Caja Chica Especial- Resolución OAyF RE Nº 03/2018- Expediente CM Nº OAyF 071/18-0 "Impresión de Dípticos del Programa de Acces

 

Buenos Aires,   5    de junio de 2018

 

RES. OAyF (RE) Nº   03 /2018

 

VISTO:

 

El Expediente OAyF N° 071/18-0, caratulado “O. A. y F. s/ Impresión de Dípticos del Programa de Acceso Comunitario a la Justicia s/ Caja Chica Especial” y;

 

CONSIDERANDO:

 

Que mediante Nota DGCC N° 236/2018 (fs. 1) la Dirección General de Compras y Contrataciones remitió la solicitud efectuada por la Presidencia de este Consejo de la Magistratura para la impresión de mil (1.000.-) folletos dípticos informativos del Programa de Acceso Comunitario a la Justicia que serán utilizados el 7 de junio del corriente en el marco del Ciclo de Charlas sobre Derechos Humanos. Asimismo se informó que el diseño de los insumos solicitados se adecúa al Manual de Identidad Visual del Consejo de la Magistratura (fs. 2/3).

 

Que cabe destacar que por Resolución CM N° 162/2014 se creó el Programa de Acceso Comunitario a la Justicia (v. copia a fs. 4).

 

Que en atención a la proximidad de la fecha anunciada, esta Oficina de Administración y Financiera entendió que resultaba pertinente imprimir a las presentes el tratamiento previsto en el apartado 2) del artículo 1º del Anexo II de la Resolución CM Nº 97/2012 y en la Resolución CM Nº 969/2010 para la contratación requerida (fs. 5).

 

Que conforme lo establecido en el apartado II del Anexo I del artículo 5° de la Resolución CM N° 969/2010 y en el apartado II del artículo 5º del Anexo II de la Resolución CM Nº 97/2012, se puso en conocimiento del presente trámite a la Dirección General de Control de Gestión y Auditoría Interna (fs. 8/9).

 

 

Que luego, el área requirente remitió las especificaciones técnicas necesarias para la impresión de los folletos con la debida conformidad del Centro de Planificación Estratégica (fs. 11/13).

 

Que así las cosas, en cumplimiento del procedimiento establecido en la normativa citada, se remitieron invitaciones a cotizar a las firmas “Dispape” (fs. 14/15), Artes Gráficas Integradas S.A. (fs. 17/18), Graphia S.R.L. (fs. 20/21), “Centro Lavalle” (fs. 23/24) y Visapel S.A. (fs. 26/27). Ello, de conformidad con las especificaciones técnicas brindadas por el Programa de Acceso Comunitario a la Justicia dependiente de la Presidencia del Consejo de la Magistratura.

 

Que como resultado de tal compulsa, presentaron ofertas Graphia S.R.L. -agregada a fojas 29/30- por el monto de dieciséis mil quinientos pesos ($16.500,00) IVA incluido, “Centro Lavalle” -glosada a fojas 31/33- que presupuestó por la suma de cinco mil cuatrocientos cuarenta y cinco pesos ($5.445,00) IVA incluido y “Dispape” -incorporada a fojas 36/45- que ofertó por cuatro mil novecientos noventa pesos ($4.990,00) IVA incluido.

 

Que posteriormente se dio intervención a los responsables del Programa de Acceso Comunitario a la Justicia a fin de que en su carácter de área requirente y técnica competente analizara las ofertas recibidas en relación a los insumos solicitados (fs. 46/49). En respuesta, esa dependencia brindó conformidad a las tres (3.-) propuestas recibidas respecto de las cuestiones técnicas (fs. 50). Por su parte, la Presidencia de este Consejo de la Magistratura otorgó conformidad al análisis técnico practicado (fs. 51).

 

Que puesto bajo análisis de esta Oficina de Administración y Financiera, corresponde destacar en primer término que las tres (3.-) ofertas presentadas fueron temporáneas, por lo que corresponde tenerlas en consideración.

