Pliego de Condiciones Particulares

ANEXO I

 

OBRA HIPÓLITO YRIGOYEN 932 - 2º Etapa

PLIEGO DE CONDICIONES PARTICULARES

 

INDICE

1. GENERALIDADES

2. TERMINOLOGÍA

3. OBJETO DE LA LICITACIÓN

4. PRESUPUESTO OFICIAL

5. PLAZO DE EJECUCIÓN

6. CONSULTA DEL PLIEGO

7. ADQUISICIÓN DEL PLIEGO. REUNIÓN INFORMATIVA

8. PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS

9. APERTURA DE LAS OFERTAS

10. CERTIFICADO DE VISITA A LA DEPENDENCIA 11. CAPACIDAD DE CONTRATACIÓN12. CAPACIDAD ECONÓMICO FINANCIERA 13. MANTENIMIENTO DE LA PROPUESTA14. PRESENTACIÓN DE LA OFERTA 15. RÉGIMEN DE LA CONTRATACIÓN Y COTIZACIÓN16. GARANTÍA DE LA OFERTA 17. ADELANTO FINANCIERO18. AMPLIACIÓN DE INFORMES 19. EVALUACIÓN DE LA OFERTA20. DICTAMEN DE EVALUACIÓN21. IMPUGNACIÓN DEL ACTO DE PREADJUDICACIÓN22. DE LA ADJUDICACIÓN 23. ORDEN DE EJECUCIÓN Y ORGANIZACIÓN DE LA OBRA24. CUMPLIMIENTO DE REGIMENES LEGALES 25. TRÁMITES26. PLAN DE TRABAJO DEFINITIVO 27. PROFESIONAL RESPONSABLE Y REPRESENTANTE DE OBRA28. LIBRO DE COMUNICACIONES O DE NOTAS DE PEDIDO29. LIBRO DE ÓRDENES DE SERVICIO30. LIBRO DE PARTES DIARIOS 31. OFICINAS DE INSPECCIÓN Y OBRADOR32. CARTEL DE OBRA 33. VIGILANCIA DE LA OBRA 34. ENERGÍA ELÉCTRICA 35. ALUMBRADO 36. CERRAMIENTO 37. PERSONAL- SALARIOS38. HORARIO DE TRABAJO 39. RESPONSABILIDAD DEL CONTRATISTA 40. REGISTRO FOTOGRÁFICO41. ASUNCIÓN DEL CASO FORTUITO42. SANCIONES43. CERTIFICACIÓN44. RECEPCIÓN PROVISORIA45. RECEPCIÓN DEFINITIVA.46. DESOCUPACIÓN DEL INMUEBLE47. MEDIDAS DE PREVENCIÓN DE UN EVENTUAL INCENDIO48. PLAZO DE GARANTÍA49. INVENTARIO50. REDETERMINACIÓN DE PRECIOS

