Contratación Directa Nº 48/2014- Expediente CM Nº DCC 172/14-0- Resolución OAyF Nº 270/2014

Buenos Aires,  26    de agosto de 2014

 

Res. OAyF Nº  270 /2014

 

 

VISTO:

El Expediente OAyF N° 172/14-0 caratulado “O.A.y F. s/ Contratación con el Diario BAE”, y

 

CONSIDERANDO:

 

Que mediante Memo N° 157/2014 (fs. 1), el Departamento de Prensa solicitó la contratación con el diario BAE para realizar un suplemento mensual de este Consejo de la Magistratura, de agosto a diciembre de 2014, fundamentado en la necesidad de “incorporar un anexo propio de cuatro páginas que nos será de gran utilidad. El mismo nos permitirá canalizar los requerimientos de comunicación de la institución y difundir las actividades con un mayor grado de profundidad y detalle”. A su vez, expresó que “se considera conveniente la elección del diario BAE, dado que es el único diario de circulación masiva que tiene un suplemento judicial exclusivo abocado a los temas judiciales (…). Asimismo el suplemento judicial tiene una gran recepción en todos los ámbitos relacionados al derecho y es leído en todos los ámbitos judiciales, incluido la Corte Suprema de Justicia y los Juzgados federales”. Finalmente remitió la propuesta de la firma Alta Densidad S.R.L. que se encuentra incorporada a fojas 2.

Que la Presidencia de este Consejo de la Magistratura prestó su conformidad para proceder a la contratación con el diario BAE para realizar un suplemento mensual del Consejo en los términos indicados por el Departamento de Prensa (fs. 6).

Que entonces, la Dirección de Compras y Contrataciones le remitió el proyecto de Invitación a Cotizar al Departamento de Prensa y le consultó la cantidad de ejemplares que debieran imprimirse del suplemento en cuestión. En respuesta, el área requirente confirmó que la cantidad era treinta y un mil (31.000.-) (fs. 10).

Que a fojas 11/12 obra la constancia de la consulta efectuada por la Dirección de Compras y Contrataciones acerca del estado registral de la referida firma Alta Densidad S.R.L. de la que surge que se encuentra inscripta en el Registro Informatizado Único y Permanente de Proveedores con lo que queda cumplimentado el requisito estipulado en el artículo 22 de la Resolución CM Nº 1/2014, reglamentaria de la Ley 4764.

Que en este estado, y en virtud de que la publicación del suplemento judicial de la C.A.B.A. en el diario BAE es impreso y editado de manera exclusiva por la editorial Alta Densidad S.R.L., la Dirección de Compras y Contrataciones entendió viable proceder a la contratación mediante el procedimiento de Contratación Directa, en el marco del inciso 5 del artículo 28º de la Ley N° 2095 y su modificatoria la Ley N° 4764, reglamentado por el artículo 28° del Anexo I de la Resolución CM N° 1/2014” (fs. 13).

Que a su vez, la aludida Dirección glosó a fojas 14/16 la constancia de la Invitación a Cotizar en la Contratación Directa N° 48/2014 y a fojas 17/23 el Anexo III -Pliego de Bases y Condiciones Generales- de la Resolución CM N° 1/2014, los cuales fueron remitidos a la firma Alta Densidad S.R.L. mediante correo electrónico obrante a fojas 24. Allí, indicó que debería cotizarse cinco (5.-) suplementos.

Que conforme surge del Acta de Recepción de Propuesta Económica agregada a fojas 26, la firma Alta Densidad S.R.L. presentó una (1.-) oferta -incorporada a fojas 27/52 por un valor mensual de treinta y cinco mil pesos ($ 35.000,00) y un monto total por los meses de agosto a diciembre de ciento setenta y cinco mil pesos ($ 175.000,00). Es de destacar que a fojas 28, luce una constancia en la que el apoderado de la firma Alta Densidad S.R.L. manifestó que la misma era la única editora y comercializadora de publicidad respecto del suplemento dedicado a la temática judicial de la Ciudad judicial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

Que la Dirección de Compras y Contrataciones incorporó los certificados obtenidos del Registro de Deudores Alimentarios Morosos (fs. 53/55) y la constancia del Certificado Fiscal para Contratar (fs. 56) de la firma en cuestión.

Que luego, se agregó la Constancia de Registración Presupuestaria N° 424/08 2014, cumplimentado de esta forma lo establecido en la Ley 70 (fs. 57/58).

