Licitación Pública Nº 06/2016 - Resolución OAyF Nº 217/2016 - Expediente CM Nº DGCC 080/16-0 s/ Contratación del Servicio de Man

                                                                         Buenos Aires,       28     de julio de 2016

RES. OAYF Nº  217   /2016

 

VISTO:

El Expediente DCC N° 080/16-0 caratulado “D.C.C. s/ Contratación del Servicio de Mantenimiento de Ascensores”; y

 

CONSIDERANDO:

Que mediante Resolución OAyF N° 080/2016 se autorizó el llamado a Licitación Pública Nº 06/2016 de etapa única que tiene por objeto la contratación del servicio de mantenimiento de los ascensores, montacoches y platos giratorios existentes en los distintos edificios del Poder Judicial (áreas administrativa y jurisdiccional) de esta Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en la forma, características y demás condiciones descriptas en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares que como Anexo I integra esa Resolución con un presupuesto oficial de dos millones noventa y un mil novecientos veinte pesos ($2.091.920,00) IVA incluido. Asimismo, se estableció el día 28 de junio de 2016 para la apertura pública de ofertas (fs. 83/91).

Que específicamente se llamó a contratar el servicio de conservación, mantenimiento técnico y reparación de tres (3.-) ascensores instalados en el edificio Beruti 3345 (Renglón 1); el servicio de conservación, mantenimiento técnico y reparación de dos (2.-) ascensores instalados en el edificio Av. Roque Sáenz Peña 636 (Renglón 2); el servicio de conservación, mantenimiento técnico y reparación de cinco (5.-) ascensores instalados en el edificio H. Yrigoyen 932 (Renglón 3); el servicio de conservación, mantenimiento técnico y reparación de tres (3.-) ascensores instalados en el edificio Tacuarí 138 (Renglón 4); y el servicio de conservación, mantenimiento técnico y reparación de dos (2) ascensores, un (1) montacoches, un (1) plato giratorio, instalados en el edificio Libertad 1042 (Renglón 5); el servicio de conservación, mantenimiento técnico y reparación de un (1.-) ascensor instalado en el edificio Beazley 3860 (Renglón 6); el servicio de conservación, mantenimiento técnico y reparación de dos (2) ascensores instalados en el edificio Bolívar 177 (Renglón 7).

Que por otra parte, cabe destacar que el Punto 6 del Pliego de Bases y Condiciones Particulares de la Licitación Pública Nº 06/2016 establece: “La propuesta económica deberá ser formulada en pesos, por duplicado, indicando en números y en letras lo siguiente: 6.1 Precio mensual por cada subrenglón; 6.2 Precio mensual por cada renglón; 6.3 Precio total por cada renglón, contemplando un plazo contractual de veinticuatro (24) meses; 6.4 Monto total de la oferta económica, contemplando un plazo contractual de veinticuatro (24) meses, para la totalidad de los renglones cotizados”. Por su parte, el Punto 25 de ese Pliego estipula: “La adjudicación recaerá en forma particular sobre cada uno de los renglones, motivo por el cual no es obligación de los oferentes la cotización de la totalidad de los mismos. La adjudicación recaerá sobre los renglones completos”.

Que luego, la Dirección General de Compras y Contrataciones designó al responsable de asistir al miembro permanente en el acto de apertura de ofertas, a los miembros titulares y suplentes de la Comisión de Evaluación de Ofertas (fs. 93) y puso en conocimiento de la Dirección General de Control de Gestión y Auditoría Interna la tramitación de la Licitación en cuestión (fs. 96/97). A su vez, le comunicó el llamado a la contratación de marras a la Dirección General de Obras, Servicios Generales y Seguridad como responsable de coordinar las visitas obligatorias a los edificios objeto de la presente contratación, en los cuales se relevarán las características de los equipos comprendidos en el servicio de mantenimiento, el estado actual de los mismos y las condiciones en las que deberán ser efectuados los trabajos, de acuerdo a lo estipulado en el Punto 5 del Pliego de Bases y Condiciones Particulares (fs. 98/100).

Que por su parte el llamado a esta contratación fue publicado en la página web del Poder Judicial de la Ciudad (fs. 101) y en el Boletín Oficial (fs. 121/122). Además, se cursaron invitaciones a la Unión Argentina de Proveedores del Estado (103/104), a la Cámara Argentina de Comercio (fs. 105/106) y a diferentes firmas del rubro invitándolas a cotizar en la presente contratación (fs. 107/120).

