Caja Chica Especial- Resolución OAyF RE Nº 04/2018- Expediente CM Nº OAyF 086/18-0 "Impresión de Flyres y Afiches"

Buenos Aires,   02    de julio de 2018

 

RES. OAyF (RE) Nº   04/2018

 

VISTO:

 

El Expediente OAyF N° 086/18-0, caratulado “O. A. y F. s/ Impresión de Flyers y Afiches s/ Caja Chica Especial” y;

 

CONSIDERANDO:

 

Que mediante Memo N° 26/2018 (fs. 1/2) la Secretaría de Coordinación de Políticas Judiciales solicitó la impresión de doscientos cincuenta (250.-) flyers en el marco del Proyecto “Equidad Territorial” -aprobado por Resolución CM N° 123/2017 cuya copia obra a fojas 60/61- y remitió las especificaciones técnicas correspondientes.

 

Que a su vez, la Unidad de Implementación de Programas Especiales requirió con carácter urgente la impresión de cincuenta (50.-) afiches de difusión de las Becas Fulbright para Master en Abogacía y cincuenta (50.-) afiches de difusión de las Becas Fulbright para Proyectos de Investigación. Asimismo, remitió las especificaciones técnicas y modelos de los insumos requeridos (v. correo electrónico de fs. 3/7).

 

Que en atención a la urgencia manifestada, esta Oficina de Administración y Financiera entendió que resultaba pertinente imprimir a los presentes el tratamiento previsto en el apartado 2) del artículo 1º del Anexo II de la Resolución CM Nº 97/2012 y en la Resolución CM Nº 969/2010 para la contratación requerida (fs. 8).

 

Que entonces, esta Oficina de Administración y Financiera confeccionó una Invitación a Cotizar que contempla la impresión de doscientos cincuenta (250.-) flyers (Renglón 1) y la impresión de cien (100.-) afiches (Renglón 2) con la aclaración de que “Sin perjuicio de que se deberá cotizar por Renglón, la contratación se adjudicara íntegramente a una (1.-) sola empresa”. Ello, de conformidad con las especificaciones técnicas brindadas por la Secretaría de Coordinación de Políticas Judiciales y la Unidad de Implementación de Programas Especiales.

Que luego, en cumplimiento del procedimiento establecido en la normativa citada, se remitieron invitaciones a cotizar a las firmas “Dispape” (fs. 11/12), Graphia S.R.L. (fs. 14/15), Artes Gráficas Integradas S.A. (fs. 17/18), “Centro Lavalle” (fs. 20/21) y Visapel S.A. (fs. 23/24).

 

Que como resultado de la compulsa, presentaron ofertas Artes Gráficas Integradas S.A. -agregada a fojas 27/29- por el monto de cinco mil quinientos treinta y tres pesos ($5.533,00) IVA incluido, Graphia S.R.L. -glosada a fojas 30/31- que presupuestó por la suma de ocho mil novecientos setenta y cinco pesos con 50/100 ($8.975,50) IVA incluido, “Centro Lavalle” -obrante a fojas 32/34- por la suma de tres mil cuatrocientos cuarenta y ocho pesos con 50/100 ($3.448,50) IVA incluido y “Dispape” -incorporada a fojas 35/44- que ofertó por cinco mil cuatrocientos treinta y dos pesos con 90/100 ($5.432,90) IVA incluido.

 

Que posteriormente se dio intervención a la Secretaría de Coordinación de Políticas Judiciales y a la Unidad de Implementación de Programas Especiales a fin de que en su carácter de áreas requirentes y técnicas competentes analizaran las ofertas recibidas en relación a los insumos solicitados (fs. 47/52). En respuesta, la Secretaría de Coordinación de Políticas Judiciales prestó su conformidad a la oferta presentada por “Centro Lavalle” (fs. 56) y la Unidad de Implementación de Programas Especiales brindó conformidad a las cuatro (4.-) ofertas recibidas en relación a los aspectos técnicos (fs. 57).

 

Que conforme lo establecido en el apartado II del Anexo I del artículo 5° de la Resolución CM N° 969/2010 y en el apartado II del artículo 5º del Anexo II de la Resolución CM Nº 97/2012, se puso en conocimiento del presente trámite a la Dirección General de Control de Gestión y Auditoría Interna (fs. 53/55).

