Contratación Directa Nº 67/2014- Expediente CM Nº DCC 280/14-0- Resolución OAyF Nº 363/2014

                                        Buenos Aires,    17     de diciembre de 2014

 

RES. OAyF Nº 363   /2014

 

VISTO:

El Expediente DCC N° 280/14 caratulado “D.C.C. s/ Contratación Directa de Seguro de Automotor para Vehículos 0 Km”; y

 

CONSIDERANDO:

Que mediante Resolución OAyF N° 304/2014, dictada en el marco del Expediente DCC N° 116/14-0, se aprobó el procedimiento llevado a cabo en la Licitación Pública Nº 10/2014 y se adjudicaron los renglones 1 y 2 a las empresa Peugeot Citroen Argentina S.A. e Igarreta S.A.C.I., respectivamente.

Que tal como desprende de fojas 1y 2 del Expediente de marras, las adjudicatarias retiraron las Órdenes de Compra N° 742 y 743 de las que surge el plazo para entregar los vehículos en cuestión.

Que posteriormente, mediante Resolución OAyF N° 355/2014, dictada en el marco del Expediente DCC N° 116/14-0, se prorrogó el plazo para el cumplimiento de las obligaciones detalladas en las Órdenes de Compra N° 742 y 743 hasta el día 20 de diciembre del corriente.

Que entonces, la Dirección de Compras y Contrataciones puso de resalto el próximo vencimiento del plazo de entrega e informó que las firmas adjudicatarias estarían en condiciones de proceder a la entrega de los vehículos adjudicados dentro del plazo contractual (fs. 7).

Que asimismo, esa Dirección informó que mediante Expediente DCC N° 229/14 tramita la Licitación Pública N° 26/2014 tendiente a la contratación de seguros entre los que se incluye uno destinado a la flota automotor de este Poder Judicial. Al respecto, cabe indicar que la referida Licitación se encuentra en la etapa de emisión del Dictamen de la Unidad Evaluadora de Ofertas.

Que en razón de lo antes expuesto, a fin de cubrir los riesgos que puedan sufrir los vehículos en cuestión y dar cumplimiento al requisito legal de aseguramiento para proceder a la recepción de los mismos, la Dirección de Compras y Contrataciones entendió que se encuentra justificada la urgencia y consideró viable seguir el procedimiento de Contratación Directa por suma urgencia mediante la modalidad de adjudicación simple, en el marco de lo dispuesto en el artículo 28º de la Resolución CM Nº 01/2014, reglamentaria de la Ley Nº 2095 y su modificatoria la Ley N° 4764. Agregó que en concordancia con los principios de eficiencia y eficacia, economía y razonabilidad estipulados en el artículo 7° de la mentada Ley procedería contratar con la firma Nación Seguros S.A., que según constancia de fojas 6 se halla inscripta en el Registro Único y Permanente de Proveedores de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, además de ser la última adjudicataria y actual aseguradora de la flota automotor de este Poder Judicial, lo que permitiría mantener unificadas las fechas de vencimiento de la totalidad de la flota automotor (fs. 7).

Que entonces, la citada Dirección incorporó el Anexo III -Pliego de Bases y Condiciones Generales- de la Resolución CM N° 01/2014 con la modificación introducida por Resolución de Presidencia N° 554/2014 (fs. 8/15) y la Invitación a Cotizar en la Contratación Directa N° 67/2014 que contempla el seguro automotor para los siete (7.-) vehículos que resultaron adjudicados en el marco de la Licitación Pública N° 10/2014 (fs. 16/22), los cuales fueron cursados mediante correo electrónico a la firma Nación Seguros S.A. (fs. 23).

Que en punto a la Invitación a Cotizar cursada, corresponde señalar que conforme lo dispuesto en el punto B de la Invitación a Cotizar, los seguros en cuestión debieran ser endosados en el seguro de flota automotor con póliza N° 813862, en las mismas condiciones, prestaciones y cobertura que las oportunamente contratadas en el marco de la Contratación Menor N° 10/2014 -que tramitó por Expediente DCC N° 058/14-0-. A su vez, de acuerdo a lo estipulado en el punto E de la referida Invitación a Cotizar “el plazo de vigencia del seguro a contratar operará desde la recepción de la respectiva Orden de Compra, hasta las 12:00 horas del día 16 de enero de 2015, fecha en la que opera el vencimiento de la Póliza N° 813862”.

Que conforme surge del Acta de Recepción de Propuesta Económica glosada a fojas 25, la firma Nación Seguros S.A. presentó una oferta -obrante a fojas 28/35- por un monto total de diez mil setecientos setenta y un pesos con 30/100 ($ 10.771,30) en caso de proceder al pago de contado o por un valor de once mil cuatrocientos diecisiete pesos con 58/100 ($ 11.417,58).