Que a fojas 123 obra el Listado de Entrega de Pliegos de Bases y Condiciones y a fojas 124/126 lucen las constancias suscriptas por cada una de las firmas que se hicieron del documento en cuestión.   

Que del Acta de Apertura N° 07/2016 (fs. 129/130) se desprende que se presentó un (1.-) sobre conteniendo oferta perteneciente a la firma Adsur S.A. -incorporada a fojas 133/221- que cotizó los siete (7.-) renglones por la suma total de dos millones setenta y tres mil seiscientos pesos ($2.073.600,00) IVA incluido.

Que la Unidad Evaluadora de Ofertas dejó constancia de la remisión a la Dirección de Compras y Contrataciones de las pólizas de seguro de caución de la oferente para su resguardo en la caja fuerte de este Consejo (fs. 222).

Que a fojas 225/227 luce incorporada la consulta del estado registral de la firma oferente efectuada al BAC-Sistema de Compras Públicas, de donde surge que se encuentra “Desactualizado por Documentos Vencidos”.

Que en consecuencia, la Unidad Evaluadora de Ofertas intimó a la oferente a que en un plazo de cinco (5.-) días hábiles diera cumplimiento a lo dispuesto en el punto 5 del Pliego de Bases y Condiciones Generales referido a la inscripción en el RIUPP (fs. 228) y que en un plazo máximo de cuatro (4.-) días hábiles presentara lo exigido por los puntos 7 (inc. a, b, c y 7.2) -descripción de los servicios ofertados- y 18 del Pliego de Bases y Condiciones Particulares -presentación del Programa de Seguridad- (fs. 229).

Que mediante actuación N° 15690/16 -incorporada a fojas 232/346- la oferente informó que con relación al punto 5 del Pliego de Bases y Condiciones Generales efectuó una presentación ante el RIUPP y le otorgaron turno para el 15 de julio de 2016 para presentar el Acta de Directorio, por lo que requirió una prórroga hasta dicha fecha, además adjuntó copia del mencionado turno. Asimismo, presentó documentación requerida en el punto 7 y 18 del PBCP.

Que por su parte, la Unidad de Evaluación de Ofertas requirió asistencia técnica a la Dirección General de Obras, Servicios Generales y Seguridad (fs. 230) y esa dependencia elaboró un informe técnico en el cual expresó que “(…) la propuesta cumple con el Pliego de Condiciones Particulares” (fs. 347).

Que posteriormente, se incorporaron copias de la consulta efectuada a través de internet el día 12 de julio del corriente, ante el BAC y el RIUPP dando cuenta que la oferente se encuentra inscripta en dichos sistemas (fs. 351/354). De igual manera, se realizó la consulta en el Registro de Deudores Morosos, donde no se registran anotaciones sobre las personas requeridas (fs. 355/356).

Que seguidamente, la Unidad de Evaluación de Ofertas procedió a la evaluación de la propuesta económica y emitió el Dictamen de Evaluación de Ofertas obrante a fojas 357/363. En el mismo se concluye que la oferta presentada por Adsur S.A. resulta admisible. Luego, se concluyó que “corresponde preadjudicar la presente Licitación Pública por un precio total de pesos Dos Millones setenta y tres mil seiscientos ($2.073.600,00)”.

Que a fojas 364/366 obra la constancia de notificación a la oferente del dictamen de evaluación de ofertas y de la constancia de lectura correspondiente. A su vez, a fojas 367 se agregó la constancia de publicación de dicho dictamen en la página web de este Consejo, y a fojas 372/374 la constancia de publicación de dicho dictamen en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires.

Que requerida su opinión, tomó la intervención que le compete la Dirección General de Asuntos Jurídicos y emitió el Dictamen Nº 7095/2016. Allí, previa reseña de lo actuado y citar la normativa vigente aplicable, señaló que debía agregarse al expediente la notificación enviada por la empresa. Posteriormente, concluyó: “Consecuentemente con todas las consideraciones precedentemente expuestas, esta Dirección General opina que, una vez agregada la notificación de recepción fehaciente por parte de la oferente, conforme lo requiere la legislación vigente, nada obsta desde el punto de vista jurídico para la prosecución del trámite del presente expediente” (fs. 375/376).

