Licitación Pública Nº 22/2014- Expediente CM Nº DCC 158/14-0- Resolución CM Nº 160/2015

 

Buenos Aires, 21 de octubre de 2015

 

RES. CM Nº 160/2015

 

VISTO:

 

El Expediente DCC N° 158/14-0 s/ Contratación del Servicio Integral de Limpieza para el Ministerio Público de la CABA, y  

 

CONSIDERANDO:

 

Que por el expediente citado en el Visto tramita la petición del Fiscal General Adjunto y el Defensor General solicitando la intervención del Consejo para la contratación del servicio integral de limpieza para distintos inmuebles del Ministerio Público de la CABA en el marco de la Actuación N° 23424/13.

 

Que posteriormente la Dirección General de Asuntos Jurídicos tomó la intervención de su competencia mediante el Dictamen Nº 5550/2014, y advirtió errores materiales en los montos involucrados en la licitación, encuadró la cuestión en la ley 1903, por lo tanto, el límite para las contrataciones impulsadas por el Ministerio Público era de quinientas mil unidades de compra (500.000 uc), y conforme lo dispuesto en el art. 28 inc. b) de la ley 4809, el valor de la unidad de compra es de Pesos Cinco con 50/100 ($ 5,50).

 

Que finalmente, el servicio de asesoramiento jurídico dictaminó: “de ser necesaria la contratación del servicio de limpieza requerido deberá instrumentarse en el marco de la Ley N° 2905, siendo correcta la remisión a este Consejo a fin que se autorice al Ministerio Público, a través del área competente conforme las exigencias, condiciones y resguardos que correspondan a dicha autorización en mérito de estar excedido el tope establecido en el art. 21 inc. 2°, 300.000 unidades de compra, de la ley 1903.”

 

Que, en virtud de lo expuesto, la Comisión de Administración, Gestión y Modernización Judicial, tomó intervención por medio del Dictamen CAGyMJ N° 3/2014, recomendando al Plenario autorizar la prosecución del trámite de la licitación en el marco de la actuación interna Nº  23424/13.

 

Que la Comisión Conjunta de Administración del Ministerio Público remitió el informe detallado de los inmuebles que deberán contemplarse en el procedimiento de Licitación Pública tendiente a la contratación del servicio de limpieza integral.

 

Que en virtud de la información recibida mediante las actuaciones Nros. 2058/14, 8665/14, 10460/14, 11578/14, 12002/14 y los antecedentes obrantes en las actuaciones, la Dirección de Compras y Contrataciones confeccionó los anteproyectos de pliegos de condiciones particulares y de especificaciones técnicas para el procedimiento licitatorio que adjunta, tomando como referencia el Pliego de Bases y Condiciones Generales para la contratación de Bienes y Servicios, aprobado por Anexo III de la Resolución CM 1/2014 por un monto de Pesos Cuarenta y Cinco Millones Seiscientos Mil Doscientos ($ 45.619.200) IVA incluido en un plazo contractual de Veinticuatro (24) meses.

 

Que en el mes de julio de 2014, los titulares de la Comisión Conjunta de Administración del Ministerio Público, prestaron conformidad a los proyectos de pliego.

 

Que conforme el Cuadro de Presupuesto obrante a la Dirección de Compras y Contrataciones estimó el presupuesto Oficial en la suma de Pesos Cuarenta y Seis Millones Doscientos Cincuenta y Dos Mil Ochocientos ($46.252.800.-) IVA incluido para un contrato de veinticuatro (24) meses, entendió viable el llamado de Licitación Pública de etapa múltiple bajo la modalidad de compra unificada, en los términos de la Ley 2095 y su reglamentación aprobada por Res. CM Nº 1/2014.

 

Que posteriormente se agregó al expediente el Pliego de Bases y condiciones Particulares, el Pliego de Especificaciones Técnicas y el modelo de aviso de publicación.

