Licitación Pública Nº 19/2012- Expediente CM Nº DCC 184/12-0- Resolución OAyF Nº 250/2012

 

                                                                                          Buenos Aires,  19  de octubre  de 2012

Res. OAyF Nº  250 /2012

 

VISTO:

el Expediente DCC-184/12-0 caratulado “D.C.C. s/ Adquisición de Materiales Eléctricos” y;

                                                                

CONSIDERANDO:

Que mediante Resolución OAyF Nº 160/2012 se autoriza el llamado a Licitación Pública de Etapa Única Nº 19/2012 cuyo objeto consiste en la adquisición de materiales eléctricos para su utilización por el área de Mantenimiento del Poder Judicial (áreas administrativa y jurisdiccional) de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, conforme las condiciones descriptas en el Pliego de Condiciones Particulares que como Anexo I integra dicha Resolución, con un presupuesto oficial de ciento dos mil setecientos pesos con 51/100 ($ 102.700,51), IVA incluido (fs. 47/52).

Que conforme surge de fojas 54, son designados por la Dirección de Compras y Contrataciones el responsable de asistir al acto de apertura de ofertas, los miembros de la Comisión de Evaluación de Ofertas y el Jefe de Departamento de Mantenimiento como Responsable Técnico en la Licitación Pública de Etapa Única Nº 19/2012 (fs. 54).

Que se da cumplimiento a la publicación de la presente convocatoria en la página web del Poder Judicial (fs. 59), en el Boletín Oficial (fs. 103/108) y en la cartelera de la Unidad Operativa de Adquisiciones (fs. 110). Asimismo, se remiten comunicaciones electrónicas a la Unión Argentina de Proveedores del Estado (fs. 61), a la Cámara Argentina de Comercio (fs. 63), a la Guía General de Licitaciones y Presupuesto (foja 65) y a diferentes firmas del rubro invitándolas a cotizar en la presente contratación (fs. 69/102).

Que la Oficina de Revisión y Documentación dependiente de la Dirección de Compras y Contrataciones deja constancia de que no se presentó ningún interesado a la reunión informativa del 31 de julio del 2012 (fs. 109).

Que a fojas 111 obra el Listado de Entrega de Pliegos de Bases y Condiciones y a fojas 112/138 y 149 lucen las constancias suscriptas por cada una de las firmas que se hicieron del documento en cuestión.   

Que el 7 de agosto de 2012 se realiza el acto de apertura de ofertas, labrándose el Acta de Apertura Nº 20/2012 en la que se hace constar la presentación de seis (6) sobres ante la Mesa de Entradas de este Consejo de la Magistratura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Realizan presentaciones las siguientes firmas: Electricidad Canning –agregada a fojas 147/148-, Ylum S.A. cuya oferta asciende a la suma de noventa y cuatro mil ochocientos siete pesos con 70/100 ($ 94.807,70), IVA incluido –agregada a fojas 162-210-, Electricidad Chiclana con una oferta por el monto de setenta y cuatro mil ochocientos cinco pesos con 35/100 ($ 74.805,35), IVA incluido,-agregada a fojas 213/227, Energroup S.A. cuya propuesta es por la suma de ciento sesenta y ocho mil cuatrocientos setenta y tres pesos con 72/100 ($ 168.473,72), IVA incluido, -agregada a fojas 230/256-, Seminco S.A. que presenta una oferta por la suma de noventa y tres mil ochocientos ochenta y un pesos ($ 93.881,00), IVA incluido, -agregada a fojas 259/297-, y Faral S.R.L. que remite una propuesta por un monto de cuarenta y tres mil ochocientos cinco pesos ($ 43.805,00), IVA incluido –agregada a fojas 300/327 - (fs. 141/143).

Que la Comisión de Preadjudicaciones agrega las consultas del estado registral de los oferentes, efectuadas al Registro Informatizado Único y Permanente de Proveedores del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a la fecha de apertura de ofertas (fs. 328/338).

Que luego, la aludida Comisión deja constancia de la remisión de las pólizas de seguro de caución de Ylum S.A., Energroup S.A. y de Seminco S.A. a la Dirección de Compras y Contrataciones (fs. 339).

