Contratación Directa Nº 40/2013- Expediente CM Nº DCC 429/12-2- Resolución OAyF Nº 40/2013

 

                                                                                          Buenos Aires,  11   de marzo  de 2013

Res. OAyF Nº  040 /2013

 

VISTO:

            el Expediente DCC-429/12-2 caratulado “D.C.C. s/ Suscripción 2013 La Ley” por el que tramita la Contratación Directa Nº 35/2012 y,

 

CONSIDERANDO:

Que por el artículo 1º de la Resolución OAyF Nº 20/2013 se aprueba el procedimiento llevado a cabo en la Contratación Directa Nº 35/2012 (fs. 107/108).

Que a través del artículo 2º de la citada Resolución se adjudica “la Contratación Directa Nº 35/2012 a la firma Ediciones La Ley S.A.E. e I. por un total de pesos novecientos tres mil quinientos setenta y tres ($ 903.573,00), de acuerdo con la propuesta económica presentada a fojas 49/55 y según la Invitación a Cotizar obrante a fojas 40/42”.

Que mediante la nota del 5 de febrero de 2013 (fs. 110), la Dirección de Compras y Contrataciones manifiesta que se ha deslizado un error material en el citado artículo 2º, motivado en que el Ministerio Público Tutelar redujo el pedido de suscripciones para el año en curso, lo cual fue informado a este Consejo con posterioridad a la presentación del presupuesto por parte de la empresa adjudicataria. En virtud de tales consideraciones, concluye que “(…) la correcta suma a adjudicar a la firma la Ley S.A.E. e I asciende a un total de pesos ochocientos veinticinco mil trescientos noventa y cuatro ($825.394)…”.

Que ello pues, el Ministerio Público Tutelar requirió una disminución en la adquisición de algunas suscripciones y la incorporación de otras, modificando las sumas a comprometer de pesos doscientos doce mil quinientos cincuenta ($ 212.550,00) a la de ciento treinta y cuatro mil trescientos setenta ($ 134.370,00), conforme surge de los criterios de afectación preventiva glosados a fojas 73/79.

Que entonces, esta Administración General le requiere a la Dirección de Compras y Contrataciones que “(…) solicite la ratificación, de corresponder, del presupuesto presentado por La Ley S.A. en función de las modificaciones introducidas oportunamente por el Ministerio Público Tutelar” (fs. 117).

Que atento lo solicitado, la Dirección le envía una nueva Invitación a Cotizar a la firma la Ley S.A.E. e I ajustada a los requerimientos del Ministerio Público Tutelar –correspondiente a la disminución de la cantidad de suscripciones para el renglón 8 de diecisiete (17) a ocho (8)- y con una disminución en una (1) unidad del renglón 3 –de ciento veintiséis (126) a ciento veinticinco (125) suscripciones- y remite a esta oficina la nueva cotización que asciende a la suma total de pesos ochocientos veintitrés mil setecientos cuarenta y cuatro ($ 823.744,00). Finalmente, aclara que “en el momento de proceder a afectar definitivamente las sumas adjudicadas se procederá a la corrección presupuestaria correspondiente” (fs. 119/125).

Que atento lo informado por la Dirección de Compras y Contrataciones, esta Oficina de Administración y Financiera requiere la intervención de la Dirección General de Asuntos Jurídicos a fin de que emita dictamen respecto a la procedencia de la revocación de la Resolución OAyF Nº 20/2013 así como de la adjudicación de la contratación conforme lo requerido a fojas 40/42 con la modificación operada a fojas 119 y la oferta incorporada a fojas 120/123 (fs. 127).

Que entonces, toma intervención la Dirección General de Asuntos Jurídicos mediante Dictamen Nº 4994/2013 que luego de realizar un racconto de los pasos acaecidos en el expediente de marras, expone lo siguiente: “(…) considerando que la mencionada resolución no ha sido notificada al interesado y que, de acuerdo a lo dispuesto por el art. 11 de la Ley de Procedimientos Administrativos (…) el acto no ha adquirido eficacia y por lo tanto no ha generado derecho subjetivo alguno, esta Dirección General entiende que nada obsta para proceder a la revocación de la Res. OAyF Nº 20/2013, adjudicando la contratación de acuerdo al nuevo presupuesto”.

Que en virtud de lo expuesto y puesto a resolver, cabe poner de resalto en primer lugar que se ha detectado una discrepancia entre el monto unitario y el monto total correspondiente al renglón 2 de la cotización remitida por la firma Ediciones La Ley S.A.E. e I. obrante a fojas 120 por lo que deberá estarse a lo estipulado en el inciso a) del artículo 102 que en su parte pertinente establece “(…) de existir diferencias entre el monto unitario y el total, se tomará como válido el monto unitario”.

Que luego, resulta necesario destacar que en un todo de acuerdo con lo manifestado por la Dirección General de Asuntos Jurídicos y de acuerdo a lo dispuesto por el artículo 11 de la Ley de Procedimientos Administrativos, el acto en cuestión no ha adquirido eficacia y por lo tanto no ha generado derecho subjetivo alguno. Por ello, resultaría viable la revocación de la Resolución OAyF Nº 20/2013 de conformidad con lo dispuesto por el artículo 18 de la referida Ley de Procedimientos Administrativos.

Que así las cosas, corresponderá revocar la Resolución OAyF Nº 20/2013 y adjudicar la Contratación Directa Nº 35/2012 a la firma Ediciones La Ley S.A.E. e I. por un total de pesos ochocientos veintitrés mil setecientos cuarenta y cuatro ($ 823.744,00), de acuerdo con la propuesta económica presentada a fojas 120/123 y según las Invitaciones a Cotizar obrantes a fojas 40/42 y 119”.

            Por ello, en ejercicio de las atribuciones conferidas por el inciso f) del artículo 4º de la Ley 1988 (modificado por Ley 3389),

 

EL ADMINISTRADOR GENERAL

DEL PODER JUDICIAL DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES

RESUELVE:

 

Artículo 1º: Revóquese la Resolución OAyF Nº 20/2013, en los términos del artículo 18 de la Ley de Procedimientos Administrativos.

 

Articulo 2º: Adjudíquese la Contratación Directa Nº 35/2012 a la firma Ediciones La Ley S.A.E. e I. por un total de pesos ochocientos veintitrés mil setecientos cuarenta y cuatro ($ 823.744,00), de acuerdo con la propuesta económica presentada a fojas 120/123 y según las Invitaciones a Cotizar obrantes a fojas 40/42 y 119.

 

Articulo 3º: Instrúyase a la Dirección de Compras y Contrataciones a que proceda a la corrección presupuestaria correspondiente conforme lo indicado a fojas 125; a publicar esta resolución por un (1) día en el Boletín Oficial, en la Cartelera de la Unidad Operativa de Adquisiciones y en la página de Internet del Poder Judicial de la Ciudad y a comunicársela a la adjudicataria.

 

Artículo 4º: Regístrese, publíquese, notifíquese como se ordena y comuníquese a la Dirección de Programación y Administración Contable y a la Secretaría de Apoyo Administrativo Jurisdiccional y por su intermedio al Departamento  de Biblioteca y Jurisprudencia. Pase a la Dirección de Compras y Contrataciones, cúmplase y oportunamente, archívese.

 

 

RES. OAyF Nº  040 /2013