Licitación Pública Nº 19/2011- Expediente CM Nº DCC 083/11-0- Resolución OAyF Nº 287/2012

 

                                                                                          Buenos Aires,  21    de diciembre  de 2012

Res. OAyF Nº 287 /2012

 

VISTO:

el Expediente DCC-392/12-0 caratulado “D.C.C. s/ Adquisición de Botellones de Agua Potable” y;

                                                

CONSIDERANDO:

Que por el artículo 3º de la Resolución OAyF Nº 213/2012 se declara fracasado el renglón 1 de la Licitación Pública Nº 10/2012, relativo al suministro de hasta un máximo de veintiún mil doscientos veintiocho (21.228) botellones de agua potable de veinte (20) litros cada uno, de material irrompible y con tapa inviolable, dispensadores en comodato y mantenimiento y reparación de los mismos. Ello, por cuanto las ofertas presentadas resultaron inconvenientes económicamente. En tal sentido, mediante ese mismo artículo, se instruye a la Dirección de Compras y Contrataciones a impulsar una nueva contratación para la adquisición de los insumos correspondientes a dicho renglón (fs. 1/2).

Que en consecuencia del procedimiento impulsado al efecto, esta Oficina de Administración y Financiera emite la Resolución Nº 272/2012 (fs. 77/78), en cuyo artículo 1º se autoriza el llamado a Contratación Directa Nº 30/2012 de etapa única, bajo la modalidad de Compra Unificada (artículo 42º de la Ley Nº 2095) y Orden de Compra Abierta (Artículo 40º de la Ley 2095) que tiene por objeto la contratación del suministro de botellones de agua potable con sus dispensadores en comodato, para los distintos edificios del Poder Judicial (áreas administrativa y Jurisdiccional) de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, con un presupuesto oficial de pesos quinientos cincuenta y un mil novecientos veintiocho ($ 551.928,00), IVA incluido. Asimismo, mediante su artículo 2º se aprueba el Pliego de Condiciones Particulares de la contratación, el cual se agrega a fojas 79/81.

Que la Dirección de Compras y Contrataciones designa a funcionarios para intervenir en el acto de apertura de ofertas y en la Comisión de Evaluación de Ofertas (fs. 83).

Que se da cumplimiento a la publicación de la citada Resolución en la página web del Poder Judicial (fs. 86) y en la cartelera de la Unidad Operativa de Adquisiciones (fs. 102). Asimismo, se remiten comunicaciones electrónicas a la Cámara Argentina de Comercio (fs. 87), a la Guía General de Licitaciones y Presupuesto (fs. 89), a la Unión Argentina de Proveedores del Estado (fs. 90), y a diferentes firmas del rubro invitándolas a cotizar en la presente contratación (fs. 91/101).

Que el 6 de diciembre de 2012 se realiza el acto de apertura de ofertas, labrándose el Acta de Apertura Nº 40/2012 (fs. 105/106) en la que se hace constar la presentación de dos (2) sobres ante la Mesa de Entradas de este Consejo de la Magistratura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Realizan presentaciones las siguientes firmas: Fischetti y CIA S.R.L. -agregada a fs. 109/129- cuya oferta asciende a pesos quinientos cuarenta y nueve mil ochocientos cinco con veinte centavos ($ 549.805,20), y Soda Mapal –glosada a fs. 132/134- cuya oferta asciende a pesos quinientos ochenta y ocho mil quince con sesenta centavos ($ 588.015,60).

Que la Comisión de Preadjudicaciones deja constancia de la remisión, al Director de Compras y Contrataciones, de la póliza de seguro de caución de la empresa Fischetti CIA. S.R.L. (fs. 135) para ser resguardada en la caja fuerte de este Consejo. Asimismo, agrega las consultas sobre el estado registral de los oferentes, efectuadas al Registro Informatizado Único y Permanente de Proveedores del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a la fecha de apertura de ofertas (fs. 137/139).