 

Que se encuentra incorporado también, el listado de empresas susceptibles de ser invitadas extraídas del Registro Informatizado Único y Permanente de Proveedores

 

Que se estimó el valor de venta de los pliegos en Pesos Veintitrés Mil Ciento Veintiséis ($ 23.126.-).

 

Que se realizó la afectación presupuestaria para la presente Licitación Pública por el ejercicio y período diciembre 2014 por un  monto de Un Millón Novecientos Veintisiete Mil Doscientos ($ 1.927.200).

 

Que la Dirección de Compras y Contrataciones resaltó que la presente contratación no está en el Plan Anual de Compras y Contrataciones 2014, como así tampoco en el Plan de Acción para la Jurisdicción porque no corresponde a dependencias de este Poder Judicial; motivo por el cual expresa, en función de lo normado en el art. 13 del Anexo I de la Resolución CM 1/2014, corresponde la intervención del Plenario de Consejeros.

 

Que conforme el Dictamen Nº 5871/14, la Dirección General de Asuntos Jurídicos opinó “no existe obstáculo desde el punto de vista jurídico, para que continúe con la tramitación del presente expediente”.

 

Que la Comisión de Administración, Gestión y Modernización Judicial por medio del Dictamen N° 9/2014, aconsejó al Plenario autorizar el llamado de la Licitación Pública N°  22/2014.

 

Que por Resolución CM N° 122/2014 se autorizó el llamado de la Licitación Pública Nº 22/2014, de etapa múltiple bajo la modalidad de compra unificada, con un presupuesto oficial de Pesos Cuarenta y Seis Millones Doscientos Cincuenta y Dos Mil Ochocientos ($ 46.252.800) IVA incluido, por el plazo de Veinticuatro (24) meses; también ordenó la publicación del llamado, aprobó el pliego de condiciones particulares, el pliego de especificaciones técnicas y el modelo de publicación; fijó el valor de los pliegos; instruyó a la Dirección de Compras y Contrataciones a que inviten al menos a diez (10) posibles oferentes y a efectuar los anuncios y publicaciones que dispone la normativa vigente; estableció día y hora de apertura pública de ofertas y delega en la Comisión el dictado de los actos administrativos que resulten necesarios durante el trámite de la presente.

 

Que en tal sentido, la Res. Pres. CAGyMJ N° 73/2014 fijó la fecha de apertura pública de la Licitación Pública N° 22/2014 para el día 22 de octubre de 2014 a las 12:00 en la sede del Consejo, fijando fecha límite para las consultas y para la reunión informativa.

 

Que posteriormente se designaron los miembros titulares y suplentes de la Unidad Evaluadora de Ofertas para participar en la licitación.

 

Que fue publicado en el portal de internet del Poder Judicial de la CABA y en Boletín Oficial de la CABA los días 30 de septiembre y 1 de octubre de 2014.

 

Que el llamado a licitación se publicó en los Diarios La Nación y Ámbito Financiero, los días 2 y 3 de octubre de 2014.

 

Que el Acta de Apertura N° 22/2014, estando presentes los miembros de la Unidad de Evaluación de Ofertas, el Director de Compras y Contrataciones, además de presenciar el acto los Sres. Martino, Perez Quarglia, Vidal y Frías. En dicho acto se hace entregan al Director de Compras y Contrataciones los sobres N° 2.

 

Que luego fue remitido el expediente a la Comisión de Administración Conjunta del Ministerio Público para que se realice el Informe Técnico respectivo.

 

La referida Comisión de Administración solicitó a la Unidad de Evaluación de Ofertas, que se requiera documentación a los oferentes.

                      

Que el Informe Técnico elaborado por el Jefe de Departamento de Coordinación Edilicia SGGyAF, concluye: “… del análisis efectuado en el presente informe surge la adecuación de las ofertas a las previsiones establecidas en el Pliego de Especificaciones Técnicas… se remite el presente informe al Consejo de la Magistratura de la CABA a fin de dar cumplimiento con la solicitud efectuada mediante nota agregada a fs. 1552 y para la prosecución del trámite”.

