Licitación Pública Nº 12/2015- Expediente CM Nº DCC 097/15-0- Resolución OAyF Nº 307/2015

Buenos Aires,   05    de octubre de 2015

 

RES. OAyF Nº  307       /2015

 

VISTO:

El Expediente DCC N° 097/15-0 caratulado “D.C.C. s/ Adquisición de Vehículos”, y

 

CONSIDERANDO:

Que mediante Resolución OAyF Nº 172/2015 se autorizó el llamado a Licitación Pública Nº 12/2015 de etapa única que tiene por objeto la adquisición de vehículos para el Poder Judicial de la Ciudad (áreas administrativa y jurisdiccional), en la forma características y demás condiciones descriptas en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares que como Anexo I integra esa Resolución con un presupuesto oficial de un millón ochocientos cinco mil pesos ($1.805.000,00) IVA incluido (fs. 104/112). En particular, la Licitación Pública Nº 12/2015 contempla la adquisición de dos (2.-) vehículos automotores (utilitarios) (Renglón 1), dos (2.-) vehículos automotores (furgones) (Renglón 2) y un (1.-) vehículo automotor (pick up) (Renglón 3).

Que por Resolución OAyF Nº 281/2015 se aprobó el procedimiento llevado a cabo en la Licitación Pública N° 12/2015 y se adjudicaron los renglones 1 y 2 a la firma Peugeot Citroen Argentina S.A. por la suma total de un millón trescientos cincuenta mil pesos ($1.350.000,00) IVA incluido, conforme la propuesta de fojas 311/339 y según el Pliego de Bases y Condiciones Particulares de esta licitación (fs. 738/740).

Que la contratación referida se formalizó mediante la Orden de Compra N° 881 (fs. 749) retirada por la adjudicataria el 11 de septiembre de 2015.

Que en esta oportunidad, el Ministerio Público de la Defensa solicitó la ampliación de la contratación de marras para proceder la adquisición de dos (2.-) vehículos (v. fs. 759).

Que en consecuencia, la Dirección de Compras y Contrataciones propició la ampliación de la Licitación Pública N° 12/2015. En tal sentido, expuso que de acuerdo con lo dispuesto en el inciso I) del artículo 117 de la Ley 2095 y su modificatoria la Ley 4764 “una vez perfeccionado el contrato, el organismo contratante puede: I) Aumentar o disminuir el total adjudicado hasta un veinte por ciento (20%) de su valor original en uno y otro caso, en las condiciones y precios pactados y con adecuación de los plazos respectivos. El aumento o la disminución puede incidir sobre uno, varios o el total de los renglones de la orden de compra, siempre y cuando el total resultante no exceda el porcentaje previsto, según corresponda. En los casos en que resulte imprescindible para el organismo contratante el aumento o la disminución podrán exceder el veinte por ciento (20%), y se deberá requerir la conformidad del cocontratante. Si ésta no fuera aceptada, no generará ningún tipo de responsabilidad al proveedor ni será pasible de ningún tipo de penalidad o sanción. En ningún caso las ampliaciones o disminuciones podrán exceder del cincuenta por ciento (50%) del monto total del contrato, aun con consentimiento del cocontratante”.

Que entonces, la Dirección de Compras y Contrataciones expuso que la adjudicación en cuestión se realizó por la suma de un millón trescientos cincuenta mil pesos ($1.350.000,00) y el monto de la ampliación requerida asciende a la suma de quinientos veinte mil pesos ($520.000,00) IVA incluido por lo que excede el veinte por ciento (20%) pero se encuentra dentro del tope máximo del cincuenta por ciento (50%). En consecuencia, puso de resalto que para proceder a la ampliación en cuestión debería requerirse la conformidad del cocontratante. En consecuencia, envió un correo electrónico a la firma Peugeot Citroen Argentina S.A. y la adjudicataria aceptó la ampliación propuesta -tal como se desprende del correo electrónico obrante a fojas 767- (v. Nota N° 719-DCC-15 de fs. 777/778).