Que de acuerdo a lo requerido por la Dirección General de Asuntos Jurídicos, esta Oficina de Administración y Financiera incorporó la confirmación de la notificación del Dictamen de Evaluación de Ofertas a la oferente en la cual la firma indica que “Nos notificamos de la pre adjudicación (…)”. Sin perjuicio de ello, se hace notar que tal como dispone el artículo 106 de la Resolución CM N° 01/2014 “El resultado de las precalificaciones y/o preselecciones al igual que las preadjudicaciones deben comunicarse en forma fehaciente a todos los participantes del proceso licitatorio. En caso de utilizar el correo electrónico o fax declarado en la oferta por los proveedores, debe solicitarse constancia de recepción de la notificación enviada”. En tal sentido, la confirmación de lectura obrante a fojas 366 resulta suficiente como constancia de notificación fehaciente, más aún cuando se trata de la notificación a la firma que presumiblemente resultará adjudicataria en este acto y en tal caso será posteriormente notificada del acto de adjudicación y de la emisión de la Orden de Compra correspondiente. 

Que en este estado, cumplidos y verificados todos los pasos pertinentes propios del proceso de selección, en virtud del informe técnico del área competente y de acuerdo a los dictámenes de la Unidad Evaluadora de Ofertas y de la Dirección General de Asuntos Jurídicos, no se encuentra óbice para apartarse de lo allí sostenido en punto a la adjudicación propuesta por la Unidad Evaluadora de Ofertas.

Que en consecuencia se adjudicará la Licitación Pública Nº 0/2016 a la empresa Adsur S.A. por la suma total de dos millones setenta y tres mil seiscientos pesos ($2.073.600,00) IVA incluido, conforme la propuesta de fojas 133/321 y según el Pliego de Bases y Condiciones Particulares de esta licitación. Ello, por ser una oferta técnicamente admisible además de resultar conveniente económicamente.

Que en tal sentido, se instruirá a la Dirección General de Compras y Contrataciones a efectos de que por su intermedio se realicen las tareas necesarias para el perfeccionamiento de la presente adjudicación y se realicen las publicaciones y notificaciones de este acto conforme lo establecido en la Ley 2095, su modificatoria la Ley 4764, su reglamentaria la Resolución CM N° 1/2014 y en la Ley de Procedimientos Administrativos -Decreto 1.510/97-. Asimismo, deberá notificar lo que se resuelva en el presente acto a la firma que resulte adjudicataria.

Por lo expuesto y en el ejercicio de las atribuciones conferidas por la Ley 31 y sus modificatorias;

 

EL ADMINISTRADOR GENERAL

DEL PODER JUDICIAL DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES

RESUELVE:

 

Artículo 1º: Apruébese el procedimiento llevado a cabo en la Licitación Pública Nº 06/2016 de etapa única que tiene por objeto la contratación del servicio de mantenimiento de los ascensores, montacoches y platos giratorios existentes en los distintos edificios del Poder Judicial (áreas administrativa y jurisdiccional) de esta Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en la forma, características y demás condiciones descriptas en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares que como Anexo I integra la Resolución OAyF N° 80/2016.

 

Artículo 2º: Adjudíquese la Licitación Pública Nº 06/2016 a la empresa Adsur S.A. por la suma total de dos millones setenta y tres mil seiscientos pesos ($2.073.600,00) IVA incluido, conforme la propuesta de fojas 133/321 y según el Pliego de Bases y Condiciones Particulares de esta licitación. Ello, por los argumentos vertidos en los Considerandos de la presente resolución.

 

Artículo 3º: Instrúyase a la Dirección General de Compras y Contrataciones a efectos de que por su intermedio se realicen las tareas necesarias para el perfeccionamiento de la presente adjudicación y se realicen las publicaciones y notificaciones de este acto conforme lo establecido en la Ley 2095, su modificatoria la Ley 4764, su reglamentaria la Resolución CM N° 1/2014 y en la Ley de Procedimientos Administrativos -Decreto 1.510/97-. Asimismo, deberá notificar lo resuelto en el presente acto a la firma que resultó adjudicataria.

 

Artículo 4º: Regístrese, publíquese, notifíquese como se ordena y comuníquese a la Dirección General de Obras, Servicios Generales y Seguridad y a la Dirección General de Programación y Administración Contable. Pase a la Dirección General de Compras y Contrataciones, cúmplase y oportunamente, archívese.

 

 

RES. OAYF Nº  217  /2016

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