Licitación Pública Nº 06/2013- Expediente CM Nº DCC 388/12-0- Resolución CAGyMJ Nº 78/2015

Buenos Aires,  19  de octubre de 2015

 

RESOLUCIÓN CAGyMJ N°       78     /2015

 

 

VISTO:

 

El Expediente CM. Nº DCC-388/12-0 s/ contratación de Limpieza Integral de Edificios; y

 

 

CONSIDERANDO:

 

Que a fs. 3422/3425, mediante la Resolución CM 169/2013 se aprueba lo actuado en la Licitación Pública N° 6/2013 adjudicando el renglón 1 a Servicios de Limpieza y Mantenimiento SA por un monto de Pesos Nueve Millones Setecientos Doce Mil Ochocientos ($ 9.712.800.-) IVA incluido, el renglón 2 a La Mantovana de Servicios Generales SA por Pesos Seis Millones Seiscientos Ochenta y un Mil Seiscientos ($ 6.681.600.-), y el renglón 3 a Limpiolux SA por la suma de Pesos Seis Millones Doscientos Ochenta y Ocho Mil Novecientos Sesenta ( $ 6.288.960.-) IVA incluido.

 

Que a fs. 3457, 3463 y 3460 se incorporan las órdenes de compra N 632, 631 y 630, retiradas por las firmas adjudicatarias, dando así comienzo al inicio de los plazos contractuales el día 1 de noviembre de 2013.

 

Que a fs. 5283 luce el correo electrónico por el cual la Dirección de Servicios General y Obras Menores requirió la ampliación contractual del servicio de limpieza integral para la prestación en el nuevo local de la Editorial Jusbaires, ubicado en Av. Julio A Roca 538 de esta Ciudad.

 

Que a fs. 5236 la Dirección de Compras y Contrataciones entiende que correspondería dar curso a la ampliación contractual de la Licitación Pública N° 6/2013, bajo las mismas especificaciones técnicas y cantidad horaria de trabajo que las estipuladas para los ítems A.12 y A.13 del Punto 4 del PCP (considerados individualmente); esto es, las prestaciones de limpieza integral de los pisos 8 y 9 de Julio A Roca 546; como así también las prestaciones contratadas para la ampliación efectuada mediante Orden de Compra N 642, en iguales condiciones.

 

Que tomando como parámetro contractual el antes citado, y de acuerdo con la redeterminación de precios aprobada por Resolución CAGyMJ N° 71/2015 de fecha 16/9/2015, el monto de la ampliación contractual ascendería a la suma de Pesos Nueve Mil Ciento Once ($ 9.111,67.-) IVA incluido, a partir del 15 de octubre de 2015.

 

Que también señala que teniendo en cuenta que la ampliación contractual aprobada por Resolución CAFITIT N° 101/13 que fue por la suma de Pesos Trescientos Cuarenta y Dos Mil ($ 342.000.-), conf. Art. 1°, y que la ampliación aprobada por Resolución Presidencia de la CAGyMJ N° 5/2015 por Pesos Noventa y Seis Mil Novecientos Pesos ($ 96.900.-) conf. Art. 1°, no se hallaría superado el máximo permitido para la ampliación de la presente Licitación Pública.

 

Que a fs. 5284/85 la Dirección de Programación y Administración Contable realizó la afectación presupuestaria preventiva de Pesos Nueve Mil Ciento Once con Sesenta y Siete ($ 9.111,67.-).

 

Que el servicio de asesoramiento jurídico permanente dictaminó a fs. 5307/8 y expresó que “entiende que no existen obstáculos jurídicos para proceder a la ampliación propiciada con respecto al renglón 1 de esta Licitación Pública y a la contratista Servicios de Limpieza y Mantenimiento SA”.

 

Que en tal estado llega la cuestión a la Comisión de Administración, Gestión y Modernización Judicial.