Planilla de Redeterminación de Precios de Contratos de Obra Pública

Anexo I – Indicadores Económicos – Financieros – Patrimoniales

Formulario Nº 1

Formulario Nº 2

Formulario Nº 3

Certificado de Visita

Anexo Seguridad e Higiene

PLIEGO DE CONDICIONES PARTICULARES1.GENERALIDADESEl presente Pliego de Condiciones Particulares, en adelante PCP, tiene por objeto completar, aclarar y perfeccionar las estipulaciones del Pliego de Condiciones Generales de Instancia Única para la Licitación, Contratación y Ejecución de Obras Mayores del Consejo de la Magistratura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, aprobado por Resolución Nº 720/2005 y sus Resoluciones modificatorias CM Nº 109/2009 y CM Nº 113/2010 para la obra de referencia.2.TERMINOLOGÍAPCG: Pliego de Bases y Condiciones Generales PCP: Pliego de Condiciones Particulares PET: Pliego de Especificaciones Técnicas Comitente/Consejo: El Consejo de la Magistratura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Contratista: El adjudicatario después que ha firmado la Contrata. Inspección de Obra: Representante del Comitente que verifica/aprueba la correcta provisión de materiales y equipos, la ejecución de los trabajos y la prestación de los servicios contratados con el Contratista y ante quien debe dirigirse éste por cualquier tramitación relacionada con las obras. 3. OBJETO DE LA LICITACIÓNRealización de la segunda etapa de obra del edificio sito en la calle Hipólito Yrigoyen 932 de esta Ciudad, para su utilización por áreas del Poder Judicial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, consistente en la provisión y montaje de tabiquería divisoria interna, instalación de red de voz y datos, sistemas de detección y central de incendio; además de la ejecución de la alcaldía4. PRESUPUESTO OFICIALEl presupuesto oficial de la obra asciende a la suma de PESOS CINCO MILLONES SEISCIENTOS SESENTA Y CINCO MIL CIENTO SETENTA Y SEIS CON 66 CENTAVOS ($ 5.665.176,66).5. PLAZO DE EJECUCIÓNSe estipula un plazo de obra de ciento cuarenta y cinco (145) días corridos, contados a partir de la suscripción del Acta de Inicio.6. CONSULTA DEL PLIEGO Los Pliegos y toda la documentación podrán ser consultados en la Dirección de Compras y Contrataciones, sita en Av. Leandro N. Alem 684, piso 1º frente de esta Ciudad, en el horario de 11:00 a 17:00 horas.Las consultas y aclaraciones deberán solicitarse en los términos dispuestos en el punto 11 del PCG.La Dirección de Compras y Contrataciones realizará el día 23 del mes de junio de 2011, a las 16.00 horas una reunión informativa para que participen las empresas interesadas, la cual se desarrollará en Av. Leandro N. Alem 684, piso 1º frente de esta Ciudad.7. ADQUISICIÓN DEL PLIEGO Sólo se tendrán en cuenta las propuestas presentadas por las firmas oferentes que hayan abonado, en forma previa a la apertura del acto licitatorio, el arancel correspondiente al valor de los pliegos.Los pliegos y el disco compacto podrán adquirirse en la Dirección de Compras y Contrataciones del Consejo de la Magistratura, sita en Av. Leandro N. Alem 684, piso 1º frente de esta Ciudad, de lunes a viernes de 11.00 a 17.00 horas y hasta las 12.00 del día 8 de julio de 2011 , previo depósito de la suma de PESOS CINCO MIL SEISCIENTOS SESENTA Y CINCO ($ 5.665,00) en la Cuenta Corriente N° 769/8, a nombre del Consejo de la Magistratura, en el Banco de la Ciudad de Buenos Aires, Sucursal Nº 53, sita en Pte. Juan Domingo Perón 566 de esta Ciudad.El importe recibido por el Consejo por la venta de pliegos, compensa el precio de elaboración e impresión de los mismos, el que no será devuelto a los adquirentes en ningún caso, aún cuando por cualquier causa se dejara sin efecto la licitación o se rechazaran todas las ofertas.La no adquisición de los pliegos dará lugar al descarte de la oferta.8. PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS La presentación de las propuestas se realizará en la fecha y hora que se indique en la convocatoria para la Apertura, en sobre cerrado, en la Mesa de Entrada de este Consejo sito en Av. Leandro N. Alem 684, entrepiso, debiendo estar dirigidas a la Secretaría de Coordinación del Consejo de la Magistratura de esta Ciudad e indicando como referencia la leyenda "Licitación Nº 11/2011 s/Obra Hipólito Yrigoyen 932 – Segunda Etapa -, expediente CM DCC Nº 079/11 - 0”.9. APERTURA DE LAS OFERTAS La apertura de los sobres será pública y se realizará conforme el punto 18 del PCG en la fecha y hora que se indique en la convocatoria para la Apertura, en la sede del Consejo de la Magistratura, Av. Leandro N. Alem 684, piso 7º frente, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, fecha y hora hasta las cuales se recibirán las propuestas, según lo establece el Pliego de Condiciones Generales.10. CERTIFICADO DE VISITA A LA DEPENDENCIA Es requisito ineludible la visita al inmueble objeto de la presente licitación. El Consejo de la Magistratura de la CABA a través de la Dirección General de Infraestructura y Obras, facilitará las visitas hasta cinco (5) días hábiles antes de la apertura de las ofertas, de modo tal que el adjudicatario no podrá alegar su posterior ignorancia o imprevisiones en las condiciones en que ejecutará los trabajos, debiendo cumplir el contrato según lo estipulado en el presente pliego.Efectuada la visita a obra, la Dirección General de Infraestructura y Obras extenderá el correspondiente certificado de visita. Dicha constancia será la única acreditación válida respecto de la concurrencia al edificio y la consecuente verificación de las condiciones incluidas en los pliegos.Este certificado deberá acompañarse en la presentación de la oferta, inserto en el sobre exterior (sobre No 1) conforme a la cláusula 15.2.16 del PCG.Los oferentes podrán contactarse con la Dirección General de Infraestructura y Obras, sita en la calle en Av. de Mayo 654, Piso 2º frente, teléfono 4014-2872, para coordinar la visita a obra o cualquier otra consulta técnica referente a la misma.11. CAPACIDAD DE CONTRATACIÓNPara presentarse en esta licitación, el proponente deberá acompañar certificado válido acreditando su capacidad de contratación actualizada en Sección Arquitectura y/o Ingeniería y/o Arquitectura Especialidades Restauración y Refacción de Edificios, expedido por el Registro Nacional de Constructores de Obras Públicas, conforme al Decreto Nº 1724/93 y sus normas reglamentarias, modificatorias y/o complementarias. La capacidad de contratación mínima requerida debe ser igual o mayor que PESOS OCHO MILLONES NOVECIENTOS SESENTA Y NUEVE MIL OCHOCIENTOS SESENTA Y TRES CON CINCO CENTAVOS, ($ 8.969.863,05), importe que resulta al aplicar la fórmula establecida para obras de menos de un año de ejecución que a continuación se cita:CC = (PO/12) x (12- PE) +PODonde PO es el Presupuesto Oficial y PE es el Plazo de Ejecución en meses.12. CAPACIDAD ECONÓMICA FINANCIERA A los efectos de acreditar su capacidad económica financiera, los oferentes deberán presentar la siguiente documentación:12.1. Estados contables correspondientes al último ejercicio anual, y copia legalizada del Acta de Asamblea de accionistas aprobatoria de dichos estados. Cuando el cierre del último Estado Contable Anual se haya producido cinco meses o más antes del mes de apertura de las ofertas, se deberá presentar también un Estado Contable cerrado dentro de los tres (3) meses anteriores a la fecha fijada para la apertura de las ofertas. Se deberá acompañar además, con el correspondiente dictamen de un profesional en Ciencias Económicas y con certificación de firma del correspondiente Consejo Profesional.12.2. Informes bancarios y referencias comerciales y/o industriales: El Oferente deberá acompañar por lo menos cinco (5) notas de entidades financieras y/o comerciales y/o industriales, en las que dichas entidades suministren información del concepto y los antecedentes que les merece el oferente.12.3. Constancia de inscripción en la AFIP y en la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos (AGIP) y de pago del impuesto a las ganancias, del impuesto al valor agregado y de ingresos brutos del último mes anterior a la fecha de presentación de la oferta.12.4. Constancia de pago de los aportes previsionales correspondientes a los últimos tres (3) meses certificada por contador público.12.5. Certificación del contador público de la facturación de los últimos doce (12) meses, cerrados al penúltimo mes anterior al de la apertura de las ofertas. En el caso de Consorcios o UTE., se computará la suma de la facturación de cada uno de los integrantes de los mismos.12.6. Planillas resumen con el cálculo de los indicadores económicos – financieros - patrimoniales correspondientes a dicho último ejercicio, de conformidad con el Anexo I que se incorpora al presente pliego, suscripto por representante legal del proponente y certificación por contador público, con firma certificada por el organismo regulador de la matrícula.Se considerará que los proponentes acreditan capacidad económico-financiera suficiente si el resultado del análisis del último ejercicio arroja valores admisibles en los cinco (5) indicadores del Anexo I.La omisión de los elementos requeridos implicará la in admisibilidad de la oferta. 13. MANTENIMIENTO DE LA PROPUESTA:Los proponentes están obligados a mantener la oferta por el plazo de cuarenta y cinco (45) días corridos contados a partir del día inmediato siguiente a la fecha de apertura de las ofertas para la Licitación. Sin embargo, el plazo de mantenimiento quedará prorrogado de pleno derecho, por el mismo plazo y sucesivamente hasta el momento de la adjudicación, a menos que los proponentes manifiesten su voluntad en contrario, la cual tendrá efecto a partir de la notificación fehaciente de esa manifestación cinco (5) días antes de su vencimiento.14. PRESENTACIÓN DE LA OFERTA La propuesta será presentada conforme los requisitos establecidos en la cláusula 15 del PCG, debiéndose cumplimentar además con relación a los contenidos establecidos en la cláusula 15.2 del PCG los siguientes:Contenido del Sobre Exterior Nº 1 14.1. Certificado de capacidad de contratación disponible a la fecha de la oferta.14.2. Constancia de la adquisición del pliego.14.3. Garantía de oferta14.4. Aceptación del plazo de mantenimiento de la oferta previsto.14.5. Nómina de los servicios que subcontratará, así como la designación de los subcontratistas, conforme cláusula 15.2.20 PCG.14.6. Listado de obras realizadas en los últimos cinco (5) años, indicando volumen edificado, costo de la obra y dirección de la misma, denominación del comitente, domicilio y teléfono del mismo.14.7. Propuesta del Representante Técnico: Antecedentes y conformidad expresa de la aceptación del mismo según cláusula 15.2.8 y 15.2.13 del PCG.14.8. Equipos, maquinarias y herramientas propias disponibles y listado total de las que se utilizarán en esta obra.14.9 Constitución de domicilio en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, con indicación de teléfonos, fax y correo electrónico.14.10. Listado de Oficinas y depósitos utilizados por el oferente.14.11. Presentar el certificado previsto en la cláusula 15.2.21 PCG.14.12. Según la categoría que revistieran los oferentes, deberán presentar las declaraciones previstas en la cláusula 15.2.24 PCG.14.13. Presentar las declaraciones Juradas requeridas en la cláusula 14 del PCG, conforme modelos que se anexan al presente como formularios Nº 1 y 2.14.14 Datos y antecedentes del responsable de realizar los trámites previstos en la cláusula 37 del PCG, y su conformidad para llevar a cabo dichos trámites. Contenido de la propuesta Sobre Interno Nº 2 14.15. La oferta económica, según modelo de presentación de oferta, incluido en la Resolución CM Nº 720/2005, y denominado para esta presentación como formulario Nº 3.14.16 Presupuesto y compromiso de la propuesta, en cuyo monto se considerarán incluidos todos los impuestos vigentes, gastos generales, beneficios, cargas sociales, costos financieros, etcétera.14.17. Planilla de Cómputo y Presupuesto desagregado por ítem, indicando volúmenes o cantidades respectivas y precios unitarios, o su incidencia en el precio total, cuando corresponda. Los análisis de precios de cada uno de los ítem desagregados en todos sus componentes, incluidas las cargas sociales y tributarias.Los precios de referencia asociados a cada insumo incluido en los análisis de precios, de conformidad con lo establecido en el artículos 5 y 9 inciso c) de la ley 2809.La falta de alguno de los elementos señalados precedentemente, implicará la inmediata descalificación de la oferta correspondiente (conforme el artículo 9 de la ley 2809).14.18. Plan de Trabajos y Curva de Inversión:Las planillas de análisis de precios, plan de trabajo y curva de certificación mensual, formarán parte de la documentación accesoria del contrato. El análisis de precios deberá ser confeccionado y presentado solo mediante la planilla, cuyos datos figuran a continuación.

a-Materiales

$

b-Equipos

$

c-Jornales

$

d-Cargas Sociales

$

e-Total Mano de Obra (c + d )

$

f-Costo directo ( a + b + e )

$

g-Gastos generales de Empresas e indirectos de obra X % de (f)

$

h-Subtotal (f + g)

$

i)Gastos financieros: Y % de (h)

$

j)Beneficio: 10% de (h + i)

$

k)Costo total trabajo (h + i + j)

$

l)Impuesto (IVA): Z% de (k)

$

m) PRECIO UNITARIO DE APLICACIÓN (k + l)