Que a su vez, en cumplimiento de la Ley 70, la Dirección de Compras y Contrataciones solicitó al Ministerio Público de la Defensa que realizara la afectación de la partida presupuestaria correspondiente y remitiera la constancia pertinente (fs. 768). En tal sentido, a fojas 770/771 se incorporó la constancia de la afectación presupuestaria efectuada y remitida por dicho Organismo.

Que requerida su opinión, mediante Dictamen Nº 6533/2015, tomó intervención la Dirección General de Asuntos Jurídicos que, previa reseña de lo actuado y tras citar la normativa aplicable al caso bajo su análisis, concluyó: “Consecuentemente con todas las consideraciones preapuntadas, teniendo en cuenta las constancias de las presentes actuaciones así como la normativa legal citada, esta Dirección General de Asuntos Jurídicos no tiene nada que objetar, desde el punto de vista jurídico, para que se proceda a la ampliación sugerida por la Dirección de Compras y Contrataciones mediante Nota 719-DCC-2015 con la firma adjudicataria PEUGEOT CITROEN ARGENTINA S.A.” (fs. 782/783).

Que entonces, puesto a resolver, de acuerdo a los antecedentes mencionados, en respuesta al requerimiento efectuado por el Ministerio Público de la Defensa de la Ciudad, de conformidad con lo detallado por la Dirección de Compras y Contrataciones y en línea con lo dictaminado por la Dirección General de Asuntos Jurídicos, corresponderá proceder a la ampliación contractual del Renglón 1 de la Orden de Compra N° 881 con la firma Peugeot Citroen Argentina S.A. por la adquisición de dos (2.-) vehículos automotores destinados al Ministerio Público de la Defensa por la suma de quinientos veinte mil pesos ($520.000,00) IVA incluido, conforme la propuesta de fojas 311/339 y según el Pliego de Bases y Condiciones Particulares de la Licitación Pública Nº 12/2015.

Que finalmente, deberá instruirse a la Dirección de Compras y Contrataciones a efectos de proceder a efectivizar la ampliación contractual que se aprobara por la presente, a notificar a la adjudicataria y a realizar las publicaciones y comunicaciones pertinentes de conformidad con lo establecido en la Ley 2095, su modificatoria la Ley 4764, su reglamentaria Resolución CM N° 1/2014 y en la Ley de Procedimientos Administrativos -Decreto 1.510/97.

Por lo expuesto, en el ejercicio de las atribuciones conferidas por la Ley 31 y sus  modificatorias;

 

EL ADMINISTRADOR GENERAL DEL

PODER JUDICIAL DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES

RESUELVE:

 

Artículo 1º: Apruébese la ampliación contractual del Renglón 1 de la Orden de Compra N° 881 con la firma Peugeot Citroen Argentina S.A. por la adquisición de dos (2.-) vehículos automotores destinados al Ministerio Público de la Defensa de la Ciudad por la suma total de quinientos veinte mil pesos ($520.000,00) IVA incluido, conforme la propuesta de fojas 311/339 y según el Pliego de Bases y Condiciones Particulares de la Licitación Pública Nº 12/2015. Ello, atento a los argumentos esgrimidos en los considerandos de la presente.

Artículo 2º: Instrúyase a la Dirección de Compras y Contrataciones a efectos de proceder a efectivizar la ampliación contractual que se aprobara por la presente, a notificar este acto a la adjudicataria, al Ministerio Público de la Defensa y a realizar las publicaciones y comunicaciones pertinentes de conformidad con lo establecido en la Ley 2095, su modificatoria la Ley 4764, su reglamentaria Resolución CM N° 1/2014 y en la Ley de Procedimientos Administrativos -Decreto 1.510/97.

Artículo 3°: Regístrese, publíquese como se ordenara precedentemente, y comuníquese a la Dirección de Programación y Administración Contable. Pase a la Dirección de Compras y Contrataciones para su cumplimentación, y oportunamente archívese.

 

RES. OAyF Nº   307  /2015

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