Contratación Directa Nº 5/11, Expte OAyF Nº 209/10-4, Resol. OAyF Nº 30/11

Aprobar el procedimiento llevado a cabo en esta Contratación Directa Nº 5/2011, con el objeto de adquirir suscripciones anuales a servicios prestados exclusivamente por la firma Rubinzal Culzoni S.A. para el año 2011.

Aprobar el procedimiento llevado a cabo en esta Contratación Directa Nº 5/2011, con el objeto de adquirir suscripciones anuales a servicios prestados exclusivamente por la firma Rubinzal Culzoni S.A. para el año 2011.

Aprobar el procedimiento llevado a cabo en esta Contratación Directa Nº 5/2011, con el objeto de adquirir suscripciones anuales a servicios prestados exclusivamente por la firma Rubinzal Culzoni S.A. para el año 2011.

Buenos Aires, 18 de febrero de 2011

RES. OAyF Nº 30 /2011

VISTO:

El expediente OAyF Nº 209/10-4 mediante el cual se impulsa la suscripción al servicio prestado por Editorial Rubinzal Culzoni S.A.; y

CONSIDERANDO:

Que a fs. 1, glosa copia de informe agregado en el expediente DCC Nº 209/10-0, suscripto por el Jefe de Departamento Coordinación Administrativa de la Oficina de Administración y Financiera a mi cargo, mediante el cual se da cuenta de la realización de un detallado análisis del “Informe descriptivo de los resultados obtenidos de la encuesta sobre publicaciones”, cursada a las dependencias y usuarios destinatarios de tal servicio (confr. fs. 2/8).

Que dicha compulsa se realizó a instancia de la solicitud efectuada al Director de Apoyo Operativo de este Consejo de la Magistratura, mediante Nota Nº 81/2010 del Departamento de Biblioteca y Jurisprudencia, por la cual: “teniendo en cuenta la previsión presupuestaria, a los efectos de solicitar la renovación para el año 2011, de las suscripciones con que cuenta este Departamento en la actualidad y de algunas suscripciones nuevas”, requisitoria elevada a consideración del señor Secretario de Coordinación mediante Nota Nº 213/2010 DGAAJ-CM, cuya copia glosa a fs. 11/24.

Que sobre los resultados de dicha encuesta el Departamento de Coordinación Administrativa de la Oficina de Administración y Financiera realizó un minucioso análisis y propuso un esquema de asignación de los escasos recursos disponibles que contempla las necesidades de las oficinas administrativas y jurisdiccionales. De tal modo, siguiendo esa propuesta y tras analizar la solicitud del Departamento de Biblioteca y Jurisprudencia a la luz de lo normado en el art. 113.2 del Anexo de la Res. CM Nº 843/2010, que consagra como misión de aquél el procurar la actualización permanente del acervo bibliográfico, se estimó adecuado darle cauce favorable. En ese orden de ideas se instruyó a la Dirección de Compras y Contrataciones para que impulsara el procedimiento de contratación pertinente (fs. 5).

Que la mentada Dirección, actuando como Unidad Operativa de Adquisiciones (conf. art. 17 RLCC), valoró que los servicios pretendidos son prestados en forma exclusiva por la firma Rubinzal Culzoni S.A. y, con fundamento en lo normado por el art. 28, inc. “4” LCC y su reglamentario, el art. 28, inc. “d” RLCC, dio inicio a una contratación directa (fs. 32). Constató el estado registral de la firma ante el Registro Informatizado Único y Permanente de Proveedores (RIUPP) y le cursó por vía electrónica una invitación a cotizar (fs. 30/31 y 39/42, respectivamente).

Que consultadas las áreas del Ministerio Público acerca de su participación en la presente contratación solo la Asesoría Tutelar respondió afirmativamente (constancias de fs. 26, 27 y 28/29).

Que a fs. 39 se agrega la constancia por la cual la Dirección de Compras y Contrataciones comunicó a la Editorial de marras que, las cantidades de las suscripciones requeridas para el Renglón 4 se incrementaron en función del requerimiento efectuado por el Ministerio Público Tutelar.

