Caja Chica Especial - Expte. OAyF Nº 011/11-0 - Res. OAyF (R.E.) Nº 18/2011

"Autorizar el gasto con la firma "ADSUR S.A."

"Autorizar el gasto con la firma "ADSUR S.A."

"Autorizar el gasto con la firma "ADSUR S.A."

Buenos Aires, 29 de junio de 2011.

Res. OAyF (R.E.) Nº 18/2011

VISTO:

El Expediente OAyF Nº 011/11-0 caratulado “OAyF s/Habilitación del Ascensor Nº 3 del Edificio de la calle Beruti 3345 s/caja chica especial”, la Resolución CM Nº 969/2010; y

CONSIDERANDO:

Que mediante Nota Nº 284/2010, el entonces Jefe de Departamento de Mantenimiento da cuenta que: “mediante correo electrónico, el Sr. Responsable de Intendencia de Sede Beruti 3345, remita presupuesto elaborado por el conservador de ascensores de dicha Sede. Conforme lo expuesto, Ascensores del Sur –ADSUR SA- presupuesta la suma de $ 4.500.- más IVA para los trámites de habilitación a su cargo, y aclara que no incluye los gastos de derechos de registro de instalación que asciende aproximadamente a $ 962. También nos ha hecho saber que resultan necesarias algunas mejoras tendientes a la obtención de la habilitación, cuyo presupuesto será remitido a la brevedad para vuestra consideración.” (confr. fs. 8).

Que el mismo funcionario amplía la información de la Nota referida en el párrafo anterior, mediante Nota Nº 358/2010, haciendo saber que la empresa de referencia había advertido que: “resultaban necesarias algunas mejoras tendientes a la obtención de la habilitación (que remitimos para conocimiento), informando que en la actualidad la mayoría de ellas han sido efectuadas por personal propio, restando sólo las que competen a la empresa conservadora, cuyos presupuestos, en los cuales se proponen distintas opciones, se elevan para vuestra consideración. Conforme se advertirá, ameritan que el Sr. Administrador intervenga autorizando los mismos, tal como sucediera con la habilitación de ascensores de la Sede Av. Diagonal Norte Nº 636.” (confr. fs. 17).

Que una vez más, el Dr. MILONE, mediante Nota DSGyOM Nº 14/2011, presenta la actualización de costos de los trabajos necesarios para la habilitación del elevador de cita remitido por la empresa a través del presupuesto 7154-A, por un monto de cuatro mil novecientos pesos ($ 4.900), sin la alícuota del Impuesto al Valor Agregado. Más adelante detalla que: “en cuanto a las tareas mecánicas remite el presupuesto 1766-0001, en el que en relación a la máquina de tracción ofrece dos alternativas, A y B, con costos que oscilan entre $ 20.006,87 a $ 23.872. En el presupuesto Nº 1586-001, que también adjunto, se cotiza el suministro y colocación del nuevo patín retráctil cuyo costo asciende a $ 2.150,38. Destaco en relación a las tareas de albañilería fueron finiquitadas.” (confr. fs. 24).

Que a fs. 28 glosa el decreto de quien suscribe por el cual se formó el presente expediente; cumpliéndose a fs. 33, la noticia normada en el art. 5º del “régimen de caja chica especial”, dispuesta a fs. 32.

Que mediante Memo DSGyOM Nº 193/11, de fecha 5 de mayo del corriente año, la Dirección de Servicios Generales y Obras Menores eleva la actualización de los presupuestos oportunamente presentados, de acuerdo con lo reflejado a fs. 39/42.

Que a fs. 44 glosa una constancia suscripta por el Responsable de la Oficina de Contrataciones del Departamento Legal de la Oficina de Administración y Financiera, de la que se desprende que con el representante comercial de la firma “ADSUR S.A.”, René MAC MANEY, quien hizo saber que el Consejo de la Magistratura estaba exento del pago de derechos de registro de instalación que refiere la nota al pie de fs. 39. Que asimismo informó que el presupuesto de fs. 40 resulta ser por los trabajos enumerados de quince mil quinientos diez pesos con 93/100 ($ 15.510,93).

