Contratación Menor Nº 01/2010 - Exp. CM Nº DCC-243/09-0 - Resolución OAyF Nº 038/2010

Declarar fracasado el llamado a la Contratación Menor Nº 01/2010, por los fundamentos expuestos en los considerandos de la presente.

Declarar fracasado el llamado a la Contratación Menor Nº 01/2010, por los fundamentos expuestos en los considerandos de la presente.

Declarar fracasado el llamado a la Contratación Menor Nº 01/2010, por los fundamentos expuestos en los considerandos de la presente.

Buenos Aires, 18 de marzo de 2010.

VISTO:

el Expediente DCC Nº 243/09-0 por el que tramita la Contratación Menor Nº 01/2010; y

CONSIDERANDO:

Que a fs. 62/69 luce la Resolución OAyF Nº 018/2010 mediante la cual se autoriza el llamado a Contratación Menor Nº 01/2010, encuadrada en las disposiciones del Artículo 38º y cc. de la Ley Nº 2095 y la Res. CM Nº 445/07, cuyo objeto es la contratación del servicio de recolección, transporte, tratamiento y disposición final, con provisión de insumos y contenedores, de los residuos patogénicos generados por el Servicio de Medicina Legal del Poder Judicial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en la cantidad, características y demás condiciones descriptas en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares, con un presupuesto oficial de dos mil novecientos pesos ($2.900) IVA incluido.

Que conforme surge de las constancias obrantes en las actuaciones del Visto, se ha dado cumplimiento a la publicación de la presente convocatoria en la Cartelera del Consejo de la Magistratura y en la portal de Internet del Poder Judicial y se han diligenciado satisfactoriamente las cédulas dirigidas a diferentes firmas del rubro, invitándolas a cotizar en la presente contratación (fs.77/98).

Que con fecha 26 de febrero de 2010 se realizó el acto de apertura de ofertas, labrándose el Acta de Apertura Nº 10/2010 (fs.102), mediante la cual se acreditó que no se han presentado sobres de ofertas ante la Mesa de Entradas de este Consejo.

Que la cuestión traida a conocimiento del suscripto, me llevan a admitir que resulta necesario declarar fracasada la Contratación Menor Nº 01/2010 por no haberse presentado ofertas.

Que en otro orden de ideas y atento la normativa vigente en la materia -residuos patogénicos (Ley Nº 24051 y su Decreto Reglamentario Nº 831/93, Ley Nº 154 y Ley Nº 747 y el Decreto Nº 706/05 modificado por el Decreto 1886/01)- , queda acreditado que persiste la necesidad que dio origen a la presente contratación.

Que es dable destacar, que la gestión del suscripto ha actuado siempre inspirada, entre otros, por el principio de economía (art 7, inc. “6” de la ley 2.095). Así pues, vista la urgencia que el caso amerita, resulta imprescindible la pronta contratación del servicio propiciado, para a estar a derecho de acuerdo a la normativa vigente y permitir el normal desarrollo de las funciones que hacen al diario ejercicio de las tareas judiciales del Servicio de Medicina Legal del Poder Judicial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Que en este estado advierto que conforme las particularidades de la contratación que se persigue corresponde encuadrar el presente trámite dentro del procedimiento instrumentado por la Res. CM Nº 236/2009, en orden a lo estipulado en el Anexo I, art. 2º de la resolución de cita, debiendo formarse expediente a esos fines.

Por lo expuesto y en ejercicio de las atribuciones conferidas por el artículo 4º, inciso f) de la Ley 1988- modificada por la Ley 3.389-

EL ADMINISTRADOR GENERAL

DEL PODER JUDICIAL DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES

RESUELVE:

Artículo 1º: Declarar fracasado el llamado a la Contratación Menor Nº 01/2010, por los fundamentos expuestos en los considerandos de la presente.

Artículo 2º: Instruir a la Dirección de Compras y Contrataciones a realizar las publicaciones en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en la Cartelera del Consejo y en la página de Internet del Poder Judicial www.jusbaires.gov.ar.

Artículo 3º: Formar expediente con el objeto de dar curso a la contratación del servicio de recolección, transporte, tratamiento y disposición final, con provisión de insumos y contenedores, de los residuos patogénicos generados por el Servicio de Medicina Legal, en los términos esgrimidos en los considerandos de las presentes.

Artículo 4º: Regístrese, publíquese como se ordenara. A ese fin pase a la Dirección de Compras y Contrataciones y cúmplase.