Que en el Dictamen de Evaluación de Ofertas (fs. 140/142), se analiza la documentación presentada por las dos (2) oferentes. Respecto de la propuesta de la Empresa Soda Mapal, la precitada Comisión opina que no resulta admisible, en tanto no da cumplimiento a los requisitos establecidos en los Pliegos de esta contratación, puesto que su oferta “está compuesta únicamente por la nota que consta a fojas 134”. Asimismo, puso de resalto que en dicha presentación no constan su domicilio, su correo electrónico y su CUIT. Por otro lado, estimó que “del análisis practicado sobre la documentación contenida en los sobres presentados en esta contratación directa, surge que la firma Fischetti y Cia S.R.L. presentó una oferta admisible”. En tal sentido, concluye que “corresponde preadjudicar la Contratación Directa Nº 30/2012 a la firma Fischetti y CIA S.R.L. por un total de  pesos quinientos cuarenta y nueve mil ochocientos cinco con veinte centavos ($ 549.805,20)”.

Que a fojas 143 se agrega la constancia de notificación -por vía electrónica- del referido dictamen a la empresa preadjudicada, y a fojas 144 y 154 obran las constancias de su publicación en la página web del Poder Judicial este Consejo y en la cartelera de la Unidad Operativa de Adquisiciones, respectivamente.

Que toma intervención el Departamento de Dictámenes y Procedimientos Administrativos, dependiente de la Dirección General de Asuntos Jurídicos, y produce el dictamen Nº 4887/2012. Por el mismo, luego de realizar una breve reseña de estos actuados, opina que “por lo expuesto, y en virtud de las constancias obrantes en este expediente, este Departamento adhiere a lo dictaminado oportunamente por la Comisión de preadjudicaciones” (fs. 155).

Que en este estado, cumplidos y verificados todos los pasos pertinentes propios del proceso de selección y oídos los dictámenes de la Comisión de Preadjudicaciones y del Departamento de Dictámenes y Procedimientos Administrativos, dependiente de la Dirección General de Asuntos Jurídicos, no se encuentra óbice para apartarse de lo allí sostenido.

Que corresponde, en consecuencia, aprobar lo actuado y adjudicar la Contratación Directa Nº 30/2012 a la compañía Fischetti y CIA S.R.L. por un total de pesos quinientos cuarenta y nueve mil ochocientos cinco con veinte centavos ($ 549.805,20). Ello, en tanto dicha oferta resulta técnicamente admisible además de conveniente, y constituye la mejor oferta económica.

Que, por último, lo resuelto deberá publicarse por un (1) día en el Boletín Oficial, en la cartelera de la Unidad Operativa de Adquisiciones, y en la página web del organismo.

Por lo expuesto y en ejercicio de las atribuciones conferidas por el artículo 4º, inciso f) de la Ley 1988 (modificado por Ley 3389),

 

EL ADMINISTRADOR GENERAL

DEL PODER JUDICIAL DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES

RESUELVE:

 

Artículo 1º: Aprobar el procedimiento llevado a cabo mediante Contratación Directa Nº 30/2012 de etapa única, bajo la modalidad de Compra Unificada (artículo 42º de la Ley Nº 2095) y Orden de Compra Abierta (Artículo 40º de la Ley 2095) que tiene por objeto la contratación del suministro de botellones de agua potable con sus dispensadores en comodato, para los distintos edificios del Poder Judicial (áreas administrativa y Jurisdiccional) de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, conforme las condiciones descriptas en el Pliego de Condiciones Particulares que como Anexo I integra la Resolución OAyF Nº 272/2012.

 

Artículo 2º: Adjudicar la Contratación Directa Nº 30/2012 a la firma Fischetti y CIA S.R.L. por un total de pesos quinientos cuarenta y nueve mil ochocientos cinco con veinte centavos ($ 549.805,20), conforme propuesta económica de fojas 109/129.

 

Artículo 3º: Instruir a la Dirección de Compras y Contrataciones a publicar esta Resolución por un (1) día en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en la cartelera oficial de la Unidad Operativa de Adquisiciones, y en la página de Internet del Poder Judicial de la Ciudad, como así también a comunicarla a la adjudicataria y a las demás oferentes de esta licitación.

 

Artículo 4º: Regístrese, publíquese y notifíquese como se ordena, pase a la Dirección de Compras y Contrataciones y cúmplase. Comuníquese a la Dirección de Programación y Administración Contable. Cúmplase y oportunamente, archívese.

 

RES. OAyF Nº   287  /2012