Contratación Directa Nº 14/2013- Expediente CM Nº DCC 216/13-0- Resolución OAyF Nº 189/2013

                                            Buenos Aires,  4   de octubre de 2013

 

RES. OAyF Nº   189     /2013

 

VISTO:

El expediente DCC 216/13-0 caratulado “D.C.C. s/ Adquisición de Herramientas Ufed” Recaratulado; y

 

CONSIDERANDO:

Que mediante Nota Nº 255/2013 que luce agregada a fojas 3, la Dirección de Informática y Tecnología manifestó, en lo que aquí interesa, la necesidad de proceder a la adquisición de una serie de productos necesarios para la utilización de la herramienta informática “Ufed touch ultimate/ Ufed chinex”. Ello, a raíz de la remisión efectuada a la Secretaría de Innovación por la Secretaría de Apoyo Administrativo Jurisdiccional mediante Nota SAAJ- CM Nº 56/2013, previa solicitud que realizara el Departamento de Informática Forense por Nota DIF Nº 03/2013. En esta última, se indicó que la mencionada herramienta tiene por finalidad equipar el Laboratorio Forense y que resulta ser “la herramienta más poderosa y avanzada a nivel mundial (…) utilizada para investigaciones forenses de telefonía móvil” (fs. 6/12).

Que posteriormente, la Secretaría de Apoyo Administrativo Jurisdiccional remitió la Nota DIF N° 18/2013 por la que solicitó la adquisición de un software específico, que –según expresó- amplía las adquisiciones requeridas mediante la Nota DIF 3/2013 antes referida (fs. 23/24).

Que entonces, el Departamento de Informática Forense le envió un correo electrónico a la Dirección de Compras y Contrataciones por el cual la empresa Security Team Network S.A. informó ser el único distribuidor autorizado para comercializar los productos de Extracción Forense Universal (UFED) de Cellebrite Mobile Synchronization Ltd. (fs. 32/33).

Que a fojas 34 y 39 lucen agregadas las constancias del intercambio electrónico habido entre la Dirección de Compras y Contrataciones y el Departamento de Informática Forense a los efectos confeccionar la invitación a cotizar pertinente.

Que así las cosas, la Dirección de Compras y Contrataciones, previa verificación de que la firma Security Team Network S.A. se encuentra inscripta en el Registro Informatizado Único y Permanente de Proveedores (fs. 40/41), entendió viable la adquisición de herramientas “Ufed” con la firma Security Team Network S.A., mediante el procedimiento de Contratación Directa, en el marco de lo dispuesto por el inciso d) del artículo 28º del Anexo I de la Resolución CM Nº 810/2010, reglamentario del inciso 4) del artículo 28º de la Ley Nº 2095 (fs. 42). En tal sentido, incorpora al Expediente del Visto el Anexo III –Pliego de Bases y Condiciones Generales- de la Resolución CM N° 810/2010 (fs. 43/48) y la Invitación a Cotizar a remitir que consta de cuatro (4.-) renglones según el siguiente detalle: Renglón 1: un (1.-) UFED touch rígido ultimate con un (1.-) año de licencia; Renglón 2: una (1.-) licencia analizador físico; Renglón 3: un (1.-) software chinex analizador físico; Renglón 4: un (1.-) UFED link analysis (fs. 49/50).

Que entonces, esa Dirección le remitió a la firma Security Team Network S.A. el Pliego de Bases y Condiciones Generales y la Invitación a Cotizar, en la cual se estipulan los términos y condiciones particulares de la contratación y en donde se le requiere a la empresa -entre otras cuestiones- la presentación de una declaración jurada en donde conste que el oferente es el único distribuidor o proveedor exclusivo de los bienes requeridos (fs. 52).

Que la firma invitada realiza ciertas consultas (fs. 53/54) y en virtud de considerarlas consultas de procedimiento en el marco de la Contratación Directa por Exclusividad, la Dirección de Compras y Contrataciones elaboró una Circular con Consulta N° 1 de la Contratación Directa N° 14/2013 dando respuesta a las mismas (fs. 56), la comunicó a Security Team Network S.A. (fs. 57), y la publicó en la Cartelera de la Unidad Operativa de Adquisiciones (fs. 58/59) y en la página web del Poder Judicial de esta Ciudad (fs. 190).

Que obra a fojas 60 el Acta de Recepción de Propuesta Económica, de fecha 31 de julio de 2013, en donde se dejó constancia de la recepción de una oferta presentada por la firma Security Team Network S.A.

Que luce incorporada a fojas 63/166 y 170 la oferta presentada por Security Team Network S.A., por el monto de doscientos setenta y cuatro mil setecientos sesenta y dos pesos ($274.762,00) por el Renlgón1, de sesenta y un mil ochocientos veinte pesos ($61.820,00) por el Renglón 2, de cincuenta y ocho mil seiscientos pesos ($58.600,00) por el Renglón 3 y de ciento cuatro mil cuatrocientos ochenta y nueve pesos ($104.489,00) por el Renglón 4, resultando un monto total de cuatrocientos noventa y nueve mil seiscientos setenta y un pesos ($ 499.671,00) IVA incluido, por los cuatro (4.-) renglones ofertados. En tal presentación, la empresa declaró bajo juramento que es vendedor, distribuidor y proveedor exclusivo de los renglones cotizados en la presente contratación directa (v. fs. 135).

Que con el fin de dar cumplimiento a lo dispuesto por la Ley 70, la Dirección de Programación y Administración Contable presentó la Constancia de Registración Nº 1099/08 2013 por un total de cuatrocientos noventa y nueve mil seiscientos setenta y un pesos ($ 499.671,00), confirmando de este modo la existencia de las partidas presupuestarias necesarias para afrontar la contratación en cuestión (fs. 171/172).

