Contratación Directa Nº 17/2010- Expediente CM Nº OAyF 100/10-3- Resolución O.A. y F. Nº 281/2010

Autoriza el procedimiento de selección llevado a cabo y adjudica la Contratación Directa Nº 17/2010, tendiente a la adquisición de material bibliografico con la firma Alfagrama S.A.

Autoriza el procedimiento de selección llevado a cabo y adjudica la Contratación Directa Nº 17/2010, tendiente a la adquisición de material bibliografico con la firma Alfagrama S.A.

Autoriza el procedimiento de selección llevado a cabo y adjudica la Contratación Directa Nº 17/2010, tendiente a la adquisición de material bibliografico con la firma Alfagrama S.A.

Buenos Aires, 30 de diciembre de 2010.

RES. OAyF Nº 281/2010

VISTO:

El expediente OAyF Nº 100/10-3 mediante el cual se impulsa la contratación de material bibliográfico editado por la firma Editorial Alfagrama S.A.; y

CONSIDERANDO:

Que la Dirección de Compras y Contrataciones promueve la formación de estos actuados con el objeto de contratar el material bibliográfico editado por la firma Editorial Alfagrama S.A., requerido oportunamente por el Departamento de Biblioteca y Jurisprudencia cuyo pedimento fuera elevado por la Dirección General de Apoyo Administrativo Jurisdiccional mediante Nota Nº 154/2010, la que consta a fs. 5/41 del Expediente Nº 100/10-0.

Que ante ello y toda vez que los bienes a adquirir (cuya planilla se agrega fs. 1/2) no se encuentran agotados (conforme se desprende del presupuesto estimado y remitido por la citada firma) y que la citada editorial se encuentra inscripta en el R.I.U.P.P. (fs. 5), la Dirección de Compras y Contrataciones entiende viable encuadrar esta adquisición mediante el procedimiento de Contratación Directa en los términos del art. 28, inc. d, párrafo primero del Anexo I de la Res. Nº 810/2010, reglamentario del Art. 28º, inc. 3 de la Ley de Compras y Contrataciones (Ley 2095), confr. fs. 6.

Que iniciado entonces el presente trámite, se glosa a fs. 16 el correo electrónico cursado por el Sr. Director de Compras y Contrataciones a la firma editorial Alfagrama S.A. invitándola a la presente Contratación Directa, remitiéndose además el Pliego de Bases y Condiciones Generales aprobado por la Res. Nº 810/2010 y los términos y condiciones particulares de esta Contratación Directa, individualizados en la “Invitación a Cotizar”. Por último se establece como fecha límite para la presentación de la respectiva oferta hasta las 16.00 horas del día 11 de noviembre del presente año (constancia de fs. 7).

Que conforme el Acta de Recepción de Propuesta Económica inserta a fs. 18, el 9 de noviembre de 2010 se ha recibido una presentación por escrito en la Mesa de Entradas, conteniendo una oferta por parte de la firma Aldansa S.A., obrante en autos a fs. 19/30.

Que en este orden de ideas, tal como consta a fs. 32 el día 17 de noviembre de 2010, se ha comunicado vía telefónica con la Dirección de Compras y Contrataciones el Sr. Alfredo Núñez, en su carácter de gerente de la firma Alfagrama S.A., manifestando que por un error atribuible a su persona, se ha enviado cotización suscripta por su persona como apoderado de la firma Aldansa S.A., cuando la misma debió estar suscripta en su carácter de gerente de la firma Alfagrama S.A.

Que con fecha 17 de noviembre del corriente año, obra un proveído dejando expresa constancia de la presentación de la propuesta económica de la firma Alfagrama S.A.(fs.32). En tal sentido a fs. 37/38, se agrega la oferta (ingresada por Actuación Nº 32448/10), por un monto total de un mil doscientos noventa y ocho pesos ($ 1.298.-).

Que en cumplimiento de las disposiciones de la Ley 70, se practicó la afectación preventiva del gasto, conforme constancia de registración Nº 489/11-2010 (fs. 41/42), y se acreditó así la existencia de partidas presupuestarias suficientes.

Que la Dirección de Asuntos Jurídicos tomó la intervención de ley y en su Dictamen Nº 3720/2010 concluyó que “En base a lo expuesto, cabe presumir que la totalidad de los libros cuya compra se impulsa son editados por la firma “Editorial Alfagrama S.A.” pero dicha circunstancia no se encuentra acreditada en el expediente, por lo que una vez cumplido, puede continuarse con el trámite de estas actuaciones” (conf fs. 44).

Que por esa razón esta Administración a fs. 46 solicitó a la Dirección de Compras y Contrataciones el diligenciamiento necesario para acreditar los extremos observados por el órgano de asesoramiento jurídico permanente.

Que en tal virtud a fs.50, glosa el correo electrónico remitido por la firma editorial Alfagrama S.A. por el cual el representante de esa firma manifiesta “confirmo que la totalidad del material cotizado es de Ediciones Alfagrama según podrán constatar en nuestra página web www.alfagrama.com.ar.”

Que en este estado, y de acuerdo a los antecedentes obrantes en autos y oído el dictamen de las asesoría jurídica, entiendo configurado en el caso el supuesto exigido por la ley en cuanto a la exclusividad de la edición del material bibliográfico de marras, (conf. art. 28, ap. d. 1) RLCC, reglamentario del art. 28, inc. 4, ley 2.095) que posibilita una contratación en la modalidad directa.

Que así pues habrá de aprobarse lo actuado y se adjudicará la contratación a la firma Editorial Alfagrama S.A. en las condiciones ya descriptas. Lo resuelto deberá publicarse por un día en la cartelera oficial de la Unidad Operativa de Adquisiciones, y en la página web del organismo.

Por ello, en ejercicio de las atribuciones conferidas por el artículo 4º, inc. f) de la Ley 1988 (modificado por la Ley 3389),

 

EL ADMINISTRADOR GENERAL DEL

PODER JUDICIAL DE LA CIUDAD

RESUELVE:

Artículo 1º: Aprobar el procedimiento llevado a cabo en esta Contratación Directa Nº 17/2010, con el objeto de contratar el material bibliográfico editado por la firma Editorial Alfagrama S.A. para este Consejo de la Magistratura.

Artículo 2º: Adjudicar la Contratación Directa Nº 17/2010 a la firma Editorial Alfagrama S.A. , por la provisión del material bibliográfico, por un valor total de un mil doscientos noventa y ocho pesos ($ 1.298.-), IVA incluido, de acuerdo a la oferta de fs. 37/38.

Artículo 3º: Instruir a la Dirección de Compras y Contrataciones a publicar esta resolución por un día en la cartelera oficial, y en la página de Internet del Poder Judicial de la Ciudad, como así también a comunicarla a la adjudicataria.

Artículo 4º: Regístrese, publíquese y notifíquese como se ordena, pase a la Dirección de Compras y Contrataciones y cúmplase. Oportunamente, archívese.