Caja Chica Especial- Expediente CM Nº OAyF 113/13-0- Resolución OAyF RE Nº 09/2013

 

Buenos Aires,       10  de abril de 2013

RES. OAyF (RE) Nº    9    /2013

 

VISTO:

el Expediente OAyF 113/13-0, caratulado “O. A. y F. s/ suscripción Errepar s/Caja Chica Especial” y;

 

CONSIDERANDO:

Que mediante Resolución OAyF (RE) 12/2012 se autorizó el gasto para la contratación de la Distribuidora de ERREPAR S.A Nº 300380, Marta Dufour de Bonazzola, por la renovación anual del servicio Nº 17090075 Enciclopedia Tributaria Clásica Internet (2) por la suma de dos mil ciento veintinueve pesos ($2.129,00), IVA incluido y Nº 18090017 Enciclopedia Laboral Clásica Internet (2), ambas bajo el número de suscripción Nº 393114, por la suma de mil setecientos setenta y tres pesos ($1.773,00) IVA incluido, resultando un total de tres mil novecientos dos pesos ($3.902,00), IVA incluido.

Que por Memo Nº 31/2013 la Dirección de Programación y Administración Contable solicita se evalúe la renovación de ambas suscripciones, necesarias –según afirma- para consulta en el desarrollo diario de sus tareas. Adjunta en esa oportunidad correo electrónico remitido por ERREPAR S.A. del cual surge que el vencimiento operado el 31 de marzo del año en curso de las aludidas suscripciones a la vez que el costo de su renovación.

Que habida cuenta la urgencia de la contratación propiciada, dada por la cotidianidad del uso de los servicios prestados por ERREPAR S.A. por parte de este Consejo -la cual fue manifestada por la Dirección de Administración y Programación Contable (fs. 1)-, considerando que el contrato en curso está vencido así como la escasa incidencia económica, y finalmente, en virtud de los principios de economía, eficacia y eficiencia, se dispuso encauzar las actuaciones dentro de los supuestos previstos en el régimen de caja chica especial (cfr. Resoluciones CM Nº 969/2010 y 97/2012) (fs. 3).

Que conforme lo establecido en el artículo 5º del Anexo II de la Resolución CM Nº 97/2012, se puso en conocimiento de lo actuado a la Dirección General de Auditoría Interna y Control de Gestión (fs. 6).

Que en tal estado, se solicitó a la Distribuidora de ERREPAR S.A Nº 300380 Marta Dufour de Bonazzola que confirmara el costo de las renovaciones de las suscripciones del servicio Nº 17090075 Enciclopedia Tributaria Clásica Internet (dos (2) puestos de trabajo) y Nº 18090017 Enciclopedia Laboral Clásica Internet para el año en curso (dos (2)  puestos de trabajo) (fs. 7).

Que en respuesta a lo requerido, la firma informó los precios por la renovación de la contratación en cuestión. En tal sentido, el servicio de Enciclopedia Tributaria Clásica Internet (dos (2) puestos de trabajo) se presupuestó en la suma anual de dos mil novecientos setenta y seis pesos ($ 2.976,00) y el servicio por Enciclopedia Laboral Clásica Internet (dos (2) puestos de trabajo) se presupuestó en la suma anual de dos mil cuatrocientos setenta y ocho pesos ($2.478,00), ascendiendo entonces la contratación de ambos servicios a la suma total de cinco mil cuatrocientos cincuenta y cuatro pesos ($5.454,00). Asimismo se aclaró que “los precios son finales, dado que las publicaciones no llevan IVA” (fs. 7).

Que habida cuenta que la presente contratación se encuadra dentro de las excepciones previstas en el artículo 7º del Anexo II de la Resolución CM Nº 97/2012, dado que se trata de un servicio prestado exclusivamente por la nombrada editorial, que el uso de tal servicio resulta esencial y que el vencimiento del contrato en curso operó el 31 de marzo del corriente, y encontrándose acabadamente cumplidos los requisitos establecidos en la Resolución citada, corresponderá autorizar el gasto para la contratación con la Distribuidora de ERREPAR S.A Nº 300380, Marta Dufour de Bonazzola, por la renovación del servicio Nº 17090075 Enciclopedia Tributaria Clásica Internet (dos (2) puestos de trabajo) por la suma de dos mil novecientos setenta y seis pesos ($ 2.976,00) y Nº 18090017 Enciclopedia Laboral Clásica Internet (dos (2) puestos de trabajo) por la suma de dos mil cuatrocientos setenta y ocho pesos ($2.478,00), ambas bajo el número de suscripción Nº 393114, resultando un valor final de cinco mil cuatrocientos cincuenta y cuatro pesos ($5.454,00).

Que finalmente, se instruirá a la Dirección de Compras y Contrataciones para que incluya en el Plan Anual de Compras 2014, la contratación anual para el año 2014 de los servicios de Enciclopedia Tributaria Clásica Internet y Enciclopedia Laboral Clásica Internet de ERREPAR S.A.

Por lo expuesto y en el ejercicio de las atribuciones conferidas por el inciso f) del artículo 4º de la Ley 1988, sus modificatorias, por la Resolución CM Nº 819/2006 y por las Resoluciones CM Nº 969/2010 y 97/2012;

 

EL ADMINISTRADOR GENERAL DEL

PODER JUDICIAL DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES

RESUELVE:

 

Artículo 1º: Autorícese el gasto para la contratación con la Distribuidora de ERREPAR S.A Nº 300380, Marta Dufour de Bonazzola, por la renovación del servicio Nº 17090075 Enciclopedia Tributaria Clásica Internet -dos (2) puestos de trabajo- por la suma de dos mil novecientos setenta y seis pesos ($ 2.976,00) y Nº 18090017 Enciclopedia Laboral Clásica Internet -dos (2) puestos de trabajo- por la suma de dos mil cuatrocientos setenta y ocho pesos ($2.478,00), ambas bajo el número de suscripción Nº 393114, resultando un valor final de cinco mil cuatrocientos cincuenta y cuatro pesos ($5.454,00).

 

Artículo 2º: Remítase a la Dirección de Compras y Contrataciones para que por su intermedio se cumplan todos los trámites relativos a la ejecución de la contratación autorizada en el artículo 1º de la presente, de conformidad con lo dispuesto en la Resolución CM 97/2012.

 

Artículo 3º: Instrúyase a la Dirección de Compras y Contrataciones para que incluya en el Plan Anual de Compras 2014, la contratación anual para el año 2014 de los servicios de Enciclopedia Tributaria Clásica Internet y Enciclopedia Laboral Clásica Internet de ERREPAR S.A.

 

Artículo 4º: Regístrese, comuníquese a la Dirección de Programación y Administración Contable, publíquese en el sitio Web del Poder Judicial y cúmplase. Oportunamente, archívese.

 

 

 

RES. OAyF (RE) Nº 009/2013