Licitación Pública Nº 17/2014- Expediente CM Nº DCC 142/14-0- Resolución OAyF Nº 376/2015

Buenos Aires,     16      de diciembre de 2015

RES. OAyF Nº   376   /2015

 

VISTO:

El Expediente DCC N° 142/14-0 caratulado “D.C.C. s/ Adquisición de Insumos Sanitarios”, y

 

CONSIDERANDO:

Que por Resolución OAyF Nº 259/2014 se autorizó el llamado a Licitación Pública Nº 17/2014 de etapa única bajo la modalidad de compra diferida que tiene por objeto la adquisición de insumos sanitarios y la instalación en comodato de dispensadores y cestos de residuos, para su uso en los distintos edificios del Poder Judicial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en la forma, cantidades, características y demás condiciones descriptas en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares que como Anexo I integra esa Resolución (fs. 48/54).

Que entonces, la Dirección de Compras y Contrataciones designó al Director de Servicios Generales y Obras Menores como responsable técnico (fs. 56).

Que luego, por Resolución OAyF Nº 357/2015 se aprobó el procedimiento llevado a cabo en la Licitación Pública Nº 17/2014 y se adjudicó a la empresa Berly Internacional S.A. por un monto total de un millón trescientos ochenta y cuatro mil setecientos sesenta y siete pesos con 84/100 ($1.384.767,84) IVA incluido, conforme la oferta de fojas 163/227, fojas 568/570 y aclaratoria de fojas 639 y el Pliego de Condiciones Particulares de esta Licitación (fs. 671/675).

Que la contratación referida se formalizó mediante la Orden de Compra N° 759 en la que se detalla que la adjudicataria debía entregar: cuatro mil doscientos cuarenta y ocho (4.248.-) packs de 2 rollos de papel toalla (Renglón 1), ochocientos cincuenta (850.-) bolsones de papel higiénico de 10 paquetes de 4 rollos de 100 metros cada uno (Renglón 2), trescientas ochenta y tres (383.-) cajas de jabón de tocador (Renglón 3) y ciento noventa y un (191.-) cajas de alcohol en gel (Renglón 4). La misma fue retirada por la adjudicataria el día 12 de diciembre de 2014 (fs. 678/679).

Que a fojas 707 y 711 se agregaron los Partes de Recepción Definitiva respecto de la provisión de la totalidad de los insumos en cuestión.

Que en esta oportunidad, la Oficina de Recepción y Custodia solicitó la ampliación de la contratación de marras (cfr. fs. 765). En razón de ello, la Dirección General de Compras y Contrataciones expresó que “(…) encaminó un nuevo proceso licitatorio tendiente a la adquisición de insumos sanitarios mediante Expediente CM N° DCC-255/15-0, pero poniendo especial atención a que según lo informado existe una urgente necesidad de proceder a la adquisición de papel higiénico, esta dependencia entiende que correspondería dar curso al análisis -salvo mejor criterio- de la ampliación contractual del Renglón 2 de la Licitación Pública N° 17/2014” (v. Nota Nº 868-DGCC-2015 de fs. 769).

Que en consecuencia, la Dirección General de Compras y Contrataciones propició la ampliación de la Licitación Pública N° 17/2014 a fin de adquirir cuatrocientos (400.-) bolsones de papel higiénico de 10 paquetes de 4 rollos de 100 metros cada uno por un monto de ciento veintitrés mil setecientos cuatro pesos ($123.704,00) IVA incluido -que se desprende de multiplicar el precio unitario por el que fueron adquiridos los ochocientos cincuenta (850.-) bolsones originales por los cuatrocientos (400.-) que se pretende adquirir en esta oportunidad- (v. fs. 706). En tal sentido, puso de resalto lo dispuesto en el inciso I) del artículo 117 de la Ley 2095 y su modificatoria la Ley 4764 respecto a que: “(…) una vez perfeccionado el contrato, el organismo contratante puede: I) Aumentar o disminuir el total adjudicado hasta un veinte por ciento (20%) de su valor original en uno y otro caso, en las condiciones y precios pactados y con adecuación de los plazos respectivos. El aumento o la disminución puede incidir sobre uno, varios o el total de los renglones de la orden de compra” (cfr. Nota Nº 868-DGCC-2015 de fs. 769). De lo expuesto surge que el monto de la ampliación propiciada no supera el veinte por ciento (20%) del monto total adjudicado.

