Consurso Público de Proyectos Integrales (Ley Nº4481) - Expediente CM Nº CAGyMJ 133/14-0- Resolución CAGyMJ Nº 83/2014

Buenos Aires,  15 de diciembre de 2014

 

RESOLUCIÓN CAGyMJ N°      83    /2014

 

VISTO:

El Expediente CAGyMJ N° 133/14-0 s/ Convocatoria a un Concurso de Proyectos Integrales; y

 

 

CONSIDERANDO:

 

Que la ley 4481 autorizó al Consejo de la Magistratura a vender los inmuebles sitos en Beruti 3343, Hipólito Yrigoyen 932, Libertad 1042/46, Lavalle 369 y Tacuarí 138, afectando el producido de su venta a la adquisición y puesta en valor de un inmueble con una superficie de entre 40.000 y 60.000 metros cuadrados en la zona sur de la ciudad.

 

Que mediante Resolución CACyMJ N° 34/2014 (fs. 203/210), se autorizó el llamado del Concurso de Proyectos Integrales de etapa múltiple bajo la modalidad de contratación llave en mano, conforme lo previsto en los arts. 34 y 44 de la ley 2095, que tiene por objeto la adquisición y puesta en valor de un predio que será destinado a albergar las áreas jurisdiccionales del Poder Judicial de la C.A.B.A. y de una superficie de entre 40.000 y 60.000 metros cuadrados, emplazados en la zona sur de la Ciudad de Buenos Aires, de acuerdo con la autorización conferida por la Ley 4481, fijando la apertura pública de ofertas el 7 de julio de 2014.

 

Que a fs. 358 se acredita el anuncio del llamado en la página de internet del Poder Judicial de la Ciudad, se notificó por correo electrónico a la Cámara Argentina de Comercio (fs. 367), a la Unión Argentina de Proveedores del Estado (fs. 365), y se cursaron invitaciones a varias empresas del rubro (fs. 369/388).

 

Que asimismo, el llamado se publicó en el Boletín Oficial (fs. 359/360) y también en los periódicos Página 12 y La Nación (fs. 405/408).

 

Que por pedido de potenciales oferentes, la apertura de sobres de la licitación fue postergada en diversas oportunidades, a saber: Resolución CAGyMJ N° 46/2014 prorrogó la fecha de apertura para el día 18 de julio atento la petición formulada por el único oferente, RIVA SA a fs. 411 (fs. 415/416), por Res. Presidencia CAGyMJ N° 44/2014, se prorrogó para el 19 de agosto (fs. 455/456), luego por Res. Presidencia CAGyMJ N° 61/2014 se postergó hasta el 18 de septiembre de 2014  (fs. 523/524), la Resolución CAGyMJ N° 63/2014 dispuso la apertura pública de ofertas para el día 6 de octubre (fs. 563/564), y finalmente la Res. Presidencia CAGyMJ N° 82/2014 postergó la apertura hasta el 15 de octubre siempre, del 2014. 

 

Que la Res. CAGyMJ N° 82/2014 fue notificada fehacientemente a las adquirentes de los pliegos (fs. 637/639), comunicada por correo electrónico a las empresas que habían sido invitadas a participar (fs. 621/636) y a las guías y cámaras del sector (617/620). Asimismo, dicho acto se anunció en la página de internet del Poder Judicial (fs. 611) y se publicó en periódicos (fs. 642/651), como también en el Boletín Oficial (fs. (640/641).

 

Que a fs. 667/668 el Departamento de Coordinación de Contrataciones detalló los actos administrativos que ordenaron distintas fechas de apertura de ofertas conforme lo referido precedentemente, detallando cada acto de publicidad realizado al respecto. Informó que a fs. 659/665 se incorporó el listado y las constancias de retiro y entrega de los pliegos a tres firmas interesadas.

 

Que a fs. 670/671 obra el acta de apertura de ofertas, dejando constancia de recepción de los sobres presentados por RIVA SA y AMG OBRAS CIVILES SA, junto a una póliza de seguro de caución de PESOS SIETE MILLONES QUINIENTOS MIL ($ 7.500.000) por parte de cada oferente. Dicho acto no fue observado por los presentes.