$

REFERENCIAS:a - Detalle de los materiales que se requieren, con los precios al por mayor al pie de la obra, incluidos los desperdicios normales, en los casos que corresponda.g - X % = 15El Consejo reconocerá hasta el DIEZ POR CIENTO (10%) de beneficio. Si el oferente propusiera un porcentaje mayor se le intimará para que readecue la planilla ajustando el beneficio. Esta modificación no podrá alterar el precio ofertado.i - Y % tasa básica de interés mensual Banco Nación, para descuentos de certificados, correspondiente a diez (10) días anteriores a la fecha de apertura de las ofertas, para el lapso previsto para el pago según contrato, más quince (15) días corridos.l - Z %, únicamente según alícuota I.V.A.Análisis de Precios: el esquema de presentación del análisis de precios deberá ajustarse a la estructura contemplada precedentemente; deberán contener el detalle de la mano de obra (rendimiento y costos) y de los materiales (rendimiento y costos) intervinientes referidos a la unidad del ítem respectivo y los porcentajes de incidencia de los restantes elementos que componen el costo total del ítem, incluyendo el costo financiero.De no presentarse los análisis de los precios que componen los ítems del presupuesto, la oferta no será considerada.14.19. Plan de certificación acumulada mínimo.14.20. Detalle de la documentación necesaria para tramitar el aviso o permiso de obra y presentación de los formularios para obtener su aprobación. Queda a cargo del contratista acreditar el curso de la referida tramitación en la oportunidad correspondiente, adjuntando las constancias pertinentes. Idéntico criterio se adoptará respecto a la ejecución y certificación técnica de las instalaciones.15. RÉGIMEN DE LA CONTRATACIÓN Y COTIZACIÓNA los efectos de la determinación del precio, la contratación de los trabajos se hará por el sistema de ajuste alzado.La construcción, trabajos y/o servicios de industria que se contraten según el presente PCP están sometidos al régimen previsto por la Ley Nº 13.064, sus modificatorias y complementarias.Se define como Moneda de Cotización y Moneda de Pago de la obra, el Peso.Al ser el sistema de contratación por Ajuste Alzado se considerarán incluidos todos los servicios, ingeniería de detalle, mano de obra, honorarios profesionales, aranceles, materiales, equipos, certificaciones técnicas, mantenimiento y conservación de los equipos que se deban reacondicionar y/o proveer con instalación, para llevar a cabo todos los trabajos de acuerdo con lo establecido en el Pliego de Especificaciones Técnicas para el conjunto de las tareas del ítem.Por consiguiente el precio por un trabajo comprenderá todos los gastos, desembolsos, patentes, pérdidas, utilidades y cualquier otra retribución como contraprestación por la ejecución total de los mismos.La Obra deberá ejecutarse conforme las Especificaciones Técnicas, los planos y los plazos contractuales, de modo que resulte completa y responda a su fin, siendo a cargo del Contratista la ejecución y/o provisión de todos los trabajos que aunque no estén indicados específicamente, resulten indispensables para que la Obra responda a su fin y sea realizada en el tiempo y la forma previstos.El oferente será responsable de obtener toda la información necesaria y disponible sobre la existencia de instalaciones o interferencias que puedan afectar el desarrollo de las obras, para lo cual deberá efectuar, con la urgencia y anticipación necesaria, las gestiones y consultas pertinentes. También estarán a su cargo todos los gastos que impliquen las diligencias aludidas.Por ende, el oferente deberá cotizar la totalidad de los trabajos, de acuerdo a las Especificaciones Técnicas, considerando que la Obra debe quedar completamente terminada y operativa. No se considerará como adicional, ni se aceptará variación del costo de la Obra por supuestos trabajos imprevistos que sean necesarios para satisfacer el Contrato. Por lo tanto, el Contratista tomará a su cargo los riesgos propios de este tipo de obra.Modificaciones de Obra:De acuerdo con lo previsto por el artículo 30 de la Ley Nº 13.064, las alteraciones del proyecto que produzcan aumentos o reducciones de costos o trabajos contratados serán obligatorias para el contratista, abonándose, en el primer caso, el importe del aumento, sin que tenga derecho en el segundo a reclamar ninguna indemnización por los beneficios que hubiera dejado de percibir por la parte reducida, suprimida o modificada. Si el contratista justificase haber acopiado o contratado materiales o equipos para las obras reducidas o suprimidas, se hará un justiprecio del perjuicio que haya sufrido por dicha causa, el que le será certificado y abonado.La obligación por parte del contratista de aceptar las modificaciones a que se refiere el presente artículo, queda limitada de acuerdo con lo que establece el artículo 53 de la Ley Nº 13.064.En los casos que fuera necesario ejecutar trabajos imprevistos, bajo el concepto de adicionales, el Consejo de la Magistratura se reserva la facultad de efectuarlos, ya sea acordando el precio con el contratista sobre la base de los precios unitarios del presente contrato o instrumentando, en caso de no llegar a un acuerdo con el contratista, el o los procedimientos previstos por la normativa vigente para encomendarlos a otro contratista o realizarlo con personal propio.Cuando se encomienden modificaciones que impliquen aumento del contrato, el contratista deberá ampliar la garantía de adjudicación en un cinco por ciento (5%) de tal aumento.El oferente deberá cotizar de acuerdo a la Planilla de Cotizaciones obrante en la documentación.16. GARANTÍA DE LA OFERTA Complementando la Cláusula 17 del PCG, se establece lo siguiente: I) La garantía de la oferta también podrá constituirse con una póliza de Caución.II) En caso de integrar la Garantía de la Oferta en efectivo, la suma deberá ser depositada en el Banco de la Ciudad de Buenos Aires, Sucursal 53, sita en Av. Córdoba 675 de esta Ciudad, Cuenta Corriente Nº 769/8, a la orden del Consejo de la Magistratura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.17. ANTICIPO FINANCIERO El oferente percibirá, un adelanto financiero del 40 % del monto de su oferta, el que se percibirá un 20% al suscribir la contrata y el 20% restante con el acta de inicio de obra. La suma que perciba por este concepto se descontará en forma proporcional de cada certificado de avance de obra. El certificado de anticipo no será afectado por las retenciones de Fondo de Reparo. El adjudicatario deberá presentar como garantía un seguro de caución a favor del Consejo de la Magistratura equivalente a la totalidad del monto que reciba como anticipo. La tramitación que demande la obtención del anticipo aludido, será de exclusiva responsabilidad de la contratista y no dará motivo a dilaciones o atrasos en el comienzo de la obra. El porcentaje abonado en forma proporcional en cada ítem no estará sujeto a redeterminación de precios a partir de la fecha de su efectivo pago, de conformidad con el artículo 3 del Decreto Nº 1312/2008 y sus modificatorios reglamentarios de la Ley 2809.18. AMPLIACIÓN DE INFORMES El personal que determine el Consejo de la Magistratura podrá visitar las oficinas, depósitos, equipos, obras realizadas, etcétera, que los oferentes declaren en su propuesta a efectos de comprobar "in situ" su capacidad técnico - financiera.19. EVALUACIÓN DE LA OFERTAEn oportunidad de analizar el contenido de la presentación efectuada en los Sobres Nº 1 y 2, la Comisión de Preadjudicaciones podrá requerir a los proponentes información adicional o aclaratoria que no implique la alteración de las propuestas presentadas, ni quebrantamiento al principio de igualdad; también podrá intimar a la subsanación de errores formales, bajo apercibimiento de declarar inadmisible la propuesta, todo ello dentro de los plazos que dicha Comisión fije.20. DICTAMEN DE EVALUACIÓNLa Comisión de Preadjudicaciones emitirá un dictamen de evaluación estableciendo un orden de mérito de todas las ofertas admisibles, que será anunciado de conformidad con el Punto 24 del PCG y notificado fehacientemente a los proponentes.21. IMPUGNACIÓN DEL ACTO DE PREADJUDICACIÓNLa impugnación del dictamen de preadjudicación únicamente podrá ser realizada de conformidad con lo establecido por el punto 25 del PCG.22. DE LA ADJUDICACIÓNComplementando la cláusula 26 del PCG, se establece lo siguiente:Con antelación al acto de adjudicación, el Consejo exigirá el Certificado de Capacidad para Adjudicación que emite el Registro Nacional de Constructores de Obras Públicas, tal como lo prescribe el artículo 26 del Decreto N° 1724/93 y sus modificatorios.Con posterioridad a la adjudicación y previo a la firma de la Contrata, se solicitarán al adjudicatario, si así correspondiere, las adecuaciones que correspondan al Plan de Trabajo, la Planilla de Cómputo y Presupuesto detallado, al Análisis de Precios, Precios de Referencia y al Plan de Certificación Acumulada. El adjudicatario, previo a la firma de la contrata deberá efectuar los ajustes solicitados por el Consejo adecuando la distribución de inversiones y plazo, sin alterar el importe y el plazo total para llevar a cabo los trabajos y los presentará a la inspección de obra, como plan de obra definitivo. 