Contratación Directa Nº 40/2014- Expediente CM Nº DCC 140/14-17- Resolución OAyF Nº 206/2014

Buenos Aires,   25       de junio  de 2014

 

Res. OAyF Nº 206   /2014

 

VISTO:

        el Expediente DCC-140/14-17 caratulado “D.C.C. s/ Adquisición de Material Bibliográfico de Editorial De Palma” por el que tramita la Contratación Directa Nº 40/2014, y

 

CONSIDERANDO:

Que la presente contratación se inició a raíz del requerimiento remitido por el Departamento de Biblioteca y Jurisprudencia mediante Nota N° 14/2014 a través de la Secretaría de Apoyo Administrativo Jurisdiccional (fs. 1/9) para la adquisición anual de material bibliográfico para el año 2014 con destino a las sedes de la Biblioteca del Poder Judicial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, dependientes de ese Departamento. A tal fin, remitió un listado de las publicaciones jurídicas del sello Editorial De Palma de la firma Abeledo Perrot S.A que se proponen contratar (fs. 12/13).

Que a fojas 11 obra la constancia de la consulta efectuada por la Dirección de Compras y Contrataciones acerca del estado registral de la referida firma de la que surge que se encuentra inscripta en el Registro Informatizado Único y Permanente de Proveedores con lo que queda cumplimentado el requisito estipulado en el artículo 22 de la Resolución CM Nº 1/2014, reglamentaria de la Ley 4764.

Que en este estado, la Dirección de Compras y Contrataciones entendió viable la adquisición de material bibliográfico del sello Editorial De Palma a la firma Abeledo Perrot S.A. “…mediante el procedimiento de Contratación Directa, en el marco del Art. 28º Inc. 5) de la Ley N° 2095 y su modificatoria Ley 4764, reglamentada por Art. 28° del Anexo I de la Resolución CM N° 1/2014” (fs. 17).

Que a su vez, la aludida Dirección glosó a fojas 18/21 la constancia de la Invitación a Cotizar en la Contratación Directa N° 40/2014 remitida al sello editorial De Palma mediante correo electrónico, y a fojas 22/28 el Anexo III de la Resolución CM N° 1/2014 –Pliego de Bases y Condiciones Generales-. Lo requerido fue discriminado en ciento veintiséis (126.-) renglones según luce agregado como Anexo A (fs. 29/30).

Que conforme surge del Acta de Recepción de Propuesta Económica agregada a fojas 31, la firma Abeledo Perrot S.A. presentó una oferta –incorporada a fojas 36/45 - por un total de un mil cuarenta y cuatro pesos con 90/100 ($ 1.044,90), en la que se detalla que sólo poseen stock para los renglones 62, 95 y 107.

Que la firma Abeledo Perrot S.A. acompañó la Declaración Jurada en la que manifiesta que “…es editora y distribuidora exclusiva de las publicaciones cotizadas para la contratación de referencia” (fs. 47) y la declaración jurada de aptitud para contratar (fs. 48/49).

Que consultada que fuera el área técnica respectiva (Departamento de Biblioteca y Jurisprudencia) ésta prestó conformidad, expresando que “la adquisición de material bibliográfico de Editorial De Palma que tramita por Expediente CM N° DCC 140/14-17 se corresponde con el material requerido por la suscripta” (fs. 57).

Que se agregó la Constancia de Registración Presupuestaria N° 288/06 2014, cumplimentado de esta forma lo establecido en la Ley 70 (fs. 58/59).