 

Que a fs. 2365 la Comisión Evaluadora (CE) dejó constancia que la documentación presentada por los oferentes fue reservada porque fue imposible glosarla al expediente por su volumen.

 

Que a fs. 2367/2372 la CE consultó el Estado Registral de los oferentes en el R.I.U.P.P., acreditando que están inscriptos en dicho registro.

 

Que a fs. 2373 la CE solicitó a la Dirección General de Infraestructura y Obras  (DGIO) el informe técnico sobre las ofertas presentadas, en función de las copias de las ofertas remitidas en acto de apertura.

 

 

Que a fs. 2374/2380 la DGIO solicitó a la CE que requiera aclaraciones a los oferentes, que fueron diligenciadas conforme surge de las constancias de fs. 2381/2388.

 

Que la documentación presentada por los oferentes obra a fs. 2394/2396,  2399/2465, 2466/2723, 2724/2952 y 2953/3480.

 

Que al recibir dicha documentación la DGIO solicitó nuevas aclaraciones, que fueron requeridas por la CE mediante correo electrónico, conforme surge de fs. 3484.

 

Que a fs. 3490/3699 y 3709/3712 los oferentes respondieron los requerimientos planteados por la DGIO.

 

Que a fs. 3700/3703 obra el informe técnico que calificó con ochenta y ocho puntos la propuesta técnica de AMG Obras Civiles SA, y con noventa puntos la de ESUCO SA y RIVA SA, además de ponderar la ubicación urbana, las dimensiones y superficies, el entorno y accesibilidad, la posibilidad de ampliación, la planificación, el edificio (partido, funcionalidad y operatividad), sus sistemas circulatorios y fachadas, destacando que ambas encuadran en la certificación LEED. Sin perjuicio de ello, destaca que las observaciones del informe deberán ser incorporadas al del desarrollo del proyecto, donde las propuestas se deberán encuadrar en un todo de acuerdo a lo establecido en los códigos de Edificación y Planeamiento de la Ciudad y demás normas incluidas en el Pliego.

 

Que a fs. 3715 la CE elaboró su informe sobre el contenido del Sobre N° 1,  analizó los antecedente y luego de evaluar la capacidad de contratación anual, la capacidad de producción, la antigüedad y los aspectos financieros compuestos por los indicadores económicos financieros del mejor balance general y la evolución de los indicadores económicos financieros de los últimos balances generales, otorgó cinco puntos a RIVA SA y cuatro puntos a AMG OBRAS CIVILES SA.

 

Que conforme lo expuesto precedentemente, la CE concluyó que ambas ofertas son admisibles y superaron los puntajes mínimos establecidos en el pliego, alcanzando los noventa y cinco puntos RIVA SA y los noventa y dos puntos AMG OBRAS CIVILES SA.

 

Que el dictamen mencionado precedentemente fue notificado a los oferentes mediante correo electrónico (fs. 3729, 3135 y 3137), anunciado en la página de internet del Poder Judicial, y publicado en el Boletín Oficial (fs. 3744/3748).

 

Que a fs. 3738/3740 intervino la Dirección General de Asuntos Jurídicos, encuadró la cuestión en la Res. CAGyMJ N° 34/2014, arts. 34, 44 de la ley 2095, arts. 6.1 de la Res. CM N° 1/2014, y la ley 4481 (arts. 1 y 1bis), concluyendo: “Consecuentemente con todo lo antes expuesto y las constancias de las presentes actuaciones, teniendo en cuenta lo dictaminado por la Comisión de Preadjudicaciones a fs. 3715/3727, el informe elaborado por el área técnica pertinente (Dirección de Infraestructura y Obras) y la normativa legal aplicable, esta Dirección General de Asuntos Jurídicos, opina que, una vez acreditada la publicación del Dictamen de Evaluación de Ofertas en la Web de este Consejo de la Magistratura, conforme lo requiere la legislación vigente, no encuentra obstáculo alguno, desde el punto de vista jurídico, para la prosecución del trámite de las presentes actuaciones.”

 

                     Que en tal estado llega el expediente a la Comisión de Administración, Gestión y Modernización Judicial.