 

Que la Ley 4890 modificó la redacción de la Ley 31, manteniendo en su art. 38 la competencia de la Comisión de ejecutar el presupuesto anual del Poder Judicial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y toda otra función que le encomiende el Plenario o que se le atribuya por ley o reglamento.  

 

Que el art. 38 inc. 4 de dicha norma dispone que le compete a la Comisión: “ejecutar los procedimientos de licitación, concurso y demás procedimientos de selección de cocontratante, de montos superiores a los establecidos en esta ley con relación a la Oficina de Administración y Financiera del Poder Judicial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, de conformidad con lo dispuesto por el Plenario en el Plan de Compras y Plan de Acción para la Jurisdicción, disponiendo la adjudicación correspondiente.”

 

Que la cuestión en debate involucra un acto de disposición de recursos presupuestarios y la ampliación de una contratación cuyo llamado y adjudicación aprobó la Comisión, por lo tanto, ésta resulta competente.

Que el art. 117 inc. i) de la ley 2095 dice: “una vez perfeccionado el contrato el organismo contratante podrá: aumentar o disminuir el total adjudicado hasta el veinte por ciento (20%) de su valor original en uno y otro caso, en las condiciones y precios pactados y con adecuación de los plazos respectivos. El aumento o la disminución pude incidir sobre uno, varios o el total de los renglones de la orden de compra. En los casos que resulte imprescindible para el organismo contratante el aumento o la disminución podrá exceder el veinte por ciento (20%), y se deberá requerir la conformidad del cocontratante. Si ésta no fuera aceptada, no generará ningún tipo de responsabilidad al proveedor ni serpa pasible de ningún tipo de penalidad o sanción. En ningún caso las ampliaciones o disminuciones podrán exceder del cincuenta por ciento (50%) del monto total del contrato, aún con consentimiento del cocontratante.”

 

Que la ampliación requerida conforme los cálculos efectuados por la Dirección de Compras y Contrataciones, no supera el máximo legal permitido. Por lo tanto, el presente trámite se encuentra dentro de los parámetros normativos.

 

Que existiendo recursos presupuestarios suficientes, se cumplen los recaudos legales exigibles para la operación en cuestión.

 

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos avaló el encuadre legal descripto precedentemente y no formuló observaciones a la ampliación.

 

Que por lo tanto, no existen razones de hecho ni de derecho que impidan aprobar el presente trámite en los términos solicitados por la Dirección General de Informática y Tecnología.

 

Por ello, en ejercicio de las atribuciones conferidas por la Ley 31 y su modificatoria 4890;

 

LA COMISIÓN DE ADMINISTRACIÓN, GESTIÓN

Y MODERNIZACIÓN JUDICIAL

RESUELVE:

 

Artículo 1º: Ampliar el contrato de Servicios de Limpieza y Mantenimiento SA en la Licitación Pública N° 6/2013, para prestar el  servicio de limpieza integral en local de la Editorial Jusbaires, ubicado en Av. Julio A Roca 538 de esta Ciudad, a partir del 15 de octubre de 2015, por la suma total de Pesos Pesos Nueve Mil Ciento Once con Sesenta y Siete ($ 9.111,67.-).

Artículo 2°: Instruir a la Dirección de Compras y Contrataciones a notificar Servicios de Limpieza y Mantenimiento SA  la presente resolución, a gestionar la ampliación de la garantía de ejecución de contrato en el caso que corresponda y a efectuar la publicación en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

 

Artículo 3°: Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, anúnciese en la página de internet del Poder Judicial www.jusbaires.gov.ar; notifíquese, comuníquese a la Oficina de Administración y Financiera, a la Dirección de Servicios Generales y Obras Menores, a la Dirección de Compras y Contrataciones y a la Dirección de Programación y Administración Contable, y oportunamente, archívese.

 

RESOLUCIÓN CAGyMJ N°        78        /2015

 

 

 

 

 

 

Ricardo Baldomar   Juan Pablo Godoy Vélez    Juan Sebastián De Stefano