Licitación Privada Nº 28/2012- Expediente CM Nº DCC 288/12-0- Resolución CAFITIT Nº 73/2012

 

Buenos Aires,  2 de noviembre de 2012

 

RESOLUCIÓN CAFITIT N° 73 /2012

 

VISTO:

 

El Expediente DCC N° 288/12-0, y la Act. Nº 24838/12 s/ Contratación del servicio de telefonía celular e Internet Móvil, y

 

CONSIDERANDO:

 

 

                                    Que mediante Res. CAFITIT Nº 58/2012, la Comisión de Administración Financiera, Infraestructura y Tecnología de la Información y Telecomunicaciones, autorizó el llamado de la Licitación Pública Nº 28/2009,  de etapa única, para contratar el servicio de telefonía celular móvil e Internet móvil, con un presupuesto oficial de Pesos Seis Millones Cincuenta y Siete Mil Setecientos Noventa y Seis ($6.057.796.-) y estableció como fecha para la apertura pública de ofertas el 9 de noviembre de 2012.

 

                                    Que el 24 de octubre pasado Telecom Personal SA solicitó una prórroga de 10 días hábiles para la fecha de apertura, para poder concluir con los análisis y evaluaciones tecnológicas que le permitan efectuar la propuesta.

 

                                    Que la Dirección Compras y Contrataciones, eleva a consideración superior el pedido de marras, informando que hasta el día 25 de octubre de 2012, ninguna empresa adquirió los pliegos necesarios para participar de la licitación.

 

                                    Que el 2 de noviembre de 2012, se recibe nota de Telefónica Móviles Argentina SA, solicitando también una prórroga, por similares razones que las señaladas por Telecom Personal SA.

 

                                   Que en tal estado el expediente llega a la Comisión de Administración Financiera, Infraestructura y Tecnología de la Información y Telecomunicaciones.

 

                                    Que las empresas peticionantes son dos de las principales proveedoras del servicio objeto de la licitación, y obstaculizar su presentación podría generar la ausencia de oferentes, y el consiguiente fracaso del procedimiento.

 

                                    Que no se encuentran razones de hecho ni de derecho que impidan dar curso favorable al presente trámite, teniendo en consideración que la presentación de las firmas requirentes brindará una mayor competencia al acto, con los beneficios que ello le genera al Organismo.

 

                                    Que habiendo sido debidamente publicado el llamado que se posterga, y siendo reducido el grupo de prestadores del servicio, pueden disminuirse los plazos de anuncio de la presente, asegurando la notificación a las empresas solicitantes de la prórroga y a las invitadas.

 

Por ello, en ejercicio de las atribuciones conferidas por la Ley 31 y su modificatoria, y la Resolución CM Nº 344/2005,

 

 

LA COMISIÓN DE ADMINISTRACIÓN FINANCIERA,

INFRAESTRUCTURA Y TECNOLOGÍA DE LA INFORMACIÓN Y TELECOMUNICACIONES

RESUELVE:

 

 

Artículo 1º: Prorrogar la fecha de apertura pública de ofertas de la Licitación Pública Nº 28/2012, para la contratación del servicio de telefonía celular móvil e Internet móvil, para el día 30 de noviembre de 2012, a las 12:00 horas.

 

Artículo 2º: Instruir a la Dirección de Compras y Contrataciones a notificar a todas las empresas que hayan sido invitadas y a realizar la publicación en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, como también el anuncio en la cartelera de la Unidad Operativa de Adquisiciones.

 

Artículo 3º: Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y en el periódico que la Oficina de Administración y Financiera disponga por un (1) día, con cinco (5) días de anticipación a la fecha de apertura de ofertas, anúnciese en la cartelera de la Unidad Operativa de Adquisiciones y en la página de Internet del Poder Judicial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (www.jusbaires.gov.ar), comuníquese a la Oficina de Administración y Financiera, a la Secretaría de Innovación, a la Dirección de Programación y Administración Contable y a la Dirección de Compras y Contrataciones, oportunamente, archívese.

 

 

RESOLUCIÓN CAFITIT  N° 73 /2012

 

 

 

 

Ricardo Baldomar                       Daniel A. Fábregas              Juan Sebastián De Stéfano