Contratación Directa Nº 07/2013- Expediente CM Nº DCC 129/13-0- Resolución OAyF Nº 220/2014

                                                                         Buenos Aires,    15      de julio de 2014

RES. OAYF Nº  220  /2014

 

VISTO:

El Expediente DCC N° 129/13-0 caratulado “D.C.C. s/ Contratación del Software Payroll”; y

 

CONSIDERANDO:

Que mediante Resolución OAyF Nº 169/2013 se aprobó el procedimiento llevado a cabo en la Contratación Directa Nº 07/2013 tendiente al mantenimiento anual del Sistema de Software Integrado de Gestión de Recursos Humanos (Payroll) y se adjudicó a la firma Payroll Argentina S.A. por la suma de noventa y un mil quinientos pesos ($ 91.500,00) IVA incluido, por un plazo contractual de doce (12.-) meses, de acuerdo a lo previsto en la Invitación a Cotizar a fojas 22/23 y la propuesta económica agregada a fojas 27/49 (fs. 85/86).

Que en particular, el Punto F de la Invitación a Cotizar obrante a fojas 22/23 establece que “El contrato tendrá una duración de doce (12) meses, a partir del 1 de agosto de 2013 o la fecha que se informe en la correspondiente Orden de Compra” y el Punto G de la referida Invitación a Cotizar estipula que “el contrato podrá ser prorrogado en las mismas condiciones, a exclusivo juicio de este Consejo, por un período de hasta seis (6) meses de duración, opción que se formalizará con una anticipación mínima de quince (15) días con anterioridad a su finalización. La prórroga del contrato podrá rescindirse sin causa por parte del Consejo y no generará derecho a indemnización para el Adjudicatario”.

Que la contratación referida se formalizó mediante Orden de Compra Nº 624 (fs. 96), la cual fue retirada por la adjudicataria el 18 de septiembre de 2013 y en la que se estableció que el plazo de contratación sería de doce (12.-) meses desde la fecha indicada en el punto F del Pliego de Condiciones Particulares (Invitación a Cotizar de fs. 22/23). En razón, de ello y conforme lo estipulado en el Punto F de la Invitación a Cotizar referida, la contratación de marras vencerá el 31 de julio del corriente.

Que la Dirección de Compras y Contrataciones le consultó a la Dirección de Recursos Humanos si el servicio en cuestión se estaba prestando correctamente a partir del 1° de agosto de 2013 y dicha dependencia afirmó que efectivamente se prestaba acorde lo requerido (fs. 100).

Que posteriormente, atento el próximo vencimiento del servicio en cuestión, la Dirección de Compras y Contrataciones le solicitó a la Dirección de Informática y Tecnología que informara si estimaba conveniente prorrogar la Contratación Directa N° 07/2013 (fs. 108). En respuesta, la Dirección de Informática y Tecnología manifestó que “dado que se ha decidido implementar un servicio propio de liquidación de haberes, estimamos conveniente se amplíe la licitación actual por doce (12) meses de modo de contar con el tiempo suficiente para el mismo” (fs. 109).

Que sin perjuicio del plazo indicado por la Dirección de Informática y Tecnología, el plazo de la prórroga aquí propiciada no podrá exceder el plazo de seis (6.-) meses, de conformidad con lo estipulado en el Punto G de la Invitación a Cotizar obrante a fojas 22/23 que rige la presente contratación.

Que entonces, en cumplimiento con lo dispuesto por la Ley 70, la Dirección de Programación y Administración Contable emitió la Constancia de Afectación Nº 295/07 2014 por los meses de agosto a diciembre de 2014 y un compromiso preventivo para el mes de enero del año 2015, confirmando de este modo la existencia de las partidas presupuestarias necesarias para afrontar la prórroga de la contratación en cuestión (fs. 110/112).

Que resulta pertinente destacar que la Dirección de Compras y Contrataciones elevó para consideración de esta Administración General la posibilidad de prorrogar la contratación de marras por un plazo de seis (6.-) meses y un monto de cuarenta y cinco mil setecientos cincuenta pesos ($ 45.750,00) IVA incluido (v. Nota N° 505/2014 de fs. 113).  

