Contratación Directa Nº 20/2013- Expediente CM Nº DCC 231/13-0- Resolución OAyF Nº 203/2013

                                          Buenos Aires,  31      de octubre de 2013

 

RES. OAyF Nº 203     /2013

 

VISTO:

El Expediente DCC N° 231/13-0 recaratulado “D.C.C. s/ Renovación de Licencias de Software para la Oficina de Estadísticas”; y

 

CONSIDERANDO:

Que el presente procedimiento se inició a raíz de la proximidad del vencimiento – el día 30 de septiembre del año en curso- de la contratación del servicio de renovación y mantenimiento de las licencias de software con las que cuenta la Oficina de Información Judicial, informado por la Dirección de Compras y Contrataciones mediante Nota Nº 355/2013 (fs. 1).

Que en la mencionada Nota esa Dirección solicitó, en lo que aquí interesa, se consultara “a la Oficina de Información Judicial y a la Dirección de Informática y Tecnología, si consideran conveniente la renovación del mencionado servicio en las mismas condiciones en las que actualmente es prestado por la adjudicataria”.

Que entonces, la Oficina de Estadísticas (ex Oficina de Información Judicial) indicó que “en virtud de que el Software SPSS es con el que trabaja la Oficina de Estadísticas (…) para procesar los datos que con fines estadísticos se analizan y publican sobre la performance del Poder Judicial de la CABA, resulta conveniente y oportuno contratar la actualización y mantenimiento de las 4 licencias con las que cuenta actualmente esta dependencia” (fs. 9).

Que por su parte, la Dirección de Informática y Tecnología dependiente de la Secretaría de Innovación manifestó “su conformidad con la renovación del contrato para la actualización y mantenimiento de las 4 licencias del Software SPSS para la Oficina de Estadísticas” (fs. 11 y 13).

Que así las cosas, la Dirección de Compras y Contrataciones agregó una copia fiel de la Declaración Jurada suscripta por SPSS Argentina S.A., donde la empresa manifiesta ser proveedora exclusiva en Argentina “del software SPSS, desarrollado por SPSS Inc., en Chicago, IL., Estados Unidos” (fs. 24). Asimismo, adjuntó la consulta efectuada al Registro Informatizado Único y Permanente de Proveedores del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, de donde surge que SPSS Argentina S.A. se encuentra inscripta en ese Registro (fs. 25).

Que entonces, la Dirección de Compras y Contrataciones entendió viable la actualización y renovación del servicio de software para la Oficina de Estadísticas con la firma SPSS Argentina S.A., mediante el procedimiento de Contratación Directa, en el marco de lo dispuesto por el inciso d) del artículo 28º del Anexo I de la Resolución CM Nº 810/2010, reglamentario del inciso 3) del artículo 28º de la Ley Nº 2095 (fs. 26).

Que luego, esa Dirección remitió a la firma SPSS Argentina S.A. el Pliego de Bases y Condiciones Generales -Anexo III de la Resolución CM N° 810/2010- y una Invitación a Cotizar, en la cual se estipulan los términos y condiciones particulares de la contratación y en donde se requiere a la empresa -entre otras cuestiones- la presentación de una declaración jurada en donde conste que el oferente es el único distribuidor del software requerido (fs. 27/38).

Que obra a fojas 39 el Acta de Recepción de Propuesta Económica, de fecha 26 de agosto de 2013, en donde se dejó constancia de la recepción de una (1.-) oferta remitida por la firma SPSS Argentina S.A.

Que a fojas 42/48 luce incorporada la cotización remitida por esa empresa, por el monto de veinte mil trescientos sesenta y cuatro pesos con 30/100 ($ 20.364,30) IVA incluido, y considerando un plazo contractual de doce (12) meses. En tal presentación, la firma adjuntó un informe elaborado por el Sr. Director de Software Argentina de IBM Argentina S.R.L. en donde se indica que “…en el territorio de la República Argentina, los productos SPSS se comercializan solamente a través de IBM Argentina S.R.L. o SPSS Argentina S.A., a la fecha su único distribuidor en el país” y que “para el caso particular de la renovación del mantenimiento de las licencias SPSS del Consejo de la Magistratura, SPSS Argentina S.A. es el único representante comercial para ejecutar la operación dado que brinda el soporte y capacitación al Consejo de la Magistratura desde el año 2005” (fs. 42).

