Licitación Pública N° 06/2016 Resolución OAyF N° 106/2018 DGCC- 080/16-0 s/ Contratación del Servicio de Mantenimiento de Ascens

Buenos Aires,   31   de mayo de 2018

                                                                                         

Res. OAyF Nº  106/2018

 

VISTO:

 

El Expediente DGCC N° 080/16-0 caratulado “D.G.C.C. s/ Contratación del Servicio de Mantenimiento de Ascensores”; y

 

CONSIDERANDO:

 

Que por Resolución OAyF Nº 172/2016 se autorizó el llamado a Licitación Pública Nº 06/2016 de etapa única que tiene por objeto la contratación del servicio de mantenimiento de los ascensores, montacoches y platos giratorios existentes en los distintos edificios del Poder Judicial (áreas administrativa y jurisdiccional) y del Ministerio Público de esta Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en la forma, características y demás condiciones descriptas en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares que como Anexo I integra esa Resolución, con un presupuesto oficial de dos millones noventa y un mil novecientos veinte pesos ($2.091.920,00) IVA incluido (fs. 83/91).

 

Que cabe destacar que la Licitación en cuestión comprende siete (7.-) renglones tendientes a la contratación del servicio de conservación, mantenimiento técnico y reparación de tres (3.-) ascensores instalados en Beruti 3345 (Renglón 1), de dos (2.-) ascensores instalados en Av. Roque Sáenz Peña 636 (Renglón 2), de cinco (5.-) ascensores instalados en Hipólito Yrigoyen 932 (Renglón 3), de tres (3.-) ascensores instalados en Tacuarí 138 (Renglón 4), de dos (2.-) ascensores un (1.-) montacoches y un (1.-) plato giratorio instalados en Libertad 1042 (Renglón 5.1, 5.2 y 5.3), de un (1.-) ascensor instalado en Beazley 3860 (Renglón 6) y de dos (2.-) ascensores instalados en Bolívar 177 (Renglón 7), y contempla un plazo contractual de veinticuatro (24.-) meses el cual podrá ser prorrogado en las mismas condiciones por un período de hasta doce (12.-) meses, de acuerdo a lo establecido en los puntos 8 y 9 del Pliego de Bases y Condiciones Particulares.

 

Que cumplidos los pasos procedimentales pertinentes, por Resolución OAyF Nº 217/2016 se aprobó el procedimiento llevado a cabo en la Licitación Pública Nº 06/2016 y se adjudicó a la empresa Adsur S.A. por un monto total de dos millones setenta y tres mil seiscientos pesos ($2.073.600,00) IVA incluido, conforme la oferta obrante a fojas 133/221 y 234/346 y según el Pliego de Bases y Condiciones Particulares de esa Licitación (fs. 381/383).

 

Que la contratación referida se formalizó mediante la Orden de Compra Nº 1004, retirada por la adjudicataria el 29 de julio de 2016 (fs. 391). En razón de que el plazo de la contratación es de veinticuatro (24.-) meses, contados a partir del primer día del mes siguiente a la recepción de la Orden de Compra, se desprende que el vencimiento operará el 31 de julio del corriente.

 

Que entonces, la Dirección General de Compras y Contrataciones elevó lo actuado a esta Oficina de Administración y Financiera, señaló que la prestación del servicio en cuestión vence el 31 de julio de 2018 y solicitó que se pusiera a consideración de la Dirección General de Obras, Servicios Generales y Seguridad la conveniencia de prorrogarlo por doce (12.-) meses (cfr. Nota DGCC N° 647/2017 de fs. 1074). En respuesta, el área técnica respondió afirmativamente (cfr. Nota DGOSGyS N° 1114/17 de fs. 1077).

 

Que en cumplimiento con lo dispuesto por la Ley 70, el Ministerio Público de la Defensa, el Ministerio Público Tutelar y el Ministerio Público Fiscal remitieron las afectaciones presupuestarias correspondientes (fs. 1085/1092) y la Dirección de Programación y Administración Contable realizó la afectación preventiva del gasto bajo la Constancia N° 700/04 2018 y tomó conocimiento del compromiso preventivo para el año 2019 (fs. 1093/1095).

