Contratación Directa Nº 33/2014- Expediente CM Nº DCC 140/14-12- Resolución OAyF Nº 207/2014

Buenos Aires,  26    de junio  de 2014

 

Res. OAyF Nº  207   /2014

 

VISTO:

El Expediente DCC 140/14-12 caratulado “D.C.C. s/ Adquisición de Material Bibliográfico de Editorial Abeledo Perrot” por el que tramita la Contratación Directa Nº 33/2014, y

 

CONSIDERANDO:

Que el presente Expediente se inició a raíz del requerimiento remitido por la Secretaría de Apoyo Administrativo Jurisdiccional mediante Nota N° 49/2014 obrante a fojas 1/9, relativo a la Nota N° 14/2014 del Departamento de Biblioteca y Jurisprudencia referida a la adquisición de material bibliográfico con destino a las distintas sedes de la Biblioteca del Poder Judicial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, dependientes de ese Departamento, para el año 2014. En tal sentido, remitió un listado de las publicaciones jurídicas de la firma Editorial Abeledo Perrot S.A. que se proponen contratar (fs. 12/15).

Que a fojas 11 obra la constancia de la consulta efectuada por la Dirección de Compras y Contrataciones acerca del estado registral de la referida firma de la que surge que se encuentra inscripta en el Registro Informatizado Único y Permanente de Proveedores con lo que queda cumplimentado el requisito estipulado en el artículo 22 de la Resolución CM Nº 1/2014, reglamentaria de la Ley 4764.

Que en este estado, la Dirección de Compras y Contrataciones entendió viable la adquisición de material bibliográfico a la firma Editorial Abeledo Perrot S.A. “…mediante el procedimiento de Contratación Directa, en el marco del Art. 28º Inc. 5) de la Ley N° 2095 y su modificatoria Ley 4764, reglamentada por Art. 28° del Anexo I de la Resolución CM N° 1/2014” (fs. 19).

Que a su vez, la aludida Dirección glosó a fojas 20/23 la constancia de la Invitación a Cotizar en la Contratación Directa N° 33/2014 remitida a Editorial Abeledo Perrot S.A. mediante correo electrónico, y a fojas 24/30 el Anexo III de la Resolución CM N° 1/2014 –Pliego de Bases y Condiciones Generales-. Lo requerido fue discriminado en doscientos noventa y cinco (295.-) renglones según luce agregado como Listado Anexo (fs. 31/34).

Que conforme surge del Acta de Recepción de Propuesta Económica agregada a fojas 35, la firma Editorial Abeledo Perrot S.A. presentó una oferta –incorporada a fojas 38/72 – por los renglones 12, 15, 16, 17, 18, 19, 23, 24, 27, 31, 33, 36, 40, 49, 53, 62, 65, 68, 72, 78, 79, 82, 86, 89, 92, 93, 94, 103, 107, 117, 130, 132, 137, 139, 142, 144, 153, 155, 164, 168, 170, 171, 175, 177, 178, 179, 184, 186, 188, 194, 195, 196, 200, 203, 204, 206, 208, 219, 220, 221, 222, 225, 228, 229, 230, 236, 237, 241, 245, 250, 252, 256, 257, 258, 261, 267, 268, 269, 270, 271, 272, 273, 278, 279, 281, 282, 283, 285, 287, 288 y 290 por un monto total de doscientos cuarenta y siete mil quinientos treinta y seis pesos ($ 247.536,00).

Que en tal sentido, la Editorial de marras presentó a fojas 64 una Declaración Jurada en la que manifiesta “que la totalidad del material bibliográfico cotizado…, es editado exclusivamente por ABELEDO PERROT SA”.

Que asimismo, a fojas 65 se incorporó el Certificado del Registro de Deudores Alimentarios Morosos – Ley N° 269 conforme lo establece el artículo 7° de la Resolución CM N° 1/2014; a fojas 66 la declaración jurada de constitución de domicilio de la firma; y finalmente a fojas 67/8 la Declaración Jurada  de Aptitud para Contratar dispuesta por el artículo 10° Anexo III de la Resolución CM N° 1/2014.

Que cabe destacar, que como garantía de mantenimiento de oferta la firma Editorial Abeledo Perrot S.A. presentó la Póliza de Seguro de Caución N° 1258906 – incorporada en copia fiel a fojas fojas 69/72- emitida por la firma RSA Aseguradora de Créditos y Garantías SA, por un monto de veinticinco mil pesos ($25.000,00), quedando reservado el original en caja fuerte de la Dirección de Compras y Contrataciones.

Que acto seguido, se agregó la Constancia de Registración Presupuestaria N° 1126/05 2014, cumplimentado de esta forma lo establecido en la Ley 70 (fs. 73/74).

Que consultada que fuera el área técnica respectiva (Departamento de Biblioteca y Jurisprudencia) ésta prestó conformidad respecto a que la contratación en curso y manifestó que la cotización presentada por la contratista “se corresponde con el material requerido por la suscripta” (fs. 75/77).