Que con el fin de dar cumplimiento a lo dispuesto por la Ley 70, la Dirección de Programación y Administración Contable tomó conocimiento del compromiso adquirido para el ejercicio correspondiente al año 2015 (fs. 36/37).

Que cabe poner de resalto que la contratación en cuestión fue propiciada por la Dirección de Compras y Contrataciones (v. Nota N° 874-DCC-14 de fs. 38).

Que mediante Dictamen Nº 6042/2014 la Dirección General de Asuntos Jurídicos tomó la intervención que le compete y luego de realizar un breve relato de lo actuado, concluyó: “teniendo en cuenta lo manifestado por la Dirección de Compras y Contrataciones a fs. 7 y 38, esta Dirección General entiende que nada obsta para la prosecución del trámite de las presentes actuaciones” (fs. 41/43).

Que oportunamente -en el marco de la Contratación Menor N° 10/2014- tomó intervención la Dirección de Servicios Generales y Obras Menores que dio su aval técnico para la contratación con la firma Nación Seguros S.A.

Que en este estado, de conformidad con lo informado por la Dirección de Compras y Contrataciones, lo expuesto por el área de asesoramiento jurídico permanente de este Consejo de la Magistratura, y en atención al estado de tramitación en que los presentes llegan a tratamiento de quien suscribe, esta Oficina de Administración y Financiera entiende que excepcionalmente y dada la urgencia manifiesta y por aplicación de los principios de eficiencia y eficacia, economía y razonabilidad estipulados en el artículo 7° de la Ley 2095 y su modificatoria la Ley 4764, resulta adecuado el encuadre bajo el procedimiento de Contratación Directa por Adjudicación Simple, de acuerdo a lo normado en el artículo 28 de la Ley 2095, modificada por la Ley 4764, reglamentada por la Resolución CM N° 01/2014. 

Que así las cosas, corresponderá aprobar lo actuado y adjudicar la Contratación Directa Nº 67/2013, cuyo objeto es la adquisición del seguro automotor para siete (7.-) vehículos 0 Km adquiridos por este Consejo de la Magistratura mediante Resolución OAyF N° 304/2014, a la firma Nación Seguros S.A., por un monto de diez mil setecientos setenta y un pesos con 30/100 ($ 10.771,30) IVA incluido, de acuerdo con la Invitación a Cotizar de fojas 16/22 y la propuesta económica agregada a fojas 28/35.

Que en tal sentido, se instruirá a la Dirección de Compras y Contrataciones a efectos de que por su intermedio se realicen las tareas necesarias para el perfeccionamiento de la presente contratación y se realicen las publicaciones y notificaciones de este acto conforme lo establecido en la Ley 2095, su modificatoria la Ley 4764, su reglamentaria la Resolución CM N° 1/2014 y en la Ley de Procedimientos Administrativos -Decreto 1.510/97-.

Por lo expuesto y en el ejercicio de las atribuciones conferidas por la Ley 31, sus modificatorias;

 

EL ADMINISTRADOR GENERAL

DEL PODER JUDICIAL DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES

RESUELVE:

 

Artículo 1º: Apruébese el procedimiento llevado a cabo en la Contratación Directa Nº 67/2014 cuyo objeto es la adquisición del seguro automotor para los siete (7.-) vehículos 0 Km adquiridos por este Consejo de la Magistratura mediante Resolución OAyF N° 304/2014.

 

Artículo 2º: Adjudíquese la Contratación Directa Nº 67/2014 a la firma Nación Seguros S.A., por un monto de diez mil setecientos setenta y un pesos con 30/100 ($ 10.771,30) IVA incluido, de acuerdo con la Invitación a Cotizar de fojas 16/22 y la propuesta económica agregada a fojas 28/35.

 

Artículo 3º: Instrúyase a la Dirección de Compras y Contrataciones a efectos de que por su intermedio se realicen las tareas necesarias para el perfeccionamiento de la presente contratación y se realicen las publicaciones y notificaciones de este acto conforme lo establecido en la Ley 2095, su modificatoria la Ley 4764, su reglamentaria la Resolución CM N° 1/2014 y en la Ley de Procedimientos Administrativos -Decreto 1.510/97-.

 

Artículo 4º: Regístrese, comuníquese a la Dirección de Programación y Administración Contable y a la Dirección de Servicios Generales y Obras Menores, publíquese y notifíquese como se ordena. A tal efecto, pase a la Dirección de Compras y Contrataciones y cúmplase. Oportunamente, archívese.

 

 

RES. OAyF Nº 363 /2014