Que requerida su opinión, mediante Dictamen Nº 5789/2014, tomó intervención la Dirección General de Asuntos Jurídicos que, previa reseña de lo actuado y tras citar la normativa aplicable al caso (cfr. art. 117 de la Ley 2095, Res. CM N° 810/2010 y pto. G de la Invitación a Cotizar de fs. 22/23), manifestó que “teniendo en cuenta los antecedentes de las presentes actuaciones y que la prórroga fue prevista en la Invitación a Cotizar conforme lo establecido en la normativa precitada, esta Dirección General no tiene nada que objetar, desde el punto de vista jurídico, a la prórroga contractual sugerida por la Dirección de Compras y Contrataciones mediante Nota N° 505/2014 a fs. 113” (fs. 119/120).

Que esta Oficina de Administración y Financiera le dio intervención a la Dirección General de Factor Humano quien prestó su conformidad para proceder a la prórroga de la contratación de marras por un plazo de seis (6.-) meses (fs. 124). Asimismo, se comunicó con la firma Payroll Argentina S.A. a fin de informarle la voluntad de este Organismo de proceder a la prórroga de la contratación, en los mismos términos que los contratados mediante la Orden de Compra N° 624 y por un plazo de seis (6.-) meses (fs. 125) y la empresa confirmó que no tenía objeciones a la misma (fs. 126).

Que en este estado, puesto a resolver, atento lo propiciado por la Dirección de Compras y Contrataciones, con la conformidad de las áreas técnicas pertinentes y de acuerdo a lo dictaminado por la Dirección General de Asuntos Jurídicos, no se encuentra óbice para proceder a la prórroga de la Contratación Directa Nº 07/2013 tendiente al mantenimiento anual del Sistema de Software Integrado de Gestión de Recursos Humanos (Payroll) con la firma Payroll Argentina S.A., por la suma de cuarenta y cinco mil setecientos cincuenta pesos ($ 45.750,00) IVA incluido y un plazo de seis (6.-) meses, de acuerdo a lo previsto en la Invitación a Cotizar a fojas 22/23 y la propuesta económica agregada a fojas 27/49.

Que finalmente, corresponderá instruir a la Dirección de Compras y Contrataciones a efectos de que por su intermedio se instrumenten las medidas correspondientes para dar curso a la prórroga que en el presente acto se autorizará y para que realice las publicaciones y notificaciones de este acto conforme lo establecido en la normativa aplicable.

Por lo expuesto y en el ejercicio de las atribuciones conferidas por la Ley 31 y sus modificatorias;

 

EL ADMINISTRADOR GENERAL

DEL PODER JUDICIAL DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES

RESUELVE:

 

Artículo 1º: Prorróguese por un plazo de seis (6.-) meses la Contratación Directa Nº 07/2013 tendiente al mantenimiento anual del Sistema de Software Integrado de Gestión de Recursos Humanos (Payroll) con la firma Payroll Argentina S.A., por la suma de cuarenta y cinco mil setecientos cincuenta pesos ($ 45.750,00) IVA incluido, de acuerdo a lo previsto en la Invitación a Cotizar a fojas 22/23 y la propuesta económica agregada a fojas 27/49. Ello, por los argumentos vertidos en los considerandos del presente acto.

 

Artículo 2º: Instrúyase a la Dirección de Compras y Contrataciones a efectos de que por su intermedio se instrumenten las medidas correspondientes para dar curso a la prórroga que en el presente acto se autoriza y para que realice las publicaciones y notificaciones de este acto conforme lo establecido en la normativa aplicable.

 

Artículo 3º: Regístrese y publíquese como se ordenara. Comuníquese a la Dirección General de Factor Humano, a la Dirección de Informática y Tecnología y a la Dirección de Programación y Administración Contable. Pase a la Dirección de Compras y Contrataciones, a sus efectos.

 

RES. OAYF Nº 220  /2014