 

Que en otro orden de ideas, el Ministerio Público de la Defensa solicitó que se incorpore al servicio de mantenimiento de dos (2.-) ascensores existentes en la sede sita en Lavalle 369 (fs. 1096), remitió la afectación presupuestaria al efecto y tomó conocimiento del compromiso asumido para el ejercicio 2019 (fs. 1099/1101).

 

Que en consecuencia, la Dirección General de Compras y Contrataciones impulsó la prórroga contractual con la firma Adsur S.A. por un plazo de doce (12.-) meses por la suma de un millón treinta y seis mil ochocientos pesos ($1.036.800,00) y la ampliación contractual solicitada por el Ministerio Público de la Defensa por el monto de ciento cuatro mil cuarenta pesos ($104.040,00). Al respecto expuso que para el cálculo de la ampliación tomo como referencia la suma mensual de ocho mil seiscientos setenta pesos ($8.670,00) equivalente al costo que implica la prestación del servicio en las sedes sitas en Bolívar 177 y Av. Roque Sáenz Peña 636 que cuentan con dos (2.-) ascensores cada una (cfr. Nota DGCyC Nº 178/2018 de fs. 1104/1106).

 

Que requerida que fuera al efecto, tomó intervención la Dirección General de Asuntos Jurídicos y emitió el Dictamen Nº 8227/2018 (fs. 1112/1115). Allí, realizó una breve reseña de lo actuado, citó la normativa vigente aplicable y concluyó: “Por todas las consideraciones precedentemente expuestas, teniendo en cuenta lo manifestado por la Dirección General de Compras y Contrataciones (en sendas intervenciones), el informe elaborado por el área técnica interviniente, y la normativa legal aplicable, es opinión de la Dirección General de Asuntos Jurídicos que, no existe obstáculo, desde el punto de vista jurídico, para que se continúe con la tramitación del presente expediente”.

 

Que debe señalarse que la contratación de marras se rige por las disposiciones de la Ley 2095 y su modificatoria Ley N° 4764, reglamentada por el Anexo I de la Resolución CM N° 01/2014 y el Pliego de Bases y Condiciones Particulares aprobado por Resolución OAyF N° 172/2016. Al respecto, en el artículo 117 -apartado III- de la citada ley se establece la facultad de “Prorrogar cuando así se hubiese previsto en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares, los contratos de suministros de cumplimiento sucesivo o de prestación de servicios, a su vencimiento, por un plazo igual o menor del contrato inicial, no pudiendo el plazo de la prórroga superar al plazo de vigencia original del contrato”. Por su parte, el Punto 9 del Pliego de Bases y Condiciones Particulares de la Licitación Pública Nº 06/2016 estipula que “El contrato aludido podrá ser prorrogado en las mismas condiciones, a exclusivo juicio de este Consejo, por un período de hasta doce (12) meses; opción que se formalizará con una anticipación mínima de quince (15) días corridos con anterioridad a la finalización del contrato”. En consecuencia, dado que el vencimiento del contrato vigente operará el 31 de julio del corriente, nos encontramos en oportunidad de prorrogarlo tal como prevé la normativa.

 

Que por otro lado el artículo 117 de la Ley 2095 contempla la facultad de “Aumentar o disminuir el total adjudicado hasta un veinte por ciento (20%) de su valor original en uno y otro caso, en las condiciones y precios pactados y con adecuación de los plazos respectivos (…)”. En consonancia con el cálculo efectuado por la Dirección General de Compras y Contrataciones el monto de la ampliación propiciada no supera ese límite.

 

Que no obstante lo dispuesto en el inciso 1 del artículo 117 de la Ley 2095, se requirió conformidad a la firma Adsur S.A. para proceder a la ampliación contractual propiciada, la que fue brindada según consta a fojas 1123. Asimismo la Dirección General de Compras y Contrataciones ratificó que dicha ampliación fue solicitada por el Ministerio Público de la Defensa a partir del 1° de agosto del corriente (v. Memo DGCyC N° 210/2018, fs. 1124).

