y cuatro pesos ($ 181.894,00) IVA incluido, de  acuerdo con la propuesta agregada a fojas 49/130 con la aclaración de fojas 154 y la Invitación a Cotizar de fojas 36/37”.

Por ello, en ejercicio de las atribuciones conferidas por la ley 31, sus modificatorias y por la Resolución de Presidencia N° 391/13;

 

EL ADMINISTRADOR GENERAL DEL

PODER JUDICIAL DE LA CIUDAD

RESUELVE:

 

Artículo 1º: Rectifíquese el texto del artículo 2° de la Resolución OAyF Nº 211/2015 que quedará redactado de la siguiente forma: “Adjudíquese la Contratación Directa Nº 20/2015 a la firma Security Team Network S.A -en tanto Distribuidor Unico Autorizado de la familia de productos de Extracción Forense Universal (UFED) de Cellebriti Mobile Synchronization Ltd- por la suma total de ciento ochenta y un mil ochocientos noventa y cuatro pesos ($ 181.894,00) IVA incluido, de  acuerdo con la propuesta agregada a fojas 49/130 con la aclaración de fojas 154 y la Invitación a Cotizar de fojas 36/37”.

 

Artículo 2º: Instrúyase a la Dirección de Compras y Contrataciones a efectos de que por su intermedio se realicen las tareas necesarias para el perfeccionamiento de la presente contratación y a realizar las publicaciones y notificaciones de este acto conforme lo establecido en la Ley 2095, su modificatoria Ley 4764, su reglamentación y en la Ley de Procedimientos Administrativos – Decreto 1.510/97.

 

Artículo 3º: Regístrese, comuníquese a la Dirección de Programación y Administración Contable, a la Secretaría de Apoyo Administrativo Jurisdiccional y por su intermedio al Departamento de Informática Forense y a la Dirección General de Informática y Tecnología. Publíquese y notifíquese como se ordena. A tal efecto, pase a la Dirección de Compras y Contrataciones y cúmplase. Oportunamente, archívese.

 

 

Res. OAyF Nº  216  /2015

 

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