Que luego, la Dirección de Compras y Contrataciones le solicitó a la empresa oferente el endoso de la póliza integrada como garantía de oferta, declaración jurada de aptitud para contratar y el certificado de deudores alimentarios morosos (fs. 173). En respuesta a lo requerido, la firma presentó la documentación solicitada (fs. 176/182).

Que requerida que fuera al efecto, mediante Dictamen Nº 5267/2013 la Dirección General de Asuntos Jurídicos tomó la intervención que le compete y, luego de realizar una breve reseña de lo actuado, consideró que “nada obsta para prosecución del trámite del presente expediente”. No obstante, señaló que deberá incorporarse al presente la constancia de la consulta del certificado fiscal para contratar de la firma en cuestión (fs. 185/186).

Que corresponde señalar que en consonancia con lo establecido en el último párrafo del artículo 29 del Anexo III de la Resolución CM N° 810/2010, se acompañó la impresión del certificado fiscal para contratar surgida de la consulta vía internet a través de la página de la Administración Federal de Ingresos Públicos (fs. 200).

Que entonces, esta Administración General dio intervención al Departamento de Informática Forense para que indique si la propuesta remitida por la empresa Security Team Network S.A. se ajusta a las especificaciones del Servicio referidas en la invitación a cotizar oportunamente cursada e informe si las herramientas requeridas no cuentan con un sustituto similar que pueda ser provisto por otra empresa del rubro (fs. 191).

Que en respuesta, el Departamento de Informática Forense manifestó a través de la Nota DIF N° 24/2013 agregada a fojas 195/196, que la propuesta presentada por Security Team S.A. cumple con las especificaciones técnicas requeridas oportunamente. Al mismo tiempo, señaló que la oferta de la firma consistente en dar en préstamo un equipo UFED rígido que cumpla con similares características al requerido en el Renglón 1 de la invitación a cotizar hasta tanto cuente con la posibilidad de entregar en forma definitiva el idéntico al requerido, no resulta un impedimento ni genera perjuicio alguno para este Consejo de la Magistratura de la Ciudad de Buenos Aires.

Que adicionalmente, en esa oportunidad, el Departamento de Informática Forense expresó que: “Con relación a la existencia de un producto sustituto similar se informa que este Departamento oportunamente investigando acerca de diferentes herramientas informáticas tomó conocimiento de la existencia de un producto similar denominado “XRY”, desarrollado por la empresa sueca Micro Systemation, pero que el mismo no cuenta con el 100% de las características técnicas y funcionalidades del requerido en la presente contratación entre la que se puede mencionar que no cubre la misma cantidad de marcas y modelos de teléfonos celulares existentes en el mercado que si cubre el equipo UFED desarrollado por la empresa Cellebrite”. Finalmente puso de manifiesto que “…otro organismos públicos ya cuentan con herramientas UFED lo cual permitirá homogeneizar plataformas tecnológicas con el fin de interactuar, intercambiar conocimientos y experiencias, permitir colaborar y realizar análisis forense en forma conjunta con los mismos en el futuro”.

Que en este estado, puesto a resolver, esta Oficina de Administración y Financiera entiende que se encuentra configurado el caso exigido por el inciso 4º del artículo 28 de la Ley 2095 y el inciso 4º punto d) del artículo 28 del Anexo I de la Resolución CM Nº 810/2010, y que la exclusividad del servicio objeto de este procedimiento posibilita que se proceda a una contratación directa.

Que por otro lado, en virtud de lo argüido por el área técnica correspondiente la oferta es técnicamente admisible.

Que entonces, corresponderá aprobar lo actuado y adjudicar la Contratación Directa Nº 14/2013 a la firma Security Team Network S.A., de acuerdo con la propuesta económica agregada a fojas 63/166 y la invitación a cotizar de fojas 49/50.

Que asimismo, corresponderá publicar la presente Resolución por un (1) día en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y por un (1) día en la cartelera oficial de la Unidad Operativa de Adquisiciones y en la página de Internet del Poder Judicial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Por lo expuesto y en el ejercicio de las atribuciones conferidas por el inciso f) del artículo 4º de la Ley 1988, sus modificatoria, de la Resolución CM Nº 819/2006 y por la Resolución Presidencia 391/2013;

 

EL ADMINISTRADOR GENERAL DEL

PODER JUDICIAL DE LA CIUDAD

RESUELVE:

 

Artículo 1º: Apruébese el procedimiento llevado a cabo en la Contratación Directa Nº 14/2013 tendiente al tendiente a la provisión de herramientas para investigaciones forenses de telefonía móvil.

 

Artículo 2º: Adjudíquese la Contratación Directa Nº 14/2013 a la firma Security Team Network S.A., en tanto único representante en la Argentina de Cellebrite Mobile Synchronization LTD,, de acuerdo con la propuesta económica agregada a fojas 63/166 y la invitación a cotizar de fojas 49/50. Ello, por los argumentos vertidos en la presente resolución.

 

Articulo 3º: Instrúyase a la Dirección de Compras y Contrataciones a publicar la presente Resolución en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires por un (1) día, en la cartelera de la Unidad Operativa de Adquisiciones, y en la página de Internet del Poder Judicial de la Ciudad, como así también a comunicarla a la adjudicataria.

 

Artículo 4º: Regístrese, comuníquese a la Dirección de Programación y Administración Contable, a la Secretaría de Apoyo Administrativo Jurisdiccional y por su intermedio al Departamento de Informática Forense. Publíquese y notifíquese como se ordena. A tal efecto, pase a la Dirección de Compras y Contrataciones y cúmplase. Oportunamente, archívese.

 

 

RES. OAyF Nº 189      /2013