23. ORDEN DE EJECUCIÓN Y ORGANIZACIÓN DE LA OBRALa Cláusula 38 del PCG se complementa con el siguiente texto referido a la organización de la obra:a) Emitida la orden de ejecución el contratista tiene un plazo máximo de cinco (5) días, salvo que el Consejo estipule otra fecha para la iniciación de los trabajos, para comenzar efectivamente la ejecución de la obra. Vencido el plazo establecido precedentemente, si el Contratista no hubiera iniciado los trabajos y no hubiera demostrado que la imposibilidad de comenzarlos es ajena a su voluntad y responsabilidad, el CONSEJO podrá resolver el Contrato por culpa del Contratista, quien en dicho caso perderá la garantía de adjudicación y responderá por los daños y perjuicios consiguientes. Al momento de iniciarse los trabajos se labrará el Acta de Inicio correspondiente, que deberá estar firmada por la Inspección de Obra y el Representante Técnico de la Contratista.También en dicha oportunidad se suscribirán los libros de órdenes de servicios y comunicaciones (o notas de pedidos) y el inventario de los bienes e instalaciones existentes en las áreas en que se intervendrá.El contratista deberá proveer dentro de los quince (15) días corridos de iniciada la obra, las muestras que exija el pliego y los planos de taller y montaje.b) Errores de replanteo: El Contratista es responsable del replanteo de las obras en los términos establecidos en la cláusula 47 del PCG, debiendo corregirlo si a juicio del Comitente fuera posible. En caso contrario será demolido y/o retirado de la obra y reconstruido en el momento en que se advierta el error, cualquiera sea el estado de la obra.c) Documentación en obra: Es obligación del Contratista tener permanentemente en obra y en perfecto estado, un ejemplar completo de la documentación de contrato firmada por el Representante Técnico de la Empresa y el Consejo, al que se irán agregando los complementos que correspondan.d) Errores en la documentación suministrada por el Comitente: El Contratista deberá advertir los errores u omisiones de la documentación técnica, y tendrá la obligación de señalarlo a la Inspección de Obra, con la antelación necesaria, para que sean corregidos si correspondiera. Si el Contratista no los señalara oportunamente, serán a su cargo los trabajos que fuera necesario ejecutar, para corregir las fallas y esos trabajos no podrán justificar ampliaciones de plazo.El Contratista será responsable por cualquier tipo de vicio o ruina en la obra o cualquiera de sus partes, causado por error u omisión en planos y demás documentación técnica o cálculos entregados por la Inspección de Obra respecto de los cuales el Contratista no hubiere informado de acuerdo con lo prescripto en el artículo presente.e) Responsabilidad del Contratista sobre planos conforme a obra: El Contratista será responsable frente al Comitente por cualquier daño, defecto, vicio o ruina que sufra la obra, causado por cualquier error u omisión en la documentación técnica a su cargo o por cualquier desviación u omisión con respecto a la documentación del proyecto.La responsabilidad del Contratista no cesa ni se atenúa ni se entenderá que se comparte con el Comitente ni con la Inspección de Obra, por el hecho de que esta última haya ejercido su facultad de aprobar, observar o rechazar, ni tampoco porque haya omitido hacerlo.f) Otorgamiento de permisos y trámites: El Contratista confeccionará toda la documentación requerida por las autoridades y/o empresas prestadoras de servicios públicos, ya sea con carácter previo y/o durante la ejecución de las obras y para su habilitación y conexión de servicios.Todas las tareas y trámites a realizar para el cumplimiento de lo mencionado precedentemente serán hechos por el Contratista a su costa, y no interrumpirán ni suspenderán los plazos de la obra excepto que las demoras no sean imputables al contratista.g) Responsabilidad por infracciones a las leyes: El Contratista y su personal deberán cumplir estrictamente las leyes, ordenanzas, decretos, reglamentos y disposiciones vigentes en el lugar de ejecución de las obras que puedan afectar de cualquier manera a las personas empleadas en ella, a los equipos o materiales utilizados en su ejecución y a la forma de llevarla a cabo, no pudiendo alegar desconocimiento de las mismas.Será por cuenta del Contratista el pago de las multas y el resarcimiento de los daños y perjuicios si él, sus subcontratistas y/o proveedores así como el personal de ellos dependientes, cometieran cualquier infracción a dichas disposiciones, ordenanzas o reglamentos.h) Responsabilidad como Constructor: El Contratista asumirá el carácter de constructor de la obra, con todas las obligaciones, responsabilidades y derechos que tal condición implica. El Contratista será responsable ante el Comitente y los terceros por la correcta realización de la obra en un todo de acuerdo con la documentación contractual. El Contratista asume la total responsabilidad por la ejecución de la Obra, no pudiendo excusar sus defectos o incumplimientos ni entenderse que su responsabilidad es compartida, por el hecho que la Inspección de Obra haya aprobado u observado y/o dado instrucciones respecto de la documentación técnica o los trabajos. El Contratista mantendrá indemne e indemnizará plenamente al Comitente y a la Inspección de Obra por los reclamos, demandas y daños y perjuicios que estos últimos sufrieron por razón de o con motivo de la realización de la obra por el Contratista, sus empleados, proveedores o Subcontratistas.i) Letreros: No se podrá colocar en la obra ningún letrero sin la previa conformidad de la Inspección de Obra. Respecto al letrero especificado en el PET, la Inspección de Obras decidirá sobre su texto, ubicación y diseño, que se ajustarán a las restantes especificaciones del PET.j) Limpieza: Conforme al cláusula 63 del PCG a la terminación de la obra, esta deberá entregarse perfectamente limpia en todas sus partes, sin excepciones, comprendiendo revestimientos, vidrios, artefactos, equipos, broncerías, pisos y toda otra parte componente de las obras. La limpieza final se ejecutará para cada parte componente con los elementos y medios idóneos según sea el caso.k) Vigilancia de la obra: Según lo establecido por el cláusula 59 del PCG.24. CUMPLIMIENTO DE REGIMENES LEGALES Teniendo en cuenta las cláusulas 71 y 74 del PCG el contratista deberá presentar ante la Inspección de Obras, con un mínimo de cuarenta y ocho (48) horas de antelación al inicio de las obras, constancias originales que acrediten el cumplimiento de las siguientes obligaciones:a) Memoria descriptiva de las tareas a realizar.b) Presentación del Programa de Seguridad e Higiene a implementar (Plan de Contingencia) según los trabajos a realizar, aprobado por la ART que corresponda y conforme el Decreto 911/96, Res. SRT 231/96 - 51/97 y sus modificatorios.c) Nombre y matrícula del responsable de seguridad de la empresa adjudicataria.d) Contrato de cobertura con la ART vigente, con cláusula de "NO" repetición que accione a favor del Consejo de la Magistratura.e) Presentación del listado de personal que intervenga en la obra, con certificado de cobertura del personal emitido por la ART, identificando la obra para el cual fue emitido.f) Constancias de capacitación del personal y registro de entrega de elementos de protección personal para los trabajadores afectados a la obra.g) Presentación del aviso de inicio de obra correspondiente.h) Presentación y rúbrica de la ART correspondiente con fecha actualizada.i) El subcontratista que intervenga en la obra deberá cumplimentar en tiempo y forma estipulados la documentación indicada en los ítem a, b y e exclusivamente de la presente cláusula.25. TRÁMITESCumplimentando lo indicado en la cláusula 37 del PCG el contratista deberá efectuar los trámites necesarios para solicitar el correspondiente "aviso de obra o permiso de obra”, según correspondiere y todo otro que imponga la normativa vigente.26. PLAN DE TRABAJO DEFINITIVO Si el Consejo solicitara ajustes al Plan de Trabajo y Curva de Inversión, con anterioridad a la firma de la Contrata, el inspector de obra actuará conforme lo señalado en el último párrafo de la cláusula 22 del presente pliego.En el caso que el Consejo no hubiera optado por ejercer la facultad que se reserva en la cláusula que se cita precedentemente y el Inspector de Obra observara, suscripta la Contrata, el Plan de Trabajo y la Curva de Inversión presentados, el Contratista deberá proceder al ajuste de los mismos dentro de los dos días subsiguientes de producida dicha observación.27. PROFESIONAL RESPONSABLE Y REPRESENTANTE DE OBRAComplementando lo indicado en la cláusula 40 del PCG, el Contratista deberá tener en la obra un Responsable directo, Técnico o Profesional, capaz de dirigir los trabajos y de realizar el correcto seguimiento de éstos.Este será el responsable de los términos que establezca la documentación contractual, de la perfecta ejecución de los trabajos en lo que al Contratista se refiere. Será, además, el encargado de suministrar todos los datos que estén establecidos en los pliegos de la contratación y todos aquellos que le sean requeridos para la mejor marcha de las tareas.Deberá concurrir a diario al lugar en que se realice la obra así como a todos los actos de replanteo y mediciones para la certificación, los cuales se considerarán implícitamente aceptados por el Contratista si el Profesional Responsable no concurriese.Las citaciones al Profesional responsable se harán con un (1) día hábil de anticipación, mediante Orden de Servicio. La negligencia demostrada en la ejecución de los trabajos, el incumplimiento de las resoluciones pertinentes, o la incomparecencia reiterada a las citaciones que se le formulen, podrá dar lugar a solicitar al contratista, la remoción del Profesional Responsable.En caso de producirse la remoción del Profesional Responsable, por decisión del Contratista o a solicitud del Consejo, el Contratista deberá proponer su reemplazante dentro del plazo de dos (2) días corridos de producida la vacante. La Inspección de Obra podrá aceptar o rechazar al Profesional propuesto. En el último caso, el Contratista, deberá proponer otro.El Contratista tendrá en forma permanente en obra un representante cuyas funciones, facultades y obligaciones serán las que determina el PCG. Toda justificación de inasistencia del Representante o del Contratista en la Obra deberá hacerse por escrito ante la Inspección de Obra, la que podrá aceptar o rechazar las causales, mediante su asiento en el Libro de Ordenes de Servicio. En ausencia de aquel, quedará siempre en obra un técnico capacitado para reemplazarlo en las funciones que le competen, de su mismo nivel en forma de que no resienta la marcha en la obra. En ningún caso dicho sustituto podrá observar órdenes impartidas por la Inspección, todo lo cual será exclusivo del Contratista o de su Representante en Obra.Toda ausencia del Contratista o su Representante que no obedezca a razones justificadas a juicio de la Inspección dará motivo a la aplicación de una multa igual al incumplimiento de una Orden de Servicio. 