Caja Chica Especial- Expediente CM Nº OAyF 149/14-0- Resolución OAyF RE Nº 13/2014

Buenos Aires,        27 de mayo de 2014

 

RES. OAyF (RE) Nº     13    /2014

 

VISTO:

el Expediente OAyF N° 149/14-0, caratulado “O. A. y F. s/ Impresión de Flyers (Tarjetones) Programa de Orientación Vocacional s/ Caja Chica Especial” y;

 

CONSIDERANDO:

Que mediante Nota RRHH N° 170/14, el Departamento de Desarrollo Humano dependiente de la Dirección General de Factor Humano solicita a esta Administración General la impresión de cien (100.-) flyers (tarjetones) para divulgar el Programa de Orientación Vocacional, conforme las especificaciones allí detalladas y el modelo que adjunta. Es de destacar que según informa la dependencia citada, el día martes 10 de junio del corriente a las 15:30 horas se realizará una charla informativa respecto al Programa en cuestión (fs. 1/2 y 7).

Que resulta pertinente destacar que mediante Resolución Presidencia N° 1373/2013 (fs. 3/4) se modificó el artículo 61 octodecies del Anexo A de la Resolución CM N° 843/2010 reemplazando las misiones y funciones del Departamento de Desarrollo Humano, entre las que se incluye, en lo que aquí interesa, la de “coordinar un programa de orientación vocacional procurando promover el desarrollo personal y profesional de los trabajadores destacando sus intereses, aptitudes y capacidades”. Asimismo, por Resolución CM N° 30/2014 (fs. 5/6) se aprobó la puesta en marcha del Proyecto “Introducción a la Orientación Vocacional” que como Anexo I forma parte de esa Resolución.

Que entonces, de conformidad con lo dispuesto por la Presidencia de este Consejo de la Magistratura (v. Res. Pres. N° 1373/2013) y lo aprobado por el Plenario de este Consejo de la Magistratura (v. Res. CM N° 30/2014) y a fin de dar respuesta a lo requerido por el Departamento de Desarrollo Humano con especial atención a la urgencia manifiesta -en razón de la proximidad de la fecha de la charla informativa sobre el Programa de Orientación Vocacional-, esta Oficina de Administración y Financiera entendió que resultaba pertinente imprimir a las presentes el tratamiento previsto en el apartado 2) del artículo 1º del Anexo II de la Resolución CM Nº 97/2012 y en la Resolución CM Nº 969/2010 para proceder la impresión de los flyers (folletones) (fs. 8).

Que conforme lo establecido en el apartado II del Anexo I del artículo 5° de la Resolución CM N° 969/2010 y en el apartado II del artículo 5º del Anexo II de la Resolución CM Nº 97/2012, se puso en conocimiento del presente trámite a la Dirección General de Auditoría Interna y Control de Gestión (fs. 11).

Que en tal estado y en cumplimiento del procedimiento regulado en la Resolución CM Nº 97/2012, se solicitó a las firmas Digicom S.A., Gráfica Golan, Letra Viva S.A. y Centro Lavalle, cotización para la impresión de: cien (100.-) flyers (tarjetones), tamaño A5 (210 mm x 140 mm), tintas color 4/4 laca uv brillante (frente), de 350 gramos, papel cartulina triplex, según las cantidades y características señaladas por el Departamento de Desarrollo Humano (fs. 12/15).

Que como resultado de tal compulsa, presentaron ofertas las cuatro (4.-) firmas invitadas a cotizar. En particular, la firma Grafica Golan cotizó por un total de mil quinientos setenta y siete pesos con 84/100 ($ 1.577,84) (fs. 16/18), la empresa Digicom S.A. presupuestó por un valor unitario de doce pesos con 90/100 ($ 12,90) y un monto total de mil cuatrocientos setenta pesos ($ 1.470,00) IVA incluido (fs. 19), la firma Centro Lavalle presupuestó por un total de setecientos veintiséis pesos ($ 726,00) IVA incluido  (fs. 22/23) y la empresa Letra Viva S.A. ofertó por un valor total de mil ochocientos quince pesos ($ 1.815,00) IVA incluido (fs. 24/25).