           

Que la Ley 4890 modificó la redacción de la Ley 31, manteniendo en su art. 38 la competencia de la Comisión de ejecutar el presupuesto anual del Poder Judicial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y toda otra función que le encomiende el Plenario o que se le atribuya por ley o reglamento. Asimismo, modificó la denominación del presente órgano, por el Comisión de Administración, Gestión y Modernización Judicial. 

 

Que el art. 38 inc. 4 de dicha norma dispone que le compete a la Comisión: “ejecutar los procedimientos de licitación, concurso y demás procedimientos de selección de cocontratante, de montos superiores a os establecidos en esta ley con relación a la Oficina de Administración y Financiera del Poder Judicial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, de conformidad con lo dispuesto por el Plenario en el Plan de Compras y Plan de Acción para la Jurisdicción, disponiendo la adjudicación correspondiente.”

 

Que por Res. CM Nº 6/2013 se encomendó a la Comisión, impulsar un concurso de proyectos integrales de carácter público con el objeto previsto en la ley 4481.

 

Que la cuestión en debate involucra un acto de disposición de recursos presupuestarios, y la ejecución de un procedimiento de concurso por un monto superior a los que determinan la intervención del Administrador General, por lo tanto, la Comisión resulta competente.

 

Que el llamado de la contratación fue debidamente notificado (621/636), publicado (642/651, 640/641) y anunciado (fs. 611), se recibieron dos ofertas que, conforme el análisis efectuado por el área técnica (DGIO) y la CE son admisibles y recibieron puntajes que superan el mínimo requerido por el pliego (punto 6.2: 60 puntos).

 

Que el dictamen de la CE fue debidamente notificado a los oferentes (fs. 3729),  publicado en el Boletín Oficial (fs. 3744/3748), y en la página de internet del Poder Judicial (fs. 3730), por lo tanto, se cumplen los requisitos previstos en el punto 7.1. del pliego que dispone: “El Dictamen de Evaluación de Ofertas (Dictamen de Preadjudicación) se comunicará en forma fehaciente a todos los Oferentes, conforme el Art. 106, Inc. e) del Anexo I de la Resolución CM Nº 1/2014. Asimismo, se publicará en el Boletín Oficial de la Ciudad y en la Web del Consejo de la Magistratura de la C.A.B.A., www.jusbaires.gov.ar”.

 

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos no objetó el trámite, y sólo observó la necesidad de cumplir con las publicaciones del dictamen, cuya acreditación surge con posterioridad a su intervención.

 

Que en tal sentido, corresponde declarar la admisibilidad de las ofertas y determinar sus puntajes.

 

Por ello, en ejercicio de las atribuciones conferidas por la Ley 31 y su modificatoria ley 4890;

 

 

LA COMISIÓN DE ADMINISTRACIÓN, GESTIÓN

Y MODERNIZACIÓN JUDICIAL

RESUELVE:

 

 

Artículo 1°: Declarar admisible la oferta de RIVA SA y otorgarle noventa y cinco (95) puntos.

 

Artículo 2°: Declarar admisible la oferta de AMG OBRAS CIVILES SA y otorgarle noventa y dos (92) puntos.

 

Artículo 3°: Disponer que el acto público de apertura del Sobre N° 2 se realizará el 18 de diciembre de 2014, a las 16.30 hs. Av. Presidente Julio A. Roca 530, piso 10, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

 

Artículo 4°: Instruir a la Dirección de Compras y Contrataciones a notificar la presente a los oferentes, autorizando al agente Ariel Marcheti DNI 22.237.413 para su diligenciamiento.

 

Artículo 5º: Regístrese, notifíquese a los oferentes, anúnciese en la página de Internet del Poder Judicial www.jusbaires.gov.ar, comuníquese a la Oficina de Administración y Financiera, a la Dirección de Compras y Contrataciones, a la Dirección General de Asuntos Jurídicos, a la Dirección General de Control de Gestión y Auditoría Interna y a la Dirección General de Infraestructura y Obras, cúmplase y, oportunamente, archívese.

 

RESOLUCIÓN CAGyMJ N°     83   /2014

 

 

 

 

 

 

 

 

Ricardo Baldomar         Daniel A. Fábregas       Juan Sebastián De Stefano