 

Que los responsables del Programa de Acceso Comunitario a la Justicia junto a la Presidencia de este Consejo de la Magistratura, en su carácter de área técnica competente, entendieron que todas las propuestas son admisibles técnicamente. En otro orden de ideas, la propuesta de “Dispape” (CUIT Nº 27-17072147-6) resulta la más conveniente económicamente.

 

Que entonces, puesto a resolver, encontrándose cumplido el trámite previsto en las Resoluciones CM N° 969/2010 y CM Nº 97/2012, acabadamente configurado el supuesto de excepción contemplado en esa normativa, con especial atención a la solicitud cursada por la Presidencia de este Consejo de la Magistratura y con el objeto de garantizar el normal funcionamiento de este Poder Judicial, corresponderá autorizar el gasto con la firma “Dispape” (CUIT Nº 27-17072147-6) para la impresión de mil (1.000.-) folletos dípticos informativos del Programa de Acceso Comunitario a la Justicia. Ello, por la suma de cuatro mil novecientos noventa pesos ($4.990,00) IVA incluido, conforme las especificaciones remitidas en la Invitación a Cotizar de fojas 14/15 y de acuerdo a la oferta agregada a fojas 36/45, por constituir una oferta que se ajusta a las especificaciones requeridas y resultar la más conveniente a los intereses económicos de este Consejo de la Magistratura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

 

Que a tales efectos, deberá darse intervención a la Presidencia del Consejo de la Magistratura y por su intermedio al Programa de Acceso Comunitario a la Justicia para que provean a la firma que resulte adjudicataria en el presente acto del material necesario para las impresiones requeridas.

 

Que en consonancia con lo antedicho, deberá instruirse a la Dirección General de Compras y Contrataciones para que notifique a la firma que resulte adjudicada en el presente acto y al resto de las firmas oferentes y para que por su intermedio se cumplan todos los trámites relativos a lo dispuesto en el capítulo III del “Régimen de Caja Chica Especial”.

 

Por lo expuesto y en el ejercicio de las atribuciones conferidas por la Ley 31 y sus modificatorias y por las Resoluciones CM Nº 969/2010 y N° 97/2012;

 

EL ADMINISTRADOR GENERAL

DEL PODER JUDICIAL DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES

RESUELVE:

 

Artículo 1º: Autorícese el gasto con la firma “Dispape” (CUIT Nº 27-17072147-6) para la impresión de mil (1.000.-) folletos dípticos informativos del Programa de Acceso Comunitario a la Justicia por la suma total de cuatro mil novecientos noventa pesos ($4.990,00) IVA incluido, conforme las especificaciones remitidas en la Invitación a Cotizar de fojas 14/16 y de acuerdo a la oferta agregada a fojas 36/45.

 

Artículo 2º: Dese intervención a la Presidencia del Consejo de la Magistratura y por su intermedio al Programa de Acceso Comunitario a la Justicia para que provean a la firma “Dispape” (CUIT Nº 27-17072147-6) del material necesario para las impresiones cuyo gasto se autorizó en el artículo 1° de la presente.

 

Artículo 3º: Instrúyase a la Dirección General de Compras y Contrataciones para que notifique a la adjudicataria del presente acto y al resto de las firmas oferentes, y para que por su intermedio se cumplan todos los trámites relativos con lo dispuesto en el capítulo III del “Régimen de Caja Chica Especial”.

 

Artículo 4º: Regístrese, publíquese en la página de Internet del Poder Judicial y comuníquese a la Presidencia del Consejo de la Magistratura -y por su intermedio al Programa de Acceso Comunitario a la Justicia- y a la Dirección General de Programación y Administración Contable. Pase a la Dirección General de Compras y Contrataciones y, oportunamente, archívese.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

RES. OAyF (RE) Nº    03/2018