Contratación Directa Nº 68/2015- Expediente CM Nº DCC 150/15-0- Resolución OAyF Nº 204/2015

Buenos Aires,    23   de junio de 2015

 

RES. OAyF Nº  204   /2015

                                                                    

VISTO:

El Expediente DCC N° 150/15-0 caratulado “D.C.C. s/ Publicación Régimen Procesal Penal Juvenil de la C.A.B.A.”, y

 

CONSIDERANDO:

Que mediante Memo N° 0050/2015, la Presidencia de la Comisión de Fortalecimiento Institucional y Planificación Estratégica solicitó la impresión de cinco mil (5000.-) ejemplares del Régimen Procesal Penal Juvenil de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, de acuerdo a las características técnicas que en dicha nota se detallan.

Que resulta atinado hacer mención respecto a que el presente pedido se formula en el marco de la Resolución  CM Nº 151/2014,  la Resolución CFIPE Nº 05/2015,  la Resolución de Presidencia Nº 397/15 y del Convenio Específico suscripto entre el Fondo de la Naciones Unidas para la Infancia (UNICEF) y este Consejo de la Magistratura. Respecto a dicho Convenio, corresponde señalar que fue suscripto con el fin de desarrollar y divulgar la publicación de la Ley 2451 por la que se aprobó el Régimen Procesal Penal Juvenil de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y que entre sus cláusulas estableció el compromiso por parte del Consejo de la Magistratura -a través de la Editorial Jusbaires- de editar una publicación y emitir un total de cinco mil (5.000.-) ejemplares.

Que entonces, se dio intervención a la Editorial Jusbaires la cual ratificó las características técnicas oportunamente remitidas por la Presidencia de la Comisión de Fortalecimiento Institucional y Planificación Estratégica (v. Memo Nº 184/2015 de fs. 5).

Que posteriormente, la Presidencia de la Comisión de Fortalecimiento Institucional y Planificación Estratégica aclaró que la publicación tendría sesenta y cuatro (64.-) páginas más las tapas (fs. 12).

Que entonces, la Dirección de Compras y Contrataciones adjuntó el presupuesto elaborado por Eudeba S.E.M. de dónde surge que el monto por la impresión requerida asciende a la suma de ciento seis mil doscientos setenta pesos ($ 106.270,00) (fs. 13). Asimismo, sugirió encuadrar la presente compra como contratación directa y realizar un contrato interadministrativo. En tal sentido, puso de resalto que  la  firma Eudeba SEM, es una sociedad de economía mixta y que la conformación de su capital social reúne capitales públicos pertenecientes en este caso a un ente administrativo autárquico como lo es la Universidad de Buenos Aires. En razón de ello, manifiestó que correspondería encuadrar la presente contratación en el inciso 11 del artículo 28° de la Ley 2095, modificado por la Ley 4764 (fs. 14 y 17).

Que en cumplimiento con lo dispuesto por la Ley 70, la Dirección de Programación y Administración Contable realizó la afectación de la partida presupuestaria necesaria para afrontar la contratación en cuestión (v. Constancia de Registración Nº 647/0 2015 de fs. 15/16).

Que entonces, la Dirección General de Asuntos Jurídicos tomó la intervención que le compete y emitió el Dictamen Nº 6364/2015. Allí, luego de realizar la reseña de lo actuado y el análisis jurídico correspondiente, destacó que “la ley 4764 (reglamentada a través de la Res. CM Nº 1/2014) modificó parcialmente la ley de compras y contrataciones, habiendo incluido dentro del art. 28 de la ley 2095, referido a la contratación directa, el inciso 11) que expresamente dice: 11. Los contratos para la adquisición de bienes o prestación de servicios que celebren las jurisdicciones y entidades del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires entre sí o con organismos provinciales, municipales o del Estado Nacional, como así también con las Universidades Nacionales y otras Universidades con sede en la Ciudad, siempre que la contratación tenga relación directa con el objeto del organismo que se trate” y concluyó que “no encuentra obstáculo alguno, desde el punto de vista jurídico, para la continuidad del trámite del presente expediente” (fs. 23).

Que en consecuencia, puesto a resolver, de acuerdo a los antecedentes antes expuestos, no resta más que autorizar el llamado a Contratación Directa N° 68/2015 con la firma Editorial Eudeba S.E.M. para la impresión de cinco mil (5000.-) ejemplares del Régimen Procesal Penal Juvenil de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires por la suma total de ciento seis mil doscientos setenta pesos ($ 106.270,00) IVA incluido, conforme las características técnicas y cotización obrante a fojas 13.

Que a tales efectos, deberá darse intervención a la Editorial Jusbaires para que provea a la firma Eudeba S.E.M. del material necesario para la impresión de los ejemplares referidos.

Que finalmente, corresponderá instruir a la Dirección de Compras y Contrataciones a efectos de que por su intermedio se realicen las tareas necesarias para el perfeccionamiento de la presente contratación y a realizar las publicaciones y notificaciones de este acto conforme lo establecido en la Ley 2095, su modificatoria Ley 4764, su reglamentación y en la Ley de Procedimientos Administrativos – Decreto 1.510/97.

Por ello, en ejercicio de las atribuciones conferidas por la Ley 31 y sus modificatorias;

 

EL ADMINISTRADOR GENERAL

DEL PODER JUDICIAL DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES

RESUELVE:

 

Artículo 1°: Autorícese el gasto para la Contratación Directa N° 68/2015 con la firma Editorial Eudeba S.E.M. para la impresión de cinco mil (5000.-) ejemplares del Régimen Procesal Penal Juvenil de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires por la suma total de ciento seis mil doscientos setenta pesos ($ 106.270,00) IVA incluido, conforme las características técnicas y cotización obrante a fojas 13.

 

Artículo 2º: Dese intervención a la Editorial Jusbaires para que provea a la firma Editorial Eudeba S.E.M. del material necesario para la impresión autorizada en el artículo 1º de la presente.

 

Artículo 3º: Instrúyase a la Dirección de Compras y Contrataciones a efectos de que por su intermedio se realicen las tareas necesarias para el perfeccionamiento de la presente contratación y a realizar las publicaciones y notificaciones de este acto conforme lo establecido en la Ley 2095, su modificatoria Ley 4764, su reglamentación y en la Ley de Procedimientos Administrativos – Decreto 1.510/97.

 

Artículo 4º: Regístrese y publíquese como se ordena. Comuníquese a la Editorial Jusbaires, a la Presidencia de la Comisión de Fortalecimiento Institucional y Planificación Estratégica y a la Dirección de Programación y Administración Contable. Pase a la Dirección de Compras y Contrataciones, cúmplase y, oportunamente, archívese.

 

 

Res. OAyF Nº   204 /2015