Que conforme surge de fojas 340, el Departamento de Coordinación y Preadjudicaciones remite a la Dirección de Compras y Contrataciones la Actuación Nº 16.793/12 que corresponde a la oferta presentada por Cavego S.A. para que sea devuelta al presentante, “… dado que fue presentada extemporáneamente, conforme surge del cargo impuesto por la Mesa de Entradas”.

Que la Comisión de Preadjudicaciones le solicita a los distintos oferentes que cumplimenten información faltante en sus presentaciones (fs. 342/346). Las respuestas presentadas se encuentran glosadas a fojas 354/369.

Que luego, la Comisión de Preadjudicaciones requiere asistencia técnica especializada a la Dirección de Servicios Generales y Obras Menores (fs. 370). Como resultado, el Sr. Jefe de Departamento de Mantenimiento emite el correspondiente Dictamen Técnico, a cuyos términos corresponde remitir en atención a su extensión y detalle (Memo 87 –D.M.E. –fs. 372/377).

Que la Comisión de Preadjudicaciones solicita, a la vista del Dictamen Técnico oportunamente emitido, que el Responsable Técnico de la Licitación Pública de Etapa Única Nº 19/2012, se expida sobre la admisibilidad de la propuesta alternativa presentada por la firma Ylum S.A. y respecto de los renglones 10, 11, 12, 13 y 14 cotizados por Seminco S.A. (fs. 380).

Que mediante Memo 091- D.M.E., el Sr. Jefe de Departamento de Mantenimiento informa que “analizada la alternativa presentada por la empresa Ylum, los renglones 10, 11, 12, 13, 14, 15, 16, 17, 18, 19, 22, 23, 25, 28, 29, 30, 31, estos cumplen de acuerdo al material solicitado en el pliego, pero lo ofrecido es de mala calidad, se sugiere considerar otra oferta”. En relación a los renglones 10, 11, 12, 13, 14 de la oferta de la empresa Seminco S.A. informó “… que mezcla países de origen ya que hay marcas chinas y nacionales, la propuesta es admisible si la empresa entrega en caso de ganar la oferta, materiales marca Interelec” pues afirma que el resto de las marcas propuestas son de mala calidad (fs. 382).

Que en ese estado de cosas, la Comisión de Preadjudicaciones pone en conocimiento de las firmas Ylum S.A. y Electricidad Chiclana S.H. que “habiéndose producido un empate en las ofertas presentadas entre vuestra empresa y otro oferente para los renglones 5, 6, 7 y 8; el día 30 de agosto a las 14 hs. se procederá a realizar un sorteo público de las ofertas empatadas (…)” (fs. 385/386). Así, el 30 de agosto de 2012 a las 14:15 horas se da cumplimiento, en presencia de los miembros titulares de la Licitación Pública de Etapa Única Nº 19/2012, con el acto de desempate de las ofertas presentadas para los renglones 5, 6, 7 y 8 por las empresas Ylum S.A. y Electricidad Chiclana S.H., resultando preadjudicados Ylum S.A. para los renglones 5 y 8 y Electricidad Chiclana S.H. para los renglones 6 y 7 (fs. 390).

Que a raíz de la presentación efectuada por la firma Ylum S.A. en ocasión de cumplimentar la información adicional requerida por la Comisión de Preadjudicaciones (cfr. fs. 357/358), esa dependencia requiere al Responsable Técnico de esta licitación, se expida al respecto (fs. 391).

Que como consecuencia de tal requerimiento, el Sr. Jefe de Departamento de Mantenimiento expresa que las cotizaciones efectuadas por la firma Ylum S.A. respecto de los renglones 24 y 25 “…se toman como válidas si la empresa entrega marca Philips u Osram, no así la ofrecida como MP Lamp o Baw, ya que estas no han dado buenos resultados en compras anteriores” (fs. 393).

Que a fojas 396/405 se encuentra el Dictamen de Evaluación de Ofertas de la Comisión de Preadjudicaciones por el que, luego de analizar la documentación presentada, esa Comisión concluye que la oferta presentada por Electricidad Canning resulta no admisible pues no presenta propuesta económica por escrito ni cumple con los demás requisitos solicitados por los pliegos que rigen en la presente licitación. También, determina que la oferta de la firma Energoup S.A. es no admisible toda vez que el oferente “… presenta un Certificado para Contratar emitido por la AFIP vencido a la fecha de apertura de ofertas. Además no describe el origen, modelo y/o marca de los bienes ofertados ni acompaña el CD solicitado por a cláusula 6 del PCP”. Lo mismo manifiesta en relación a la oferta presentada por Faral S.R.L. atento que “el oferente no constituye domicilio en la Ciudad de Buenos Aires, no acompaña el número de CUIT ni ningún dato que permita corroborar que se encuentre inscripto en el RIUPP”.