 

Que el día 28 de noviembre de 2014 la Unidad de Evaluación de Ofertas emitió el Dictamen por el cual se declararon admisibles las ofertas de las empresas: La Mantovana de Servicios Generales SA, Limpiolux SA, Sulimp SA e Inmantec SRL.

 

Que por Resolución CAGyMJ N° 84/2014 se declararon admisibles las ofertas precitadas y fijó la apertura para el sobre N° 2, para el 22 de diciembre de 2014.

 

Que el día 22 de diciembre de 2014 se realizó el acta de apertura de ofertas del sobre N° 2 – propuesta económica -, con la presencia del cuerpo evaluador de ofertas y de la Sra. Liliana Feraudo y el Sr. Reynaldo Rolón, sin registrarse observaciones.

 

Que el 23 de diciembre de 2014 fueron remitidas las actuaciones a la Comisión Conjunta de Administración del Ministerio Públicos a fin de que analicen la estructura de costos (anexo A) y Detalles de Estructura de Costos de Mano de Obra (Anexo B) de las ofertas presentadas.

 

Que el Departamento de Coordinación Edilicia el día 30 de diciembre de 2014 manifestó que el Anexo B acompañado por la empresa LIMPIOLUX SA, no guarda relación con el porcentaje declarado respecto de los costos de mano de obra en el Anexo A aplicado al monto total cotizado; y por ello recomienda solicitar a la empresa una aclaración respecto al cálculo realizado.

 

Que en tal sentido, la solicitud es notificada con fecha 6 de enero de 2015 y no recibe aclaración alguna, por lo tanto el Departamento de Coordinación Edilicia se remite a lo expresado en el párrafo anterior.

 

Que el 11 de marzo del corriente año, la Unidad Evaluadora de Ofertas solicitó una nueva afectación presupuestaria para el año 2015.

 

Que la Comisión Conjunta de Administración mediante nota OTA Nº 66/15 informó que “ha solicitado el refuerzo presupuestario al Ministerio de Hacienda (…), a efectos de afrontar entre otros el gasto que demande la presente contratación. Asimismo, se informa que una vez recibida la respuesta a dicho requerimiento se procederá en consecuencia al tenor de la misma, lo cual se comunicará oportunamente al Departamento de Compras y Contrataciones del Consejo de la Magistratura a sus efectos”.

 

Que en consecuencia, la Unidad de Evaluación de Ofertas informa a la CAGyMJ la falta de afectación presupuestaria y solicita se resuelva en cuanto a la prosecución de las presentes actuaciones.

 

Que con fecha 26 de mayo de 2015, mediante nota la Presidencia de la CAGyMJ, en atención al tiempo transcurrido y a los efectos de resolver el destino de la Licitación Pública Nº 22/2014, solicitó que se informe sí disponían de los recursos presupuestario suficientes para afrontar la contratación.

 

Que posteriormente la citada Comisión mediante el memo Nº 461/2015 instruyó a la Comisión Evaluadora de Ofertas a continuar con el trámite licitatorio, informando que se tomó conocimiento de las gestiones impulsadas por la Comisión Conjunta de Administración del Ministerio Público para obtener el refuerzo presupuestario.

 

Que el Dictamen de Evaluación de Ofertas del 31 de agosto de 2015 concluye “resulta que la oferta de LIMPIOLUX SA es INADMISIBLE, mientras que las ofertas de LA MANTONVANA DE SERVICIOS GENERALES SA, SULIMP SA E INMANTEC SRL resultan ADMISIBLES para la presente licitación, siendo la oferta de SULIMP SA inconveniente por exceder en más de un 20% el monto oficial presupuestado.”

 

Que además sostiene “Que en razón de lo expuesto, esta Unidad de Evaluación de Ofertas entiende que corresponde preadjudicar por un total de PESOS CINCUENTA Y CINCO MILLONES CUATROCIENTOS NOVENTA Y SIETE MIL SEISCIENTOS ($ 55.497.600) IVA INCLUIDO, los renglones N° 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9, 10, 11, 12, 13, 14, 15, 16, 17, 18, 19, 20, 21, 22 y 23, a la empresa LA MANTOVANA DE SERVICIOS GENERALES SA.”

