Licitación Pública Nº 16/2015- Expediente CM Nº DCC 144/14-0- Resolución CAGyMJ Nº 58/2015

Buenos Aires, 24 de agosto de 2015

 

RESOLUCIÓN CAGyMJ N°      58     /2015

 

VISTO:

 

El expediente DCC Nº 144/14-0 s/ Contratación de enlaces MAN de alta velocidad; y

 

CONSIDERANDO:

 

Que mediante Res. CAGyMJ N° 35/2014 y Res. Pres. CAGyMJ N° 40/2015 se autorizó el llamado de la  Licitación Pública Nº 16/2015 de etapa única, para la provisión, implementación, puesta en marcha y soporte técnico de una Red de Comunicaciones de Radioenlaces Digitales para el Poder Judicial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, con un presupuesto oficial de Dólares Estadounidenses  Dos Millones Cien Mil (U$S 2.100.000), fijando el día 28 de julio de 2015 para la apertura de ofertas.

 

Que el llamado de la licitación fue publicado en la página de internet del del Consejo (fs. 170), en el diario La Nación (fs. 209/210), en el Boletín Oficial (fs. 176/177 y 185). Además se cursaron invitaciones por correo electrónico a empresas del rubro y cámaras del sector (fs. 172/175 y 187/196).

 

Que a fs. 211 se dejó constancia de la reunión informativa realizada el 13 de julio 2015.

 

Que por pedido de la Dirección General de Informática y Tecnología se dictó la Res. Presidencia CAGyMJ N°  44/2015 (fs. 219/222), para aclarar términos no sustanciales de los pliegos. 

 

Que a fs. 240/242 obra la Res. Pres. CAGyMJ N° 50/2015 dictada en respuesta al pedido de prórroga planteado por Trans Industria Electrónicas SA.

 

Que a fs. 265 obra el acta de la apertura pública de ofertas, dando constancia de la presentación de un sobre correspondiente a Corporate Corp. SA.

 

Que a fs. 721 la Comisión Evaluadora de Ofertas (CEO) remitió a la Dirección de Compras y Contrataciones la póliza presentada por el oferente en concepto de garantía de oferta.

Que a fs. 722/731 obran las constancias del sistema de compras públicas del GCBA, del cual surgen los datos del oferente en carácter de proveedor y las impresiones de los certificados de deudores alimentarios morosos, sin registrar sanción alguna.

 

Que la CEO solicitó el informe técnico de la oferta, conforme surge a fs. 732 En respuesta a ello, la Dirección General de Informática y Tecnología emitió su opinión indicando que cumple con todas las condiciones técnicas detalladas en el pliego (fs. 733/737).

 

Que a fs. 739/740 obra la consulta realizada al registro de proveedores del Estado Nacional dependiente de la Oficina Nacional de Contrataciones de donde surge que el oferente no posee sanciones.

 

Que la CEO emitó su dictamen en el que concluye que la oferta a estudio es admisible, por lo que propone preadjudicar el renglón 1 a Corporate Corp. SA por la suma total de Dólares Estadounidenses Dos Millones Setenta y Cinco Mil (u$s 2.075.000).

 

Que dicho dictamen fue notificado por correo electrónico a la oferente conforme surge a fs. 746/747. Asimismo, fue anunciado en la página de intenet del Poder Judicial (fs. 750) y publicado en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (fs. 760/763).

 

Que intervino la Dirección General de Asuntos Jurídicos entendiendo “En las presentes actuaciones se han cumplido las diferentes etapas de la licitación, hasta la elaboración del dictamen de Evaluación de Ofertas, que se agrega a fs. 741/745 y que fuera relacionado en los antecedentes de este dictamen, ello conforme lo previsto en el artículo 106 de la ley 2095, modificada por la ley N° 4764. En virtud de todo lo expuesto, teniendo en cuenta las constancias de las presentes actuaciones, esta Dirección General opina que no existe obstáculo alguno, desde el punto de vista jurídico, debiéndose agregar la constancia de la efectiva publicación del dictamen de valuación de ofertas en el Boletín Oficial.”

 

Que en tal estado llega a la Comisión de Administración, Gestión y Modernización Judicial.