Que a su vez, respecto de la propuesta de Ylum S.A., la Comisión de Preadjudicaciones expresa que la misma resulta “(…) admisible, salvo las ofertas realizadas en los renglones 10, 11, 12, 13, 14, 15, 16, 17, 18, 19, 22, 23, 25, 28, 29, 30 y 31 de la oferta alternativa, que deben ser declarados oferta no conveniente” en atención a lo expresado por el Responsable Técnico de esta licitación mediante Dictamen Técnico incorporado a fojas 382. Por último, entiende que las ofertas de Electricidad Chiclana S.H. y Seminco S.A. resultan admisibles (en el último caso con la salvedad técnica de que “(…) para los renglones 10, 11, 12, 13 y 14 se informa que la oferta cumple en la medida que, de ser adjudicada se entreguen materiales Interelec. Para las propuestas realizadas para los renglones 28, 29, 30 y 31 se informa que la oferta cumple en la medida que, de ser adjudicada se entreguen materiales de cualquiera de las marcas ofrecidas menos Thomelec”).

Que así las cosas, la Comisión de Preadjudicaciones concluye que corresponde preadjudicar la presente licitación por un total de setenta mil seiscientos noventa y un pesos con 20/100 ($ 70.691,20) conforme el siguiente detalle: los renglones 5, 8, 9, 25, 27, 33 y 35 (de propuesta original) a la firma Ylum S.A. por un total de doce mil ochenta y ocho pesos ($12.088,00) de acuerdo al cuadro comparativo de ofertas adjunto al Dictamen, debiendo entregarse para el renglón 25 marca Philips o Osram; los renglones 1, 2, 3, 4, 6, 7, 17, 18, 19, 20, 21, 22, 23, 24, 26, 32 y 34 a la firma Electricidad Chiclana S.H. por un total de cuarenta y ocho mil quinientos setenta y cuatro pesos con 20/100 ($48.574,20); los renglones 10, 11, 12, 13 y 14, 15, 16, 28, 29, 30 y 31 a la firma Seminco S.A. por un total de diez mil veintinueve pesos ($10.029,00), de acuerdo al detalle señalado en el cuadro comparativo de ofertas de adjunto al Dictamen, debiendo entregarse por los renglones 10, 11, 12, 13 y14 materiales marca Interelec y por los renglones 28, 29, 30 y 31 cualquiera de las marcas ofrecidas menos Thomelec (fs. 396/405).

Que a fs. 406/410, 427 y 414/415 se agregan las constancias de notificación -por vía electrónica y cédula, respectivamente- de lo dictaminado a los oferentes y a fs. 418, 426 y 430 obran las constancias de la publicación del Dictamen de Evaluación de Ofertas de la Comisión de Preadjudicaciones en la página web de este Consejo, en la Cartelera de la Unidad Operativa de Adquisiciones y en el Boletín Oficial Nº 4007 del 3 de octubre de 2012.

Que requerida su opinión, mediante Dictamen Nº 4784/2012, toma intervención el Departamento de Dictámenes y Procedimientos Administrativos dependiente de la Dirección General de Asuntos Jurídicos que previa reseña de lo actuado “(…) adhiere a lo dictaminado oportunamente por la Comisión de Preadjudicaciones” (fs. 431/432).

Que en este estado, cumplidos y verificados todos los pasos pertinentes propios del proceso de selección y oídos los dictámenes del Responsable Técnico en la Licitación Pública de Etapa Única Nº 19/2012, de la Comisión de Preadjudicaciones y de la Dirección General de Asuntos Jurídicos, no se encuentra óbice para apartarse de lo allí sostenido.

