Caja Chica Especial s/ Insumos de CCTV- Exp. CM Nº OAyF 176/10-0- Res. OAyF RE Nº 067/2010

Autoriza el gasto para la adquisición de camaras para los sistemas de CCTV.

Autoriza el gasto para la adquisición de camaras para los sistemas de CCTV.

Autoriza el gasto para la adquisición de camaras para los sistemas de CCTV.

Buenos Aires, 15 de septiembre de 2010.

RES. OAyF (R.E.) Nº 67 /2010

VISTO:

El expediente OAyF Nº 176/10-0, caratulado “O.A.yF. s/Adquisición de insumos relativos al Circuito Cerrado de Televisión de los Inmuebles del Poder Judicial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires s/caja chica especial”; las Resoluciones CM Nº 236/2009 y 369/2010; y

CONSIDERANDO:

Que mediante la nota agregada a fs. 20 se deja constancia de la reunión celebrada en el ámbito de la Oficina de Administración y Financiera a mi cargo, con los responsables de la Dirección de Informática y Tecnología, Lic. Gustavo ROLDÁN OLIVERA y el Jefe del Departamento de Seguridad, Dr. Gabriel R. PIPET, del que se desprende el informe “in voce” realizado respecto del estado de los circuitos cerrados de televisión de los edificios de este Poder Judicial.

Que en la ocasión se sostuvo que: “respecto del edificio de la Avda. Leandro N. Alem 684, sostuvieron que a la fecha se encuentran en funcionamiento las cámaras instaladas entre los pisos 9º y 14, ambos inclusive. Respecto de las restantes plantas, hicieron saber que se encontraban fuera de servicio las diez que estuvieren instaladas en aquéllas, de acuerdo con el diagnóstico realizado por el señor Director de Informática y Tecnología. Propuso el señor Jefe de Seguridad que dos de las que deberían instalarse en el acceso del edificio de la calle Beazley 3.860 podrían ser utilizadas en el de la Avda. Leandro N. Alem 684, proponiendo la adquisición de otras ocho. Al respecto, hicieron saber que en el edificio de Beazley 3.860 deberían colocarse dos cámaras externas, para lo cual deberían encararse trabajos de cableado y disposición de una carcaza protectora siendo que, como se dijo, dichas cámaras deberían instalarse en el acceso, encontrándose en funcionamiento cuatro en el interior. Que en el edificio de la Avda. Pte. Roque Sáenz Peña 636, debería reponerse una cámara fuera de servicio en el piso 4º. En cuanto al edificio de la Avda. de Mayo 761, ambos funcionarios acordaron en que todas las cámaras instaladas se encontraban en funcionamiento y en buen estado”.

Que en tal virtud, se ordenó la formación del presente legajo, imprimiéndosele al trámite las previsiones de la Res. CM Nº 236/2009, de conformidad con la urgencia que presenta al caso en estudio. Que se solicitó a la Dirección de Informática y Tecnología que informe acerca de las especificaciones técnicas de las cámaras requeridas (confr. fs.21 y 25).

Que a fs. 27/8 glosa copia de la Nota DIT Nº 258 presentada en el marco del Expte. OAyF Nº 084/09-0, mediante la que se especifica que las cámaras deben ser blanco y negro, con los siguientes requerimientos técnicos: lente 4.0 mm; sensor 1/3"; 0,1 Lux; F1,2; 380 líneas; 220 VCA; compensación de contraluz; conexión mediante cableado RG59 y además, todo accesorio necesario para la correcta conexión y puesta en marcha la cámara al cableado existente y una garantía de doce (12) meses como mínimo.

Que de tal suerte, se recabaron presupuestos a cuatro firmas del ramo, proponiendo la empresa: “SPS”: “el precio por la provisión de la cámara por unidad es de: $ 360 + IVA”, dejándose sentado que el costo informado no correspondía a la instalación de las cámaras y que la firma no provee cámaras en blanco y negro (confr. fs. 34/5); en tanto que “Mindit Digital Solution S.A.”, ofrece tales equipamientos con las características requeridas por el Área Técnica –de acuerdo con la descripción que se realiza en la propuesta económica- por un precio unitario (impuestos incluidos) de trescientos ochenta y seis pesos con 75/100 ($ 386,75) –confr. fs. 38/9-.

Que a fs. 40 glosa una constancia que da cuenta que el señor Jefe de Seguridad hizo saber que personal del Departamento a su cargo materializaría la instalación de las cámaras de circuito cerrado de televisión.

Que, en consecuencia, se dio noticia de lo actuado al señor Director General de Control de Gestión y Auditoría Interna, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 5º del régimen de trato (confr. fs. 41).

Puesto a resolver, y en vista de las propuestas económicas presentadas, aparece como más conveniente la realizada por la firma “Mindit Digital Solution S.A.”, por lo que se autorizará la adquisición de la cámaras de circuito cerrado de tele visión de acuerdo a las condiciones de pago requeridas por la firma en la presentación de fs. 38/9.

Que se remitirán las actuaciones a la Dirección de Compras y Contrataciones para que proceda a realizar todo lo conducente a la formalización de la adquisición que se ordena, dándose noticia a la Jefatura del Departamento de Seguridad y a la Dirección de Informática y Tecnología, para que se informe acerca de las condiciones para la recepción del material cuya adquisición se dispone.

Por ello, y en ejercicio de las atribuciones conferidas por el artículo 4to, inciso f) de la Ley 1988 (modificado por Ley 3389), por las Res. CM Nº 819/2006, Res. CM Nº 236/2009 y Res. CM Nº 369/2010;

 

EL ADMINISTRADOR GENERAL

DEL PODER JUDICIAL DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES

RESUELVE:

Artículo 1º: Autorizar el gasto por la contratación con la firma “Mindit Digital Solution S.A.”, para la provisión de diez (10) cámaras para los sistemas de Circuito Cerrado de Televisión correspondientes a los edificios del Poder Judicial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, con las especificaciones que se detallan en la presentación de esa firma, por la suma de tres mil ochocientos sesenta y siete pesos con 50/100 ($ 3.867,50) IVA incluido, aceptándose las condiciones y modalidades de pago que desprenden de la propuesta económica de fs. 38/9.

Artículo 2º: Comunicar lo decidido a la Dirección de Compras y Contrataciones, para que proceda a su ejecución, delegando en el señor Director las requisitorias de la documentación que fuere necesaria por parte de la adjudicataria, la firma de la orden de compra pertinente, como así también para que por su intermedio la Oficina de Recepción y Custodia materialice la recepción de los bienes objeto de la presente contratación, instruyéndose asimismo que recibidos que sean, se dé noticia a la Dirección de Programación y Administración Contable para que proceda a su registro e inventario, cuanto a la Dirección de Informática y Tecnología y al Departamento de Seguridad.

Artículo 3º: Regístrese, publíquese en la página de internet del Poder Judicial www.jusbaires.gov.ar y comuníquese a la Dirección de Programación y Administración Contable y a la Dirección General de Control de Gestión y Auditoría Interna. Pase a la Dirección de Compras y Contrataciones a los fines previstos y, oportunamente, archívese.

RES. OAyF (R.E.) Nº /2010