 

Que puesto bajo análisis de esta Oficina de Administración y Financiera, corresponde destacar en primer término que las cuatro (4.-) ofertas presentadas fueron temporáneas, por lo que corresponde tenerlas en consideración.

 

Que a su vez corresponde destacar que intervinieron las áreas técnicas competentes. Al respecto, la Unidad de Implementación de Programas Especiales entendió que todas las propuestas son admisibles técnicamente y la Secretaría de Coordinación de Políticas Judiciales prestó conformidad a la propuesta efectuada por “Centro Lavalle”. En otro orden de ideas, la propuesta de “Centro Lavalle” resulta la más conveniente económicamente.

 

Que entonces, puesto a resolver, encontrándose cumplido el trámite previsto en las Resoluciones CM N° 969/2010 y CM Nº 97/2012, acabadamente configurado el supuesto de excepción contemplado en esa normativa, con especial atención a las solicitudes cursadas por la Secretaría de Coordinación de Políticas Judiciales y la Unidad de Implementación de Programas Especiales y con el objeto de garantizar el normal funcionamiento de este Poder Judicial, corresponderá autorizar el gasto con la firma “Centro Lavalle” para la impresión de doscientos cincuenta (250.-) flyers para el Proyecto “Equidad Territorial” -aprobado por Resolución CM N° 123/2017- y cien (100.-) afiches de difusión de las Becas Fulbright para Master en Abogacía y para Proyectos de Investigación. Ello, por la suma de tres mil cuatrocientos cuarenta y ocho pesos con 50/100 ($3.448,50) IVA incluido, conforme las especificaciones remitidas en la Invitación a Cotizar de fojas 20/21 y de acuerdo a la oferta agregada a fojas 32/34, por constituir una oferta que se ajusta a las especificaciones requeridas y resultar la más conveniente a los intereses económicos de este Consejo de la Magistratura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

 

Que a tales efectos, deberá darse intervención a la Secretaría de Coordinación de Políticas Judiciales y a la Unidad de Implementación de Programas Especiales para que provean a la firma que resulte adjudicataria en el presente acto del material necesario para las impresiones requeridas.

 

Que en consonancia con lo antedicho, deberá instruirse a la Dirección General de Compras y Contrataciones para que notifique a la firma que resulte adjudicada en el presente acto y al resto de las firmas oferentes y para que por su intermedio se cumplan todos los trámites relativos a lo dispuesto en el capítulo III del “Régimen de Caja Chica Especial”.

 

Por lo expuesto y en el ejercicio de las atribuciones conferidas por la Ley 31 y sus modificatorias y por las Resoluciones CM Nº 969/2010 y N° 97/2012;

 

EL ADMINISTRADOR GENERAL

DEL PODER JUDICIAL DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES

RESUELVE:

Artículo 1º: Autorícese el gasto con la firma “Centro Lavalle” para la impresión doscientos cincuenta (250.-) flyers para el Proyecto “Equidad Territorial” -aprobado por Resolución CM N° 123/2017- y cien (100.-) afiches de difusión de las Becas Fulbright para Master en Abogacía y para Proyectos de Investigación por la suma total de tres mil cuatrocientos cuarenta y ocho pesos con 50/100 ($3.448,50) IVA incluido, conforme las especificaciones remitidas en la Invitación a Cotizar de fojas 20/21 y de acuerdo a la oferta agregada a fojas 32/34.

 

Artículo 2º: Dese intervención a la Secretaría de Coordinación de Políticas Judiciales y a la Unidad de Implementación de Programas Especiales para que provean a la firma “Centro Lavalle” del material necesario para las impresiones cuyo gasto se autorizó en el artículo 1° de la presente.

 

Artículo 3º: Instrúyase a la Dirección General de Compras y Contrataciones para que notifique a la adjudicataria del presente acto y al resto de las firmas oferentes, y para que por su intermedio se cumplan todos los trámites relativos con lo dispuesto en el capítulo III del “Régimen de Caja Chica Especial”.

 

Artículo 4º: Regístrese, publíquese en la página de Internet del Poder Judicial y comuníquese a la Secretaría de Coordinación de Políticas Judiciales, a la Unidad de Implementación de Programas Especiales y a la Dirección General de Programación y Administración Contable. Pase a la Dirección General de Compras y Contrataciones y, oportunamente, archívese.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

RES. OAyF (RE) Nº  04/2018