Que corresponderá en consecuencia adjudicar la presente licitación por un total de setenta mil seiscientos noventa y un pesos con 20/100 ($ 70.691,20) conforme el siguiente detalle: los renglones 5, 8, 9, 25, 27, 33 y 35 (de propuesta original) a la firma Ylum S.A. conforme propuesta económica de fojas 169/170 por un total de doce mil ochenta y ocho pesos ($12.088,00) de acuerdo al cuadro comparativo de ofertas adjunto al Dictamen, debiendo entregarse para el renglón 25 marca Philips o Osram; los renglones 1, 2, 3, 4, 6, 7, 17, 18, 19, 20, 21, 22, 23, 24, 26, 32 y 34 a la firma Electricidad Chiclana S.H. conforme propuesta económica de fojas 225/226 por un total de cuarenta y ocho mil quinientos setenta y cuatro pesos con 20/100 ($48.574,20); los renglones 10, 11, 12, 13 y 14, 15, 16, 28, 29, 30 y 31 a la firma Seminco S.A. conforme propuesta económica de fojas 264, por un total de diez mil veintinueve pesos ($10.029,00), de acuerdo al detalle señalado en el cuadro comparativo de ofertas de adjunto al Dictamen, debiendo entregarse por los renglones 10, 11, 12, 13 y14 materiales marca Interelec y por los renglones 28, 29, 30 y 31 cualquiera de las marcas ofrecidas menos Thomelec. Ello, por resultar en los casos especificados ofertas técnicamente admisibles además de convenientes, y ser las mejores ofertas económicas.

Por lo expuesto y en ejercicio de las atribuciones conferidas por el artículo 4º, inciso f) de la Ley 1988 (modificado por Ley 3389),

 

EL ADMINISTRADOR GENERAL

DEL PODER JUDICIAL DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES

RESUELVE:

 

Artículo 1º: Apruébese el procedimiento llevado a cabo en la Licitación Pública de Etapa Única Nº 19/2012 cuyo objeto consiste en la adquisición de materiales eléctricos para su utilización por el área de Mantenimiento del Poder Judicial (áreas administrativa y jurisdiccional) de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, conforme las condiciones descriptas en el Pliego de Condiciones Particulares que como Anexo I integra la Resolución OAyF Nº 160/2012.

 

Artículo 2º: Adjudíquense los renglones 5, 8, 9, 25, 27, 33 y 35 (de propuesta original) a la firma Ylum S.A. conforme propuesta económica de fojas 169/170 por un total de doce mil ochenta y ocho pesos ($12.088,00) de acuerdo al cuadro comparativo de ofertas adjunto al Dictamen de la Comisión de Preadjudicaciones, debiendo entregarse para el renglón 25 marca Philips o Osram, conforme propuesta económica a fs. 169/170 y según el Pliego de Condiciones Particulares de esta licitación. Ello, en atención a los fundamentos vertidos en el presente acto.

 

Artículo 3º: Adjudíquense los renglones 1, 2, 3, 4, 6, 7, 17, 18, 19, 20, 21, 22, 23, 24, 26, 32 y 34 a la firma Electricidad Chiclana S.H. por un total de cuarenta y ocho mil quinientos setenta y cuatro pesos con 20/100 ($48.574,20), conforme propuesta económica a fs. 225/226 y según el Pliego de Condiciones Particulares de esta licitación. Ello, en atención a los fundamentos vertidos en el presente acto.

 

Artículo 4º: Adjudíquense los renglones 10, 11, 12, 13 y 14, 15, 16, 28, 29, 30 y 31 a la firma Seminco S.A. por un total de diez mil veintinueve pesos ($10.029,00), de acuerdo al detalle señalado en el cuadro comparativo de ofertas de adjunto al Dictamen de la Comisión de Preadjudicaciones, debiendo entregarse por los renglones 10, 11, 12, 13 y14 materiales marca Interelec y por los renglones 28, 29, 30 y 31 cualquiera de las marcas ofrecidas menos Thomelec, conforme propuesta económica a fojas 264 y según el Pliego de Condiciones Particulares de esta licitación. Ello, en atención a los fundamentos vertidos en el presente acto.

 

Artículo 5º: Instrúyase a la Dirección de Compras y Contrataciones a realizar las publicaciones en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en la cartelera de la Unidad Operativa de Adquisiciones y en la página de Internet del Poder Judicial, así como también comunicar el presente a las adjudicatarias y a todas las oferentes de esta licitación.

 

Artículo 6º: Regístrese, publíquese como se ordena. Comuníquese a la Dirección de Programación y Administración Contable, a la Dirección de Servicios Generales y Obras Menores, pase a la Dirección de Compras y Contrataciones, y oportunamente archívese.

 

 

RES. OAyF Nº  250 /2012