28. LIBRO DE NOTAS DE PEDIDOEl contratista proveerá un libro foliado por hojas por triplicados a los efectos indicados en la Cláusula 41 del PCG.29. LIBRO DE ÓRDENES DE SERVICIO La cláusula 42 del PCG se complementa con lo que se detalla a continuación: El Libro de Ordenes de Servicio tendrá hojas numeradas por triplicado. En este libro se redactarán las Ordenes de Servicio impartidas por la Inspección de Obra, que serán firmadas por el Inspector de Obra y por el Profesional Responsable de la Empresa como constancia de haber tomado conocimiento. También se anotarán en el Libro, los resultados de los ensayos de materiales que se efectúen, como toda otra novedad que se registre durante la marcha de las obras.La Inspección de Obras la llevará a cabo un profesional designado por la Dirección General de Infraestructura y Obras del Consejo, quien emitirá las Ordenes de Servicio.En lo concerniente a Seguridad e Higiene en el Trabajo (SHT) e Informática y Tecnología, el Inspector de Obra dará a conocer a la Empresa los responsables de dicha área mediante Orden de Servicio, estos tendrán la responsabilidad de hacer cumplir la parte del contrato de su especialidad. Así mismo se aclara que, por si solos no podrán utilizar el único Libro de Ordenes de Servicio, sino que todo escrito emitido y firmado estará suscripto por el Inspector de Obra, ya que sin su firma carece de validez.30. LIBRO DE PARTES DIARIOSEl Contratista anotará en el Libro de Partes Diarios, los trabajos realizados en forma diaria, el detalle de todo el personal afectado a las tareas, ubicación de los trabajos, estado del tiempo, etcétera, y toda otra novedad que no deba ser indicada expresamente en los libros restantes. El libro deberá tener hojas numeradas por triplicado.31. OFICINAS DE INSPECCIÓN Y OBRADORComplementando lo estipulado en la cláusula 44 del PCG el contratista dispondrá en el edificio de una oficina para uso exclusivo de la Inspección de Obra, la que deberá ser equipada con los siguientes elementos:1. un (1) escritorio con cuatro (4) cajones y sus respectivas cerraduras.2. un (1) plano de trabajo, mesa o tapa y caballete de un mínimo de 2,5 m por 1 m.3. una (1) mesa para computadora.4. un (1) sillón giratorio con apoyabrazos y base de cinco (5) ruedas.5. cuatro (4) sillas con base de cinco (5) ruedas, ídem modelo sillón.6. un (1) armario de buena capacidad, con dos puertas corredizas, con cerradura, alto 0,90 m, largo mínimo 1,40 m., revestido en laminado plástico, misma línea que el escritorio.7. Vajilla mínima y accesorios para cuatro (4) personas para café, vasos, cafetera eléctrica, jarra térmica, etcétera.8. una (1) dispensadora de agua fría y caliente y la provisión de bidones.9. una (1) computadora de última generación para diseño asistido con: microprocesador, AMD Phenom II X4 955 o superior con frecuencia de reloj no menor a 3,2 GHZ; o Intel Core i3-2100 o superior con frecuencia de reloj no menor a 3,1 GHZ o equivalente con su correspondiente cooler; matherboard, compatible con el procesador utilizado. Capacidad de utilizar memorias en doble canal. Controlador de audio integrado con conectores de entrada para auxiliar y micrófono, y salida de audio a parlantes. Una (1) ranura PCI Xpress. Una (1) ranura PCI Xpress X16. Una (1) PCI como mínimo. Cuatro (4) puertos SATA como mínimo. Cuatro (4) o más puertos USB 2.0 en el panel trasero. Dos (2) puertos USB 2.0 internos como mínimo para conectar los puertos del gabinete. Puerto PS2 integrado. Placa de red 10/100 Mbps Fast Ethernet integrada con capacidad de booteo remoto PXE, con puerto RJ45. Cables y conectores incluidos: Conectores de audio, conectores USB, Conectores para ventilador de CPU y chasis, cable SATA y cable de alimentación; placa de video VGA: no onboard. PCI Xpress con 256 MB de memoria como mínimo DDR III o superior con puerto VGA; Memoria: dos (2) bancos instalados de memoria de 2048 MB DDR III o superior, deben funcionar a la máxima velocidad posible dada la combinación del microprocesador y la motherboard instalado. Funcionando en doble canal. Con garantía de por vida; Disco Rígido: un (1) disco rígido compatible SATA II o superior, 7200 rpm como mínimo, capacidad de almacenamiento de 500 GB o superior, 16 MB de memoria cache; Gabinete: ATX con Fuente de alimentación de 400 W como mínimo, con dos (2) ranuras para dispositivos de 3 ½ y tres (3) ranuras para dispositivos de 5 ¼ , con conectores USB y de audio en el frente, con cuatro (4) ventiladores de gabinete como mínimo; Teclado: idioma español, 101 teclas. Mouse: Óptico dos botones, con rueda de Scroll. Lectograbadora de DVD interna: formato media altura. Interface IDE. Velocidad mínima de lectura 32x (CD)/ 12x (DVD). Velocidad mínima de escritura 24x (CD)/4x (DVD-R) / 3x (DVD-RAM). Compatible con Plug and Play. Parlantes potenciados.La computadora deberá ser entregada armada y testeada bajo la última versión de Windows 7 y la última versión de la distribución Ubuntu de Linux (disponible en: www.ubuntu-linux.org). Las motherboards deberán entregarse con la última versión de bios disponible instalada.Deben tener instalados S.O. Windows 7, suite completa de Office XP y Autocad última versión disponible y contar con un dispositivo de almacenamiento portátil de 4 GB como mínimo y conexión a Internet por el plazo que demande la obra. Deberá también, proveerse una impresora color multifunción.10. un (1) equipo de comunicaciones del tipo Nextel - Línea / Radio sin límites, con un plan de 400 minutos de llamados libres mensuales, vigente desde el inicio de las obras y hasta dos (2) meses después de la Recepción Provisoria.La oficina junto con el mobiliario deberá estar instalada en la primera semana de obra. Todos los elementos deberán encontrarse en perfecto estado de conservación y funcionamiento. En caso de incumplimiento será pasible de las multas que se establezcan en el presente pliego.En caso de que la Contratista necesitara, por razones de las tareas de obra, reubicar esta oficina en algún otro sector del edificio, deberá, previa consulta con dicha Inspección, encargarse del traslado y reinstalación correspondiente.Asimismo la Contratista podrá utilizar, si así lo requiere, dependencias de los pisos a intervenir que cuentan con servicios sanitarios, para ubicar su obrador, vestuario de personal y depósito de materiales y herramientas, todo ello previa aprobación fehaciente de la Inspección de Obra.Todo el equipamiento y las instalaciones provistas por el contratista, enumeradas en este inciso, se reconocen como de su propiedad y le serán devueltas una vez finalizadas la totalidad de las obras con objeto de la presente contratación.32. CARTEL DE OBRA Complementado lo indicado en la Cláusula 57 del PCG y en la Cláusula 23 inciso i del presente Pliego, se ejecutará un Cartel de Obra, que se instalará conforme las reglamentaciones vigentes.33. VIGILANCIA DE LA OBRA Conforme lo indicado en la Cláusula 59 del PCG, el contratista deberá mantener vigilancia nocturna en todos los sectores de la obra. Antes de disponerse el inicio de la obra, el contratista coordinará el horario y la autorización de ingreso del personal con el Consejo.Se deja constancia que el edificio se encuentra en garantía hasta el otorgamiento de la recepción definitiva de la obra realizada por la empresa EMACO S.A., razón por la cuál, la adjudicataria deberá mantener en el mismo estado en que se encuentra las obras ejecutadas en el edificio34. ENERGÍA ELÉCTRICA Conforme lo indicado en la Cláusula 60 del PCG, las instalaciones y conexiones que deban ejecutarse para obtener el servicio de energía eléctrica para la Obra estarán a cargo del contratista.35. ALUMBRADO Conforme lo indicado en la Cláusula 61 del PCG, el consumo de energía eléctrica de esta obra estará a cargo de la contratista.36. CERRAMIENTO Deberá ser realizado conforme lo indicado en la Cláusula 62 del PCG.37. PERSONAL. SALARIOSEl Contratista deberá abonar en término los salarios de todo el personal que emplee, en forma directa o indirecta, para la ejecución de la obra y dará estricto cumplimiento a las disposiciones sobre la legislación del trabajo vigente, y lo normado en la Cláusula 71 del PCG.El Contratista será el único responsable ante el Consejo por el pago del personal que hubiere trabajado para la ejecución de la obra sin excepción alguna. Además, responderá por los daños y perjuicios en los casos de posibles reclamos judiciales o extrajudiciales que el incumplimiento de lo anterior ocasionase al