Contratación Directa Nº 99/2015- Expediente CM Nº DCC 020/14-1- Resolución OAyF Nº 399/2015

                                                                         Buenos Aires,    29     de diciembre de 2015

RES. OAYF Nº  399 /2015

 

VISTO:

El Expediente DCC N° 020/14-1 caratulado “D.C.C. s/ Contratación de Retapizado de Sillones para Sala de Plenario”; y

 

CONSIDERANDO:

Que mediante Memo DGIO Nº 137/2015 la Dirección General de Infraestructura y Obras, y según aduce en respuesta a una solicitud de la Presidencia de este Consejo de la Magistratura, requirió el retapizado de los veintiocho (28.-) sillones de público con pupitre de la sala del Plenario ubicada en el primer piso de la calle Bolívar 177. Esos sillones fueron adquiridos por la Licitación Pública Nº 3/2014 que tramitó por Expediente DCC Nº 020/14-0 y fue adjudicado a la firma Establecimientos Caporaso  S.A.C.I.F. y A., contratación formalizada por Orden de Compra Nº 684 (fs. 1).

Que entonces, la Dirección de Compras y Contrataciones entendió que “(…) se encuentra justificada la aplicación de la modalidad de Contratación Directa por Complementariedad mediante la modalidad de Adjudicación Simple, conforme lo dispuesto en el Art. 28º inc. 6) del Anexo I de la Resolución CM Nº 01/2014, reglamentaria de la Ley Nº 2095 y su modificatoria Ley Nº 4764” (fs. 7).

Que a su vez, a los efectos de verificar el cumplimiento del requisito estipulado en el artículo 22 de la Resolución CM Nº 1/2014, reglamentaria de la Ley de Compras y Contrataciones, la Dirección General de Compras y Contrataciones consultó el estado registral de la firma Ergometal S.R.L. ante el Registro Informatizado Único y Permanente de Proveedores, de donde surge que se encuentra inscripta (fs. 5/6).

Que seguidamente, la Dirección General de Compras y Contrataciones confeccionó y remitió la correspondiente Invitación a Cotizar a la Contratación Directa N° 99/2014 a la firma Establecimientos Caporaso S.A.C.I.F. y A. con el Anexo III -Pliego de Bases y Condiciones Generales- de la Resolución CM N° 01/2014 (fs. 8/18).

Que obra agregada a fojas 29 el Acta de Recepción de la Propuesta Económica labrada por la Dirección General de Compras y Contrataciones el 3 de diciembre de 2015 de la que surge que la firma Establecimientos Caporaso  S.A.C.I.F. y A. presentó una oferta en el marco de la Contratación Directa Nº 99/2015 -glosada a fojas 20/21- por un monto total de ciento siete mil quinientos veinte pesos ($107.520,00) IVA incluido.

Que luego, la Dirección General de Compras y Contrataciones solicitó a la oferente cierta documentación faltante en su presentación (fs. 22/23), la que fue remitida y agregada al Expediente del Visto (fs. 24/27).

Que a su vez, en cumplimiento con lo dispuesto por la Ley 70, la Dirección General de Programación y Administración Contable emitió la Constancia de Afectación Nº 290/12 2015 y tomó conocimiento del compromiso adquirido para el ejercicio 2016, confirmando de este modo la existencia de la partida presupuestaria necesaria para afrontar la contratación en cuestión (fs. 28/30).

Que la Dirección General de Infraestructura y Obras -en su doble carácter de área requirente y técnica competente- indicó que la oferta presentada por Establecimientos Caporaso S.A.C.I.F. y A. cumple con los requerimientos solicitados (v. Memo DGIO Nº 142/2015 de fs. 33)

Que requerida su opinión, mediante Dictamen Nº 6700/2015, tomó intervención la Dirección General de Asuntos Jurídicos que, previa reseña de lo actuado y tras citar la normativa aplicable al caso (cfr. inciso 6 del artículo 28 de la Ley 4764 y Resolución CM N° 1/2014) concluyó que no encuentra obstáculo jurídico para la continuación del trámite del presente expediente (fs. 39/41).

Que en atención a lo ut supra relatado y puesto a resolver, a fin de dar respuesta a la solicitud de la Dirección General de Infraestructura y Obras y con su conformidad en su carácter de área técnica competente, de acuerdo a lo dictaminado por la Dirección General de Asuntos Jurídicos y a lo establecido en el inciso 6 del artículo 28 de la Ley 2095 modificada por la Ley 4764, no se encuentra óbice para aprobar la Contratación Directa N° 99/2015 y adjudicarla a la firma Establecimientos Caporaso  S.A.C.I.F. y A. por la suma total de ciento siete mil quinientos veinte pesos ($107.520,00) IVA incluido, conforme la oferta incorporada a fojas 20/21 y de acuerdo a la Invitación a Cotizar obrante a fojas 17/18.

Que finalmente, corresponderá instruir a la Dirección General de Compras y Contrataciones a efectos de que por su intermedio se instrumenten las medidas correspondientes para dar curso a la Contratación Directa N° 99/2015 que se adjudicará en el presente acto y a realizar las publicaciones y notificaciones correspondientes, de conformidad con lo establecido en la Ley 2095, su modificatoria la Ley N° 4764, su reglamentación y en la Ley de Procedimientos Administrativos -Decreto 1.510/97-. Asimismo, deberá notificar lo que se resuelva en el presente acto a la firma que resulte adjudicataria.

Por lo expuesto y en el ejercicio de las atribuciones conferidas por la Ley 31 y sus modificatorias, por la Resolución Presidencia Nº 1203/2015 y por la Resolución CM Nº 222/2015;

 

EL ADMINISTRADOR GENERAL

DEL PODER JUDICIAL DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES

RESUELVE:

 

Artículo 1º: Apruébese el procedimiento llevado a cabo en la Contratación Directa Nº 99/2015.

 

Artículo 2º: Adjudíquese la Contratación Directa Nº 99/2015 a la firma Establecimientos Caporaso  S.A.C.I.F. y A. por la suma total de ciento siete mil quinientos veinte pesos ($107.520,00) IVA incluido, conforme la oferta incorporada a fojas 20/21 y de acuerdo a la Invitación a Cotizar obrante a fojas 17/18. Ello, en función de lo expuesto en los considerandos de la presente.

 

Artículo 3º: Instrúyase a la Dirección General de Compras y Contrataciones a efectos de que por su intermedio se instrumenten las medidas correspondientes para dar curso a la Contratación Directa N° 99/2015 que se adjudicó en el artículo 2º del presente acto y a realizar las publicaciones y notificaciones correspondientes, de conformidad con lo establecido en la Ley 2095, su modificatoria la Ley N° 4764, su reglamentación y en la Ley de Procedimientos Administrativos -Decreto 1.510/97-. Asimismo, deberá notificar lo resuelto en el presente acto a la firma que adjudicataria.

 

Artículo 4º: Regístrese, publíquese, notifíquese como se ordena y comuníquese a la Dirección General de Infraestructura y Obras y a la Dirección General de Programación y Administración Contable. Pase a la Dirección General de Compras y Contrataciones, cúmplase y oportunamente, archívese.

 

 

RES. OAYF Nº  399  /2015