Que finalmente la Dirección General de Asuntos Jurídicos mediante Dictamen Nº 5734/2014 tomó su intervención de ley, y previa reseña de lo actuado, manifestó en cuanto al marco legal que: “…la ley 4764 modificó parcialmente la Ley de Compras y Contrataciones, habiendo incluido dentro del artículo 28 de la ley 2095, referido a la contratación directa, el inciso 5) que expresamente dice:Cuando se trate de bienes o servicios prestados, fabricados o distribuidos exclusivamente por determinada persona o entidad, siempre que no hubiese sustitutos convenientes”. Asimismo señaló que “…su reglamentación a su vez dispone: ‘La compra de material bibliográfico se encausará en los términos del artículo 28 inciso 5 de la ley, pudendo contratarse directamente con la editorial (Res. CM N° 1/2014)”. Finalmente concluyó que teniendo en cuenta lo manifestado por la Dirección de Compras y Contrataciones y la normativa legal vigente “…esta Dirección General no encuentra obstáculos jurídicos para la continuidad del trámite del presente expediente” (fs. 64/65).

Que encontrándose los actuados en estado de resolver, de acuerdo a los antecedentes obrantes en autos, verificados todos los pasos pertinentes, de conformidad con lo requerido y manifestado por el área técnica así como por el área de Asesoramiento Jurídico Permanente de este Consejo, y con el fin de garantizar el normal y correcto funcionamiento de las dependencias del Poder Judicial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, corresponderá aprobar lo actuado y adjudicar la Contratación Directa Nº 40/2014 tendiente a la adquisición de material bibliográfico del sello Editorial De Palma a la firma Abeledo Perrot S.A. para el año 2014 detallado en los renglones 62, 95 y 107 del Anexo A de la invitación a cotizar que obra a fojas 29/30, por el monto total de un mil cuarenta y cuatro pesos con 90/100 ($ 1.044,90) y de acuerdo con la propuesta económica presentada a fojas 36/45.

Que finalmente, corresponde señalar que la contratación en cuestión se regirá por la Ley 2095, su modificatoria la Ley 4764 y su reglamentación.

Por ello, en ejercicio de las atribuciones conferidas por la ley 31, sus modificatorias y por la Resolución de Presidencia N° 391/2013;

 

EL ADMINISTRADOR GENERAL DEL

PODER JUDICIAL DE LA CIUDAD

RESUELVE:

 

Artículo 1º: Apruébese el procedimiento llevado a cabo en la Contratación Directa Nº 40/2014.

 

Artículo 2º: Adjudíquense los Renglones 62, 95 y 107 de la Contratación Directa Nº 40/2014 tendiente a la adquisición de material bibliográfico del sello Editorial De Palma a la firma Abeledo Perrot S.A. por el monto total de un mil cuarenta y cuatro pesos con 90/100 ($ 1.044,90) de acuerdo con la propuesta económica presentada a fojas 36/45 y según la Invitación a Cotizar obrante a fojas 20/30. Ello, en función de lo expuesto en los considerandos de la presente y según lo establecido en la Ley 2095, su modificatoria la Ley 4764 y su reglamentación.

 

Artículo 3°: Declárense desiertos los Renglones 1 a 61, 63 a 94, 96 a 106 y 108 a 126 de la Contratación Directa Nº 40/2014 dado que no se ha recibido oferta para los mismos.

 

Articulo 4º: Instrúyase a la Dirección de Compras y Contrataciones a efectos de que por su intermedio se instrumenten las medidas correspondientes para dar curso a la contratación adjudicada en el artículo 2° de esta resolución, y a realizar las publicaciones y notificaciones de este acto conforme lo establecido en la Ley 2095, su modificatoria la Ley 4764, su reglamentaria Resolución CM N° 1/2014 y en la Ley de Procedimientos Administrativos -Decreto 1.510/97.

 

Artículo 5º: Regístrese, publíquese, notifíquese como se ordena y comuníquese a la Dirección de Programación y Administración Contable y a la Secretaría de Apoyo Administrativo Jurisdiccional y por su intermedio al Departamento de Biblioteca y Jurisprudencia. Pase a la Dirección de Compras y Contrataciones, cúmplase y oportunamente, archívese.

 

 

Res. OAyF Nº  206  /2014