Consejo.El Contratista será el responsable de cualquier accidente que ocurra al personal que emplee para la obra, correspondiéndole en consecuencia el cumplimiento de las obligaciones que establece la legislación pertinente.38. HORARIO DE TRABAJO En el Acta de Iniciación de los trabajos se dejará constancia del horario en que el Contratista desarrollará sus tareas, conforme lo establecido en el PET. Sí deseare modificar el horario establecido, deberá solicitarlo por intermedio del Libro de Ordenes de Servicio exponiendo las razones y demás argumentos que crea conveniente.39. RESPONSABILIDAD DEL CONTRATISTA Complementando lo indicado en la cláusula 75 del PCG el Contratista deberá contratar además por su cuenta y cargo los seguros que se establecen a continuación:39.1. Laborales: Los exigidos por las leyes laborales vigentes para proteger al personal con relación de dependencia propia y asignado por la Dirección General de Infraestructura y Obras y/o por la Inspección de Obra (dotación de 5 agentes), de acuerdo a lo estipulado en las cláusulas 71, 74 y 75 del PCG.39.2. Responsabilidad Civil: Por daños a terceros y sus pertenencias, por hechos ocurridos como consecuencia de la ejecución de los trabajos contratados, no inferior a PESOS SEISCIENTOS MIL ($ 600.000.).39.3. Robo y Hurto: Debe comprender la totalidad de las instalaciones y los elementos en el edificio en el que se ejecutará la obra objeto de esta Licitación por un monto mínimo de PESOS CUATROCIENTOS MIL ($ 400.000).39.4. Seguro de Obra: Antes de iniciar la ejecución del contrato, el Contratista deberá asegurar la Obra y todos los trabajos, materiales y equipos destinados a ser incorporados a la misma con motivo de la ejecución del contrato. Este seguro deberá cubrir toda pérdida o daño total o parcial de edificios, instalaciones, equipamientos y elementos afectados al servicio, etcétera y en forma tal que el Consejo quede cubierto durante el período de construcción de la Obra y hasta la Recepción provisoria de la Obra. El Seguro de Obra deberá ser contratado por el Contratista en forma tal que permita ampliaciones a partir del momento en que el Consejo lo disponga y por el período, ítem y valores deducibles.39.5. Los seguros establecerán específicamente que la cobertura otorgada permanecerá vigente durante todo el período de construcción y hasta la recepción provisoria de la obra.En lo que se refiere a los bienes asegurados por dichos seguros, la cobertura debe comenzar en el momento de la llegada de dichos bienes al área de la Obra o al comenzar cualquier trabajo relacionado con la misma, excluyendo pérdidas o daños que ocurran con anterioridad a la fecha de comienzo de la vigencia del seguro o de la ampliación pactada para cubrir determinados bienes.En caso de que el monto de los seguros contratados no alcanzare a cubrir los daños provocados, las diferencias resultantes deberán ser cubiertas exclusivamente por el Contratista. De igual manera, en caso de insolvencia o quiebra de la aseguradora, el Contratista deberá afrontar por su exclusiva cuenta y cargo todos los daños en cuestión, debiendo dejar liberado al Consejo de cualquier responsabilidad al respecto.Si el Contratista dejase de contratar y mantener en vigor los seguros especificados en el PCP, el Consejo podrá en tales casos - al margen de cualquier otro derecho o recurso que pudiera ejercer - contratar y mantener en vigor dichos seguros y pagar las primas necesarias que fueran debitadas por el Contratista. El Consejo deducirá las primas así desembolsadas del primer certificado presentado por el Contratista.Las pólizas deberán establecer expresamente que los aseguradores no podrán suspender la cobertura en razón de premios no pagados por el Contratista, sin dar preavisos por escrito al Consejo de su intención de suspender la cobertura, con al menos quince (15) días de anticipación.Dado que estos seguros cubren riesgos o responsabilidades respecto a los cuales el Contratista es responsable de acuerdo con estos documentos contractuales, será obligación del Contratista notificar a los aseguradores sobre cualquier cuestión o evento que requiera dicha notificación de acuerdo con las cláusulas aplicables de las pólizas correspondientes. El Contratista será responsable por todas las pérdidas, reclamaciones, demandas, acciones judiciales, costas, costos y gastos de cualquier índole originados o resultantes de cualquier incumplimiento de dichos requerimientos.Correrán por cuenta del Contratista los intereses y costos por pago fuera de término y las consecuencias económicas y contractuales por la no vigencia de las Pólizas de Seguro.El Consejo podrá suspender los trabajos por falta de cobertura, no siendo ello causa de prórroga del programa de trabajo.En caso de que el plazo real de ejecución del contrato supere el plazo contractual original más las eventuales ampliaciones de plazo concedidas por el Consejo, los costos de los seguros por todo dicho tiempo excedente serán de exclusiva cuenta y cargo del Contratista.Los seguros serán contratados por el término del plazo de obra y sus prórrogas, con una aseguradora a satisfacción del Consejo, e incluirá a éste como beneficiario de los mismos y considerándolo como tercero afectado en los apartados 2, 3 y 4.40. REGISTRO FOTOGRÁFICOEl Contratista deberá llevar en obra un registro fotográfico de todas las secuencias de los trabajos, que a juicio de la Inspección de Obra resulten significativos. Para tal fin se buscarán en las obras los lugares de toma fotográfica que mejor demuestren el tenor de la intervención y serán los mismos para repetir las secuencias de avance en un todo de acuerdo con lo que requiera la inspección de obra.41. ASUNCIÓN DEL CASO FORTUITOEl Contratista asume los riegos y eventuales daños que pudieren derivar de la existencia de un caso fortuito o de fuerza mayor conforme al artículo 513º del Código Civil. En consecuencia, deberá afrontar frente al Consejo la indemnización pertinente.42. SANCIONESEl Consejo a través de la Inspección de Obra, podrá imponer al Contratista y/o Profesional Responsable y/o su Representante en Obra, en caso de incumplimiento de las condiciones contractuales, las siguientes penalidades:42.1. Al Contratista:42.1.1.Multas:42.1.1.1 Cuando las obras contratadas no se terminaran dentro del plazo estipulado en el pliego por causas no justificadas a juicio de la Dirección de Obras, la Contratista se hará pasible de una multa diaria que será del 1 0/00 (uno por mil) del monto de contrato.42.1.1.2. Incumplimiento de Ordenes de Servicio Toda orden de servicio, emitida por la Inspección, deberá ser firmada por el Contratista o su representante técnico en obra. En caso que el contratista no cumpla con dicha orden dentro del plazo estipulado para su ejecución, se reiterará la misma. Dicha reiteración implicara la aplicación de una multa de 0,125 0/00 (cero coma ciento veinticinco por mil) del monto del contrato. En caso de observar la orden y firmar en disconformidad podrá presentar su descargo dentro de las setenta y dos (72) horas. Esta será evaluada por la inspección de obra y en última instancia por la Dirección de Obras de la Dirección General de Infraestructura y Obras.El monto de las multas surgirá de la suma de las multas aplicadas por atraso de obra o por incumplimiento de órdenes de servicio, dentro de los límites estipulados en la Cláusula 78 del PCG.42.1.2. Descuentos por trabajos mal ejecutados: En los casos en que se compruebe la deficiencia en cualquier lugar de la obra de los materiales exigidos, resistencia, espesores o calidades. Este descuento es de carácter penal y no será necesariamente proporcional al valor económico del material o elemento ausente sino al de la disminución de la calidad de resistencia o durabilidad que ese hecho sea susceptible de producir. Su aplicación estará regulada por lo que establezcan las respectivas especificaciones técnicas y sus complementarias.42.1.3. Reconstrucción de las obras:42.1.3.1 Cuando se compruebe fehacientemente que el Contratista ha realizado actos dolosos con el objeto de beneficiarse ilícitamente, como por ejemplo: empleo de materiales prohibidos, elaboración de mezclas sin debidas proporciones, empleo de materiales que no cumplan con lo especificado, etcétera.42.1.3.2. Cuando las instalaciones ejecutadas no respondan a las condiciones establecidas en las correspondientes especificaciones técnicas.42.1.4. Solicitud de suspensión al Registro Nacional de Obras Públicas:42.1.4.1. En caso de resolución del contrato por culpa del Contratista.42.1.4.2. Cuando cualquier obra constituida adolezca de defectos o vicios imputables al mismo y el Contratista no se allane a cumplir las resoluciones del Consejo.42.1.4.3. Cuando reiteradamente viole las estipulaciones del contrato.42.1.4.4. Cuando carezca de aptitudes técnicas para la ejecución de los trabajos encomendados.42.2. Al Profesional Responsable y/o Representante en Obra:42.2.1. Llamado de atención: 42.2.1.1. Por no concurrir a citación debidamente efectuada, 42.2.1.2. Por desobediencia en ejecutar trabajos no autorizados sujetos a inspección, 42.2.2. Apercibimiento: Cuando se produzca un segundo motivo para llamado de atención se aplicará apercibimiento. 