Que finalmente, la Dirección General de Asuntos Jurídicos mediante Dictamen Nº 5853/2014 tomó su intervención de ley, y previa reseña de lo actuado, puso de resalto que la ley 2095, recientemente modificada por la Ley 4764 estipula en su artículo 28 “La contratación es directa cuando se selecciona directamente al proveedor, debiendo encontrarse dicha medida debidamente fundada y ponderada por la autoridad competente que la invoca en el expediente por el que tramita, sólo en los siguiente casos: … 5) Cuando se trate de bienes o servicios prestados, fabricados o distribuidos exclusivamente por determinada persona o entidad, siempre que no hubiese sustitutos convenientes”. Luego, cito el artículo 28° de la Resolución CM N° 01/2014, reglamentario del artículo de la Ley 2095 antes referido. Finalmente, concluyó que “atento a la presentación extemporánea de la oferta, no existe obstáculo legal para la prosecución del trámite, siempre y cuando la Dirección de Compras y Contrataciones corrobore la persistencia de la necesidad de la contratación en cuestión” (fs. 63/64).

Que esta Oficina de Administración y Financiera le dio intervención al Departamento de Prensa a fin de que indicara si persistía la necesidad de la contratación de marras y de que manifestara si la propuesta presentada por la firma Alta Densidad S.R.L. se adecúa a lo oportunamente requerido (fs. 68). En respuesta, esa dependencia respondió afirmativamente a ambas consultas (fs. 70).

Que en consecuencia, encontrándose los actuados en estado de resolver, verificados todos los pasos pertinentes, de conformidad con lo requerido y manifestado por el Departamento de Prensa como área requirente, con la conformidad del Presidente de este Consejo de la Magistratura y cumplimentado lo requerido por la Dirección General de Asuntos Jurídicos, esta Administración General entiende que corresponderá aprobar lo actuado en la Contratación Directa N° 48/2014 que tiene por objeto la publicación, impresión y distribución de un suplemento especial que aborde la temática judicial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires conforme las cláusulas que se detallan en la Invitación a Cotizar obrante a fojas 14/16 y adjudicar el Renglón 1 a la firma Alta Densidad S.R.L. de acuerdo con la oferta económica presentada a fojas 27/52, por un valor mensual de treinta y cinco mil pesos ($ 35.000,00) y un monto total por los meses de agosto a diciembre de 2014 de ciento setenta y cinco mil pesos ($ 175.000,00).

Que finalmente, corresponderá instruir a la Dirección de Compras y Contrataciones a efectos de que por su intermedio se instrumenten las medidas correspondientes para dar curso a la contratación que aquí se adjudique y a realizar las publicaciones y notificaciones de este acto conforme lo establecido en la Ley 2095, su modificatoria la Ley 4764, su reglamentaria Resolución CM N° 1/2014 y en la Ley de Procedimientos Administrativos -Decreto 1.510/97.

Por ello, en ejercicio de las atribuciones conferidas por la ley 31 y sus modificatorias.

 

EL ADMINISTRADOR GENERAL DEL

PODER JUDICIAL DE LA CIUDAD

RESUELVE:

 

Artículo 1º: Apruébese el procedimiento llevado a cabo en la Contratación Directa Nº 48/2014.

 

Artículo 2º: Adjudíquese el Renglón 1 de la Contratación Directa Nº 48/2014 a la firma Alta Densidad S.R.L. por un valor mensual de treinta y cinco mil pesos ($ 35.000,00) y un monto total por los meses de agosto a diciembre de 2014 de ciento setenta y cinco mil pesos ($ 175.000,00), de acuerdo con la oferta económica presentada a fojas 27/52 y la Invitación a Cotizar de fojas 14/16. Ello en función de lo expuesto en los considerandos del presente y según lo establecido en la Ley 2095, su modificatoria la Ley 4764 y su reglamentación.

Artículo 3°: Instrúyase a la Dirección de Compras y Contrataciones a efectos de que por su intermedio se instrumenten las medidas correspondientes para dar curso a la contratación adjudicada en el artículo 2° de esta resolución, y a realizar las publicaciones y notificaciones de este acto conforme lo establecido en la Ley 2095, su modificatoria la Ley 4764, su reglamentaria Resolución CM N° 1/2014 y en la Ley de Procedimientos Administrativos -Decreto 1.510/97.

 

Artículo 4º: Regístrese, publíquese, notifíquese como se ordena y comuníquese a la Dirección de Programación y Administración Contable y al Departamento de Prensa. Pase a la Dirección de Compras y Contrataciones, cúmplase y oportunamente, archívese.

 

Res. OAyF Nº 270 /2014