Que en cumplimiento de las disposiciones de la Ley 70, la Dirección General de Programación y Administración Contable realizó la afectación presupuestaria correspondiente (v. Constancia de Registración Nº 1302/11-2015 de fs. 767/768).

Que tomó la intervención que le compete la Dirección General de Asuntos Jurídicos y emitió el Dictamen Nº 6665/2015. Allí, previa reseña de lo actuado y tras citar la normativa aplicable al caso bajo su análisis, concluyó: “(…) esta Dirección General de Asuntos Jurídicos no tiene nada que objetar, desde el punto de vista jurídico, para que se proceda a la ampliación sugerida por la Dirección de Compras y Contrataciones mediante Nota 868-DCC-2015, con la empresa Berly Internacional S.A.” (fs. 775/776).

Que en este estado, puesto a resolver, de acuerdo a los antecedentes mencionados, en atención a lo solicitado por la Oficina de Recepción y Custodia y lo expuesto por la Dirección General de Compras y Contrataciones respecto a la urgencia del caso, de conformidad con el cálculo y el encuadre realizado por esa Dirección General y en línea con lo dictaminado por la Dirección General de Asuntos Jurídicos corresponderá proceder a la ampliación contractual del Renglón 2 de la Orden de Compra N° 759 por la adquisición de cuatrocientos (400.-) bolsones de papel higiénico de 10 paquetes de 4 rollos de 100 metros cada uno por la suma de ciento veintitrés mil setecientos cuatro pesos ($123.704,00) IVA incluido, conforme la oferta obrante a fojas 163/227, 568/570 con la aclaratoria de fojas 639 y según el Pliego de Condiciones Particulares de la Licitación Pública N° 17/2014.

Que finalmente, deberá instruirse a la Dirección General de Compras y Contrataciones a efectos de proceder a efectivizar la ampliación contractual que se aprobara por la presente, a notificar a la adjudicataria y a realizar las publicaciones y comunicaciones pertinentes de conformidad con lo establecido en la Ley 2095, su modificatoria la Ley 4764, su reglamentaria Resolución CM N° 1/2014 y en la Ley de Procedimientos Administrativos -Decreto 1.510/97.

Por lo expuesto y en el ejercicio de las atribuciones conferidas por la Ley 31 y sus modificatorias, por las  Resolución  Presidencia  Nº 1203/2015, por la Resolución CM Nº 222/2015 y por la Resolución Presidencia N° 391/2013;

 

EL ADMINISTRADOR GENERAL DEL

PODER JUDICIAL DE LA CIUDAD  DE BUENOS AIRES

RESUELVE:

 

Artículo 1º: Apruébese la ampliación contractual del Renglón 2 de la Orden de Compra N° 759 por la adquisición de cuatrocientos (400.-) bolsones de papel higiénico de 10 paquetes de 4 rollos de 100 metros cada uno por la suma de ciento veintitrés mil setecientos cuatro pesos ($123.704,00) IVA incluido, conforme la oferta obrante a fojas 163/227, 568/570 con la aclaratoria de fojas 639 y según el Pliego de Condiciones Particulares de la Licitación Pública N° 17/2014. Ello, atento a los argumentos esgrimidos en los considerandos de la presente.

 

Artículo 2°: Instrúyase a la Dirección General de Compras y Contrataciones a efectos de proceder a efectivizar la ampliación contractual aprobada por la presente, a notificar de este acto a la adjudicataria y a realizar las publicaciones y comunicaciones pertinentes de conformidad con lo establecido en la Ley 2095, su modificatoria la Ley 4764, su reglamentaria Resolución CM N° 1/2014 y en la Ley de Procedimientos Administrativos -Decreto 1.510/97.

 

Artículo 3º: Regístrese, publíquese como se ordena precedentemente, y comuníquese a la Oficina de Recepción y Custodia, a la Dirección General de Obras, Servicios Generales y Seguridad y a la Dirección General de Programación y Administración Contable. Pase a la Dirección General de Compras y Contrataciones para la prosecución del trámite.

 

 

RES. OAyF Nº  376    /2015