Contratación del servicio de enlaces de comunicaciones de internet - Expe CM Nº ST 114/04 - RES. SC Nº 015/2006

Autorizar la ampliación de la contratación del servicio de enlaces de comunicaciones e internet.

Autorizar la ampliación de la contratación del servicio de enlaces de comunicaciones e internet.

Autorizar la ampliación de la contratación del servicio de enlaces de comunicaciones e internet.

Buenos Aires, 17 de agosto de 2006

 

RES. SC Nº 15 /2006

 

 

VISTO:

El expediente CM Nº ST 114/04, y

CONSIDERANDO:

 

Que mediante este expediente tramitó la Licitación Privada Nº 01/05 s/ contratación del servicio de enlaces de comunicaciones de internet, adjudicada a la firma Techtel LMDS Comunicaciones Interactivas S.A. mediante Resolución CM Nº 759/2005.

Que, a fojas 2236, el Departamento de Tecnología e Informática solicitó que se arbitren los medios necesarios para proceder a la ampliación de la contratación de este servicio debido a la inminente inauguración del edificio sito en la calle Tacuarí 138.

Que, a fojas 2237, la Dirección de Compras y Contrataciones solicitó a la adjudicataria, de conformidad con lo dispuesto por el punto 8 (aumento o disminución de la prestación) del Pliego de Condiciones Particulares, que elabore un presupuesto a estos fines.

Que, a fojas 2243/2245 se presenta la adjudicataria, prestando conformidad con la ampliación solicitada y remitiendo un presupuesto por pesos dieciocho mil setecientos treinta con ochenta centavos ($ 18.730,80) por veinticuatro (24) meses.

Que, el monto presupuestado por la firma adjudicataria encuadra en la posibilidad de ampliación del 10 % de las prestaciones, contemplada en el mencionado punto 8 del Pliego de Condiciones Particulares, 18.1 del Pliego de Bases y Condiciones Generales y en el inc. 84 apart. a) del decreto Nº 5720/72.

Que mediante Dictamen N° 2255/06, ha tomado intervención la Dirección de Asuntos Jurídicos, no encontrando objeciones respecto a la viabilidad de la propuesta efectuada.

Que existen partidas presupuestarias suficientes conforme surge de fojas 2250/2251.

Que por lo expuesto, se observa que la contratación cuenta con la intervención de las áreas competentes conforme lo dispuesto en al Res. 362/03, recursos presupuestarios suficientes, y tanto el llamado como la preadjudicación han recibido suficiente publicidad, sin recibirse impugnaciones. Asimismo, se ha recibido la aprobación del servicio jurídico.

Que este acto deberá publicarse en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires por un (1) día y anunciarse en la Cartelera de la sede del Consejo de la Magistratura, como así también, en la página de internet del Poder Judicial www.jusbaires.gov.ar.

Por ello, y en ejercicio de las atribuciones otorgadas por el artículo116 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la ley 31, y por los artículos 4 inc. f y 10 de la Ley 1988,

 

 

LA SECRETARÍA DE COORDINACIÓN

 

RESUELVE:

 

Artículo 1°: Autorizar la ampliación de la contratación del servicio de enlaces de comunicaciones e internet, adjudicada a la firma Techtel LMDS Comunicaciones Interactivas S.A. mediante la licitación privada Nº 01/05, por un total de pesos dieciocho mil setecientos treinta con ochenta centavos ($ 18.730,80) por un periodo de veinticuatro (24) meses, y con las características descriptas en el presupuesto obrante a fs. 2243/2245.

Artículo 2º: Instruir a la Dirección de Compras y Contrataciones a realizar las publicaciones en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en la cartelera del Consejo y en la página de Internet del Poder Judicial, como así también, la comunicación a la firma adjudicataria.

Artículo 3°: Regístrese, publíquese por un (1) día en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en la cartelera del Consejo de la Magistratura y en la página de Internet del Poder Judicial www.jusbaires.gov.ar, notifíquese a la firma adjudicataria, comuníquese a la Secretaría de la Comisión de Administración y Financiera, a la Dirección de Compras y Contrataciones, cúmplase y, oportunamente, archívese.

 

RESOLUCION SC Nº 15 /2006