42.2.3. Suspensión: 42.2.3.1. Al cumplirse dos apercibimientos corresponderá suspensión automática de un (1) mes.42.2.3.2. La reiteración de éstos hechos que puedan comprometer la calidad de las obras contratadas, corresponderá una suspensión por seis (6) meses.42.2.4. Sustitución.:42.2.4.1. Cuando por reiteración de hechos punibles se haga pasible de nueva suspensión, habiendo sido antes suspendido dos (2) veces.42.2.4.2. Por faltas graves o comprobación de dolo.42.3.MULTAS 42.3.1. Incumplimiento de plazos de obra. Si las obras contratadas no se terminaran dentro del plazo estipulado en el pliego por causas no justificadas a juicio de la Dirección de Obra, la Contratista se hará pasible de una multa diaria que será del 0,5 0/00 ( cero coma cinco por mil) del monto de contrato.42.3.2. Incumplimiento de Órdenes de Servicio Toda orden de servicio, emitida por la Inspección, deberá ser firmada por el Contratista o su representante técnico en obra. En caso que el contratista no cumpla con dicha orden dentro del plazo estipulado para su ejecución, se reiterará la misma. Dicha reiteración implicara la aplicación de una multa de 0,125 0/00 (cero coma ciento veinticinco por mil) del monto del contrato. En caso de observar la orden y firmar en disconformidad podrá presentar su descargo dentro de las setenta y dos (72) horas. Esta será evaluada por la inspección de obra y en última instancia por la Dirección de Obras de la Dirección General de Infraestructura y Obras.El monto de las multas surgirá de la suma de las multas aplicadas por atraso de obra o por incumplimiento de órdenes de servicio, dentro de los limites estipulados en la Cláusula 78 del PCG.43. CERTIFICACIÓNLa certificación se hará de acuerdo a lo estipulado en la cláusula 88 del PCG. La medición estará a cargo de la Inspección de Obra y el Contratista. El Contratista preparará de acuerdo a sus resultados, el certificado mensual de avance de obra, según el formulario aprobado por la Inspección de Obra, en el que se liquidarán los trabajos de acuerdo al Cómputo y Presupuestos aprobados.El primer certificado comprenderá los trabajos realizados entre la fecha del acta de inicio y el último día del mes. Los siguientes comprenderán los trabajos realizados en el mes completo.Cada certificado de avance de obra deberá ser acumulativo, es decir, que comprenderá la totalidad de los trabajos ejecutados desde el comienzo de la obra hasta la fecha de la última medición, y su valor parcial estará dado por su excedente sobre el total del certificado anterior. Aún en caso de disconformidad del Contratista con el resultado de las mediciones, el certificado se deberá confeccionar con el criterio sustentado por la Inspección de Obra, haciéndose posteriormente, si correspondiera, la rectificación pertinente o difiriendo para la liquidación final el ajuste de las diferencias sobre las que no hubiera acuerdo.Los certificados constituirán en todos los casos, documentos provisionales para el pago a cuenta, sujetos a posteriores rectificaciones, hasta tanto se produzca la medición y liquidación final y ésta sea aprobada por la autoridad competente del Consejo, al momento de la Recepción Definitiva.El Contratista deberá elevar a la Dirección General de Infraestructura y Obras del Consejo de la Magistratura, dentro de los primeros cinco (5) días del mes siguiente al que correspondan los trabajos, el certificado por él confeccionado, para su conformidad, posterior aprobación o no, y pago del mismo.El pago de los certificados y descuentos de fondos de reparo se harán de conformidad con lo indicado en la cláusula 88 del PCG.44. RECEPCIÓN PROVISORIACuando se encuentren concluidos todos los trabajos se labrará el Acta de Recepción Provisoria. Esta acta será refrendada por los señores titulares de Dirección General de Infraestructura y Obras y de la Dirección de Obras, la Inspección de Obra y el contratista o su Representante Técnico. Estos últimos serán notificados por orden de servicio o invitados a tal fin por escrito y mediante cualquier medio hábil, con antelación de tres (3) días, y si a pesar de ello estuviesen ausentes o se negasen a suscribir el acta, la Inspección de Obra la formulará igualmente con el concurso de autoridades locales o testigos requeridos al efecto, dejando constancia de la ausencia o negativa del contratista o sus representantes. Cumplido el plazo de garantía previsto en el PCP se realizará el Acta de Recepción Definitiva.Documentación para la recepción provisional:Cuando los trabajos han sido terminados el Contratista presentará una nota a la Inspección de Obra indicando:1. Que los Documentos del Contrato han sido revisados.2. Que los trabajos han sido inspeccionados siguiendo los Documentos del Contrato.3. Que los trabajos han sido ejecutados de acuerdo con los Documentos del Contrato.4. Que los trabajos se encuentran terminados y listos para la verificación final.Además deberá hacer entregar de la documentación conforme a obra de instalaciones, arquitectura y estructura, asimismo las habilitaciones correspondientes de todas las instalaciones intervinientes de la obra, ascensores, incendio, etcétera.Si la Inspección de Obra considera que los trabajos están incompletos o defectuosos, procederá a notificar al contratista por escrito la lista de trabajos que se consideran incompletos o defectuosos.El contratista iniciará acciones inmediatas para subsanar o corregir las observaciones efectuadas y remitirá una segunda nota a la Inspección de Obra indicando que los trabajos han concluido.La Inspección de Obra verificará que se encuentran cumplidas las observaciones de la Recepción Provisoria.El contratista será responsable por las verificaciones adicionales que resulten necesarias.Las Actas que se formalicen por Recepciones Provisionales de obras que se encuentren terminadas de acuerdo al contrato, serán suscriptas por la Dirección de Obras de la Dirección General de Infraestructura y Obras.45. RECEPCIÓN DEFINITIVA.Complementando la Cláusula 87 del PCG, se establece lo siguiente:Dentro de los quince (15) días previos a la expedición del Acta de Recepción Definitiva, el contratista entregará a la Inspección de Obra un Documento de Solicitud de Recepción Definitiva donde consten los prerrequisitos para la Recepción Definitiva de los trabajos.Cuando los trabajos correctivos han sido terminados, el Contratista presentará una nota a la Inspección de Obra indicando:1. Que los Documentos del Contrato han sido revisados.2. Que los trabajos han sido inspeccionados siguiendo los Documentos del Contrato.3. Que los trabajos han sido ejecutados de acuerdo con los Documentos del Contrato.4. Que los trabajos se encuentran terminados.5. Que toda la documentación requerida ha sido entregada.Además deberá hacer entrega de la constancia del certificado final de obra, expedido por el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en caso de corresponder.La Inspección de Obra procederá a realizar la verificación del estado de las obras con diligencia luego de recibida la nota y dentro del plazo de diez (10) días.Si la Inspección de Obra considera que los trabajos indicados en las observaciones de la Recepción Provisoria están incompletos o defectuosos procederá a notificar al contratista por escrito la lista de trabajos que se consideran incompletos o defectuosos.El contratista iniciará acciones inmediatas para subsanar o corregir las observaciones efectuadas y remitirá una segunda nota a la Inspección de Obra indicando que los trabajos han concluido.La Inspección de Obra verificará que los trabajos se encuentran aptos para la Recepción Definitiva.El contratista será responsable por las verificaciones adicionales que resulten necesarias.Al mismo tiempo, el contratista presentará para su aprobación los Certificados de Liquidación Final de las Obras, lo cual será condición previa para la devolución de los Depósitos de Garantía.El Acta de Recepción Definitiva será suscripta por el Director de Obras y el Director General de Infraestructura y Obras del Consejo.46. DESOCUPACIÓN DEL INMUEBLECuando se suscitaren divergencias de cualquier índole que a juicio del Comitente impidiesen la continuación de la obra, aunque no se halla producido la rescisión del contrato, el Comitente podrá intimar la desocupación de los sectores del inmueble ocupados por el Contratista, bajo apercibimiento de tomar posesión inmediata de la obra en el estado en que se encuentre, a cuyo efecto se hará inventario y avalúo de los trabajos, materiales y equipos.47. MEDIDAS DE PREVENCIÓN DE UN EVENTUAL INCENDIOEl Contratista deberá extremar las medidas de precaución para evitar incendio en las obras durante el período de ejecución, debiendo a tal fin disponer de los elementos apropiados, según la naturaleza de las obras o trabajos.Será responsabilidad del Contratista y por su exclusiva cuenta tanto los perjuicios ocasionados a la obra, como los que pudieran ocasionarse al Consejo o a terceros en caso de incendio.48. PLAZO DE GARANTÍAComplementando la cláusula 86 del PCG, se establece un plazo de garantía de doce (12) meses.49. INVENTARIOEn caso que se produjera la rescisión prevista según la cláusula 78 del PCG, se realizará el correspondiente avalúo e inventario.50. REDETERMINACIÓN DE PRECIOSSerá de aplicación al presente proceso licitatorio el la ley 2809 y su decreto reglamentario 1312/08, sus modificatorias y la Resolución 4271/GCABA/08.El porcentaje abonado en concepto de anticipo financiero no estará sujeto –proporcionalmente a ca da ítem- a redeterminación de precios a partir de la fecha del efectivo pago del mismo. (Conforme el artículo 3º de la reglamentación de la ley 2809, aprobada por decreto Nº 1312/08).Conforme con la metodología prevista en la normativa precitada (artículo 9 Ley 2809, 7 y 8 del Decreto 1312/08), la estructura presupuestaria y metodología de análisis de precios establecidos en las cláusulas 14.20 y 14.22 del presente pliego, será de aplicación la estructura de ponderación que se representa en el cuadro siguiente:

