Actuación Nº 05448/2013- Resolución OAyF Nº 76/2012

 

Buenos Aires,    10  de abril de 2013

Res. OAyF  Nº   76     /2013

 

VISTO:

la Actuación Nº 05448/2013; y

 

CONSIDERANDO:

Que por Resolución CM Nº 461/2012 dictada en el marco del Expediente CFI Nº 411/12-0 caratulado “s/ participación Feria del Libro 2013”, se resolvió aprobar la participación del Consejo de la Magistratura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en la Feria Internacional del Libro 2013 mediante la instalación de un stand y diferentes actividades de difusión, delegar en la Comisión de Fortalecimiento Institucional, Planificación Estratégica y Política Judicial la organización de esa actividad y aprobar los gastos que ésta demande (fs. 1).

Que conforme surge del Acta Nº 01/13, en reunión del día 18 de marzo de 2013 la Comisión de Fortalecimiento Institucional, Planificación Estratégica y Política Judicial del Consejo de la Magistratura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires resolvió incluir distintos productos de merchandising a distribuir en el marco del stand del Poder Judicial de la Ciudad en la 39º Feria Internacional del Libro, que se realizará a partir del 23 de abril del año en curso (fs. 2/3).

Que por memorando que luce a fojas 4, la Sra. Secretaria de la Comisión de Fortalecimiento Institucional, Planificación Estratégica y Política Judicial solicitó a esta Oficina de Administración y Financiera que “(…) proceda a arbitrar los medios necesarios para la contratación de los productos que se describen en el Acta Adjunta de acuerdo a las especificaciones técnicas que allí detallan”.

Que asimismo, debe tenerse presente que para la contratación mencionada ha de tomarse como referencia lo establecido en el Reglamento para la 39º Feria Internacional del Libro de Buenos Aires (fs. 5/16), que por su artículo 6.6. (“Seguros”) dispone que: “El expositor queda obligado a tomar un seguro que ampare la mercadería expuesta en los stands contra el riesgo de incendio. Esta cobertura debe tener como asegurado a la razón social expositora y a la Fundación El Libro conjuntamente y debe ser presentada al ENTE ORGANIZADOR  junto con el recibo de pago oficial de dicha póliza emitido por la compañía aseguradora correspondiente o, en su defecto, que la póliza incluya una cláusula por la que la compañía de seguros se inhibe de rechazar un siniestro por aplicación de la cláusula de cobranza. La póliza deberá incluir una cláusula de no repetición a favor de la Fundación El Libro y de La Rural S.A. (…)”.

Que según se desprende de las constancias de correo electrónico agregadas a fojas 17/19, la Oficina de Acceso a la Justicia remitió a esta Oficina de Administración y Financiera los datos necesarios para la contratación de la aludida póliza.

Que por otro lado, y en virtud del procedimiento impulsado, se puso en conocimiento de lo actuado a la Dirección General de Auditoría Interna y Control de Gestión (fs. 21).

Que asimismo, conforme se desprende de la constancia de correo electrónico agregada a fojas 22, desde la Unidad Consejero de la Dra. Laura Grindetti y por disposición suya, se solicitó “se proceda a la contratación del seguro contra incendio, por una cobertura de $70.000”.

Que así las cosas, se solicitó a SGM SEGUROS enviara el presupuesto correspondiente a la mencionada póliza (fs. 23).

Que en consecuencia, SGM remitió una cotización por un monto total de ciento setenta pesos ($ 170,00), IVA incluido, indicando que la compañía que emite la póliza es ALLIANZ CIA. ARGENTINA DE SEGUROS S.A. (fs. 24/25 y fs. 28/30).

Que previo a resolver, corresponde destacar que el gasto que insumirá la presente contratación ha sido aprobado mediante la Resolución CM Nº 461/2012 referida en el primer considerando y que el mismo resulta de escasa incidencia económica. A su vez, debe tenerse presente que la contratación del seguro de incendios resulta obligatoria en virtud de lo establecido en el punto 6.6 del Reglamento para la 39º Feria Internacional del Libro de Buenos Aires transcripto ut supra. Y, no puede perderse de vista que la Feria Internacional del Libro 2013 tendrá lugar desde el próximo 23 de abril del año en curso y que en aras de cumplir con lo instruido se impulsó el presente.

Que en consecuencia, puesto a resolver y con el objeto de dar inmediata respuesta a este trámite, corresponderá autorizar el gasto con ALLIANZ CIA. ARGENTINA DE SEGUROS S.A, a través de SGM SEGUROS, para la contratación del seguro contra incendios para el stand que tendrá el Poder Judicial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en la 39º Feria Internacional del Libro de Buenos Aires, por un monto total de ciento setenta pesos ($ 170,00), IVA incluido, según la propuesta económica de fojas 24/25 y de fojas 28/30

Que finalmente, se instruirá a la Dirección de Programación y Administración Contable a que realice la afectación preventiva correspondiente a la presente contratación.

Por ello, en ejercicio de las atribuciones conferidas por el inciso f) del artículo 4º de la Ley 1988, sus modificatorias y, por la Resolución CM Nº 819/2006;

 

EL ADMINISTRADOR GENERAL DEL

PODER JUDICIAL DE LA CIUDAD

RESUELVE:

 

Artículo 1º: Autorícese el gasto con ALLIANZ CIA. ARGENTINA DE SEGUROS S.A, a través de SGM SEGUROS, para la contratación del seguro contra incendios para el stand que tendrá el Poder Judicial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en la 39º Feria Internacional del Libro de Buenos Aires, por un monto total de ciento setenta pesos ($ 170,00), IVA incluido, según invitación a cotizar agregada a fojas 23 y la propuesta económica de fojas 24/25 y fojas 28/30.

 

Artículo 2º: Remítase a la Dirección de Compras y Contrataciones para su intervención.

 

Artículo 3º: Instrúyase a la Dirección de Programación y Administración Contable a que realice la afectación preventiva correspondiente a la presente contratación, de conformidad con lo aprobado mediante la Resolución CM Nº 461/2012.

 

Artículo 4º: Regístrese, publíquese en la página de internet del Poder Judicial www.jusbaires.gov.ar, comuníquese a la Dirección de Programación y Administración Contable y a la Comisión de Fortalecimiento Institucional, Planificación Estratégica y Política Judicial. Pase a la Dirección de Compras y Contrataciones para su intervención, cúmplase y, oportunamente, archívese.

 

 

 

Res. OAyF Nº        76 /2013