                                  

Que la Ley 4890 modificó la redacción de la Ley 31, manteniendo en su art. 38 la competencia de la Comisión de ejecutar el presupuesto anual del Poder Judicial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y toda otra función que le encomiende el Plenario o que se le atribuya por ley o reglamento. Además, por el inc. 4 le compete ejecutar los procedimientos de licitación, concurso y demás procedimientos de selección del cocontratante, de montos superiores a los establecidos en esta ley con relación a la Oficina de Administración y Financiera del Poder Judicial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, de conformidad con lo dispuesto por el Plenario en el Plan de Compras y Plan de Acción para la Jurisdicción, disponiendo la adjudicación correspondiente.

 

Que por el art. 38 inc. 8 y 9 a la Comisión también le compete diseñar la política de informática y telecomunicaciones, organizar y mantener un sistema informático que permita el acceso a todos los usuarios y agentes del servicio de Justicia a información precisa, permanente y actualizada de acuerdo a sus competencias, y organizar y mantener la necesidad de infraestructura de los organismos que integran el servicio de Justicia de la Ciudad.

 

Que por lo expuesto, implicando la cuestión en debate un acto de disposición de recursos  presupuestarios en una contratación que pretende satisfacer una necesidad de infraestructura tecnológica, éste órgano resulta competente.

 

Que el encuadre legal de la contratación y el procedimiento implementado para la adquisición, fueron supervisados por la Dirección General de Asuntos Jurídicos sin recibir observaciones.

 

Que atento lo informado a fs. 102/103 por la Dirección de Compras y Contrataciones la presente contratación se encuentra expresamente en el Plan de Compras 2015, en la cuenta Nº 4.3.6.

 

Que el llamado de la contratación fue debidamente publicado en el Boletín Oficial y en el periódico La Nación, se cursaron invitaciones a la Cámara del Sector y a empresas del rubro (fs. 187/196), a la reunión informativa concurrieron interesados de cuatro empresas (fs. 211), y se vendieron dos pliegos de la licitación (fs. 258).

 

Que la Dirección General de Informática y Tecnología dictaminó que la oferta cumple con las condiciones particulares de la contratación (fs. 734/737).

 

Que en cuanto a la observación de la Dirección General de Asuntos Jurídicos, se ha cumplido con la publicación del dictamen de la CEO en el Boletín Oficial conforme surge a fs. 760/763.

 

Que conforme lo expuesto precedentemente, en el presente procedimiento intervino el área técnica para fundar la necesidad y el cumplimiento de los requisitos específicos de la contratación, la Unidad Operativa de Adquisiciones propuso el encuadre del procedimiento, la Comisión Evaluadora de Ofertas verificó el cumplimiento de los recaudos documentales dispuestos para la adquisición, mientras que el servicio de asesoramiento jurídico permanente no planteó observación alguna.  Por todo ello, existiendo recursos presupuestarios suficientes, corresponde dar curso favorable al presente trámite.

 

Por ello, en ejercicio de las atribuciones conferidas por la Ley 31 y su modificatoria 4890;

 

LA COMISIÓN DE ADMINISTRACIÓN, GESTIÓN

Y MODERNIZACIÓN JUDICIAL

RESUELVE:

 

Artículo 1º: Aprobar lo actuado en la Licitación Pública nro. 16/2015.

 

Artículo 2°: Adjudicar el renglón 1 de la Licitación Pública N° 16/2015 a Corporate Corp. SA por la suma total de Dólares Estadounidenses Dos Millones Setenta y Cinco Mil (u$s 2.075.000)

 

Artículo 3°: Instruir a la Dirección de Compras y Contrataciones a notificar a Corporate Corp. SA la presente resolución y a efectuar la publicación en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

 

Artículo 4º: Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y anúnciese en la página de internet del Poder Judicial www.jusbaires.gov.ar; notifíquese a Corporate Corp. SA, comuníquese a la Oficina de Administración y Financiera, a la Dirección General de Informática y Tecnología, a la Dirección de Compras y Contrataciones y a la Dirección de Programación y Administración Contable, y oportunamente, archívese.

 

RESOLUCIÓN CAGyMJ N°        58     /2015

 

 

 

Juan Pablo Godoy Vélez       Ricardo Baldomar   Juan Sebastián De Stefano