Contratación Directa Nº 56/11 - Expte DCC Nº 241/11-7 - Res. OAyF Nº 47/2012

Buenos Aires, 29 de Febrero de 2012

 

RES. OAyF Nº 47 /2012

 

VISTO:

El expediente DCC-241/11-7 por el que tramita la Contratación Directa Nº 56/2011, referida a la contratación de suscripciones 2012 con la firma “Editorial Rubinzal Culzoni S.A.”; y

CONSIDERANDO:

Que la presente contratación encuentra fundamento en el requerimiento realizado por el Departamento de Biblioteca y Jurisprudencia, remitido por el Sr. Director General de Apoyo Administrativo Jurisdiccional mediante Nota BJ Nº 82/2011, correspondiente al Expediente DCC Nº 241/11-0, de lo que da cuenta la nota suscripta por el titular de la Dirección de Compras y Contrataciones a fs. 26 de este legajo.-

Que en este caso, el requerimiento se refiere a la necesidad de renovación de la suscripción de diversas publicaciones jurídicas de la “Editorial Rubinzal Culzoni SA.” para el año 2012, ocasión en la que la Dirección de Compras y Contrataciones considera viable proceder a la adquisición del material “mediante el procedimiento de contratación directa, en el marco del Art. 28 Inc. d), Apartado I, Párrafo primero, del Anexo I de la Resolución CM Nº 810/2010, reglamentario del Art. 28 Inc 4. de la Ley 2095” (Conf. fs. 26).-

Que a fs. 24/25 la Dirección de Compras y Contrataciones adjuntó los informes de los Registros de Deudores Alimentarios Morosos, cumplimentando de esta manera con uno de los requisitos estipulados en el artículo 22 de la Res. CM Nº 810/2010, y detalle de inscripción ante el RIUPP.-

Que en virtud de los antecedentes obrantes en el presente expediente, a fs. 37/39 glosa una constancia de invitación a participar en la Contratación Directa Nº 56/2011 a la firma “Editorial Rubinzal Culzoni S.A.” referida a los renglones a cotizar.-

Que, conforme el Acta de Recepción de Propuesta Económica obrante a fs. 51 se ha recibido una oferta económica por parte de la firma Rubinzal Culzoni S.A., por la suma de PESOS NOVENTA Y DOS MIL SEISCIENTOS SETENTA CON 60/100 ($92.670,60) IVA incluido, la cual se encuentra glosada a fs. 40/50.-

Que, según surge de la oferta realizada por dicha editorial, Rubinzal Culzoni S.A.“…es único distribuidor en todo el país del sello editorial Rubinzal Culzoni Editores de Rubinzal y Asociados S.A.” (conf. fs. 43).-

Que, en función de lo solicitado por el Ministerio Público Tutelar, se remitió a la firma oferente correo electrónico conf. a fs. 55, incrementando las cantidades oportunamente requeridas para el Renglón 6 del Punto A de la invitación a cotizar. Por ello y conforme a la nueva propuesta recibida por correo electrónico obrante a fs. 56/58, el valor total para la contratación de las suscripciones anuales ofertadas asciende a la suma de PESOS NOVENTA Y TRES MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA Y SEIS CON 20/100 ($93.856,20) IVA incluido.-

Que, con el fin de dar cumplimiento a lo dispuesto por la Ley Nº 70, la Dirección de Programación y Administración Contable, a través de la Constancia de Registración Nº 21/02 2012 por la suma de PESOS OCHENTA Y TRES MIL CIENTO OCHENTA Y CINCO CON 80/100 ($83.185,80) (Conf. fs. 61/62), acreditó la existencia de las partidas presupuestarias necesarias para realizar dicha contratación.-

Que cursada que fue la invitación al Ministerio Público Tutelar, se aprobó la previsión del gasto para participar en la contratación de las suscripciones para el año 2012 y mediante el comprobante de afectación preventiva Nº 27/2012 (conf. fs. 65) procedió a afectar la suma total de PESOS DIEZ MIL SEISCIENTOS SETENTA CON 40/100 ($10.670,40).-

Que requerida su intervención, el Señor Jefe de Departamento de Dictámenes y Procedimientos Administrativos dependiente de la Dirección General de Asuntos Jurídicos, mediante Dictamen Nº 4382/2012 previa reseña de lo actuado consideró que: “…este Departamento entiende que no existen obstáculos desde el punto de vista jurídico para continuar con el trámite de las presente actuaciones…”.-

Que puesto a resolver, en coincidencia con la opinión de la Dirección General de Asuntos Jurídicos, plasmada en el párrafo anterior “in fine”, esta oficina considera pertinente aprobar lo actuado y adjudicar la Contratación Directa Nº 56/2011 a la firma “Editorial Rubinzal Culzoni S.A.” – CUIT Nº 30-63043008-5, configurando el caso exigido por la ley en cuanto a la exclusividad de la edición del material bibliográfico de marras, (Conf. Art. 28, ap. d.1) y Res. CM Nº 810/2010, reglamentario del Art. 28, Inc. 4, ley 2095) que posibilita una contratación en la modalidad directa, de acuerdo con la propuesta económica presentada a fs. 56/58.

Lo resuelto deberá publicarse por un (1) día en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y por un (1) día en la cartelera oficial de la Unidad Operativa de Adquisiciones y en la página Web del organismo.-

Por ello, en ejercicio de las atribuciones conferidas por el artículo 4º, Inc. f) de la Ley 1988 (modificado por la Ley 3389),

 

EL ADMINISTRADOR GENERAL DEL

PODER JUDICIAL DE LA CIUDAD

RESUELVE:

Artículo 1º: Autorizar la Contratación Directa Nº 56/2011 tendiente a la renovación de la suscripción de diversas publicaciones jurídicas de la firma “Editorial Rubinzal Culzoni S.A.” para el año 2012, en las cantidades y demás modalidades incluidas en la invitación a cotizar.-

Artículo 2º: Adjudicar la Contratación Directa Nº 56/2011 a la firma “Editorial Rubinzal Culzoni S.A.” – CUIT Nº 30-63043008-5 por un valor total de PESOS NOVENTA Y TRES MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA Y SEIS CON 20/100 ($93.856,20) IVA incluido, conforme propuesta económica de fs. 56/58.-

Articulo 3º: Instruir a la Dirección de Compras y Contrataciones a publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires por un (1) día, en la cartelera oficial de la Unidad Operativa de Adquisiciones, y en la página de Internet del Poder Judicial de la Ciudad, como así también a comunicarla a la adjudicataria.-

Artículo 4º: Regístrese, publíquese y notifíquese como se ordena, pase a la Dirección de Compras y Contrataciones y cúmplase. Oportunamente, archívese.-

RES. OAyF Nº 47/2012.-