Contratación Directa Nº 07/2009- Expediente CM Nº DCC 141/09-4- Res. O.A. y F. Nº 107/2010

Autoriza la ampliación de la Contratación Directa Nº 07/2010, referida a la contratación de distintas suscripciones con La Ley S.A.

Autoriza la ampliación de la Contratación Directa Nº 07/2010, referida a la contratación de distintas suscripciones con La Ley S.A.

Autoriza la ampliación de la Contratación Directa Nº 07/2010, referida a la contratación de distintas suscripciones con La Ley S.A.

Buenos Aires, de junio de 2010

 

RES. OAyF Nº /2010

VISTO:

el Expediente DCC Nº 141/09-4 por el que tramita la Contratación Directa Nº 07/2009; y

CONSIDERANDO:

Que a fs. 122 luce la Resolución OAyF Nº 187/2009 mediante la cual se adjudicó la Contratación Directa del Visto (en los términos autorizados por art. 28º, de la ley 2095 y la Res. Nº 445/07) tendiente a la suscripción a diversos servicios editados y distribuidos por La Ley S.A.E. e I, para usuarios del Poder Judicial, áreas administrativa y jurisdiccional, incluido el Ministerio Público Tutelar de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires de Buenos Aires. por la suma total de doscientos cincuenta y seis mil novecientos veinticuatro pesos con 83/100 ($ 256.924,83) IVA incluido.

Que a fs. 132 luce la Orden de Compra Nº 225, por la cual se instrumenta la presente contratación, retirada por la adjudicataria con fecha 4 de noviembre de 2009.

Que es dable destacar que mediante Res. OAyF Nº 53/2010, se aprobó la ampliación de la citada Orden de Compra, por la suma total de ocho mil doscientos treinta y cinco pesos ($8.235,00) en las mismas condiciones y precios originalmente convenidos en el marco de la presente contratación. Todo ello, instrumentado a través de la Orden de Compra Nº 293 retirada por la firma el día 15 de abril de 2010 -la que luce glosada a fs.207-.

Que a fs. 223/224 luce la Nota Nº 628-DCC CM-10 donde la Dirección de Compras y Contrataciones informa de la ampliación requerida por el área de Compras y Contrataciones de la Asesoría General Tutelar de la CABA -cuya presentación se realizó mediante actuación Nº 08289/10, la que luce glosada en copias a fs. 212/214 -dando cuenta además, que la ampliación requerida resultaría de conformidad con la Planilla de suscriptores obrante a fs. 219-.

Que en tal sentido esa dependencia eleva a esta Oficina de Administración y Financiera las presentes actuaciones, con los antecedentes necesarios para promover la ampliación de la Orden de Compra Nº 225 en relación a la suscripción a La Ley Online, en el marco de lo dispuesto por el art. 117, inc. l) de la Ley 2095.

Que el referido artículo dice, en su parte pertinente: “Facultades del Organismo Contratante. Una vez perfeccionado el contrato, el organismo contratante puede: I. Aumentar o disminuir el total adjudicado hasta un quince por ciento (15%) de su valor original en uno y otro caso, en las condiciones y precios pactados y con adecuación de los plazos respectivos. El aumento o disminución puede incidir, sobre uno, varios o el total de los renglones de la orden de compra, siempre y cuando el total resultante no exceda los porcentajes previstos, según corresponda.”

Que en el caso de marras, teniendo presente el monto de adjudicación ya referenciado, la ampliación en estudio podría ascender a la suma máxima de treinta y ocho mil quinientos treinta y ocho pesos con 72/100 pesos ($ 38.538,72), dilucidando que la solicitud de ampliación propiciada por este acto, asciende a la suma de un mil novecientos sesenta y ocho pesos con 81/100 ($ 1.968,81) IVA incluido.

Que a fs. 228 consta la intervención de la Dirección de Asuntos Jurídicos mediante Dictamen Nº 3446/2010, donde luego de reseñar los antecedentes obrantes en las presentes actuaciones el órgano de asesoramiento jurídico permanente señala que: “...La ampliación en cuestión asciende a la suma de pesos un mil novecientos sesenta y ocho con ochenta y un centavos ($1.968,81), monto que, sumado a los $ 8.235 de la primera ampliación, no supera el máximo del 15% permitido (que asciende a un total de $ 38.538,72). Asimismo, a fs. 220/221 se encuentra la constancia de afectación preventiva correspondiente (Nº 445/05 2010), a fin de asegurar la existencia de partidas presupuestarias necesarias para la erogación...”.

Que el Servicio de Asesoramiento Jurídico Permanente de este Consejo, concluye suDictamen manifestando que: “... en virtud de los antecedentes de las presentes actuaciones y lo determinado por el art. 117 Inc I, este Departamento no tiene nada que objetar, desde el punto de vista jurídico, para proceder a la ampliación sugerida por la Dirección de Compras y Contrataciones mediante Nota Nº 628/10...”

Que en cumplimiento a lo establecido por la Ley 70, la Dirección de Programación y Administración Contable procedió a efectuar la registración preventiva del presente gasto, la que se acredita mediante Constancia de Registración Nº 445/05 2010 (fs. 221/222).

Que es dable destacar que previo al dictado del acto administrativo que por el presente se propicia, y advertido un error material en la correlatividad de la foliatura, esta administración procedió al refoliado de estos actuados desde fs. 207 a fs. 228 -conforme constancia obrante a fs.230.-

Que en este estado, cumplidos y verificados que fueran los extremos que permiten la ampliación contractual, y oído que fuera el Sr. Director de Asuntos Jurídicos, no encuentro óbice para proceder a ampliar el Renglón Nº 4 de la Orden de Compra Nº 225 (3 unidades clave de acceso a La Ley Online. Incluye jurisprudencia, doctrina y legislación, con servicio de actualización diaria y servicio de soporte telefónico) en los términos ya señalados.

Por ello, en ejercicio de las atribuciones conferidas por el Artículo 4º, inc. f) de la Ley 1988 (modificada por Ley 3389).

EL ADMINISTRADOR GENERAL

DEL PODER JUDICIAL DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES

RESUELVE:

Artículo 1º: Aprobar la ampliación del Renglón Nº 4 de la Orden de Compra Nº 225 (3 unidades clave de acceso a La Ley Online. Incluye jurisprudencia, doctrina y legislación, con servicio de actualización diaria y servicio de soporte telefónico), por la suma de un mil novecientos sesenta y ocho pesos con 81/100 ($ 1.968,81) IVA incluído, con la firma La Ley S.A.E. e I, en las condiciones y precios originalmente convenidos en el marco de la Contratación Directa que tramita por estos actuados.

Artículo 2º: Instruir a la Dirección de Compras y Contrataciones a efectos de proceder a efectivizar la ampliación aprobada por la presente.

Artículo 3º: Instruir a la Dirección de Compras y Contrataciones a realizar los anuncios en la cartelera del Consejo y en la página de Internet del Poder Judicial www.jusbaires.gov.ar, como así también, las comunicaciones a la adjudicataria.

Artículo 4º: Regístrese, publíquese como se ordena precedentemente, notifíquese al adjudicatario, pase a la Dirección de Compras y Contrataciones, para su cumplimentación, y oportunamente archívese.