Que puesto a resolver, debe destacarse -en primer lugar- que la oferta presentada por empresa Letra Viva S.A. resulta técnicamente admisible en tanto se ajusta a lo requerido en la Invitación a Cotizar. En tanto, las propuestas de las firmas Digicom S.A., Gráfica Golan y Centro Lavalle resultan inadmisibles, pues no cumplen con todos los requisitos técnicos requeridos en las Invitaciones a Cotizar oportunamente cursadas. En particular, presentan diferencias respecto del gramaje y tipo de papel requeridos.  

Que así las cosas, encontrándose cumplidos los trámites previstos en la Resolución CM Nº 97/2012, acabadamente configurado el supuesto de excepción previsto en la citada normativa, atento la urgencia objetiva de la contratación encomendada, con el objeto de dar inmediata respuesta a lo solicitado oportunamente por el Departamento de Desarrollo Humano, con especial atención a la urgencia manifiesta -en razón de la proximidad de la fecha de la charla informativa sobre el Programa de Orientación Vocacional- y con especial fundamento en lo dispuesto en las Resoluciones Presidencia N° 137/2013 y CM N° 30/2014, corresponderá autorizar el gasto con la firma Letra Viva S.A. por la adquisición de cien (100.-) flyers (tarjetones), tamaño A5 (210 mm x 140 mm), tintas color 4/4 laca uv brillante (frente), de 350 gramos, papel cartulina triplex, conforme la Invitación a Cotizar de fojas 14 y la propuesta económica de fojas 24/25.

Que a su vez, corresponderá instruir a la Dirección de Compras y Contrataciones para que notifique al adjudicado del presente acto, y para que por su intermedio se cumplan todos los trámites relativos a lo dispuesto en el capítulo III del “Régimen de Caja Chica Especial”.

Que a tales efectos, deberá darse intervención al Departamento de Desarrollo Humano para que provea a la firma Letra Viva S.A. del material necesario para la impresión de los cien (100.-) flyers (tarjetones) antes mencionados.

Por ello, en ejercicio de las atribuciones conferidas por la Ley 31, sus reglamentaciones y modificatorias, y por las Resoluciones CM Nº 969/2010 y 97/2012,

 

EL ADMINISTRADOR GENERAL

DEL PODER JUDICIAL DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES

RESUELVE:

 

Artículo 1º: Autorícese el gasto con la firma Letra Viva S.A. por la adquisición de cien (100.-) flyers (tarjetones), tamaño A5 (210 mm x 140 mm), tintas color 4/4 laca uv brillante (frente), de 350 gramos, papel cartulina triplex, por un monto total de mil ochocientos quince pesos ($ 1.815,00) IVA incluido, conforme la Invitación a Cotizar de fojas 14 y la propuesta económica de fojas 24/25. Ello, en función de los argumentos expuestos en los considerandos de la presente resolución.

 

Artículo 2º: Dese intervención al Departamento de Desarrollo Humano para que provea a la firma Letra Viva S.A. del material necesario para la impresión de los cien (100.-) flyers (tarjetones) que fue autorizado en el artículo 1° de la presente resolución.

 

Artículo 3º: Instrúyase a la Dirección de Compras y Contrataciones para que notifique a la firma adjudicada en el artículo 1° del presente acto, y para que por su intermedio se cumplan todos los trámites relativos con lo dispuesto en el capítulo III del “Régimen de Caja Chica Especial”.

 

Artículo 4°: Regístrese, publíquese en la página de Internet del Poder Judicial. Comuníquese a la Dirección General de Factor Humano y por su intermedio al Departamento de Desarrollo Humano y a la Dirección de Programación y Administración Contable. Pase a la Dirección de Compras y Contrataciones, cúmplase y, oportunamente, archívese.

 

 

RES. OAyF (RE) Nº 13/2014