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

DireESTRUCTURA DE PONDERACION RUBROS PRINCIPALES –

LEY 2809 Y DECRETOS REGLAMENTARIOS

RUBRO

INCIDENCIA

CODIGO

Artefactos de iluminación y cableado

0,2950

Cuadro 1.5 - Inciso g - Ítem Instalaciones Eléctricas

Mano de Obra asalariada

0,2820

Capitulo Mano de Obra

Gastos generales

0,1800

Cuadro 1.4 - Inciso p - Capítulo Gastos Generales

Maderas aglomeradas

0,1620

IPIB - Código 31430-1 – Clasificación 2021

Productos básicos de aluminio

0,0810

IPIB - Código 41530-1 – Clasificación 2720

1,0000

Fuente: INDEC INFORMA - Anexo - Información para la actualización de los precios de contratos de obra pública

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

OBRA HIPÓLITO YRIGOYEN 932 - 2º Etapa

 

Anexo I

INDICADORES ECONOMICOS - FINANCIEROS - PATRIMONIALES

Indicadores básicos

Relación de cálculo

Exigencia

1 LIQUIDEZ CORRIENTE

activo - corriente

pasivo - corriente

? 1.2

2 SOLVENCIA

total - activo

total - pasivo

 

? 1.3

3 PRUEBA ACIDA

act . cte - bienes . cbio

pasivo . corriente

 

? 0.8

4 IMPORTANCIA DEL

PASIVO EXIGIBLE

Pasivo corriente

Activo total

? 0.5

5 CAPITAL DE TRABAJO

ultimo . act . cte - pas . cte . ejerc

Superior al mes de mayor certificación de la la curva de inversión presentada por el ofoferente.

NOTAS

1 - A los efectos de la confección de los indicadores económicos-financieros y de magnitud empresaria (formulario Anexo I) se tomará en cuenta los valores que surgen del último estado contable anual (cerrado) de la empresa, certificado por contador público.- No se admitirán balances de corte.-

2 - El incumplimiento de cualquiera de los indicadores (Anexo I) descalificará a la empresa oferente.-

3 - En el caso de UTE la socia principal deberá cumplir con el 100 % de las pautas indicadas en el presente Anexo.-

 

 

 

 

 

 

 

OBRA HIPÓLITO YRIGOYEN 932 - 2º Etapa

FORMULARIO Nº I

Modelo de declaración jurada de la empresa referente al artICULO 14.13 del DEL P.C.p.

Declaro bajo juramento que la empresa -------------------------------------------------

( Nombre de la firma )

a) No se encuentra comprendida en algún causal de incompatibilidad para contratar con el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires o el Consejo de la Magistratura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

b) No se encuentra inhabilitada por condena judicial.

c) No se halla en situación de quiebra.

d) No se le ha rescindido ningún contrato por su culpa, con cualquier organismo de la Administración Pública Nacional, Provincial y/o Municipal, durante los últimos 5 años.

d) No es evasora ni deudora impositiva y previsional.

e) No se encuentra suspendida por decisión del Registro de Constructores de Obras Públicas.

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(Apoderado - Representante Legal)

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

OBRA HIPÓLITO YRIGOYEN 932 - 2º Etapa

FORMULARIO Nº2

Modelo de declaración jurada de CADA director, sindico, socio gerente y representante legal de la sociedad y REFERENTE AL ARTICULO 14.13 P.C.p.

Yo -------------------------------, en carácter de ---------------------------------------------

( nombre del declarante) (función en la empresa)

de la empresa ---------------------------------------------------, declaro bajo juramento que:

(nombre de la empresa)

a) No me encuentro comprendido en algún causal de incompatibilidad para contratar con el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires o el Consejo de la Magistratura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

b) No me encuentro inhabilitado por condena judicial.

c) No me encuentro en situación de quiebra.

d) No soy evasor ni deudor impositivo o previsional.

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(declarante)

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

OBRA HIPÓLITO YRIGOYEN 932 - 2º Etapa

 

FORMULARIO Nº3 - DE OFERTA ECONOMICA

(original y tres copias)

(Lugar y Fecha)

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La Firma…………………… luego de estudiar cuidadosamente los documentos del llamado, manifiesta no tener dudas sobre la interpretación de los mismos y demás condiciones, propone ejecutar todos los trabajos que en ellos se especifican para la ejecución de la obra pública en Hipólito Yrigoyen 932 – Segunda Etapa, Ciudad Autónoma de Bs. As, que comprenden la provisión de materiales, equipos, herramientas, andamios y mano de obra necesarios para la ejecución completa de la obra, de estricto acuerdo con el verdadero objeto y significado de la documentación licitatoria y con la finalidad que deberá cumplir la obra una vez terminada y puesta en funcionamiento, dentro del plazo de ciento cuarenta y cinco días (145 días) corridos, por un monto total de PESOS……………………………………………. ($..............), con impuestos incluidos

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Firma y aclaración del proponente Firma y aclaración del Representante

y/o su representante Legal Técnico propuesto

OBRA HIPÓLITO YRIGOYEN 932 - 2º Etapa

 

CERTIFICADO DE VISITA

Por la presente, se deja constancia de que el/la Sr./Sra...................................................................... en su carácter de ...................................................................... de la Empresa .................................................... ha efectuado la visita obligatoria al edificio detallado a continuación:

SEDES

FECHA

FIRMA Y ACLARACIÓN CONTACTO

Hipólito Yrigoyen 932