Que con fecha 11 de enero del corriente año se labró el Acta de Recepción de Propuesta Económica de esta Contratación Directa Nº 5/2011 (fs. 43) y se dejó constancia de la presentación de la oferta. En tal sentido a fs. 44/48 se agrega la cotización presentada por un monto total de sesenta y siete mil cuatrocientos sesenta y cuatro pesos ($ 67.464.-), comprensivo de los siguientes servicios; a saber: a) una (1) suscripción, año 2011, a Revista de Derecho Privado y Comunitario, precio unitario mil treinta y dos pesos ($1032), b) una (1) suscripción, año 2011, a Revista de Derecho de Daños, precio unitario mil veinte pesos ($1.020), c) tres (3) suscripciones, año 2011, a Revista de Derecho Procesal Penal, precio unitario novecientos cuarenta y ocho pesos ($948), d) sesenta y dos (62) suscripciones, año 2011, a Revista de Derecho Penal, precio unitario novecientos cuarenta y ocho pesos ($948), e) dos (2) suscripciones, año 2011, a la Revista de Derecho de Derecho Procesal, precio unitario novecientos cuarenta y ocho pesos ($948), d) dos (2) suscripciones, año 2011, a Revista de Derecho Público, precio unitario novecientos cuarenta y ocho pesos ($948). Asimismo, la oferente manifestó con carácter de declaración jurada que es único distribuidor en todo el país del sello editorial Rubinzal Culzoni Editores de Rubinzal y Asociados S.A. (fs. 48).

Que en cumplimiento de las disposiciones de la Ley 70, se practicó la afectación preventiva del gasto, conforme constancia de registración Nº 14/01-2011 (fs. 50/51), y se acreditó así la existencia de partidas presupuestarias suficientes.

Que la Dirección de Asuntos Jurídicos tomó la intervención de ley y en su Dictamen Nº 3825/2011 concluyó que “no existen obstáculos desde el punto de vista jurídico para continuar con el trámite de las presentes actuaciones”(conf. fs. 54).

Que cabe destacar que, encontrándose los autos para resolver, a requerimiento del suscripto, se efectuó consulta al sitio de internet de la Administración Federal de Ingresos Públicos a fin de verificar la vigencia del Certificado Fiscal para contratar de la firma Rubinzal Culzoni S.A.. En tal virtud a fs. 57/58 se agrega el informe impreso de dicha consulta de la cual surge que el certificado de cita se encuentra vigente hasta el día 24 de abril del corriente año.

Que en este estado, no existen razones de hecho ni de derecho para apartarse de lo obrado por la Unidad Operativa de Adquisiciones y lo dictaminado por la Asesoría Jurídica Permanente. En esa inteligencia deberá aprobarse lo actuado y se adjudicará la contratación a Rubinzal Culzoni S.A., CUIT 30-63043008-5; lo aquí resuelto deberá publicarse por un día en la cartelera oficial y en la página web del organismo.

Por ello, en ejercicio de las atribuciones conferidas por el artículo 4º, inc. f) de la Ley 1988 (modificado por la Ley 3389),

 

EL ADMINISTRADOR GENERAL DEL

PODER JUDICIAL DE LA CIUDAD

RESUELVE:

Artículo 1º: Aprobar el procedimiento llevado a cabo en esta Contratación Directa Nº 5/2011, con el objeto de adquirir suscripciones anuales a servicios prestados exclusivamente por la firma Rubinzal Culzoni S.A. para el año 2011.

Artículo 2º: Adjudicar la Contratación Directa Nº 05/2011 a la firma Rubinzal CulzoniS.A., CUIT 30-63043008-5, por un valor total de sesenta y siete mil cuatrocientos sesenta y cuatro pesos ($ 67.464.-), comprensivo de los siguientes servicios; a saber: a) una (1) suscripción, año 2011, a Revista de Derecho Privado y Comunitario, precio unitario mil treinta y dos pesos ($1032), b) una (1) suscripción, año 2011, a Revista de Derecho de Daños, precio unitario mil veinte pesos ($1.020), c) tres (3) suscripciones, año 2011, a Revista de Derecho Procesal Penal, precio unitario novecientos cuarenta y ocho pesos ($948), d) sesenta y dos (62) suscripciones, año 2011, a Revista de Derecho Penal, precio unitario novecientos cuarenta y ocho pesos ($948), e) dos (2) suscripciones, año 2011, a la Revista de Derecho de Derecho Procesal, precio unitario novecientos cuarenta y ocho pesos ($948), d) dos (2) suscripciones, año 2011, a Revista de Derecho Público, precio unitario novecientos cuarenta y ocho pesos ($948),conforme propuesta económica de fs. /4.

Artículo 3º: Instruir a la Dirección de Compras y Contrataciones a publicar esta resolución por un día en la cartelera oficial de la Unidad Operativa de Adquisiciones, y en la página de Internet del Poder Judicial de la Ciudad, como así también a comunicarla a la adjudicataria.

Artículo 4º: Regístrese, publíquese y comuníquese a la Dirección de Programación y Administración Contable. Pase a la Dirección de Compras y Contrataciones a los fines previstos y, oportunamente, archívese.

RES. OAyF Nº 30 /2011