Que puesto a resolver, de acuerdo con lo reiteradamente recomendado por la Dirección de Servicios Generales y Obras Menores, se autorizará el gasto correspondiente a los trabajos relacionados con la habilitación del ascensor Nº 3 del edificio de la calle Beruti 3.345 y de conformidad con el marco normativo impreso al trámite, se echará mano a la previsión del art. 3º in fine, en función del inc. 2º del art. 7º del “Régimen de Caja Chica Especial”, aprobado por Res. CM Nº 969/2010, autorizándose el gasto de conformidad con lo presupuestado por la empresa “ADSUR S.A.” de fs. 39/42, atendiendo especialmente a la constancia de fs. 44; relativos a: 1) trámite de habilitación municipal del ascensor Nº 3, por la suma de cinco mil novecientos veintinueve pesos ($ 5.929); 2) suministro de materiales para la reparación de la máquina de tracción, consistentes en: cambio de “sin fin” y “corona nueva”; cambio de bujes de la línea del “sin fin”; cambio de polea nueva; cambio de cojinetes y cambio de freno, por la suma de quince mil quinientos diez pesos con 93/100 ($ 15.510,93); 3) desarme de la máquina de tracción y mano de obra de los siguientes trabajos: cambio de “sin fin” y “corona nueva”; cambio de bujes de la línea del “sin fin”; cambio de polea nueva; cambio de cojinetes; cambio de freno; montaje y desmontaje y puesta en marcha y control de funcionamiento, en la suma de ocho mil trescientos cincuenta y dos pesos con 06/100 ($ 8.352,06); 4) suministro y colocación de un nuevo patín retráctil con su correspondiente instalación eléctrica y puesta en marcha y control de funcionamiento del equipo, en la suma de dos mil ciento cincuenta pesos con 38/100 ($ 2.150,38); por un total de treinta y un mil novecientos cuarenta y dos pesos con 37/100 ($ 31.942,37).

Que a fin de materializar la ejecución de la presente, se remitirá el legajo a la Dirección de Compras y Contrataciones.

Por ello y en ejercicio de las atribuciones conferidas por el artículo 4to, inciso f) de la Ley 1988, por las Res. CM Nº 819/2006 y Res. CM Nº 969/2010;

EL ADMINISTRADOR GENERAL DEL

PODER JUDICIAL DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES

RESUELVE:

Artículo 1º: Autorizar el gasto con la firma “ADSUR S.A.”, Clave Única de Identificación tributaria Nº30-69446559-1 relativo al: trámite de habilitación municipal del ascensor Nº 3, por la suma de cinco mil novecientos veintinueve pesos ($ 5.929); el suministro de materiales para la reparación de la máquina de tracción, consistentes en: cambio de “sin fin” y “corona nueva”; cambio de bujes de la línea del “sin fin”; cambio de polea nueva; cambio de cojinetes y cambio de freno, por la suma de quince mil quinientos diez pesos con 93/100 ($ 15.510,93); el desarme de la máquina de tracción y mano de obra de los siguientes trabajos: cambio de “sin fin” y “corona nueva”; cambio de bujes de la línea del “sin fin”; cambio de polea nueva; cambio de cojinetes; cambio de freno; montaje y desmontaje y puesta en marcha y control de funcionamiento, en la suma de ocho mil trescientos cincuenta y dos pesos con 06/100 ($ 8.352,06) y el suministro y colocación de un nuevo patín retráctil con su correspondiente instalación eléctrica y puesta en marcha y control de funcionamiento del equipo, en la suma de dos mil ciento cincuenta pesos con 38/100 ($ 2.150,38); por un total de treinta y un mil novecientos cuarenta y dos pesos con 37/100 ($ 31.942,37).

Artículo 2º: Instruir a la Dirección de Compras y Contrataciones para que por su intermedio se cumplan los trámites dispuestos en el Capítulo III del “Régimen de Caja Chica Especial”.

Artículo 3º: Regístrese, publíquese en la página de internet del Poder Judicial, www.jusbaires.gov.ar, comuníquese a la Dirección de Servicios Generales y Obras Menores y a la Dirección de Programación y Administración Contable. Pase el expediente a la Dirección de Compras y Contrataciones a efectos de cumplir con la instrucción dispuesta en el art. 2º.