 

Que en atención a lo antes expuesto, de conformidad con lo actuado por la Dirección General de Compras y Contrataciones, con el aval técnico de la Dirección General de Obras, Servicios Generales y Seguridad y en línea con lo dictaminado por la Dirección General de Asuntos Jurídicos, no se encuentra óbice para prorrogar la contratación del servicio de mantenimiento de los ascensores, montacoches y platos giratorios existentes en los distintos edificios del Poder Judicial (áreas administrativa y jurisdiccional) y del Ministerio Público de esta Ciudad Autónoma de Buenos Aires con la firma Adsur S.A., en la forma, características y demás condiciones descriptas en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares que como Anexo I integra la Resolución OAyF Nº 172/2016, por el término de doce (12.-) meses y por la suma de un millón treinta y seis mil ochocientos pesos ($1.036.800,00) IVA incluido.

 

Que asimismo corresponderá autorizar la ampliación de la Orden de Compra N° 1004 con la firma Adsur S.A. para el servicio de mantenimiento de dos (2.-) ascensores de la sede sita en Lavalle 369 por el monto total de ciento cuatro mil cuarenta pesos ($104.040,00) IVA incluido y por el término de doce (12.-) meses contados a partir del 1° de agosto del corriente, conforme la oferta obrante a fojas 133/221 y 234/346 y según el Pliego de Bases y Condiciones Particulares de la Licitación Pública Nº 06/2016.

 

Que en consecuencia, corresponderá instruir a la Dirección General de Compras y Contrataciones a efectos de que por su intermedio se realicen las tareas necesarias para prorrogar y ampliar la contratación de marras en los términos en los que se autorizará en el presente acto y a realizar las publicaciones y notificaciones conforme lo establecido en la Ley 2095, su modificatoria la Ley 4764, su reglamentaria Resolución CM N° 1/2014 y en la Ley de Procedimientos Administrativos -Decreto 1.510/97-. Se destaca que la prórroga deberá formalizarse con una anticipación mínima de quince (15.-) días a la finalización del contrato. Finalmente, deberá notificar al Ministerio Público de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

 

Por lo expuesto, y en el ejercicio de las atribuciones conferidas por la Ley N° 31 y sus modificatorias;

 

EL ADMINISTRADOR GENERAL

DEL PODER JUDICIAL DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES

RESUELVE:

 

Artículo 1º: Prorróguese la contratación del servicio de mantenimiento de los ascensores, montacoches y platos giratorios existentes en los distintos edificios del Poder Judicial (áreas administrativa y jurisdiccional) y del Ministerio Público de esta Ciudad Autónoma de Buenos Aires con la firma Adsur S.A., en la forma, características y demás condiciones descriptas en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares que como Anexo I integra la Resolución OAyF Nº 172/2016, por el término de doce (12.-) meses y por la suma total de un millón treinta y seis mil ochocientos pesos ($1.036.800,00) IVA incluido.

 

Artículo 2°: Apruébese la ampliación contractual de la Orden de Compra N° 1004 con la firma Adsur S.A. para el servicio de mantenimiento de dos (2.-) ascensores de la sede sita en Lavalle 369 por el monto de ciento cuatro mil cuarenta pesos ($104.040,00) IVA incluido, a partir del 1° de agosto de 2018 y por el término de doce (12.-) meses, conforme la oferta obrante a fojas 133/221 y 234/346 y según el Pliego de Bases y Condiciones Particulares de la Licitación Pública Nº 06/2016.

 

Artículo 3º: Instrúyase a la Dirección General de Compras y Contrataciones a efectos de que por su intermedio se instrumenten las medidas correspondientes para dar curso a la prórroga y a la ampliación en la contratación autorizadas en los artículos 1° y 2° del presente acto, y a realizar las publicaciones y notificaciones conforme lo establecido en la Ley 2095, su reglamentación y en la Ley de Procedimientos Administrativos -Decreto 1.510/97. Se destaca que la prórroga autorizada deberá formalizarse con una anticipación mínima de quince (15.-) días a la finalización del contrato. Asimismo deberá notificar al Ministerio Público de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

 

Artículo 4º: Regístrese y publíquese como se ordenara. Comuníquese a la Dirección General de Obras, Servicios Generales y Seguridad y a la Dirección de Programación y Administración Contable. Pase a la Dirección de Compras y Contrataciones, a sus efectos.

 

 

 

Res. OAyF Nº  106/2018