Que finalmente, la Dirección General de Asuntos Jurídicos mediante Dictamen Nº 5723/2014 tomó su intervención de ley, y previa reseña de lo actuado, manifestó en cuanto al marco legal que la Ley 4764 modificó parcialmente la Ley de Compras y Contrataciones “habiendo incluido dentro del art. 28 de la ley 2095 referido a la contratación directa, el inciso 5) que expresamente dice “Cuando se trate de bienes o servicios prestados, fabricados o distribuidos exclusivamente por determinada persona o entidad, siempre que no hubiese sustitutos convenientes”. Luego, agregó que la reglamentación de la citada ley dispone lo siguiente: “la compra de material bibliográfico se encausará en los términos del artículo 28, inciso 5 de la ley, pudiendo contratarse directamente con la editorial (Res. CM N° 1/2014)”. A continuación y para concluir, la Asesoría Letrada manifestó que “no encuentra obstáculos jurídicos para la continuidad del trámite del presente expediente” (fs. 83).

Que en consecuencia, encontrándose los actuados en estado de resolver, verificados todos los pasos pertinentes, de conformidad con lo requerido y manifestado por el área técnica así como lo expresado por la Dirección General de Asuntos Jurídicos, y con el fin de garantizar el normal y correcto funcionamiento de las dependencias del Poder Judicial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, esta Administración General entiende que corresponderá aprobar lo actuado en la Contratación Directa N° 33/2014 que tiene por objeto la adquisición de material bibliográfico de Editorial Abeledo Perrot S.A para el año 2014 y adjudicar los renglones cotizados a la firma Editorial Abeledo Perrot S.A. de acuerdo con la oferta económica presentada a fojas 38/72 por el monto total de doscientos cuarenta y siete mil quinientos treinta y seis pesos ($247.536,00).  

Que en tanto, dado que no se han recibido ofertas por el resto de los renglones por falta de stock conforme surge de la oferta realizada por la contratista, corresponderá declararlos desiertos.

Que finalmente, corresponde señalar que la contratación en cuestión se regirá por la Ley 2095, su modificatoria la Ley 4764 y su reglamentación.

Por lo expuesto, y en el ejercicio de las atribuciones conferidas por la Ley N° 31, sus modificatorias, y por la Resolución de Presidencia N° 391/13;

 

EL ADMINISTRADOR GENERAL DEL

PODER JUDICIAL DE LA CIUDAD

RESUELVE:

 

Artículo 1º: Apruébese el procedimiento llevado a cabo en la Contratación Directa Nº 33/2014.

 

Artículo 2º: Adjudíquense los Renglones 12, 15, 16, 17, 18, 19, 23, 24, 27, 31, 33, 36, 40, 49, 53, 62, 65, 68, 72, 78, 79, 82, 86, 89, 92, 93, 94, 103, 107, 117, 130, 132, 137, 139, 142, 144, 153, 155, 164, 168, 170, 171, 175, 177, 178, 179, 184, 186, 188, 194, 195, 196, 200, 203, 204, 206, 208, 219, 220, 221, 222, 225, 228, 229, 230, 236, 237, 241, 245, 250, 252, 256, 257, 258, 261, 267, 268, 269, 270, 271, 272, 273, 278, 279, 281, 282, 283, 285, 287, 288 y 290 de la Contratación Directa Nº 33/2014 a la firma Editorial Abeledo Perrot S.A., por el monto total de doscientos cuarenta y siete mil quinientos treinta y seis pesos ($247.536,00) de acuerdo con la propuesta económica presentada a fojas 38/72 y la invitación a cotizar de fojas 22/34. Ello, en función de lo expuesto en los considerandos de la presente y según lo establecido en la Ley 2095, su modificatoria la Ley 4764 y su reglamentación.

 

Artículo 3º: Declárense desiertos los renglones 1 a 11, 13, 14, 20 a 22, 25, 26, 28 a 30, 32, 34, 35, 37 a 39, 41 a 48, 50 a 52, 54 a 61, 63, 64, 66, 67, 69 a 71, 73 a 77, 80, 81, 83 a 85, 87, 88, 90, 91, 95 a 102, 104 a 106, 108 a 116, 118 a 129, 131, 133 a 136, 138, 140, 141, 143, 145 a 152, 154, 156 a 163, 165 a 167, 169, 172 a 174, 176, 180 a 183, 185, 187, 189 a 193, 197 a 199, 201, 202, 205, 207, 209 a 218, 223, 224, 226, 227, 231 a 235, 238 a 240, 242 a 244, 246 a 249, 251, 253 a 255, 259, 260, 262 a 266, 274 a 277, 280, 284, 286, 289, 291 a 295 de la Contratación Directa N° 33/2014, por los argumentos expuestos en los considerandos de la presente.

 

Artículo 4°: Instrúyase a la Dirección de Compras y Contrataciones a efectos de que por su intermedio se instrumenten las medidas correspondientes para dar curso a la contratación adjudicada en el artículo 2° de esta resolución, y a realizar las publicaciones y notificaciones de este acto conforme lo establecido en la Ley 2095, su modificatoria la Ley 4764, su reglamentaria Resolución CM N° 1/2014 y en la Ley de Procedimientos Administrativos -Decreto 1.510/97.

 

Artículo 5º: Regístrese, publíquese, notifíquese como se ordena y comuníquese a la Dirección de Programación y Administración Contable y a la Secretaría de Apoyo Administrativo Jurisdiccional y por su intermedio al Departamento de Biblioteca y Jurisprudencia. Pase a la Dirección de Compras y Contrataciones, cúmplase y oportunamente, archívese.

 

Res. OAyF Nº  207   /2014