Que con el fin de dar cumplimiento a lo dispuesto por la Ley 70, la Dirección de Programación y Administración Contable presentó la Constancia de Registración Nº 1/09 2013 por la suma indicada, confirmando de este modo la existencia de las partidas presupuestarias necesarias para afrontar la contratación en cuestión (fs. 49/50).

Que requerida que fuera al efecto, mediante Dictamen Nº 5302/2013 la Dirección General de Asuntos Jurídicos tomó la intervención que le compete. En cuanto al marco jurídico de este procedimiento, entendió que “en rigor, se trata del Inc. 4) del Art. 28 de la Ley de Compras y Contrataciones” y, luego de realizar una breve reseña de lo actuado, concluyó que “(…) puede continuarse con la tramitación de estas actuaciones” (fs. 53).

Que entonces, esta Administración General dio intervención a la Dirección de Informática y Tecnología y a la Oficina de Estadísticas para que indiquen si la propuesta remitida por la empresa SPSS Argentina S.A. se ajusta a la invitación a cotizar oportunamente cursada (fs. 61).

Que en respuesta, la Dirección de Informática y Tecnología informó que “…nada tiene que objetar sobre las especificaciones técnicas presentadas por la firma SPSS Argentina S.A. a fs. 42/48” (fs. 63). Asimismo, la Oficina de Estadísticas manifestó su “conformidad respecto de las especificaciones técnicas detalladas por el proveedor SPSS que constan de la actualización del software y del soporte técnico” y señaló que éstas “coinciden con los servicios que fueron requeridos por esta oficina oportunamente” (fs. 68).

Que en este estado, puesto a resolver y en atención a lo dictaminado por la Dirección General de Asuntos Jurídicos, esta Oficina de Administración y Financiera entiende que se encuentra configurado el caso exigido por el inciso 4º del artículo 28 de la Ley 2095 y el inciso 4º punto d) del artículo 28 de la Resolución CM Nº 810/2010, y que la exclusividad del servicio objeto de este procedimiento habilita se adopte el procedimiento de contratación directa.

Que entonces, corresponderá aprobar el procedimiento llevado a cabo en la Contratación Directa Nº 20/2013 tendiente a la actualización y renovación del mantenimiento de licencia SPSS para cuatro (4.-) usuarios concurrentes.

Que también, corresponderá adjudicar la contratación a la firma SPSS Argentina S.A. por la suma veinte mil trescientos sesenta y cuatro pesos con 30/100 ($ 20.364,30) IVA incluido, por un plazo contractual de doce (12.-) meses, de acuerdo con la propuesta económica agregada a fojas 42/48 y la invitación a cotizar de fojas 27/38.

Que seguidamente, corresponderá instruir a la Dirección de Compras y Contrataciones a publicar la presente Resolución por un (1.-) día en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y por un (1.-) día en la cartelera oficial de la Unidad Operativa de Adquisiciones y en la página de Internet del Poder Judicial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Por lo expuesto y en el ejercicio de las atribuciones conferidas por el inciso f) del artículo 4º de la Ley 1988, sus modificatorias y de la Resolución CM Nº 819/2006;

 

EL ADMINISTRADOR GENERAL DEL

PODER JUDICIAL DE LA CIUDAD

RESUELVE:

 

Artículo 1º: Aprobar el procedimiento llevado a cabo en la Contratación Directa Nº 20/2013 tendiente a la actualización y renovación del mantenimiento de licencia SPSS para cuatro (4.-) usuarios concurrentes.

 

Artículo 2º: Adjudicar la Contratación Directa Nº 20/2013 a la firma SPSS Argentina S.A. por la suma de veinte mil trescientos sesenta y cuatro pesos con 30/100 ($ 20.364,30) IVA incluido, por un plazo contractual de doce (12.-) meses, de acuerdo con la propuesta económica agregada a fojas 42/48 y la invitación a cotizar de fojas 27/38.

 

Articulo 3º: Instruir a la Dirección de Compras y Contrataciones a publicar la presente Resolución en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires por un (1.-) día, en la cartelera de la Unidad Operativa de Adquisiciones, y en la página de Internet del Poder Judicial de la Ciudad, como así también a comunicarla a la adjudicataria.

 

Artículo 4º: Regístrese, comuníquese a la Dirección de Programación y Administración Contable, a la Secretaría de Políticas Judiciales y por su intermedio a la Oficina de Estadísticas y a la Secretaría de Innovación y por su intermedio a la Dirección de Informática y Tecnología.

Pase a la Dirección de Compras y Contrataciones y oportunamente, archívese.

 

 

RES. OAyF Nº  203      /2013