 

Que encontrándose el trámite en estado de ser resuelto, tomó intervención nuevamente la CAGyMJ, y mediante el Dictamen Nº 17/2015 puso de resalto “la falta de recursos presupuestarios por parte del Ministerio Público” y elevó a consideración del Plenario la adjudicación de la contratación.

 

Que en esta instancia, y teniendo en cuenta las razones esgrimidas por la Comisión competente corresponde, en ejercicio de las facultades previstas en los artículos 82 de la Ley Nº 2095, 20 del Pliego de Bases y Condiciones Generales y 3.4.2. del Pliego de Condiciones Particulares (Res. CM Nº 1/2014) a dejar sin efecto el procedimiento.

 

Que en efecto, el artículo 82 de la Ley N° 2095 establece que “Los organismos contratantes pueden dejar sin efecto el procedimiento de contratación en cualquier momento anterior al perfeccionamiento del contrato, sin por ello dar lugar a indemnización alguna a favor de los interesados u oferentes”. 

 

Que dicha facultad, asimismo, se encuentra expresamente prevista en los Pliegos de Bases y Condiciones Generales y Particulares que rigieron el respectivo llamado, que como sabemos constituye la ley de la licitación o el concurso, por lo que debe ser rigurosamente observado;  establece el artículo 20 del Pliego de Condiciones Generales aprobado por la Res. CM Nº 1/14:  “El Consejo de la Magistratura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires se reserva el derecho de dejar sin efecto el procedimiento de contratación en cualquier momento anterior al perfeccionamiento del contrato, sin por ello dar lugar a indemnización alguna a favor de los interesados u oferentes”, y el numeral 3.4.2. del PCP, concordantemente señala: “…la renuncia a formular objeción o reclamo futuro en caso que el Comitente no apruebe las ofertas o que deje sin efecto el Concurso con anterioridad a la firma del Contrato”.

 

Que finalmente la doctrina, ha señalado que “Mientras la autoridad competente para efectuar la adjudicación "definitiva", o para aprobar el contrato no se haya expedido disponiendo esas medidas, la Administración Pública ("Estado") no está obligada a contratar con el adjudicatario provisional, y correlativamente éste no puede intimar a la autoridad a que contrate con él, pues se ha dicho que en ese estado del procedimiento la Administración Pública tiene una especie de derecho de veto respecto de la celebración del contrato...""Recién la adjudicación "definitiva", o la "aprobación" del contrato, crean un derecho en favor del oferente elegido o seleccionado, quien entonces podrá exigir, la realización o formalización del contrato" (Marienhoff, Miguel S. "Tratado de Derecho Administrativo", Tomo III-A ps. 245 y 246, Bs. As., 1994).

 

Por ello, en ejercicio de las atribuciones conferidas por el artículo 116 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la Ley Nº 31 y sus modificatorias,

 

EL CONSEJO DE LA MAGISTRATURA

DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES

RESUELVE:

 

Artículo 1º: Dejar sin efecto el llamado a Licitación Pública Nº 22/2014, tramitado por Expediente DCC N° 158/14-0 s/ “Contratación del Servicio Integral de Limpieza para el Ministerio Público de la CABA”, por las razones expuestas en los considerandos.

 

Artículo 2º: Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, anúnciese en la cartelera del Consejo de la Magistratura y en la página de internet del Poder Judicial www.jusbaires.gov.ar, notifíquese a los oferentes, comuníquese a la  Oficina de Administración y Financiera, a la Dirección General de Infraestructura y Obras, a la Dirección de Compras y Contrataciones y a la Dirección de Programación y Administración Contable, y oportunamente archívese.

 

RESOLUCIÓN CM Nº 160/2015

 

 

          

             Marcela I. Basterra                                                Juan Manuel Olmos

                  Secretaria                                                                     Presidente